Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Comand

Comentarios y opiniones sobre los ascensos recogidos en la Ley 39/2007 de la Carrera militar

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famefas
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Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Comand

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Una de las novedades mas importantes de la ley 46/2015, de modificación de la LCM, es la introducida por el apartado 11 del artículo único de la nueva ley. Consiste en que se ha añadido un segundo párrafo al apartado 4 de la DA-10ª de la ley 39/2007, que permite que los suboficiales (Subtenientes y Suboficiales Mayores), que aprobaron en 1990, o antes, el curso de acceso a las Escalas Auxiliares (Armas: Infantería, Caballería, Artillería e Ingenieros, y Cuerpos: Intendencia, Sanidad, Farmacia y Veterinaria) del Ejército de Tierra, y a la Escala de Oficiales del Cuerpo Auxiliar de Especialistas (CAE) del Ejército de Tierra, y que después de aprobar el curso pasaron a retiro por inutilidad permanente (patología común o accidente común, o en acto de servicio), puedan ingresar en esas escalas de oficiales con el empleo de Teniente, y ascender a Capitán y Comandante, obteniendo las mismas antigüedades que sus compañeros de curso que, por estar en reserva (y algunos en activo), y haber ascendido a Tenientes (a primeros de 1999 y hasta el final de 2007), quedaron acogidos por la DA-10ª y ascendieron a Capitanes y Comandantes con antigüedades retroactivas de 15, 20 o más años, pero con efectos económicos a partir del 1-1-2008. El reordenamiento definitivo de las EAUX-CAE, del E. T., benefició a más de 4.100 oficiales pertenecientes a las mismas, y se publicaron, con carácter definitivo las antigüedades (reales y efectivas) asignadas en los tres empleos en el BOD-214, del 30-10-2008. También ascendieron a comandantes los oficiales de las EAUX-CAE que el 1-1-2008 estaban en retiro, precisamente al amparo de la DA-10ª en su versión original. Fueron miles de retirados los que ascendieron con antigüedades retroactivas que se correspondían con fechas en que estaban en actividad o reserva, y anteriores a la fecha en que cumplieron 61 años. El ascenso de los retirados se publicó en los BODs de 24-12-2008, 3-3-2009 y 1-4-2009. Los ascensos de los que estaban en reserva (y algunos en activo) el 1-1-2008 se concedieron de oficio. Los ascensos de los retirados antes del 1-1-2008, se concedieron previa solicitud de los interesados en el plazo de seis meses contados desde el 30-10-2008. La última relación de ascendidos se publicó el 1-1-2009, a pesar de que el sexto mes del plazo terminaba el 30 de abril. Muchos retirados no ascendieron porque no se enteraron de que tenían que solicitarlo.

¿A quiénes beneficia el segundo párrafo añadido a la DA.10ª.4?. Pues, como decíamos al principio, a los "suboficiales" (Subtenientes y algún Suboficial Mayor) que tras aprobar el curso de acceso a las Escalas de Oficiales de las EAUX-CAE con el empleo de Teniente, en enero-febrero-marzo de 1990, o en 1989, 1988 (y quizás antes) permanecieron en situación de actividad durante 1990, 1991, 1992, 1993, .....1999, 2000....2007, tuvieron la mala suerte de que una patología o accidente común, o en acto de servicio, afectara su salud de tal manera que les abrieron expediente y los mandaron al retiro (en cualquiera de esos años) por insuficiencia de condiciones psicofísicas (inutilidad, incapacidad, no aptitud, permanente, para el servicio en las FAS), quedándose, por tanto como suboficiales). A partir de 2008, algunos de estos suboficiales, a través de asociaciones de la FAME, han venido solicitando en las vías administrativa y judicial, y en la vía parlamentaria, que se les concediera el empleo de Teniente y sucesivos empleos, como se les concedieron (con todo derecho) a los suboficiales que, tras terminar y aprobar su curso, decidieron pasarse a la RT (incluso desde marzo de 1990) u otras "reservas", y fueron ascendidos a Tenientes el 1-1-1999 o el 20-05-1999, y en el reordenamiento definitivo (30-10-2008) se les rectificó la antigüedad de Teniente retrotrayéndola a 1985 (como mínimo) y fueron ascendidos a Capitanes (antigüedad mínima de 1990) y a Comandantes (1995). El 21-06-2011 llegó a estar aprobada una enmienda del PP (a propuesta de la FAME) que resolvía el problema de los suboficiales en retiro por inutilidad y con el curso aprobado. Pero la disposición adicional correspondiente desapareció del BO-Senado el 30-06-2011. Insistiendo ante los grupos parlamentarios se ha conseguido que se reconozca el derecho de que venimos hablando, a través del apartado Once del art. único de la Ley 46/2015, que entró en vigor el día 16 de octubre. A partir de ese mismo día, los beneficiados por la norma están solicitando el ingreso en las EAUX-CAE, con el empleo de Teniente, y los sucesivos empleos de Capitán y Comandante. La norma es clara, les tienen que dar las mismas antigüedades retroactivas que s sus compañeros de curso o promoción. Tienen seis meses de plazo para conseguir esa reivindicación, plazo que terminará el 15-04-2016.
famefas
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

