Quien decide

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Albarracin
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Quien decide

Mensaje por Albarracin »

Buenos días
ando aquí leyendo pero no me aclaro, o no soy capaz de ver.
Soy funcionario de la AEAT Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y estoy de baja desde septiembre de 2017.
Tengo bastantes dolencias, y ahora mismo tengo un 68% de discapacidad y 5 puntos de movilidad.
Por los fuertes dolores que tengo en las extremidades inferiores, el neurólogo (sabiendo que de chico sufrí Polio) me hicieron unas pruebas y me detectaron que los dolores eran por Secuela de Polio. Y he solicitado una revisión del grado de discapacidad.
El 14 de febrero me pasaron un control de IT por parte de un medico de los del EVI de la Seguridad Social. Y ,"creo", que al ver lo de secuela de polio (mas todas las dolencias 68%discapacidad ),puso Recomendación inicio proc. jubilación IP.
Mi pregunta es la siguiente.
Quien decide si es gran invalidez o absoluta?
yo necesito de ayuda para lavarme los pies, ponerme los calcetines, zapatos, incluso los pantalones
Muchas gracias
radu
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Re: Quien decide

Mensaje por radu »

Por lo que dices, entiendo que has pasado la "ultima"revisión del ordinario" (incapacidad temporal), porque ya estás en los últimos meses de la prorroga. En el décimo mes de baja,el médico de familia habrá rellenado tu informe adicional de ratificación, en que (en base a la opinión del especialista que te lleva) procedió a una valoración de tu situación con tres posibilidades: alta por curación; prorroga más álla de los 545 días; incapacidad permanente. En la situación que comentas (ya tener reconocida una discapacidad del 68% es significativo, aun sabiendo que discapacidad no equivale a incapacidad laboral, y teniendo en cuenta que no llegas al 75% de minusvalia), lo lógico es que lo hubieses hablado con tus médicos, y ya haber pedido en ese momento proceder enseguida a la valoración para una I.Permanente, y entonces esperar a que el servicio de inspección médica o similar de tu administración te llamase para hablar contigo y ver si hay que tramitar la petición al EVI para valorar la IP. Si no se ponen en contacto para esto, lo mejor es que tú mismo hubieses ido a hablar con el inspector médico de tu administración, o directamente al órgano de personal, y rellenar la solicitud para pedir que el EVI te vaya a evaluar para la IP. En tu caso, parece que has preferido dejar correr la baja, por lo que en el "último" reconocimiento ordinario, el inspector recomienda el inicio del procedimiento de jubilación por IP. Llegado a estas, pues te toca esperar a que te citen para la evaluación de la IP, y es médico evaluador del "tribunal" (EVI) el que que te verá, elaborando el IMS (Informe médico de síntesis) donde, entre otros apartados, indica en las conclusiones si te corresponde la IP. El EVI en su reunión semanal "estudia" el IMS y debe decidir al respecto (en realidad, en el 99% de las veces ratifica el IMS, aunque llamen a un médico especialista como consultor externo, pues el evaluador que lo ha redactado -bueno, cumplimentado- es quién realmente te ha explorado y analizado tus informes, tu historial clínico) en base al IMS, emitiendo un dictamen, una propuesta, en que aparece si eres merecedor o no de la IP y el grado (total, absoluta, gran invalidez). Si fuesemos de la SS, pues esa propuesta la firma el director provincial del ramo,y ya está hecho. En nuestro caso, el que firma es el responsable de recursos humanos,órganismo de jubilación, o equivalente, correspondiente a tu administración. En definitiva, el grado se decide en la sesion del EVI, visto el IMS. Vamos, que lo que cuenta es la opinión del médico evaluador(este puede pedirte pruebas médicas adicionales), aunque no se diga claramente, pues él mismo va a echar -delante de ti- balones fuera diciendo algo así como que, una vez que te ha visto hoy, remite al "tribunal" todos los informes para que este se reuna y decida lo tuyo (en ley, es así, no miente, pero ya he explicado que en la sesión del EVI lo normal es ratificar la recomendación del IMS). Suerte (en tu caso, por lo que dices, puedes ser "merecedor" de una gran invalidez, dado que el criterio es necesitar la ayuda continua de terceras personas para realizar tareas básicas de la vida cotidiana (no necesariamente todas, pero muchas veces el EVI considera que si las puedes llevar a cabo, aunque sea con dificultad, puede no concederla, pues no hay una dependencia suficiente) y ánimo.
Albarracin
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Re: Quien decide

