Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

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lviccabg
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por lviccabg »

koalakoala escribió: Vie Ago 31, 2018 7:11 pm Pero ... no entiendo
Yo , por ejemplo, que llevo 18 meses de baja ...
en mi caso nada, no? Porque durante 2018 no trabajé Ni un día, no? O si ?
Koalakoala.... Según la legislación, tanto si la baja por IT se produce antes de iniciarse las vacaciones como si produce durante las vacaciones (por ejemplo, un trabajador se rompe la pierna esquiando durante sus vacaciones o sufre una intoxicación alimentaria), tendrá derecho a disfrutar de los días que haya estado de baja por incapacidad temporal siempre y cuando aporte los correspondientes partes de baja y (si fuera el caso), confirmación.

En los casos en los que la baja del trabajador impide su reincorporación para el disfrute del periodo vacacional (por ejemplo con un fin de contrato, JUBILACIÓN, etc.), los tribunales han optado porque la empresa abone una compensación en metálico como pago de vacaciones devengadas y no disfrutadas.

Espero que ahora esté más claro.
Saludos.
radu
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por radu »

Repasando el post, hay dos cosas en que dudo:

. Si te jubilas a fecha de 21 de septiembre, pongamos, ese mes lo paga Educación, pero ¿paga el mes completo?
. En el supuesto anterior, la liquidación de las vacaciones ¿llega en el mes de octubre? ¿Te avisaron antes de que te correspondía tal cobro?
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por koalakoala »

A mi me han dicho que para cobrar las vacaciones devengadas tengo que hacer una reclamación
radu
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por radu »

koalakoala escribió: Lun Sep 17, 2018 8:08 pm A mi me han dicho que para cobrar las vacaciones devengadas tengo que hacer una reclamación
Vaya. Ya me parecía a mí muy bonito. Koalakoala, ¿me puedes decir dónde se presenta la reclamación y, sobre todo, a quién debe dirigirse? Me parece que en el foro debe de andar algún modelo de instancia.
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trasgu123
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por trasgu123 »

En este Foro somos muy modernos y disponemos de "BUSCADOR". Esta en la pantalla de inicio, arriba a la derecha, escribes Cobro de Vacaciones, le das a la Lupa y salen los post relacionados con el asunto.
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lviccabg
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por lviccabg »

radu escribió: Lun Sep 17, 2018 6:58 pm Repasando el post, hay dos cosas en que dudo:

. Si te jubilas a fecha de 21 de septiembre, pongamos, ese mes lo paga Educación, pero ¿paga el mes completo?
. En el supuesto anterior, la liquidación de las vacaciones ¿llega en el mes de octubre? ¿Te avisaron antes de que te correspondía tal cobro?
  • Sí, si te jubilas el 21 de septiembre, el mes completo te lo paga educación.
  • En mi caso, llegó al mes siguiente. Me liquidaron pagas extra y vacaciones sin necesidad de tener que reclamar nada.Y no, no me avisaron. Cuando me percaté ya me habían hecho el ingreso. Es más, el mes pasado me pagaron también la subida anual.
Saludos, Lidia.
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por koalakoala »

lviccabg escribió: Vie Ago 31, 2018 5:56 pm Pues..... Te corresponden 2,5 días de vacaciones por mes trabajado.... Si por ejemplo te jubilan el 31 de mayo te deberán 12,5 días de vacaciones [(2,5,días de vacaciones / mes trabajado) * 5 meses trabajados], que te tendrán que pagar.

En cambio, si te jubilaras en Octubre, después de haber disfrutado del mes de vacaciones, en la liquidación te descontarán los días de más disfrutados de vacaciones.

Saludos.
Entonces , si yo lleva ya 18 meses de baja, me corresponen 18 x 2,5 0= 45 días trabajados?
ojalá sea cierto...
Profe21
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por Profe21 »

Buenas tardes.

