Propuesta de jubilación por IT

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Josantonio
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Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por Josantonio »

Hola compañeros, tengo una duda y a ver si me podéis alumbrar. Soy funcionario (profesor) de la Consejería de Educación en Andalucía.
Por fin recibo propuesta de la Seguridad Social por IP gran invalidez, en donde otras cosas se me dice que podrá ser revisada en un año así como que "se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años..."
Entiendo, pues, que me van a revisar y puedo mantener o perder la valoración de incapacidad y reincorporarme al trabajo o cambiar la calificación de incapacidad a un grado menor, pero mi pregunta es ¿Qué ocurriría si esa revisión y la pérdida de la incapacidad y de pensión ocurre después de transcurridos esos dos años? ¿Pierdo mi condición de funcionario y con ello mi sueldo y mi trabajo?
Es una duda que me obsesiona, os ruego que si sabéis del tema me respondáis.
Gracias
Francisco I
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por Francisco I »

No; nunca vas a perder tu condición de funcionario. Serás pensionista, o serás funcionario en activo; y ocurra lo que ocurra, cobrarás pensión o nómina cada mes.
Eso de la revisión a los dos años, se lo ponen a todos, por sistema; luego, en función de la patología de cada cual, y de la mayor o menos posibilidad de mejoría sustancial, se procederá o no a esa revisión en el plazo de dos años. Pasados los cuales es muy difícil que te revisen de oficio; salvo que seas tu mismo el que solicite la revisión.
Josantonio
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por Josantonio »

Gracias Francisco.
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por cordobes10 »

Un saludo compañero, lo de revisar la incapacidad es algo que indican normalmente , en mi caso me daba de plazo 18 meses, pero no es factible en funcionarios, el tema esta ya muy "masticado" . Si te jubilan por incapacidad no te van a revisar y menos la s.s. A no ser que haya cambiado la legislación. Si es así , no he dicho nada. Si tu ministerio te hace la propuesta de jubilación (o tu personalmente) y clases pasivas no pone pegas...pues ya está, pasas a pensionista y se acabó. Espero no volver a dar pie para iniciar otra vez "LA INCERTIDUMBRE"... si estas aburrido hay algunos post relacionados con esto y...por cierto lo viví en mis carnes. Un saludo -hi
P.D. si que puede ocurrir que clases pasivas te condicione esa jubilación ...pero vamos no tiene sentido ya que podrías seguir en IT hasta dicha revisión.
Josantonio
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por Josantonio »

Gracias Cordobes10
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por Piopio »

Francisco I escribió: Dom Oct 27, 2019 8:49 pm No; nunca vas a perder tu condición de funcionario. Serás pensionista, o serás funcionario en activo; y ocurra lo que ocurra, cobrarás pensión o nómina cada mes.
Eso de la revisión a los dos años, se lo ponen a todos, por sistema; luego, en función de la patología de cada cual, y de la mayor o menos posibilidad de mejoría sustancial, se procederá o no a esa revisión en el plazo de dos años. Pasados los cuales es muy difícil que te revisen de oficio; salvo que seas tu mismo el que solicite la revisión.
Otra vez con esto. Pero, Francisco I , por qué no has dicho eso antes? Entonces revisan de oficio o no en clases pasivas? Es que dices que llaman en dos años y luego te pueden llamar tambien aunque no sea normal, pero si es lo que me dijeron a mí, argumentaba otro compañero y nos pusieron de vuelta y media, incluso a mí me borraron comentario+s y cerraron el tema, y ahora resulta que tú sabes del tema en la misma linea.
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por Piopio »