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Este hilo, para entender mejor su contenido. debería encabezarse así: Ascenso de Subof. retirados,
con curso de Tte., hasta Comdte.
famefas
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

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En la penúltima línea del primer párrafo del texto inicial se ha deslizado una errata. Donde dice 1-1-2009. quiere decir "1-4-2009"-

Es un tema interesante que, me extraña, no tenga comentarios todavía. Es que muchos de los afectados no han estado en la "lucha" desde 2008, y no se han enterado de esta solución legal de 2015. Yo tengo localizados a 17 suboficiales (16 subtenientes y un suboficial mayor), que ya han solicitado el ingreso en las EAUX-CAE con el empleo de
Teniente y los ascensos a Capitan y Comandante. Son 4 de Sevilla, 5 de Córdoba, 2 de Huelva, 2 de Granada, 2 de Murcia, 1 de Ceuta y 1 de Mahón. 16 pasaron a retiro por inutilidad causada por patología común, y solo 1 (el subof. mayor) en acto de servicio.
Tiene que haber muchos más a lo largo y lo ancho del territorio nacional. Es dificil localizarlos. Se ruega la colaboración de todos los foreros. El plazo de seis meses terminará el 15-04-2016. Habría que leerse todos los BODs desde marzo-1990 a diciembre de 2007, y localizar a todos los subtenientes y suboficiales mayores(todos del ET, y con derecho a ingresar en las EAUX-CAE) que pasaron a retiro por inutilidad entre ese largo período de tiempo, y además saber si aprobaron el curso (la mayoría sí) a primeros de 1990 y en años anteriores.
famefas
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

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En la penúltima línea del primer párrafo del texto inicial se ha deslizado una errata. Donde dice 1-1-2009. quiere decir "1-4-2009"-

Es un tema interesante que, me extraña, no tenga comentarios todavía. Es que muchos de los afectados no han estado en la "lucha" desde 2008, y no se han enterado de esta solución legal de 2015. Yo tengo localizados a 17 suboficiales (16 subtenientes y un suboficial mayor), que ya han solicitado el ingreso en las EAUX-CAE con el empleo de
Teniente y los ascensos a Capitan y Comandante. Son 4 de Sevilla, 5 de Córdoba, 2 de Huelva, 2 de Granada, 2 de Murcia, 1 de Ceuta y 1 de Mahón. 16 pasaron a retiro por inutilidad causada por patología común, y solo 1 (el subof. mayor) en acto de servicio.
Tiene que haber muchos más a lo largo y lo ancho del territorio nacional. Es dificil localizarlos. Se ruega la colaboración de todos los foreros. El plazo de seis meses terminará el 15-04-2016. Habría que leerse todos los BODs desde marzo-1990 a diciembre de 2007, y localizar a todos los subtenientes y suboficiales mayores(todos del ET, y con derecho a ingresar en las EAUX-CAE) que pasaron a retiro por inutilidad entre ese largo período de tiempo, y además saber si aprobaron el curso (la mayoría sí) a primeros de 1990 y en años anteriores.
raembo
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

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Aunque este hilo es para referencia a la Disposición Adicional 10ª .Es relevante señalar que estos suboficiales de la Esc. Aux. tanto en acto de servicio como ajenos , ascienden al empleo de teniente efectivo ( no honorifico )con cambio de grupo al A1 y los efectos retroactivos correspondientes .

