Fecha de Cálculo Pensión dos Grupos.

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Tormantos
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Fecha de Cálculo Pensión dos Grupos.

Mensaje por Tormantos »

Hola.

La duda es que Fecha se aplica para el cambio de grupo del B al A en el Cálculo de la Pensión.

La de Nombramiento de F. en Prácticas en el grupo A (estando ya años en el B) o la nombramiento de F. de carrera en el A.
La diferencia es de bastantes meses, entre cursos, trámites... y marca la diferencia en la decisión de la fecha de jubilación.

Aunque he llamado a Clases Pasivas, la información ha sido nula y la atención horrible, de administración decimonónica, y eso que es compañera!!!
La persona que me ha atendido no me ha querido decir que fecha toman. Se ha limitado a insistir que pida un Certificado de Servicios.
Pero en éste Certificado, en teoría vienen las dos fechas, de la prácticas y la de carrera. Y con eso no se resuelve la duda para tomar la decisión de la fecha de jubilación que haya que solicitar. Y en caso de que solo venga la de nombramiento como F. de carrera, que podría hacer??

Gracias.
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trasgu123
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Re: Fecha de Cálculo Pensión dos Grupos.

Mensaje por trasgu123 »

Real Decreto Legislativo 670/1987, Ley de Clases Pasivas del Estado, art. 23.
juans
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Re: Fecha de Cálculo Pensión dos Grupos.

Mensaje por juans »

La de Nombramiento de F. en Prácticas en el grupo A. (Ver Ley 70/1978 art 1º y RD 70/1978 art 1) Hay que solictar el reconocimiento de servicios previos.
Lamentable que Clases Pasivas no te lo haya aclarado, parece que el servicio esté mermando su calidad.
Tormantos
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Re: Fecha de Cálculo Pensión dos Grupos.

Mensaje por Tormantos »

Gracias por las respuestas.
Para ser justos, ante mi insistencia y tirar de la lengua, me reconocieron a regañadientes que "ellos" podrían aceptar la de prácticas, si figuraba expresamente en el Certificado de Servicios con claridad... pero no lo afirmaron de forma segura, clara, basada en artículos y normativa.
Es decir, que llegado el momento pudiera suceder, que no la consideraran por motivos de forma o vete tu a saber, y entonces el haber regulador partiria con una ligera cantidad menor, que con respecto a la fecha de nombramiento de funcionario de carrera, como nueve o diez meses después.
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dmf
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Re: Fecha de Cálculo Pensión dos Grupos.

Mensaje por dmf »

Tormantos escribió: Lun May 21, 2018 11:43 am Gracias por las respuestas.
Para ser justos, ante mi insistencia y tirar de la lengua, me reconocieron a regañadientes que "ellos" podrían aceptar la de prácticas, si figuraba expresamente en el Certificado de Servicios con claridad... pero no lo afirmaron de forma segura, clara, basada en artículos y normativa.
Es decir, que llegado el momento pudiera suceder, que no la consideraran por motivos de forma o vete tu a saber, y entonces el haber regulador partiria con una ligera cantidad menor, que con respecto a la fecha de nombramiento de funcionario de carrera, como nueve o diez meses después.
Hola, ver el art.1 del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública, https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1982-16853
Un saludo.
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