Degradación de LEZCANO versus retiro de ZAIDA

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famefas
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Degradación de LEZCANO versus retiro de ZAIDA

Mensaje por famefas »

DEGRADACIÓN A TENIENTE CORONEL DE LEZCANO-MÚJICA, versus RETIRO FORZOSO (NO APTITUD) DE LA COMANDANTE ZAIDA CANTERA
ACTUALIDAD “EL DIARIO MILITAR”
23/04/2015


La declaración de lesividad del ascenso a Coronel de Lezcano-Mújica, parece que no hay voluntad de que se produzca. La prensa ha divulgado (EDM, La Razón, ECD, foros diversos, asociaciones de militares libres -no sometidas a Defensa-, etc.) esa potestad que tiene el ministro (pero que acaba el 20-07-2015). UPyD ha formulado una pregunta parlamentaria (para respuesta escrita), el GPS ha presentado una proposición no de ley, el GPP no contesta, … pero el tiempo se acaba y todo eso puede servir para nada, salvo que se haga ¡YA! un esfuerzo unánime y contundente. Hay que poner en evidencia a MORENÉS, que está acusando a todos de manchar la imagen de las FAS, pero nadie le dice en la cara que él es el único que puede lavar dicha imagen iniciando la anulación de tal ascenso, pero no quiere.
Hemos escrito al Ministro, a la Subsecretaria, al gabinete Suárez Valdés (que lleva los asuntos de Zaida), … pero nadie contesta. Todos o muchos quieren pasar página (parece). Todo lo arreglarán, dicen algunas fuentes oficiales, a final de este mes de abril, declarando NO APTA para la profesión militar, por enfermedad psicológica o psiquiátrica a la Comandante CANTERA, y pasará a retiro forzoso con la pensión máxima de clases pasivas, es decir, con los 2.560,88 euros mensuales (14 pagas). Es la Ley. Le contarán como servicios efectivos todos los años que le faltan para llegar a los 65, que son muchos.
Está por ver si declaran que la patología ha sido causada en acto de servicio o como consecuencia del mismo, o si -como es regla cuasi general o “cláusula de estilo”- dicen que la patología es de carácter “ENDÓGENO” o “DISPOSICIONAL”. Es decir, que la ha tenido siempre pero ahora ha aflorado, se ha evidenciado, por la dureza, exigencias y vicisitudes de la vida militar. A tal efecto, el dictamen de la Sanidad Militar (teledirigida desde Defensa por el principio de jerarquía) es vinculante (Ley de presupuestos para 2009). A Zaida le interesará moralmente que declaren lo primero, pero económicamente no va a variar la cuantía de la pensión. Si declaran que la patología es ajena al servicio, le reconocerán unos 3.000 euros mensuales, si ha sido causada por el servicio, le reconocerán el doble, 6.000 euros, pero en cualquier caso le aplicarán el límite máximo de los 2.560,88 euros mensuales, vigentes en 2015. A los/las que si afecta que sea consecuencia del servicio y no disposicional es a la tropa profesional no permanente (incluídos los del compromiso de larga duración), y Oficiales de complemento (que al ser de “complemento” no son de “carrera”), porque si declaran que la patología es endógena o disposicional, se quedan sin pensión ni indemnización, que es lo habitual. Solo los que consiguen que un Juzgado o Tribunal declare que es consecuencia del servicio, mediante pruebas periciales practicadas en juicio, consiguen la pensión. Pero para los militares de carrera (permanentes) no afecta la etiología de la enfermedad (causa efecto con el servicio, o endógena o disposicional). Todos los militares de carrera, declarados no aptos para la profesión militar, por patología psicofísica, obtienen pensión. A los oficiales, como Cantera, que han empezado la carrera como oficiales, no les afecta económicamente, porque aunque no sea consecuencia del servicio, cobran la pensión máxima. Sin embargo a los que sean de bajo rango (Suboficiales y Tropa permanente, y a los que habiendo llegado a Oficial hayan estado poco tiempo en esta categoría) si les interesa que se les reconozca causa-efecto con el servicio, porque así si su pensión es de 1.500 euros mensuales, por ejemplo, tendrían derecho a cobrar el 200 %, es decir, 3.000 euros. Tres mil que no cobrarán porque siempre le aplicarán el límite de los 2.560,88 euros (ley de presupuestos para 2015).
En fin, algo hay que hacer para que el legal retiro de Zaida, no tape el asunto de la declaración de lesividad del ilegal ascenso a Coronel de Lezcano-Mújica. Algo hay que hacer para que Morenés actúe y limpie la dañada imagen y prestigio de las FAS. Seguramente su entorno está esperando que se resuelva el expediente de no aptitud para poder airear, directa o indirectamente, que la Comandante Cantera ha quedado muy bien parada, que tiene resuelto económicamente su futuro de por vida, y que aquí no hay que anular ningún ascenso. Añadamos que si la perjudicada decide ejercer otra profesión para la que no está incapacitada, y se da de alta en algún régimen de Seguridad Social, le rebajarán la pensión al 75 % si ha prestado más de 20 años de servicios efectivos, y al 55 % si no ha alcanzado esos 20 años (según los recortes establecidos en la ley de clases pasivas desde hace unos años).
Jesús Navarro Jiménez, presidente de FAME.
Cornamuza
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Re: Degradación de LEZCANO versus retiro de ZAIDA

