Dudas ante EVI inminente

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tormentoso
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Dudas ante EVI inminente

Mensaje por tormentoso »

Hola a todos!
No sé si este tema va aquí, si no es así pido disculpas...
Soy funcionario de instituciones penitenciarias desde hace más de 10 años, perteneciente a Muface y sin bajas previas.
Me encuentro en IT desde hace 16 meses tras sufrir junto a otros compañeros una agresión de un interno muy peligroso. Tengo reconocido por la Delegación del Gobierno el accidente laboral en acto de servicio.
Mi baja empezó por motivos físicos que remitieron relativamente pronto, pero poco después ya comencé a recibir tratamiento psiquiátrico con diagnóstico de trastorno de adaptación.
He superado dos inspecciones médicas, la primera al 4º mes y luego otra 6 meses después de esta.
Ahora me ha citado el EVI para valorar una posible incapacidad y tengo muchas dudas sobre que hacer o que va a pasar ya que nadie sabe informarme con seguridad o me dan informaciones contradictorias.
Por lo que parece a los 18 meses se cumple límite del periodo ordinario de IT, y ahora ya solo cabría que me dieran una prórroga extraordinaria de un máximo de 6 meses.
Yo no me siento preparado para trabajar, tengo miedo a no ser capaz de realizar mi trabajo, a posibles represalias por parte de mis superiores... Temo que el EVI me de de alta al cumplirse el límite y querría saber que opciones hay ante eso, si recurriendo se está obligado a volver a trabajar hasta que se resuelva el recurso, que pasa si me obligan a volver y me da una crisis en el trabajo...
Otra cosa que me preocupa es que el EVI me de la incapacidad sin reconocerme el acto de servicio, perdiendo así el derecho a la pensión extraordinaria, ya que me vería en una situación económica muy complicada. Esto es posible? Es habitual? Puede ser que teniendo el accidente laboral en acto de servicio reconocido por la Delegación del Gobierno se me deniegue de cara a la pensión? Alguien tiene o conoce experiencias similares y sabe si luego se gana en los tribunales y cuanto se demora el proceso judicial?
Muchas gracias por anticipado.
cordobes10
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Re: Dudas ante EVI inminente

Mensaje por cordobes10 »

tormentoso escribió: Mié Jul 25, 2018 3:33 am Hola a todos!
No sé si este tema va aquí, si no es así pido disculpas...
Soy funcionario de instituciones penitenciarias desde hace más de 10 años, perteneciente a Muface y sin bajas previas.
Me encuentro en IT desde hace 16 meses tras sufrir junto a otros compañeros una agresión de un interno muy peligroso. Tengo reconocido por la Delegación del Gobierno el accidente laboral en acto de servicio.
Mi baja empezó por motivos físicos que remitieron relativamente pronto, pero poco después ya comencé a recibir tratamiento psiquiátrico con diagnóstico de trastorno de adaptación.
He superado dos inspecciones médicas, la primera al 4º mes y luego otra 6 meses después de esta.
Ahora me ha citado el EVI para valorar una posible incapacidad y tengo muchas dudas sobre que hacer o que va a pasar ya que nadie sabe informarme con seguridad o me dan informaciones contradictorias.
Por lo que parece a los 18 meses se cumple límite del periodo ordinario de IT, y ahora ya solo cabría que me dieran una prórroga extraordinaria de un máximo de 6 meses.
Yo no me siento preparado para trabajar, tengo miedo a no ser capaz de realizar mi trabajo, a posibles represalias por parte de mis superiores... Temo que el EVI me de de alta al cumplirse el límite y querría saber que opciones hay ante eso, si recurriendo se está obligado a volver a trabajar hasta que se resuelva el recurso, que pasa si me obligan a volver y me da una crisis en el trabajo...
Otra cosa que me preocupa es que el EVI me de la incapacidad sin reconocerme el acto de servicio, perdiendo así el derecho a la pensión extraordinaria, ya que me vería en una situación económica muy complicada. Esto es posible? Es habitual? Puede ser que teniendo el accidente laboral en acto de servicio reconocido por la Delegación del Gobierno se me deniegue de cara a la pensión? Alguien tiene o conoce experiencias similares y sabe si luego se gana en los tribunales y cuanto se demora el proceso judicial?
Muchas gracias por anticipado.
Un saludo compañero, te lo explico a groso modo, vas al EVI te ven como estas y deciden si estas incapacitado para tu puesto de trabajo habitual, que es así , envían a tu "empresa" el informe de síntesis donde lo indican y tu órgano de personal (sería lo mas seguro) resolvería tu jubilación por incapacidad. Siguiente paso esa propuesta de jubilación llega a clases pasivas y al 99,9 % te "acogerá" en el seno y te meterá en nomina. Vamos que te jubilan y pasas a clases pasivas . Siguiente pregunta...lo del acto de servicio lo tiene que reconocer clases pasivas que son los que te pagarían, tendrías que solicitar "el expediente de averiguación de causas" pero eso después de jubilarte. Si el acto de servicio no ha sido "in itinere" (accidente entre tu casa y el trabajo ,o viceversa) no tiene porque haber problema ninguno. Por lo demás es mejor que vayas dando pasos porque ya pasarte a temas judiciales ...Un saludo , espero que mas o menos te quede claro...de todas formas hay multitud de post en el foro -hi
tormentoso
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Re: Dudas ante EVI inminente

Mensaje por tormentoso »