A diferencia de nosotros que ascendemos a Teniente honorifico sin cambio en la pensión y exigiendo encima 20 años , dejando fuera al resto de nuestros compañeros , y encima refiriendo a la Disposición Transitoria 7ª, cuando ésta, preceptivamente ,da el ascenso efectivo a los suboficiales contemplados en ella al empleo de Teniente efectivo y sin años de servicio , con lo cual no cumplen ni la propia norma que ellos mismos aluden

TOTAL DISCRIMINACION DIRECTA RDL 1/2013 aprobado por el PP
pmuzca
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

Mensaje por pmuzca »

Ante esta situación, de tanta ley, tanto articulo, tanta disposición para unos y otros, ajenos acto de servicio, en acto de servicio, de la escala auxiliar, 20 años de servicio, 56 años, 58 años, habiendo pasado o no ya a la reserva, con una forma de entendimiento distinto por cada uno de los afectados etc etc, lo mejor solicitar todos el ascenso efectivo,honorífico o no, ya mismo.
Que les lleguen un montón de solicitudes y que las resuelvan, de lo contrario en unos meses otro montón de solicitudes por silencio. Así sucesivamente hasta que alguien se de cuenta que no se puede jugar con los sentimientos de las personas.
Con lo fácil que sería hacer las leyes más concretas y menos enredadas, que tiempo tienen.
famefas
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

Mensaje por famefas »

El acceso a las Escalas Auxiliares del ET y Cuerpo Auxiliar de Especialistas del ET el Ejército de Tierra, con el empleo de Teniente (antigüedad mínima de 1985, cuando tenían alrededor de 30 años) y los ascensos a Capitán (minimo 1990) y Comandante (minimo 1995), supone obtener esos empleos reales y efectivos con esas antigüedades retroactivas, exigiéndoles solo que fueran declarados aptos en el curso de Teniente, allá por 1990 o antes, sin exigencia de ninguna edad. Son nacidos en 1955 o poco antes o después. Pero los ascensos de esos suboficiales (Subtenientes casi todos y algún Suboficial mayor), por aplicación del párrafo añadido a la DA-10ª.4, NO tiene nada que ver con la obtención del empleo de Teniente Honorífico regulado en la nueva DT-13ª, con las exigencias de la DT-7ª (nuevo texto), es decir, haber obtenido el empleo de Sargento entre el 1-1-1977 y el 19-05-1999, no tener limitación legal en su cuerpo o escala para obtener el empleo de Subteniente, y con la condición de haber cumplido la edad de pase a la reserva establecida en la propia Ley 39/2007. ¿Cuál es esa edad de pase forzoso a la reserva?: Pues leerse bien el artículo correspondiente a la situación de Reserva, porque hay una edad de pase forzoso a la reserva, y hay otra edad para el pase voluntario a la reserva (58 años), no en el artículo que regula la reserva, sino en una disposición de dicha ley.