Mensaje por Albarracin »

Muchas gracias por la respuesta.
Esperaremos a ver
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Re: Quien decide

Mensaje por Albarracin »

Buenas tardes

El martes de la semana pasada, me llaman de Muface y me dicen que la Delegación de la Agencia Tributaria de Melilla le contesta que no procede iniciar expediente de jubilación por incapacidad permanente. Ante esto, voy y hablo con el Delegado y le enseño el escrito que me envió Muface con lo que comunicó el medico del INSS. Me dijo que lo enviara a Madrid. Así lo hice, Recursos Humanos, Medico y al Director General.
Hoy recibo un correo electrónico de Recursos Humanos donde me indican que la Delegación de Melilla procedían a iniciar el expediente de jubilación por incapacidad permanente.
Me van a volver a citar los del INSS????
Gracias
radu
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Re: Quien decide

Mensaje por radu »

Albarracin escribió: Mié Mar 20, 2019 4:06 pm Buenas tardes

El martes de la semana pasada, me llaman de Muface y me dicen que la Delegación de la Agencia Tributaria de Melilla le contesta que no procede iniciar expediente de jubilación por incapacidad permanente. Ante esto, voy y hablo con el Delegado y le enseño el escrito que me envió Muface con lo que comunicó el medico del INSS. Me dijo que lo enviara a Madrid. Así lo hice, Recursos Humanos, Medico y al Director General.
Hoy recibo un correo electrónico de Recursos Humanos donde me indican que la Delegación de Melilla procedían a iniciar el expediente de jubilación por incapacidad permanente.
Me van a volver a citar los del INSS????
Gracias
Inicio expediente de jubilación por IP: entiendo que la inspección médica de tu administración o similar para el caso (el departamento que sea competente a la hora de llevar el proceso) debe proceder a solicitarte la documentación (fundamentalmente los informes médicos) y remitirla al EVI para que se pronuncie, evalúe la IP. El EVI (INSS) te cita para la evaluación de la IP. El médico evaluador del "tribunal" (EVI) te verá, elaborando el IMS (Informe médico de síntesis) donde, entre otros apartados, indica en las conclusiones si te corresponde la IP. El EVI en su sesión semanal "estudia" el IMS y debe decidir al respecto (en realidad, en el 99% de las veces ratifica el IMS, aunque llamen a un médico especialista como consultor externo, pues el evaluador que lo ha redactado -bueno, cumplimentado- es quién realmente te ha explorado y analizado tus informes, tu historial clínico), emitiendo un dictamen, una propuesta, en que indica si eres merecedor o no de la IP y el grado (total, absoluta, gran invalidez). Después pasa a tu administración que dicta la resolución (el dictamen-propuesta del EVI es vinculante), y esta te será comunicada oficialmente (plazo de alegaciones). Desde que te cita el EVI hasta que te comunican la resolución del expediente pasa mes, mes y medio, por lo general. Saludos y que vaya bien, compañero.
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Re: Quien decide

Mensaje por Albarracin »

Muchas gracias.
Aunque hay una cosa que no entiendo, el médico del INSS que revisa mis bajas y que comunicó que se iniciara expediente de incapacidad permanente es también del EVI, aquí hay dos medicos del INSS que revisan las bajas y son los mismos del EVI.
No entiendo que me vuelvan a llamar otra vez, tienen todos mis informes médicos , hasta los dos últimos de principios de febrero.
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Re: Quien decide