Muchas gracias compañero, la verdad es que se agradece que haya foros como este. Uno ya tiene bastante con lo que pasa y aún encima tiene que lidiar con la falta de información sobre estos procedimientos.
Mi situación yo creo que es clara, no es nada que sea in itinere ni nada raro, es una agresión cumpliendo órdenes de reducir a un interno en mi puesto de trabajo. Tengo el accidente laboral en acto de servicio reconocido por resolución de la Delegación del Gobierno.
Lo que pasa es luego uno escucha muchas cosas, que la administración te dice siempre que no a todo y luego lo tienes que reclamar en el juzgado, que eso tarda mucho, ect
Se agradece leer la opinión de quienes ya han pasado por esto, que no es fácil...
Sabes si el informe del EVI es vinculante para mi órgano de personal?
Un saludo y muchas gracias
cordobes10
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Re: Dudas ante EVI inminente

Mensaje por cordobes10 »

tormentoso escribió: Mié Jul 25, 2018 6:44 pm Muchas gracias compañero, la verdad es que se agradece que haya foros como este. Uno ya tiene bastante con lo que pasa y aún encima tiene que lidiar con la falta de información sobre estos procedimientos.
Mi situación yo creo que es clara, no es nada que sea in itinere ni nada raro, es una agresión cumpliendo órdenes de reducir a un interno en mi puesto de trabajo. Tengo el accidente laboral en acto de servicio reconocido por resolución de la Delegación del Gobierno.
Lo que pasa es luego uno escucha muchas cosas, que la administración te dice siempre que no a todo y luego lo tienes que reclamar en el juzgado, que eso tarda mucho, ect
Se agradece leer la opinión de quienes ya han pasado por esto, que no es fácil...
Sabes si el informe del EVI es vinculante para mi órgano de personal?
Un saludo y muchas gracias
Un saludo amigo, no te preocupes con lo del accidente , no suele haber problemas solo en el caso de que sea in itenere el cual no reconoce clases pasivas. El informe ( de síntesis) SI es vinculante . -good
tormentoso
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Re: Dudas ante EVI inminente

Mensaje por tormentoso »

Ojalá tengas razón y vaya todo bien, ya os iré contando.
Muchas gracias por todo.
radu
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Re: Dudas ante EVI inminente

Mensaje por radu »

Animo y a suerte, tu caso parece claro. Prepara bien los informes. Para que te reconozcan una IP la lesión o sus secuelas debe cumplir tres requisitos: grave, crónica ("irreversible o de incierta o remota reversibilidad") y claramente incapacitante laboralmente. Mira bien que los informes médicos lo pongan en ese sentido. A partir de ahí puede ser incapacidad para tu profesión o para toda profesión o oficio.
El caso del accidente laboral no lo tengo estudiado, pero aun siendo por enfermedad común al pertenecer a clases pasivas, te dan (si me equivoco que me corrijan) por cotizados todos los años que te quedan para jubilarte, rebajándote, en tu caso, un 25% por no tener mas de quince años en el cuerpo. Aquí tienes una calculadora: http://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sim ... jiexbi06_4


Tu administración te ha comunicado ya la apertura de expediente, a qué fecha? Qué día tienes la cita con el médico evaluador del tribunal?

Por cierto, eso de la pension extraordinaria es un solo pago o para siempre?
cordobes10
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Re: Dudas ante EVI inminente

Mensaje por cordobes10 »

radu escribió: Vie Jul 27, 2018 1:17 am Animo y a suerte, tu caso parece claro. Prepara bien los informes. Para que te reconozcan una IP la lesión o sus secuelas debe cumplir tres requisitos: grave, crónica ("irreversible o de incierta o remota reversibilidad") y claramente incapacitante laboralmente. Mira bien que los informes médicos lo pongan en ese sentido. A partir de ahí puede ser incapacidad para tu profesión o para toda profesión o oficio.
El caso del accidente laboral no lo tengo estudiado, pero aun siendo por enfermedad común al pertenecer a clases pasivas, te dan (si me equivoco que me corrijan) por cotizados todos los años que te quedan para jubilarte, rebajándote, en tu caso, un 25% por no tener mas de quince años en el cuerpo. Aquí tienes una calculadora: http://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sim ... jiexbi06_4


Tu administración te ha comunicado ya la apertura de expediente, a qué fecha? Qué día tienes la cita con el médico evaluador del tribunal?

Por cierto, eso de la pension extraordinaria es un solo pago o para siempre?
Un saludo Radu, la pensión extraordinaria es para siempre cuando te la reconocen. De todas formas lo que comentas de los informes, si son importantes pero no concluyentes para el EVI, he llegado a ver informes que los lees y no dudas que es para una incapacidad, pero ha llegado al tribunal y no lo consideraban invalidante para su trabajo habitual....eso es lo que mira el EVI, la incapacidad para desarrollar tu trabajo. Que estés como un "trapo viejo" no es determinante para ellos. -hi
radu
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Re: Dudas ante EVI inminente

Mensaje por radu »

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Un saludo Radu, la pensión extraordinaria es para siempre cuando te la reconocen. De todas formas lo que comentas de los informes, si son importantes pero no concluyentes para el EVI, he llegado a ver informes que los lees y no dudas que es para una incapacidad, pero ha llegado al tribunal y no lo consideraban invalidante para su trabajo habitual....eso es lo que mira el EVI, la incapacidad para desarrollar tu trabajo. Que estés como un "trapo viejo" no es determinante para ellos. -hi
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Sí, da la impresión de que el tribunal está para no darlo. Por eso lo mínimo es ir con los informes que dejen claro que la dolencia es "grave, crónica ("irreversible o de incierta o remota reversibilidad") y claramente incapacitante laboralmente". Y aún así, como tu dices, no hay garantías de nada. Yo, según los médicos, estoy para una I. absoluta, sin duda alguna, pero cuento con que -como mucho- me darán la permanente (si es que no se inventan alguna triquiñuela para denegarla) y seguro que voy a tener a que buscarme un abogado, que valore las posibilidades de ir a juicio, y meterme en ese proceso. En fin, saludos.
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