Tan sólo quería agradecer a todos los participantes del foro que han contribuido en este hilo con sus experiencias personales y sus dudas. Pues para mí, que acabo de pasar por todo este proceso, ha sido muy esclarecedor poder saber aquello que podía esperar en cada momento.
Muchas gracias
BSV
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por BSV »

Gracias por compartir la información. Una duda:

¿Te asignan directamente un 33% de incapacidad, o debes de hacer algo más?

Gracias,
Saludos,
Pumper
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por Pumper »

Muchas gracias lviccabg, me gustaría saber si es posible si en tu resolución aparecía fecha de revisión o algo parecido, según me comentan por el foro y la verdad es q me fío más del foro que de cualquier sindicato o abogados los cuales pocos saben del tema clases pasivas , si solo se revisan las incapacidades a petición del interesado y no se revisan de oficio como en seguridad social, me gustaría saber si esto es así a ciencia cierta puesto que es algo q me preocupa enormemente, mis patologías son degenerativas y aunque me revisaran sinceramente no creo q mejoren , pero el INSS ya sabemos como funciona, yo también soy funcionaria docente y te agradecería un poco de luz en este proceso,muchas gracias!!
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por psmito »

Pumper escribió: Mar Sep 06, 2022 11:08 pm Muchas gracias lviccabg, me gustaría saber si es posible si en tu resolución aparecía fecha de revisión o algo parecido, según me comentan por el foro y la verdad es q me fío más del foro que de cualquier sindicato o abogados los cuales pocos saben del tema clases pasivas , si solo se revisan las incapacidades a petición del interesado y no se revisan de oficio como en seguridad social, me gustaría saber si esto es así a ciencia cierta puesto que es algo q me preocupa enormemente, mis patologías son degenerativas y aunque me revisaran sinceramente no creo q mejoren , pero el INSS ya sabemos como funciona, yo también soy funcionaria docente y te agradecería un poco de luz en este proceso,muchas gracias!!
Haber si queda claro de una vez

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

Establece en su Artículo 63. Causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera
Entre otras
c) La jubilación total del funcionario

En el artículo 67 establece como puede ser esa jubilación
1. La jubilación de los funcionarios podrá ser:

a) Voluntaria, a solicitud del funcionario.

b) Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida.

c) Por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala, o por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o, incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala

Por tanto queda claro que se ha perdido la condición de funcionario

En el 68 se establece como se puede rehabilitar a un funcionario

Artículo 68. Rehabilitación de la condición de funcionario.
1. En caso de extinción de la relación de servicios como consecuencia de pérdida de la nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente para el servicio, el interesado, una vez desaparecida la causa objetiva que la motivó, podrá solicitar la rehabilitación de su condición de funcionario, que le será concedida.

Clarinete
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
radu
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por radu »

Pumper escribió: Mar Sep 06, 2022 11:08 pm Muchas gracias lviccabg, me gustaría saber si es posible si en tu resolución aparecía fecha de revisión o algo parecido, según me comentan por el foro y la verdad es q me fío más del foro que de cualquier sindicato o abogados los cuales pocos saben del tema clases pasivas , si solo se revisan las incapacidades a petición del interesado y no se revisan de oficio como en seguridad social, me gustaría saber si esto es así a ciencia cierta puesto que es algo q me preocupa enormemente, mis patologías son degenerativas y aunque me revisaran sinceramente no creo q mejoren , pero el INSS ya sabemos como funciona, yo también soy funcionaria docente y te agradecería un poco de luz en este proceso,muchas gracias!!
Hace algo así como una semana, Trasgu y yo, ya te hemos respondido a tus dudas al respecto, muy claramente. ¿Cuál es, entonces, ese "un poco de luz" que necesitas? ¿Qué es eso de "pero el INSS ya sabemos como funciona"?
Pumper escribió: Jue Sep 01, 2022 6:42 pm Hola de nuevo, disculparme pero me ha surgido una duda bastante importante antes de iniciar el proceso, sabéis si una vez que te conceden la incapacidad y te "jubilan"en clases pasivas es revisable? Me refiero a si suelen llamar y en caso de que te revisen el grado te guardan tu puesto de trabajo? Creo que es poco probable en el sentido de que las patologías por lo general van a peor o al menos en mi caso ya que son degenerativas, pero por estar un poco más informada , muchas gracias de nuevo!!
- JUBILACION por IP (CP); no PENSION de IP (SS) sujeta a revisión de oficio hasta la edad de jubilación.
- De todas formas, si luego te viene bien, puedes solicitar tu rehabilitación, reingreso en tu Cuerpo de Funcionarios. De hecho, durante dos años, la administración no debería sacar tu plaza a concurso.
*Periodicamente en este Foro salta alguna alarma al estilo de "prevista la revisión general masiva de todos los funcionarios jubilados por IP", "Han dicho que el próximo gobierno tiene en mente "desjubilar" a todos los de las Clases pasivas por IP para ahorrar en pensiones".