Mensaje por Cornamuza »

famefas escribió:DEGRADACIÓN A TENIENTE CORONEL DE LEZCANO-MÚJICA, versus RETIRO FORZOSO (NO APTITUD) DE LA COMANDANTE ZAIDA CANTERA
ACTUALIDAD “EL DIARIO MILITAR”
23/04/2015


La declaración de lesividad del ascenso a Coronel de Lezcano-Mújica, parece que no hay voluntad de que se produzca. La prensa ha divulgado (EDM, La Razón, ECD, foros diversos, asociaciones de militares libres -no sometidas a Defensa-, etc.) esa potestad que tiene el ministro (pero que acaba el 20-07-2015). UPyD ha formulado una pregunta parlamentaria (para respuesta escrita), el GPS ha presentado una proposición no de ley, el GPP no contesta, … pero el tiempo se acaba y todo eso puede servir para nada, salvo que se haga ¡YA! un esfuerzo unánime y contundente. Hay que poner en evidencia a MORENÉS, que está acusando a todos de manchar la imagen de las FAS, pero nadie le dice en la cara que él es el único que puede lavar dicha imagen iniciando la anulación de tal ascenso, pero no quiere.
Hemos escrito al Ministro, a la Subsecretaria, al gabinete Suárez Valdés (que lleva los asuntos de Zaida), … pero nadie contesta. Todos o muchos quieren pasar página (parece). Todo lo arreglarán, dicen algunas fuentes oficiales, a final de este mes de abril, declarando NO APTA para la profesión militar, por enfermedad psicológica o psiquiátrica a la Comandante CANTERA, y pasará a retiro forzoso con la pensión máxima de clases pasivas, es decir, con los 2.560,88 euros mensuales (14 pagas). Es la Ley. Le contarán como servicios efectivos todos los años que le faltan para llegar a los 65, que son muchos.
Está por ver si declaran que la patología ha sido causada en acto de servicio o como consecuencia del mismo, o si -como es regla cuasi general o “cláusula de estilo”- dicen que la patología es de carácter “ENDÓGENO” o “DISPOSICIONAL”. Es decir, que la ha tenido siempre pero ahora ha aflorado, se ha evidenciado, por la dureza, exigencias y vicisitudes de la vida militar. A tal efecto, el dictamen de la Sanidad Militar (teledirigida desde Defensa por el principio de jerarquía) es vinculante (Ley de presupuestos para 2009). A Zaida le interesará moralmente que declaren lo primero, pero económicamente no va a variar la cuantía de la pensión. Si declaran que la patología es ajena al servicio, le reconocerán unos 3.000 euros mensuales, si ha sido causada por el servicio, le reconocerán el doble, 6.000 euros, pero en cualquier caso le aplicarán el límite máximo de los 2.560,88 euros mensuales, vigentes en 2015. A los/las que si afecta que sea consecuencia del servicio y no disposicional es a la tropa profesional no permanente (incluídos los del compromiso de larga duración), y Oficiales de complemento (que al ser de “complemento” no son de “carrera”), porque si declaran que la patología es endógena o disposicional, se quedan sin pensión ni indemnización, que es lo habitual. Solo los que consiguen que un Juzgado o Tribunal declare que es consecuencia del servicio, mediante pruebas periciales practicadas en juicio, consiguen la pensión. Pero para los militares de carrera (permanentes) no afecta la etiología de la enfermedad (causa efecto con el servicio, o endógena o disposicional). Todos los militares de carrera, declarados no aptos para la profesión militar, por patología psicofísica, obtienen pensión. A los oficiales, como Cantera, que han empezado la carrera como oficiales, no les afecta económicamente, porque aunque no sea consecuencia del servicio, cobran la pensión máxima. Sin embargo a los que sean de bajo rango (Suboficiales y Tropa permanente, y a los que habiendo llegado a Oficial hayan estado poco tiempo en esta categoría) si les interesa que se les reconozca causa-efecto con el servicio, porque así si su pensión es de 1.500 euros mensuales, por ejemplo, tendrían derecho a cobrar el 200 %, es decir, 3.000 euros. Tres mil que no cobrarán porque siempre le aplicarán el límite de los 2.560,88 euros (ley de presupuestos para 2015).
En fin, algo hay que hacer para que el legal retiro de Zaida, no tape el asunto de la declaración de lesividad del ilegal ascenso a Coronel de Lezcano-Mújica. Algo hay que hacer para que Morenés actúe y limpie la dañada imagen y prestigio de las FAS. Seguramente su entorno está esperando que se resuelva el expediente de no aptitud para poder airear, directa o indirectamente, que la Comandante Cantera ha quedado muy bien parada, que tiene resuelto económicamente su futuro de por vida, y que aquí no hay que anular ningún ascenso. Añadamos que si la perjudicada decide ejercer otra profesión para la que no está incapacitada, y se da de alta en algún régimen de Seguridad Social, le rebajarán la pensión al 75 % si ha prestado más de 20 años de servicios efectivos, y al 55 % si no ha alcanzado esos 20 años (según los recortes establecidos en la ley de clases pasivas desde hace unos años).
Jesús Navarro Jiménez, presidente de FAME.
Cornamuza
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Re: Degradación de LEZCANO versus retiro de ZAIDA

Mensaje por Cornamuza »

Que mal queda eso de Bajo Rango no crees?
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