permantes que pasen a la ley de los 45

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derenthor
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permantes que pasen a la ley de los 45

Mensaje por derenthor »

hola no se si este tema se hablo ya o parecido pero bueno lo pregunto un compañero permanente tambien me comento que el permanente tiene la opcion tambien al llegar a los 45 y si le interesa acogerse a la ley del mismo nombre con lo bueno o malo que conlleva yo de eso no estoy tan seguro por que bueno podria ser un chollo bueno relativo claro depende de las cuentas de cada uno lo que le quede etcc tampoco me queda claro que pudiera acogerse cuando llege la edad critica o te acoges antes cuando salio la ley o nada no se buenon quien me puede aclarar esta duda?



un saludo
pichi
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Re: permantes que pasen a la ley de los 45

Mensaje por pichi »

Un permanente no se puede acoger a lo de reservista de especial disponibilidad a los 45 años de edad o 18 años de servicio,pudieron hacerlo los que en 2006, cuando salío esta ley del compromiso de larga duración, eran permanentes en ese momento.
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TEMPUS FUGIT
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Re: permantes que pasen a la ley de los 45

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

si que puede,

pero la opcion EN GENERAL, no es interesante

ORDEN DEF/3316/2006, de 20 de octubre, por la que se regulan determinados aspectos de los compromisos, el cambio de relación de servicios y el cambio de especialidad del militar profesional de tropa y marinería.

Quinto. Condiciones y procedimiento para el cambio de relación de servicios.–Los militares profesionales de tropa y marinería a los que se refiere la Disposición transitoria segunda de la Ley de Tropa y Marinería que tengan una relación de servicios de carácter permanente y que no hayan cumplido 45 años de edad, podrán acogerse al compromiso de larga duración de acuerdo con las siguientes condiciones y procedimiento:
Tirillaplateada
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Re: permantes que pasen a la ley de los 45

Mensaje por Tirillaplateada »

Como muy bien dice el compañero no se puede. Muchas veces no vale solo con leer la legislación, sino que hay que bucear en todo lo que hace referencia el articulo, y como vemos, en este, hace referencia a la ley de tropa:

Disposición transitoria segunda. Cambio en la relación de servicios. Los militares profesionales de tropa y marinería que tengan una relación de servicios de carácter permanente a la entrada en vigor de esta ley, en el plazo de un año a partir de esta fecha, podrán acogerse al compromiso de larga duración previsto en el artículo 9, en las condiciones que determine el Ministro de Defensa. Esta opción supondrá la renuncia a la condición de permanente
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bienvenido25
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Re: permantes que pasen a la ley de los 45

Mensaje por bienvenido25 »

Tirillaplateada escribió:Como muy bien dice el compañero no se puede. Muchas veces no vale solo con leer la legislación, sino que hay que bucear en todo lo que hace referencia el artículo, Los militares profesionales de tropa y marinería que tengan una relación de servicios de carácter permanente a la entrada en vigor de esta ley, en el plazo de un año a partir de esta fecha, podrán acogerse al compromiso de larga duración Esta opción supondrá la renuncia a la condición de permanente
Tienes toda la razón Tirillaplateada solo se le dio la opción a las convocatorias que fueron permanentes desde el 2001 al 2005 , lo cual fue muy interesante y se acogieron mucha gente que decía " que era un chollo " ya que muchos tenían 2 trabajos(compatibles por ley) cotizando a clases pasivas desde los 18 años de edad y tener una pensión vitalicia del Ejercito al irse a los 45 años de edad y así no tenían que esperar hasta los 58 años de pase a retiro y a la vez han seguido cotizando a la seguridad social con el beneficio y (compatible por Ley) de otra pensión por jubilación por edad (65 años) a través de la Seguridad Social , lo cual sí compensaba.
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