Plazos EVI

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Laura1991
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Plazos EVI

Mensaje por Laura1991 »

Buenas tardes, me gustaría comentar mi situación.: llevo más de un año y medio de baja por ub accidente laboral y hace unaa dos semanas me llamó el inspector médico. Me dijo que me propondria para una valoración del EVI para una incapacidad laboral, aún no me ha llegado la carta de la cita, pero quisiera saber ¿qué plazos tienen para mandarte al tribunal desde la inspección? Y siendo agosto, ¿es posible que la cita ya me la den para septiembre? Estoy preocupada porque tengo un viaje en la última semana de agosto para visitar a un familiar que está en Italia y no sé si podrían darme la cita para esa fecha. ¿Podríais contarme más o menos las experiencias de otras personas?

Muchas gracias, un saludo.
Laura.
cordobes10
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Re: Plazos EVI

Mensaje por cordobes10 »

Laura1991 escribió: Mié Jul 25, 2018 8:56 pm Buenas tardes, me gustaría comentar mi situación.: llevo más de un año y medio de baja por ub accidente laboral y hace unaa dos semanas me llamó el inspector médico. Me dijo que me propondria para una valoración del EVI para una incapacidad laboral, aún no me ha llegado la carta de la cita, pero quisiera saber ¿qué plazos tienen para mandarte al tribunal desde la inspección? Y siendo agosto, ¿es posible que la cita ya me la den para septiembre? Estoy preocupada porque tengo un viaje en la última semana de agosto para visitar a un familiar que está en Italia y no sé si podrían darme la cita para esa fecha. ¿Podríais contarme más o menos las experiencias de otras personas?

Muchas gracias, un saludo.
Laura.

Un saludo Laura, y bienvenida al foro. Eres funcionaria? Lo de la inspección no lo entiendo bien, al EVI (revisión) te manda o bien Muface (ISFAS MUGEJU) o el órgano de personal de tu empresa , en este caso por que se inicie el expediente de jubilación (vamos te mandan para comprobar si estas incapacitado para tu trabajo habitual). Los plazos de la visita al EVI no sigue unos parámetros exactos, te dan fecha cuando ellos lo consideran oportuno, agosto influye y mucho...vamos que si que te pueden citar en ese mes (que te llegue la citación a tu casa) pero seguramente con fecha de visita después de agosto. Lo dicho bienvenida y te recomiendo mirar por el foro que hay post muy interesantes -hi
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Re: Plazos EVI

Mensaje por radu »

Ni se te ocurra salir de viaje a Italia estando de baja sin permiso expreso de los médicos o la inspección, que puedes tener un problema.
koalakoala
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Re: Plazos EVI

Mensaje por koalakoala »

Y se puede salir de tu comunidad autónoma si tienes un escrito de autorización de tu médico cabecera?
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Re: Plazos EVI

Mensaje por cordobes10 »

koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 1:24 pm Y se puede salir de tu comunidad autónoma si tienes un escrito de autorización de tu médico cabecera?
La autorización tiene que ser de los servicios médicos de tu empresa y en el caso de que no exista, del propio órgano de personal. El medico de familia (cabecera) no tiene potestad para eso -hi
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Re: Plazos EVI

Mensaje por koalakoala »

cordobes10 escribió: Vie Jul 27, 2018 4:57 pm
koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 1:24 pm Y se puede salir de tu comunidad autónoma si tienes un escrito de autorización de tu médico cabecera?
La autorización tiene que ser de los servicios médicos de tu empresa y en el caso de que no exista, del propio órgano de personal. El medico de familia (cabecera) no tiene potestad para eso -hi
Estas seguro ?
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Re: Plazos EVI

Mensaje por koalakoala »

koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 5:07 pm
cordobes10 escribió: Vie Jul 27, 2018 4:57 pm
koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 1:24 pm Y se puede salir de tu comunidad autónoma si tienes un escrito de autorización de tu médico cabecera?
La autorización tiene que ser de los servicios médicos de tu empresa y en el caso de que no exista, del propio órgano de personal. El medico de familia (cabecera) no tiene potestad para eso -hi
Estas seguro ?

