prolongacion del servicio activo de funcionarios

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MJO
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prolongacion del servicio activo de funcionarios

Mensaje por MJO »

Buenos días.
Tengo una pregunta que no se si podréis resolverme. A continuación os la expongo:

Soy funcionaria de carrera, y cumplo 65 años próximamente, y por circunstancias personales, estoy pensando en seguir en el servicio activo después de esa fecha.

Consultando normativa al respecto, veo que "la disposición adicional decimoséptima del Texto Refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, a las pensiones de jubilación del Régimen de Clases Pasivas del Estado que se causen a partir de 1 de enero de 2015, les será aplicable lo establecido en el apartado 2 del artículo 210 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre."
y según esta norma "Se reconocerá al interesado un porcentaje adicional por cada año completo de servicios efectivos al Estado, entre la fecha en que cumplió 65 años y la del hecho causante de la pensión, cuya cuantía estará en función de los años de servicios acreditados en la primera de las fechas indicadas, según la siguiente escala:
– Hasta 25 años de servicios efectivos al Estado, el 2 por 100.
– Entre 25 y 37 años de servicios efectivos al Estado, el 2,75 por 100.
– A partir de 37 años de servicios efectivos al Estado, el 4 por 100."

En mi caso en el momento de cumplir los 65 años, llevare 36 años y 9 meses de antigüedad en la Administración, por lo que al no llegar a los 37, me correspondería un porcentaje adicional del 2,75%.
Sin embargo, ya que trabaje con anterioridad en la empresa privada, si los 37 años se refieren no solo a lo cotizado como funcionaria, sino a la cotización total que he realizado en mi vida, si que superaría esos 37 años, y este porcentaje adicional seria del 4%

Agradecería mucho, si pudierais aclararme esta duda.
Un saludo muy afectuoso.
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