Por otra parte, el ascenso de los suboficiales a Teniente efectivo (no honorífico) en Reserva, no tuvo limitación alguna de edad durante los seis primeros meses de 2008 (ascendieron solo con la condición de estar en la reserva el 1-1-2008, con 40, 50 años, o cualquier edad). Pero a partir del 1-1-2009 ("gracias" a los agravios que esgrimió determinada asociación de suboficiales) se exigieron 58 años, y a partir del 1-1-2010 se exigieron 56 años hasta el 31-07-2013. A partir del 1-08-2013 hasta el 15-10-2015 se han estado exigiendo 58 años. Pero la Disposición dice que a los que pasen a la reserva con más de 58 años, por exigencia legal, se les reconocerá el empleo de Teniente con antigüedad de la fecha en que cada uno cumplió los 58 años (aunque en tal fecha estuviera en activo). Tampoco se fijó límite de edad para los que pudieron acogerse a la DA-8ª.3, de la Ley 17/1999, todavía vigente (y que sigue aplicándose) para los que fueron Sargentos "antes del 1-1-1977".
raembo
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

Mensaje por raembo »

Lo que me extrañó en la reciente modificación de la LCM 39/2007 , en referencia a la Escala Auxiliar es que solo hicieran referencia a la disposición adicional 10 ª añadiendo un párrafo mas , pero no mencionaron a la Disposición Adicional 8.3 de la ley 17/1999 que es el ascenso a teniente para aquellos de la escala auxiliar entre otros que no tuvieran el curso por correspondencia de teniente aprobado .
Solo es entendible, que supieran de antemano, que no existía ningún suboficial retirado de la escala auxiliar sin el curso aprobado , y solo existieran retirados ajenos y actos de servicio con el curso aprobado , me refiero claro esta en estos momentos .
Lo que lleva a la conclusión , de que se legisla a la carta y arbitrariamente.
Ya que la Disposición transitoria 7ª sufre una mutación nuclear evolucionada hacia la la decimotercera ,que desde luego es un gran ejemplo para llevar a los alumnos de las facultades de Derecho y vean un ejemplo de como nunca se debe de legislar de esta manera .
3caracteres
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

Mensaje por 3caracteres »

Buenas
¿y los que nos fuimos a RT después (1986 y posteriores) de que a los compañeros se les asignase antigüedad de Ttes. de 1985 y no hicimos el curso porque no lo convocaron con muy mala leche? ¿y la exigencia de tener el curso aprobado para entrar en la reordenación y, sin embargo, nos ascienden a Ttes. sin curso por ser sargentos antes de 1976?
Como dice el compañero raembo, aquí se legisla como le viene en gana a los Generales de turno y a mi solo me queda xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx de toda esa gente de la cúpula militar y en sus leyes.
Última edición por sargentodehierro el Mar Oct 27, 2015 3:41 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

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Para quien pudiese estar interesado:
"Por si pudiera ser de su interés se informa que ha sido publicada en la página WEB del ET. (ÁREA DE PERSONAL) nota informativa relativa a "TÍTULOS DE EMPLEO DE COMANDANTES Y CAPITANES DE LA ESCALA AUXILIAR", por lo que MINISDEF – SEGENTE solicita su difusión a todas las unidades donde pudiese haber personal interesado.

La nota informativa dice lo siguiente:

“ Recientemente la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia reconociendo el derecho de un Comandante de la Escala auxiliar a que le sean expedidos los títulos de empleo correspondiente. Posteriormente, la Audiencia Nacional ha extendido la sentencia a otros casos similares. En cumplimiento de dicha sentencia por parte de la Dirección de Personal se va a proceder a la expedición de los Títulos de Empleo, concedidos por el Jefe de Estado Mayor del Ejército, a todos los Oficiales de las Escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad, farmacia y veterinaria y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra afectados por la aplicación de la Disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
La concesión de los títulos no supone ningún cambio en la situación de los afectados, incluyendo los efectos económicos que ya fueron fijados en la ordenación.”

Sin otro particular, reciba un atento saludo."

Me lo han enviado de mi nueva Delegación, que esta si que funciona. Un saludo.
delucas
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

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Para quien pudiese estar interesado:
""Por si pudiera ser de su interés se informa que ha sido publicada en la página WEB del ET. (ÁREA DE PERSONAL) nota informativa relativa a "TÍTULOS DE EMPLEO DE COMANDANTES Y CAPITANES DE LA ESCALA AUXILIAR", por lo que MINISDEF – SEGENTE solicita su difusión a todas las unidades donde pudiese haber personal interesado.