No se puede salir de España o de tu comunidad autónoma?
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Re: Plazos EVI

Mensaje por koalakoala »

cordobes10 escribió: Vie Jul 27, 2018 4:57 pm
koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 1:24 pm Y se puede salir de tu comunidad autónoma si tienes un escrito de autorización de tu médico cabecera?
La autorización tiene que ser de los servicios médicos de tu empresa y en el caso de que no exista, del propio órgano de personal. El medico de familia (cabecera) no tiene potestad para eso -hi
No entiendo nada, Pues mi médico de cabecera me ha hecho un escrito autorizándome a ir de vacaciones
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Re: Plazos EVI

Mensaje por cordobes10 »

koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 5:08 pm
koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 5:07 pm
cordobes10 escribió: Vie Jul 27, 2018 4:57 pm

La autorización tiene que ser de los servicios médicos de tu empresa y en el caso de que no exista, del propio órgano de personal. El medico de familia (cabecera) no tiene potestad para eso -hi
Estas seguro ?

No se puede salir de España o de tu comunidad autónoma?
Teniendo autorización puedes ir donde quieras, pero dando constancia en el lugar indicado. Yo lo tuve que hacer estando en IT, y mi medico de cabecera no me podía dar ninguna autorización, fue el medico de empresa , con mucha dificultad ya que no quería "pillarse los dedos" por si ocurría algo. Es lógico que los que te controlen sean los que te pagan, pregúntale a tu medico de cabecera si se hace cargo de lo que supuestamente ocurriría si ..Dios no lo quiera, tienes un accidente o algo parecido, que te lo dé por escrito por que eso es otra cosa de palabra nada de nada, todo bajo firma que no es "moco de pavo" si ocurre algo. Hazme caso , no cuesta trabajo pedirlo donde tiene que ser y no arriesgarte, si son normalitos no te pondrán muchas pegas, yo me excuse diciendo que se marchaban toda la familia y no quería quedarme solo en casa por problemas psicológicos...vamos cosas así -good
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Re: Plazos EVI

Mensaje por radu »

koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 5:20 pm
cordobes10 escribió: Vie Jul 27, 2018 4:57 pm
koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 1:24 pm Y se puede salir de tu comunidad autónoma si tienes un escrito de autorización de tu médico cabecera?
La autorización tiene que ser de los servicios médicos de tu empresa y en el caso de que no exista, del propio órgano de personal. El medico de familia (cabecera) no tiene potestad para eso -hi
No entiendo nada, Pues mi médico de cabecera me ha hecho un escrito autorizándome a ir de vacaciones
Estas de baja: no tienes vacaciones (las vacaciones se recuperan tras el alta), a no ser que el tratamiento médico prescriba que debes ir de vacaciones o salir de juerga todos los viernes y sábados, pero no lo creo (hombre, te pueden prescribir pasear todos lo días, pero se entiende que no se está para hacer una vida normal). Yo desde luego, como dice Cordobés, iría a ver al médico de la "empresa", el órgano de personal, que es el inspector médico.
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Re: Plazos EVI

Mensaje por koalakoala »

A mi el seguimiento de bajas me lo hace el médico cabecera


“En cualquier caso, siempre que dudemos de si realizar un viaje mientras nos encontramos de baja, antes de hacer la maleta es necesario comunicarlo al facultativo que esté realizando nuestro seguimiento médico. Hay que tener en cuenta que una baja laboral requiere de una serie de exámenes médicos y un seguimiento para evaluar la evolución del enfermo. Este facultativo deberá determinar si tu baja te permite viajar para que puedas estar autorizado a ello. Además, con dicha autorización es recomendable que acudas al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Así podrás viajar tranquilo sabiendo que dicho organismo no requerirá tu presencia para alguna revisión de tu estado en el tiempo en el que te encuentres ausente. De esta forma no correrás el riesgo de no presentarte a dicha cita y poder perder la baja laboral.”