Josantonio escribió: Dom Oct 27, 2019 7:43 pm Hola compañeros, tengo una duda y a ver si me podéis alumbrar. Soy funcionario (profesor) de la Consejería de Educación en Andalucía.
Por fin recibo propuesta de la Seguridad Social por IP gran invalidez, en donde otras cosas se me dice que podrá ser revisada en un año así como que "se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años..."
Entiendo, pues, que me van a revisar y puedo mantener o perder la valoración de incapacidad y reincorporarme al trabajo o cambiar la calificación de incapacidad a un grado menor, pero mi pregunta es ¿Qué ocurriría si esa revisión y la pérdida de la incapacidad y de pensión ocurre después de transcurridos esos dos años? ¿Pierdo mi condición de funcionario y con ello mi sueldo y mi trabajo?
Es una duda que me obsesiona, os ruego que si sabéis del tema me respondáis.
Gracias
Hola. Me puedes indicar que ley pone en tu propuesta en que se debe basar eso de la revisión, para así saber si es una legislación que sea novedad o es otra.
mariano mariano
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por mariano mariano »

Josantonio escribió: Dom Oct 27, 2019 7:43 pm Hola compañeros, tengo una duda y a ver si me podéis alumbrar. Soy funcionario (profesor) de la Consejería de Educación en Andalucía.
Por fin recibo propuesta de la Seguridad Social por IP gran invalidez, en donde otras cosas se me dice que podrá ser revisada en un año así como que "se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años..."
Entiendo, pues, que me van a revisar y puedo mantener o perder la valoración de incapacidad y reincorporarme al trabajo o cambiar la calificación de incapacidad a un grado menor, pero mi pregunta es ¿Qué ocurriría si esa revisión y la pérdida de la incapacidad y de pensión ocurre después de transcurridos esos dos años? ¿Pierdo mi condición de funcionario y con ello mi sueldo y mi trabajo?
Es una duda que me obsesiona, os ruego que si sabéis del tema me respondáis.
Gracias
En caso de que ya seas jubilado y te citen de la Seguridad Social alguna vez para revision, no vayas, en ningun caso.
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por cordobes10 »

Un saludo compañeros, no quería volver a este tema pero me siento como obligado... sobre todo en deferencia al compañero Jose Antonio por si le sirve en algo para aliviar sus inquietudes. En primer lugar reconozco que de leyes sé las justas, si que tengo algo por lo que me admiro a mi mismo, cuando he tenido algún problema (que los he tenido por desgracia) me "muevo" , leo, escribo, envío, etc, etc y hasta ahora no he necesitado ayuda legal (cruzo los dedos) . Vamos a ver.. me da la sensación que cuando se ha comentado algo sobre este tema , se me pasa por encima (refiriéndome a mis comentarios) y ,aparentemente, no se le da importancia, bien, tengo el "dudoso" honor de ser el único JUBILADO (clases pasivas) de este foro y no se si a nivel general (si no es así que alguien me corrija) que fui "llamado a filas" por la S.S. Vosotros habláis supuestamente de hechos que pueden ocurrir , yo de realidades, habláis que si la ley orga...la que sea, (me aburre..) puede "quitarnos" la pensión o cosas similares. Me remito a mi experiencia ,que fue bastante movidita y que como recalqué y recalco, que hasta 2016 que sucedieron los hechos NO TIENE O TENIA potestad la S.S. para realizar "por motu propio" ninguna revisión de tu INCAPACIDAD QUE GENERO EN JUBILACION . sigo, alguien puede pensar que si hubiera o hubiese habido la posibilidad de "INTENTAR" quitar una pensión y además jugosa (extraordinaria) no ocurriría?? no pongamos a clases pasivas como los buenos por que no es así, recordad que la necesidad de un informe de síntesis VINCULANTE (que creo que es lo justo) de la S.S como requisito primordial para aceptar una jubilación. viene precisamente de ellos (estado) para evitar el desmadre que tenían los distintos ministerios . Es fácil entender o yo lo veo así que la comparación con los compañeros del régimen de la S.S por ahora es muy diferente, si alguien tiene amigos, familiares , etc.. que por desgracia están incapacitados comprobarán que a diferencia de nosotros NO están jubilados hasta que le llega su edad correspodiente, reciben una "pension" de incapacidad hasta ese momento , claro , si no ha pasado antes por las manos del EVI...ya que SI que pueden resolver que ha mejorado o vete tu a saber y "pensión" al limbo. No pienso gastar ni un segundo mas en este tema ya que para mí y mi familia lo tenemos claro y olvidado , que alguien le tranquiliza??? pues ya doy por bueno el tocho, que no...pues a otra cosa mariposa. En la vida solo hay una cosa seguro y no hace falta recordarlo...lo demás ?? pues claro que puede cambiar u ocurrir.
Me despido con una frase de mi admirado Han Solo "QUE LA FUERZA OS ACOMPAÑE" -hi
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por Josantonio »