La nota informativa dice lo siguiente:

“ Recientemente la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia reconociendo el derecho de un Comandante de la Escala auxiliar a que le sean expedidos los títulos de empleo correspondiente. Posteriormente, la Audiencia Nacional ha extendido la sentencia a otros casos similares. En cumplimiento de dicha sentencia por parte de la Dirección de Personal se va a proceder a la expedición de los Títulos de Empleo, concedidos por el Jefe de Estado Mayor del Ejército, a todos los Oficiales de las Escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad, farmacia y veterinaria y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra afectados por la aplicación de la Disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
La concesión de los títulos no supone ningún cambio en la situación de los afectados, incluyendo los efectos económicos que ya fueron fijados en la ordenación.”

Sin otro particular, reciba un atento saludo.""

Me lo han enviado de mi nueva Delegación, que esta si que funciona. Un saludo.
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

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EL MAPER SIGUE INFORMANDO NEGATIVAMENTE, Y LA SALA ESTIMANDO, LAS SOLICITUDES DE EXTENSIÓN DE SENTENCIA TÍTULOS CAPITÁN Y COMANDANTE EAUX-CAE. La sentencia de 19-12-2014 se cumplió el 27-03-2015. Ninguno de los autos firmes que extienden judicialmente los efectos de la sentencia a otros Capitanes y Comandantes, en idéntica situación y circunstancias, NO se han cumplido todavía.

La Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional sigue estimando, mediante Autos, las solicitudes de extensión de la sentencia de 29-12-2014, que reconoció el derecho a obtener los títulos o despachos correspondientes a los empleos de Capitán y Comandante de las EAUX-CAE del Ejército de Tierra. Los Autos dictados en junio y julio son ya firmes, tras ser desestimados los recursos de reposición del Abogado del Estado contra las condenas en costas que la Sala impone, en todos los casos, a la Administración militar. Defensa (o por mejor decir el ET) no ha dado cumplimiento a ninguno de los Autos. Vamos a solicitar ya su ejecución judicial forzosa para que el MAPER-JEME cumplan.

Por su parte, el MAPER (Dirección de Personal, Sección de Ascensos y Situaciones) siguen informando negativamente todas las solicitudes de extensión judicial de la primitiva sentencia. Los informes de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto (sí, agosto), septiembre y octubre, son todos del mismo tenor: oposición total a la expedición de los títulos.

Por eso nos preguntamos ¿De que fecha es la "noticia de interés" difundida en la intranet del Ejército?. No parece que sea de octubre ni de septiembre, pues se refiere a la sentencia dictada "recientemente" (19-12-2014) y a autos de extensión de la misma que empezaron a dictarse el 2 de junio. Parece que la nota no puede ser posterior a la segunda quincena de julio porque el 15-07-2015 se dictó nueva sentencia, que sería notificada al Abogado del Estado a los pocos días, y éste la enviaría a su "cliente" (el ministerio de Defensa-ET).

En las "alegaciones" que el abogado y la procuradora que llevamos este asunto de las "extensiones" ante la Sala, rechazamos todos los argumentos del MAPER y decimos a la Sala que la Administración militar, ante tantos Autos estimatorios y condenas en costas, debería ordenar al Abogado del Estado que se "allanara" a las solicitudes de extensión, y que la otra solución que contempla la Ley es que Defensa-ET expidan los títulos extrajudicalmente, directamente, de oficio, a todos los beneficiados por la DA-10ª de la LCM. Sin embargo, el MAPER, de ser cierto lo que dice la "noticia de interés" de la intranet debería informar las solicitudes positivamente, diciendo a la Sala que reconoce las pretensiones de los recurrentes, y no hacer lo que está haciendo hasta hoy: oponerse rotundamente con los argumentos que reiteradamente viene utilizando, y que la Sala le recuerda en cada Auto que, todo lo que (tozudamente) reitera, ya fue rechazado por Sentencia, y que, por eso y por obligar a los interesados a acudir a los tribunales (Audiencia Nacional) es por lo que condena en costas a la Administración militar. Tales actuaciones oficiales del MAPER, contrastadas, firmadas y fechadas son incompatibles con la "noticia" (sin fecha ni firma). O existe una incongruencia total entre lo que hace el MAPER y lo que dice la "noticia".

