COMUNICACION RESOLUCION IP

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koalakoala
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por koalakoala »

lviccabg escribió: Sab Oct 13, 2018 9:01 pm
radu escribió: Sab Oct 13, 2018 12:44 am Yo voy a la reclamación de la absoluta, así que ese asunto me interesa. Pero me da que por aquí, Castilla y León, no tendrán ese seguro (no sé si es obligatorio tener ese seguro). Voy a tener que reclamar las vacaciones y hasta el finiquito de la paga extra, que no me lo pagaron. De todas formas, si tienes algo de información (aunque sea el nombre de la poliza), pues se agradece mucho), en mi caso. Me da la impresión de que en Canarias funciona la administración mejor que por aquí. Saludos, y gracias, de nuevo (la verdad, da gusto haber coincidido contigo en asuntos en que a todos nos pilla de nuevas).

Por lo que estoy viendo, esa póliza no es solamente para la 'Absoluta', pues la información que me dieron comienza así:

'Documentación y trámite a realizar para el cobro de la indemnización prevista en la PÓLIZA DE SEGUROS 803753 suscrita con la entidad aseguradora LA CAIXA VIDA para cubrir el riesgo de fallecimiento e incapacidad profesional total y permanente del personal al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Canarias'.

La documentación la presenté (y el trámite se realizó) en la Correduría de Seguros 'Aon Gil y Carvajal'.

Espero que esta información les pueda servir de ayuda.

Saludos, Lidia.
pues parece que es solo en CANARIAS
http://www.gobiernodecanarias.org/notic ... s-publicos
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lviccabg
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por lviccabg »

Radu..... Mira lo que encontré de la Junta de Castilla y León.... Es de 2010, pero puede que aún haya algo....

http://www2.fsc.ccoo.es/comunes/recurso ... dentes.pdf

Aunque.... leyéndolo más detenidamente parece que sólo es para accidentes o enfermedades profesionales.... Pero por preguntar no pierdes nada.

Parece que Andalucía también tiene/tuvo algo similar.

http://www.elmundo.es/andalucia/2015/06 ... b4570.html

Así que es más habitual de lo que parece.
Saludos, Lidia.
Última edición por lviccabg el Dom Oct 14, 2018 8:55 am, editado 1 vez en total.
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lviccabg
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por lviccabg »

Y, hablando de Comunidades Autónomas, la de Canarias también tiene suscrito un plan de pensiones para sus empleados públicos. Por ese plan de pensiones cobré unos 500 y pico euros.... No es mucho, pero menos da una piedra :lol: :lol:

Así que resumiendo, los 'dinerillos' que se pueden/deben cobrar cuando uno se jubila por incapacidad, son:
  • Liquidación por pagas extras devengadas
    Liquidación por vacaciones no disfrutadas
    Subsidio de MUFACE
    Seguro de vida de cada C.A. para sus empleados públicos, que cubre la incapacidad.
    Plan de pensiones de cada C.A. para sus empleados públicos
También, si pertenecéis a algún Colegio Profesional, como era mi caso, los Colegios Profesionales acostumbran a tener suscritas pólizas, que cubren a sus colegiados en caso de incapacidad. Así que, por ahí, también se puede arañar algo.

Y ya por último, si tenéis algún crédito hipotecario (sobre todo los suscritos en los últimos años), éstos suelen ir asociados a pólizas de seguros que os exoneran del pago en caso de incapacidad. ¡¡Ahí es nada!! Así que a leerse la letra pequeña toca :o :o

Creo que no se me queda nada en el tintero en cuanto a 'perras' se refiere.... Pero si se me ocurre algo más, os lo cuento seguro :wink: :wink:

Saludos, Lidia.
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por trasgu123 »

Plan de Jubilacion, producto de hace lustros pero que algunos tienen contratado. En caso de incapacidad suelen tener clausulas especiales, el mio sigue en vigor y me sale gratis, las aportaciones mensuales desde la incapacidad hace 11 años corren de su cuenta.
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por koalakoala »

lviccabg escribió: Dom Oct 14, 2018 8:54 am Y, hablando de Comunidades Autónomas, la de Canarias también tiene suscrito un plan de pensiones para sus empleados públicos. Por ese plan de pensiones cobré unos 500 y pico euros.... No es mucho, pero menos da una piedra :lol: :lol:

Así que resumiendo, los 'dinerillos' que se pueden/deben cobrar cuando uno se jubila por incapacidad, son:
  • Liquidación por pagas extras devengadas
    Liquidación por vacaciones no disfrutadas
    Subsidio de MUFACE
    Seguro de vida de cada C.A. para sus empleados públicos, que cubre la incapacidad.
    Plan de pensiones de cada C.A. para sus empleados públicos
También, si pertenecéis a algún Colegio Profesional, como era mi caso, los Colegios Profesionales acostumbran a tener suscritas pólizas, que cubren a sus colegiados en caso de incapacidad. Así que, por ahí, también se puede arañar algo.

Y ya por último, si tenéis algún crédito hipotecario (sobre todo los suscritos en los últimos años), éstos suelen ir asociados a pólizas de seguros que os exoneran del pago en caso de incapacidad. ¡¡Ahí es nada!! Así que a leerse la letra pequeña toca :o :o

Creo que no se me queda nada en el tintero en cuanto a 'perras' se refiere.... Pero si se me ocurre algo más, os lo cuento seguro :wink: :wink:

Saludos, Lidia.

Respecto a la liquidacion por las pagas extras devengadas, a mi me las han liquidado.
Pero claro, se supone que ahora en el mes de la paga extra de la,pensión (26 de noviembre si no me equivoco) la paga no será doble, verdad? La del 26 de junio se supone que si pero no la de noviembre, Verdad?
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por lviccabg »

koalakoala escribió: Dom Oct 14, 2018 8:02 pm Respecto a la liquidacion por las pagas extras devengadas, a mi me las han liquidado.
Pero claro, se supone que ahora en el mes de la paga extra de la,pensión (26 de noviembre si no me equivoco) la paga no será doble, verdad? La del 26 de junio se supone que si pero no la de noviembre, Verdad?
Las pagas extras se pagan en junio y en diciembre. La paga extra de junio se devenga de diciembre (del año anterior) a mayo, y la paga extra de diciembre se devenga de junio a noviembre.

Si te jubilas en el mes de octubre 2018, la paga extra de diciembre 2018 que te corresponde será de 2/6 de la que te correspondería si te hubieras jubilado en junio 2018.

La paga extra de junio 2019 sí será completa.

Saludos, Lidia.
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por radu »

Bueno, pues muy útil esta información, pero aquí en CyL por lo que veo tratan de escaquearse de pagar.
Última edición por radu el Mar Oct 16, 2018 4:22 am, editado 1 vez en total.
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por radu »

lviccabg escribió: Dom Oct 14, 2018 7:37 am Radu..... Mira lo que encontré de la Junta de Castilla y León.... Es de 2010, pero puede que aún haya algo....

http://www2.fsc.ccoo.es/comunes/recurso ... dentes.pdf

Aunque.... leyéndolo más detenidamente parece que sólo es para accidentes o enfermedades profesionales.... Pero por preguntar no pierdes nada.

Parece que Andalucía también tiene/tuvo algo similar.

http://www.elmundo.es/andalucia/2015/06 ... b4570.html

Así que es más habitual de lo que parece.
Saludos, Lidia.
En cuanto tenga la Resolución iré a preguntar, pero dado que se hacen los longuis para pagar la correspondiente de la paga extra y no te digo las vacaciones, me apuesto a que no van saber nada del asunto (ponen cara de que está hablando con un extraterreste). En fin, una pena de atención al empleado.
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por koalakoala »