“No existe normativa alguna que prohíba desplazarse durante el tiempo que se está de baja ni tampoco una lista de lo que se puede hacer o no durante la misma. Legalmente lo único que consta en el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social es que el subsidio por Incapacidad Temporal (IT) podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario actúe fraudulentamente; cuando trabaje por cuenta propia o ajena o cuando, sin causa razonable, abandone el tratamiento médico.”
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Re: Plazos EVI

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koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 8:57 pm A mi el seguimiento de bajas me lo hace el médico cabecera


“En cualquier caso, siempre que dudemos de si realizar un viaje mientras nos encontramos de baja, antes de hacer la maleta es necesario comunicarlo al facultativo que esté realizando nuestro seguimiento médico. Hay que tener en cuenta que una baja laboral requiere de una serie de exámenes médicos y un seguimiento para evaluar la evolución del enfermo. Este facultativo deberá determinar si tu baja te permite viajar para que puedas estar autorizado a ello. Además, con dicha autorización es recomendable que acudas al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Así podrás viajar tranquilo sabiendo que dicho organismo no requerirá tu presencia para alguna revisión de tu estado en el tiempo en el que te encuentres ausente. De esta forma no correrás el riesgo de no presentarte a dicha cita y poder perder la baja laboral.”

“No existe normativa alguna que prohíba desplazarse durante el tiempo que se está de baja ni tampoco una lista de lo que se puede hacer o no durante la misma. Legalmente lo único que consta en el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social es que el subsidio por Incapacidad Temporal (IT) podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario actúe fraudulentamente; cuando trabaje por cuenta propia o ajena o cuando, sin causa razonable, abandone el tratamiento médico.”
Tu mismo si lo tienes tan claro: yo no lo haría, pero no soy médico ni abogado. Lo único fijo es que estando de baja no puedes tener (ergo, estar de) de vacaciones. Oficiosamente puedes hacer lo quieras, en ningún papel pone que durante la baja te tengas que quedar encerrado en casa, como si a tu médico de cabecera le da igual que bailes un maratón de lambada todos los días. Lo único que a alguien le puede parecer muy raro que una enfermedad que provoca una baja prolongada (lo que presupone cierto grado de gravedad) permita hacer viajes vacacionales o similares. Las cosas nunca se saben por donde pueden complicarse.
Última edición por radu el Sab Jul 28, 2018 6:40 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Plazos EVI

Mensaje por cordobes10 »

koalakoala escribió: Vie Jul 27, 2018 8:57 pm A mi el seguimiento de bajas me lo hace el médico cabecera


“En cualquier caso, siempre que dudemos de si realizar un viaje mientras nos encontramos de baja, antes de hacer la maleta es necesario comunicarlo al facultativo que esté realizando nuestro seguimiento médico. Hay que tener en cuenta que una baja laboral requiere de una serie de exámenes médicos y un seguimiento para evaluar la evolución del enfermo. Este facultativo deberá determinar si tu baja te permite viajar para que puedas estar autorizado a ello. Además, con dicha autorización es recomendable que acudas al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Así podrás viajar tranquilo sabiendo que dicho organismo no requerirá tu presencia para alguna revisión de tu estado en el tiempo en el que te encuentres ausente. De esta forma no correrás el riesgo de no presentarte a dicha cita y poder perder la baja laboral.”