EN EL CASO, NO SE TE VA A RECONOCER UNA PENSION DE IP, VAS A TENER LA JUBILACION POR IP: ESTAS JUBILADO. NO HAY LEY PARA "DESJUBILAR DE OFICIO" A LOS FUNCIONARIOS DE CLASES PASIVAS SEA CUAL SEA LA CAUSA DE SU JUBILACION, INCLUIDO LOS JUBILADOS POR IP, NI LA HABRA (DE CONTEMPLAR LA HIPOTESIS EN ALGUN MULTIVERSO DE VOLVER A LLAMAR A LOS JUBILADOS POR IP, O, PONGAMOS, LOS JUBILADOS A LOS 60 AÑOS- QUIZA SI EN AQUEL SI HAY MANIFESTACIONES MASIVAS EN LAS CALLES DE LAS PRINCIPALES LOCALIDADES -ASÍ POR JOROBAR AL FUNCIONARIO- Y UNA MOVILIZACION DEL GRUESO DE LAS FUERZAS POLITICAS Y SINDICALES) PUES SUPONDRIA UN SINSENTIDO DESDE EL PUNTO DE VISTA ECONOMICO Y UN BERENJENAL ADMINISTRATIVO Y JURIDICO NADA DESDEÑABLE; SOLO EXISTE LA POSIBILIDAD DE REHABILITAR AL FUNCIONARIO (JUBILADO POR IP), NO DE OFICIO, SINO POR SU PROPIA INICIATIVA, Y, POR LO QUE HE LEIDO EN EL FORO, NO ES COSA DE FIRMAR UN PAPELITO.
Última edición por radu el Vie Sep 09, 2022 4:31 am, editado 3 veces en total.
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Arano
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por Arano »

BSV escribió: Lun Ago 03, 2020 8:32 pm Gracias por compartir la información. Una duda:

¿Te asignan directamente un 33% de incapacidad, o debes de hacer algo más?

Gracias,
Saludos,
Cualquier persona y del régimen que sea si es retirado o jublidado por incapacidad y acorde con el R.D.L. 1/2013, art. 4.2, se le considera que tiene un grado de discapacidad (minusvalía) del 33%, solo a efectos de IRPF y Declración de Renta.

Su validez es para Declaración de Renta e igualmente para hacerlo constar en solicitud de pensión (Modelo 145) desde la fecha de ese retiro o jubilización, marcando la casilla correspondiente.

No hay que hacer nada. Verificar en la Declaración que lo incluyen o en su defecto que lo hagan en virtud de la norma y artículo que te he dicho.

Saludos.
Sanpa
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por Sanpa »

Hola ,
Perdona te moleste con una pregunta.
En tu exposicion dices que un dia despues de tu visita al EVI pediste copia del dictamen.
Yo acabo de pasarlo, como puedo hacer para solicitarlo?
Graclas
Sanpa
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Re: Soy profe.Ya pasé por el tribunal médico. Ahora que?

Mensaje por Magister »

En la oficina del CAISS que te corresponda por tu domicilio lo puedes solicitar. Sólo tienes que pedir cita.
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