Hola compañeros/as, resulta que me he comprado unas gafas nuevas por 107, euros, en la farmacia militar de mi ciudad, la engarcada me dijo que si tenia algun seguro como Isfas, etc, me devolverian parte del importe, hoy he ido a el isfas de mi ciudad, y me han dicho que los reservistas, no tenemos derechos a prestaciones, como los militares profesionales.
Tambien me he llevado la sorpresa, de que estoy dado de baja en isfas desde 2008, cuando he estado activado 2008, 2009, 2010 y 2011, salvo este año 2012, que tenia pedido septiembre para activarme, y me han dicho que mi unidad, en las fechas que he pedido no necesita personal.
Que derechos tenemos los reservistas, respecto al ISFAS.
Es necesario cuando te activan que tu te des de alta en el ISFA, o lo deberia haber hecho tu propia unidad, de oficio. Un saludo, Gracias.
Isfas qeu derecho da a los reservistas.
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Re: Isfas qeu derecho da a los reservistas.
¿ Has mirado si en tus nóminas, correspondientes a los periodos de activación, te descuentan alguna cantidad en concepto de ISFAS ? Creo que hay que empezar por ahí.
Por otra parte, si estás afiliado a la Seguridad Social o a otro Régimen Especial, el ISFAS no te aceptará el alta aunque estés activado.
Por otra parte, si estás afiliado a la Seguridad Social o a otro Régimen Especial, el ISFAS no te aceptará el alta aunque estés activado.
- sargentodehierro
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Re: Isfas qeu derecho da a los reservistas.
Hola FranciscoI,
Yo leyendo el artículo 2.4 del RD 1726/2007, entiendo que en los periodos de activación para prestar servicios, los RV estarán dentro del ámbito de aplicación del ISFAS.
Lo que tú dices creo que es de aplicación en los períodos de formación.
Por otro lado leyendo los artículos 3.1.1 y 4.3.1 de la Instrucción 4B0/03899/2009, entiendo que el alta y la baja son de oficio.
Por último decir que como titular, cuando está dentro del campo de aplicación del ISFAS, tienes derecho a ser beneficiario de estas prestaciones sanitarias complementarias.
Un saludo.
Yo leyendo el artículo 2.4 del RD 1726/2007, entiendo que en los periodos de activación para prestar servicios, los RV estarán dentro del ámbito de aplicación del ISFAS.
Lo que tú dices creo que es de aplicación en los períodos de formación.
Por otro lado leyendo los artículos 3.1.1 y 4.3.1 de la Instrucción 4B0/03899/2009, entiendo que el alta y la baja son de oficio.
Por último decir que como titular, cuando está dentro del campo de aplicación del ISFAS, tienes derecho a ser beneficiario de estas prestaciones sanitarias complementarias.
Un saludo.
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Re: Isfas qeu derecho da a los reservistas.
Vaya, pues gracias por la información porque en mi ciudad me dijeron que no tenia derecho a nada, que los reservistas voluntarios no teniamos derecho a las prestaciones del isfas. Gracias.
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Re: Isfas qeu derecho da a los reservistas.
Hola, amigo "sargentodehierro":
Es posible, casi seguro que lleves razón en lo del derecho a afiliarse a ISFAS en los periodos de activación; por eso le decia al consultante que mirara sus nóminas.
Lógicamente, mientras esté afiliado tiene derecho a las mismas prestaciones que los demás.
Pero sigo pensando que los reservistas que ya pertenecen a la S.Social, no les cambian la afiliación para 15 días de activación.
Saludos
Es posible, casi seguro que lleves razón en lo del derecho a afiliarse a ISFAS en los periodos de activación; por eso le decia al consultante que mirara sus nóminas.
Lógicamente, mientras esté afiliado tiene derecho a las mismas prestaciones que los demás.
Pero sigo pensando que los reservistas que ya pertenecen a la S.Social, no les cambian la afiliación para 15 días de activación.
Saludos