Se adjunta copia de uno de los últimos Autos de la Sala (23-10-2015), y de uno de los últimos informes emitidos en octubre por el MAPER-DIPER-Sección de Ascensos y Situaciones. (En la página de PEDEA se puede consultar esta información, y están los enlaces que permiten consultar el Auto y el informe del MAPER de octubre).
Jesús Navarro Jiménez, abogado, 661397817,
jnafarroaj@gmail.com / jnavarroj@outlook.es
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

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A mi correo llegó ayer día 27. Un saludo. Envio un privado.
Jesús Navarro
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

Mensaje por Jesús Navarro »

Volviendo al comienzo de este hilo, es decir, refiriéndonos a los Suboficiales (Subtenientes, casi todos, y algún Subof. Mayor), que pueden acogerse a los beneficios de la DA-10.4, párrafo 2º añadido por el apartado 11 del art. único de la Ley 46/2015, de 15 de octubre, Sta. Teresa), y obtener el acceso a las EAUX y CAE del ET con el empleo de Teniente, y los ascensos a Capitán y Comandante, quiero poner de manifiesto que hay que actuar a petición propia, solicitando todo eso en el plazo de 6 meses (que terminan el 15-04-2016). Ascensos que son efectivos, reales y definitivos, NO honoríficos.
Yo he conseguido identificar a 16 Subtenientes y 1 Suboficial Mayor que salieron declarados aptos en el curso de Teniente en febrero-marzo de 1990, o en años anteriores, y que años después pasaron desde la actividad al retiro por discapacidad (causada por patología o accidente común, o en acto de servicio) y, que por ello no llegaron a ascender a Teniente antes del 1-1-2008. Los 17 presentaron su solicitud el primero o segundo día hábil del citado plazo.
Voy a citar su lugar de residencia y sus nombres de pila:
-5 de Córdoba: Antonio, Jesús, Francisco, Carlos y Alfonso.
-4 de Sevilla: Hipólito, José, Ildefonso y Alejandro.
-2 de Huelva: José-Diego y Joaquin.
-2 de Granada: Salvador y Antonio.
-2 de Murcia: José-Luis y Pedro-José.
-1 de Mahon: Antonio.
-1 de Ceuta: Fernando.

Sin duda tienen que ser muchos más en toda España. Los citados los tenía localizados porque desde hace años venían presentando recursos administrativos o judiciales y elevando propuestas a los grupos parlamentarios a través de la FAME. La solución ya estuvo en el BO del Senado de 21-06-2011, pero no llegó al BOE. Ahora hemos tenido más suerte y, cruzando los dedos, ha llegado al BOE en la Ley 46/2016. Después de esa solo han salidos dos leyes: la 47 (Seguridad Social de los hombres del mar) y 48 (Presupuestos del Estado para 2016). Este mes de octubre, que hoy termina, estaban previstos y convocados 12 plenos del Congreso con el fin de aprobar muchos proyectos de leyes que estaban en los últimos trámites, pero se han suspendido 7 plenos (por eso de las elecciones y porque el GPP no quería seguir aprobando leyes con su apisonadora, sin consenso de los demás grupos de la oposición, y han ido a la papelera).

Según la relación que cito, los que han actuado ya se concentran en Andalucía o proximidades y uno en Ibiza. Sin duda tiene que haber muchos otros por toda España, y es preciso localizarles y advertirles que actúen ya. Seis meses parecen mucho tiempo, pero se van volando. Yo he escrito hace tres semanas al presidente de ACIME que, sin duda, podrá localizar a Suboficiales en retiro por discapacidad, con curso de Teniente aprobado, pero no me ha contestado. También están advertidas varias asociaciones de militares profesionales reivindicativas y libres (no he puesto "asociaciones profesionales" verticalizadas). A ver si los militares asiduos de este foro, particularmente los del ET, pueden echar una mano y localizar a más gente que, por el motivo que sea están desconectados desde que pasaron a retiro hace 8, 10, 15 o 20 años, y no saben que tienen una oportunidad de oro, pero temporal (6 meses) para conseguir los empleos de Teniente-Capitán-Comandante con antigüedades retroactivas de 1985-1990-1995, como mínimo.