Hola Radu.
Hoy he notado un pequeño cambio a la hora de ver el estado tramitación
Cuando lo he abierto no he notado nada ...porque está todo igual pero en la parte de arriba (Lista de expedientes) donde sale el número expediente, clave. Clase de, situación y beneficiario; ahí he visto que en el apartado situación, antes ponía intervención previa y ahora pone “intervenido y conforme”
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por radu »

koalakoala escribió: Mar Oct 16, 2018 3:26 pm Hola Radu.
Hoy he notado un pequeño cambio a la hora de ver el estado tramitación
Cuando lo he abierto no he notado nada ...porque está todo igual pero en la parte de arriba (Lista de expedientes) donde sale el número expediente, clave. Clase de, situación y beneficiario; ahí he visto que en el apartado situación, antes ponía intervención previa y ahora pone “intervenido y conforme”
Sí, en mi caso pone: "16-10-2018 Resuelto concedido". Todo esto es un trámite, pagar tienen que pagar la pensión en octubre. Mira, yo no tengo todavía ni la Resolución, y ya sabes que la necesito para reclamar que me paguen la parte de la extra y las vacaciones, que ya clama al cielo que se hagan los longuis a la hora de pagar.
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por koalakoala »

radu escribió: Mar Oct 16, 2018 6:21 pm
koalakoala escribió: Mar Oct 16, 2018 3:26 pm Hola Radu.
Hoy he notado un pequeño cambio a la hora de ver el estado tramitación
Cuando lo he abierto no he notado nada ...porque está todo igual pero en la parte de arriba (Lista de expedientes) donde sale el número expediente, clave. Clase de, situación y beneficiario; ahí he visto que en el apartado situación, antes ponía intervención previa y ahora pone “intervenido y conforme”
Sí, en mi caso pone: "16-10-2018 Resuelto concedido". Todo esto es un trámite, pagar tienen que pagar la pensión en octubre. Mira, yo no tengo todavía ni la Resolución, y ya sabes que la necesito para reclamar que me paguen la parte de la extra y las vacaciones, que ya clama al cielo que se hagan los longuis a la hora de pagar.

Radu, acabo de comprobar que a mí finalmente también me pone Resueto concedido
Vamos a la par ...
Por cierto, mírate el correo Radu. Tienes un privado
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por koalakoala »

koalakoala escribió: Mar Oct 16, 2018 9:37 pm
radu escribió: Mar Oct 16, 2018 6:21 pm
koalakoala escribió: Mar Oct 16, 2018 3:26 pm Hola Radu.
Hoy he notado un pequeño cambio a la hora de ver el estado tramitación
Cuando lo he abierto no he notado nada ...porque está todo igual pero en la parte de arriba (Lista de expedientes) donde sale el número expediente, clave. Clase de, situación y beneficiario; ahí he visto que en el apartado situación, antes ponía intervención previa y ahora pone “intervenido y conforme”
Sí, en mi caso pone: "16-10-2018 Resuelto concedido". Todo esto es un trámite, pagar tienen que pagar la pensión en octubre. Mira, yo no tengo todavía ni la Resolución, y ya sabes que la necesito para reclamar que me paguen la parte de la extra y las vacaciones, que ya clama al cielo que se hagan los longuis a la hora de pagar.

Radu, acabo de comprobar que a mí finalmente también me pone Resueto concedido
Vamos a la par ...
Por cierto, mírate el correo @Radu. Tienes un privado
Hoy ya aparece remitido al archivo y arriba pone “resolución firmada”
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por lviccabg »

Chicos... Pues creo que ya pueden entrar en los otros apartados de la página, como puede ser el apartado número uno, donde podéis ver vuestro sueldo. También es interesante el apartado referido a certificados. Saludos.
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por koalakoala »

lviccabg escribió: Mié Oct 17, 2018 8:30 pm Chicos... Pues creo que ya pueden entrar en los otros apartados de la página, como puede ser el apartado número uno, donde podéis ver vuestro sueldo. También es interesante el apartado referido a certificados. Saludos.
Lidia, @lviccabg, tienes un mensaje privado al respecto
Gracias
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por koalakoala »

lviccabg escribió: Mié Oct 17, 2018 8:30 pm Chicos... Pues creo que ya pueden entrar en los otros apartados de la página, como puede ser el apartado número uno, donde podéis ver vuestro sueldo. También es interesante el apartado referido a certificados. Saludos.
Lidia, por cierto, cuando te envía el ministerio de hacienda y funciones públicas la carta certificada, que dice esa carta?
Gracias
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