Piopio escribió: Mar Oct 29, 2019 10:12 pm
Josantonio escribió: Dom Oct 27, 2019 7:43 pm Hola compañeros, tengo una duda y a ver si me podéis alumbrar. Soy funcionario (profesor) de la Consejería de Educación en Andalucía.
Por fin recibo propuesta de la Seguridad Social por IP gran invalidez, en donde otras cosas se me dice que podrá ser revisada en un año así como que "se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años..."
Entiendo, pues, que me van a revisar y puedo mantener o perder la valoración de incapacidad y reincorporarme al trabajo o cambiar la calificación de incapacidad a un grado menor, pero mi pregunta es ¿Qué ocurriría si esa revisión y la pérdida de la incapacidad y de pensión ocurre después de transcurridos esos dos años? ¿Pierdo mi condición de funcionario y con ello mi sueldo y mi trabajo?
Es una duda que me obsesiona, os ruego que si sabéis del tema me respondáis.
Gracias
Hola. Me puedes indicar que ley pone en tu propuesta en que se debe basar eso de la revisión, para así saber si es una legislación que sea novedad o es otra.
Artículo 48.2 de R. D. L. 2/2015, de 23 de octubre (BOE 24/10/2015)
Josantonio
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por Josantonio »

Última edición por Josantonio el Sab Nov 02, 2019 6:33 pm, editado 2 veces en total.
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por mariano mariano »

Pues no sé. El caso es que pone clases pasivas. Yo creo que no te pueden emplazar a revisión siendo de clases pasivas, pues estás jubilado no como en la Seguridad Social que, como dice Cordobes, no lo están hasta la edad. Si Trasgu, Sargento alguno de por aqui nos puede alumbrar pues, al menos yo ,lo agradezco, pues me deja dudando en mis anteriores certezas.
Josantonio
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por Josantonio »

Era solo para que lo vierais. En fin, lo que sea será.
Gracias a todos
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por mariano mariano »

Josantonio escribió: Mié Oct 30, 2019 6:16 pm Era solo para que lo vierais. En fin, lo que sea será.
Gracias a todos
En verdad, compañero, es que en la resolución viene bien claro que reconocen que eres de clases pasivas pero también se te indica claramente la condición de revisable. Admito que me deja fuera de juego. Yo, no sé cuando se me puede emplazar para una revisión. De todas formas, alguno de los compañero del Foro o de los administradores, que se supone que están al día, podrían ayudarnos. El compañero Pio afirmó que en Hacienda o clases pasivas ya le habían advertido de que una circular por la que eramos revisables, pero en este Foro tu caso es el primero que sale (salvo Cordobés, que ahora no entiendo bien) y afecta a todos, por lo que gustaría saber los referentes actuales para clases pasivas de estas nuevas revisiones que afectan a clases pasivas al menos para poder leerlo y saber del tema (al menos como nos afecta a los que ya estamos jubilados recientemente).
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En la gloria este, sea donde sea.
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Re: Propuesta de jubilación por IT

Mensaje por trasgu123 »

El "formulario" de la S Social es como es, conforme a su normativa.

Si llaman a revision hay tres opciones:
- Llamar por telefono y aclarar el asunto.
- Ir y montar un "pollo"
- No ir
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