Mensaje por radu »

Albarracin escribió: Jue Mar 21, 2019 8:14 am Muchas gracias.
Aunque hay una cosa que no entiendo, el médico del INSS que revisa mis bajas y que comunicó que se iniciara expediente de incapacidad permanente es también del EVI, aquí hay dos medicos del INSS que revisan las bajas y son los mismos del EVI.
No entiendo que me vuelvan a llamar otra vez, tienen todos mis informes médicos , hasta los dos últimos de principios de febrero.
Inicio expediente de jubilación por IP. Por lo que te vengo entiendo, el inspector del EVI (INSS) que revisó tu IP insta a tu administración a abrir el procedimiento. A partir de ahí, entiendo que la inspección médica de tu administración o similar para el caso (el departamento que sea competente a la hora de llevar las incapacidades) debe proceder a solicitarte la documentación (fundamentalmente los informes médicos) y remitirla al EVI para que se pronuncie sobre una posible IP (esto es lo común, pero lo mismo tu administración funciona de otra manera y no te pide nada, no lo sé). Una vez que le llega la documentación al INSS, y la oficina del EVI tramita el asunto, el EVI te cita oficialmente (tiene que ser por correo certificado, pero lo mismo te llaman por teléfono porque se las pasa, no les funciona la imprenta, o yo que sé) y un inspector médico actuará como médico evaluador del EVI para la IP: al inspector que sea, ese día a esa hora no le toca revisar bajas, sino que ejerce la tarea de evaluar una IP.
Tienen tus informes médicos en el EVI, pero la administración te va a pedir la documentación clínica actualizada que estimes oportuno aportar, y la remite al INSS junto a todos los papeles que conlleva el trámite burocrático .Si considerás que no necesitas aportar nada, pues tú mismo. Yo, lo primero, acudiría a tu administración para hablar con el inspector médico o el responsable que lleve las incapacidades, en su defecto. Saludos y que te sea rápido, compañero.
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Re: Quien decide

Mensaje por trasgu123 »

Albarracin escribió: Jue Mar 21, 2019 8:14 am Muchas gracias.
Aunque hay una cosa que no entiendo, el médico del INSS que revisa mis bajas y que comunicó que se iniciara expediente de incapacidad permanente es también del EVI, aquí hay dos medicos del INSS que revisan las bajas y son los mismos del EVI.
No entiendo que me vuelvan a llamar otra vez, tienen todos mis informes médicos , hasta los dos últimos de principios de febrero.
Tiene un documento oficial, firmado y sellado, que diga que tienes que volver a pasar EVI el dia XX a las XX horas en XX sitio ??
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Re: Quien decide

Mensaje por Albarracin »

No tengo ningun documento, pero me llamaron desde Madrid , recursos humanos de la agencia tributaria, y me dijeron que me volverian a llamar del EVIL.
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Re: Quien decide

Mensaje por trasgu123 »

Si el EVI ya te vio hace escasos meses, 2-3, y tiene tu expediente, lo normal cuando le llegue la solicitud de tu organismo es que emita el informe sin llamarte. A eso se le llama economia de medios: no le hago perder tiempo y dinero ni a la administracion, ni al interesado. Otra cosa es que en el EVI se pongan puristas o esten aburridos y digan pues ale¡ que vuelva por aqui y echamos un rato.