“No existe normativa alguna que prohíba desplazarse durante el tiempo que se está de baja ni tampoco una lista de lo que se puede hacer o no durante la misma. Legalmente lo único que consta en el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social es que el subsidio por Incapacidad Temporal (IT) podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario actúe fraudulentamente; cuando trabaje por cuenta propia o ajena o cuando, sin causa razonable, abandone el tratamiento médico.”
Realmente cada uno puede hacer lo que quiera, solo pregunta a tu empresa si hay problema en que te vayas de vacaciones....como comenta el compi no hay vacaciones en IT, por supuesto que el medico de cabecera lleva tu baja, claro, es necesario que te rellene los partes, pero cuando pases una revisión por Muface o las demás, o por tu empresa y te dan el alta forzosa...a que no puede hacer nada el cabecera aunque tenga otra opinión???? pues ahí lo ves..tu dependes de quien te paga y punto y tendrás que hacer lo que te digan que hagas siempre con una lógica, claro. Solo te doy mi opinión , ahora que hagas lo que te la gana me parece perfecto...No haría mucho caso a los "doctores liendres" (que de tó saben y de ná entienden) , luego desaparecen cuando llegan los problemas. Por cierto creo que mezclas cosas de la s.s , nosotros no tenemos nada que ver con ellos. Solo pasas revisiones a las cuales te manda, como te dije muface o por el tribunal (que son los mismos) cuando hay un inicio de expediente de jubilación , los adscritos a ellos si dependen de los médicos de "cabecera" por eso creo que mezclas ese "estadillo", pero bueno no me extiendo mas por que cada uno hace lo que quiere con su vida, solo se da una opinión y además justificada por que fue mi caso -good
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Re: Plazos EVI

Mensaje por juans »

Veo reiteradas menciones a "la empresa" y al "médico de empresa" y realmente ignoro de qué se trata. Si somos (o hemos sido) funcionarios, creo que no hemos tenido ningún médico de empresa ni siquiera empresa, no creo que la Administración del Estado sea una empresa.
Por no tener, aquí en Álava, los que estamos en aseguradora (Asisa, Adeslas, etc.) no tenemos ni médico de cabecera, hay unos médicos de familia y según las horas y los días te atiende uno u otro, sin perjuicio de que si te gusta uno en particular procures ir siempre donde él.
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Mensaje por cordobes10 »

juans escribió: Sab Jul 28, 2018 10:13 am Veo reiteradas menciones a "la empresa" y al "médico de empresa" y realmente ignoro de qué se trata. Si somos (o hemos sido) funcionarios, creo que no hemos tenido ningún médico de empresa ni siquiera empresa, no creo que la Administración del Estado sea una empresa.
Por no tener, aquí en Álava, los que estamos en aseguradora (Asisa, Adeslas, etc.) no tenemos ni médico de cabecera, hay unos médicos de familia y según las horas y los días te atiende uno u otro, sin perjuicio de que si te gusta uno en particular procures ir siempre donde él.
Un saludo compañero, he sido funcionario (me considero todavía) durante 24 años, y digo la palabra empresa entre comillas para generalizar y no hacer mención a cada administración ya que hay compañeros de diferentes áreas aun siendo funcionarios civiles. No hay que ser tan suspicaz, aquí se da opiniones y alguna ayuda que otra y por lo menos por mi parte intentar minimizar las explicaciones dando por entendido que todos somos de nuestra madre y nuestro padre, lo mismo que tu y los demás tenemos aseguradoras que elegimos a nuestro gusto o la que nos dejan, lo de medico de cabecera es algo que se dice al referirse a medico de familia, general , etc ..Normalmente en caso de baja son los que te rellenan el parte...la discusión en este post viene dada por ..creo.. la confusión al entender que una autorización de este tipo de facultativo te permite moverte estando en IT por donde quieras , sin antes avisar a "tu empresa" . Mi administración, ministerio...SI tiene servicios médicos y de ellos he dependido durante mis 24 años de funcionario, tanto para bajas como vacunas como consulta en horario de trabajo etc,etc...Que hay ministerios que no tienen , pués la verdad no tengo ni idea. Una cosa es tu mutua de asistencia, la cual todos tenemos y otra es tu ministerio, tu trabajo , administración etc....De ellos dependemos , es así??? o yo estoy equivocado. Si has estado de baja, pasando a IT , nunca te han mandado a alguna revisión para ver como estas? si es asi o ha sido Muface (mugeju, isfas) o ha sido tu ....ministerio. Con esto no quiero entablar ninguna discusión, si veo que estoy equivocado seguire en el foro pero me abstengo de dar mas consejos (opiniones) , no quiero en absoluto desorientar a nadie. Un saludo -hi
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