Eso siempre que tu situacion medica no haya cambiado drasticamente.
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Re: Quien decide

Mensaje por radu »

La revisión médica de una IT y la valoración de una IP son dos actos distintos, diferentes asuntos. Para el dictamen del EVI debe elaborarse el IMS (preceptivo, sí o sí) por parte del médico evaluador. Las bases del IMS: historial clínico + reconocimiento a cargo del médico evaluador (además de lo que pueda constar en el papaleo, los informes de control de la IT, las pruebas complementarias que pueda demandar el evaluador). Otra cosa es que el interesado sea convocado, varias veces siendo de clases pasivas, y no acuda. La comparecencia en consulta, exploración, reconocimiento, o como lo quieran llamar, es importante: ya te puedes dar por bien jorobado si el médico pone algo al estilo de "incoherencia de las respuestas del paciente con lo expuesto por el especialista", "no realiza las pruebas de acuerdo a las instrucciones dadas", "indicios de simulación", etc. Si el compañero hace alegaciones y llega a juicio (imaginemos que le reconocen la IP total, pero sus informes médicos le acreditan para una IP absoluta), su abogado va a tratar de rebatir el IMS frente al abogado del INSS; y lo tendría a huevo si se emitió el dictamen (su referente legal es el IMS, necesariamente) sin realizar -por no ser convocado- el reconocimiento o la exploración presencial. Pero, bueno, todo puede pasar, en eso estamos de acuerdo todos -qué me vais a contar a mí, que hasta el inspector médico de mi DP desconocía mi existencia-.
Última edición por radu el Sab Mar 23, 2019 2:19 am, editado 18 veces en total.
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Re: Quien decide

Mensaje por Albarracin »

Muchas gracias por las respuestas.
Aqui sigo, que aun no me han llamado, ni se nada

Saludos
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Re: Quien decide

Mensaje por Albarracin »

Me acaban de llamar de INSS, cita para el proximo dia 25. Pero no me han dicho que para EVI, me han dicho control medico. No entiendo nada.
No me han pedido ni que aporte nada, ni si tengo que llevar informes.
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Re: Quien decide

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Albarracin escribió: Mié Abr 10, 2019 1:41 pm Me acaban de llamar de INSS, cita para el proximo dia 25. Pero no me han dicho que para EVI, me han dicho control medico. No entiendo nada.
No me han pedido ni que aporte nada, ni si tengo que llevar informes.
... ¿No te han enviado una citación por correo certificado? Lo que hacen en tu caso, no me cuadra con lo que vienes exponiendo ni con el procedimiento que yo conozco de primera mano. Por el lado positivo, si te lo deniegan o no te reconocen el grado, tu abogado se lo va pasar pipa.
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Re: Quien decide

Mensaje por Albarracin »

Comento:
El 20/09/2017 causo baja y solicito pase del EVI
en diciembre del 2017 me llama el EVI y en enero de 2018 me dice que no paso a IP pero que siga en IT
el 30/08/2018 me citan por mensaje al movil que el 31/08 paso revisión
el 31/08/2018 MUFACE me comunican que el INSS ha comunicado " Mantenimiento IT "
el 12/02/2019 me citan por mensaje al movil que el 14/02 paso revisión
el 15/02/2019 MUFACE me comunica que el INSS ha comunicado " Recomendación inicio Proce. Jubilación IP "
el 11/03/2019 MUFACE me llama y me cita en las oficinas. Voy y me dice que la AEAT no va a iniciar el proceso de jubilacion porque dicho procedimiento se cerró en Enero 2018.
el 12/03/2019 Envio a la Dirección General de la AEAT documento donde el INSS insta a iniciar el proceso de IP
el 01/04/2019 Recibo escrito de Recursos Humanos de la AEAT donde me comunican que dado mis continuos partes de baja se ha procedido a enviar al INSS para que me pasen el EVI.
el 10/04/2019 Me llama en INSS y me comunican que el 25/04/2019 a las 09:00 horas tengo que estar en las oficinas de incapacidades para revisión médica.

Yo del INSS como de la AEAT no he recibido ningun correo certificado.
una de mis preguntas, por lo que leo en estos foros, ¿mi organo de personal debe enviar a INSS mis informes medicos que previamente me soliciten que lleve en sobre cerrado?

Muchisimas gracias por ir contestando a mis dudas
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