Saludos, Jesús, FAME.
Jesús Navarro
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Re: Ascenso de suboficiales, con curso de Teniente, hasta Co

Mensaje por Jesús Navarro »

Volviendo al comienzo de este hilo, es decir, refiriéndonos a los Suboficiales (Subtenientes, casi todos, y algún Subof. Mayor), que pueden acogerse a los beneficios de la DA-10.4, párrafo 2º añadido por el apartado 11 del art. único de la Ley 46/2015, de 15 de octubre, Sta. Teresa), y obtener el acceso a las EAUX y CAE del ET con el empleo de Teniente, y los ascensos a Capitán y Comandante, quiero poner de manifiesto que hay que actuar a petición propia, solicitando todo eso en el plazo de 6 meses (que terminan el 15-04-2016). Ascensos que son efectivos, reales y definitivos, NO honoríficos.
Yo he conseguido identificar a 16 Subtenientes y 1 Suboficial Mayor que salieron declarados aptos en el curso de Teniente en febrero-marzo de 1990, o en años anteriores, y que años después pasaron desde la actividad al retiro por discapacidad (causada por patología o accidente común, o en acto de servicio) y, que por ello no llegaron a ascender a Teniente antes del 1-1-2008. Los 17 presentaron su solicitud el primero o segundo día hábil del citado plazo.
Voy a citar su lugar de residencia y sus nombres de pila:
-5 de Córdoba: Antonio, Jesús, Francisco, Carlos y Alfonso.
-4 de Sevilla: Hipólito, José, Ildefonso y Alejandro.
-2 de Huelva: José-Diego y Joaquin.
-2 de Granada: Salvador y Antonio.
-2 de Murcia: José-Luis y Pedro-José.
-1 de Mahon: Antonio.
-1 de Ceuta: Fernando.

Sin duda tienen que ser muchos más en toda España. Los citados los tenía localizados porque desde hace años venían presentando recursos administrativos o judiciales y elevando propuestas a los grupos parlamentarios a través de la FAME. La solución ya estuvo en el BO del Senado de 21-06-2011, pero no llegó al BOE. Ahora hemos tenido más suerte y, cruzando los dedos, ha llegado al BOE en la Ley 46/2016. Después de esa solo han salidos dos leyes: la 47 (Seguridad Social de los hombres del mar) y 48 (Presupuestos del Estado para 2016). Este mes de octubre, que hoy termina, estaban previstos y convocados 12 plenos del Congreso con el fin de aprobar muchos proyectos de leyes que estaban en los últimos trámites, pero se han suspendido 7 plenos (por eso de las elecciones y porque el GPP no quería seguir aprobando leyes con su apisonadora, sin consenso de los demás grupos de la oposición, y han ido a la papelera).

Según la relación que cito, los que han actuado ya se concentran en Andalucía o proximidades y uno en Ibiza. Sin duda tiene que haber muchos otros por toda España, y es preciso localizarles y advertirles que actúen ya. Seis meses parecen mucho tiempo, pero se van volando. Yo he escrito hace tres semanas al presidente de ACIME que, sin duda, podrá localizar a Suboficiales en retiro por discapacidad, con curso de Teniente aprobado, pero no me ha contestado. También están advertidas varias asociaciones de militares profesionales reivindicativas y libres (no he puesto "asociaciones profesionales" verticalizadas). A ver si los militares asiduos de este foro, particularmente los del ET, pueden echar una mano y localizar a más gente que, por el motivo que sea están desconectados desde que pasaron a retiro hace 8, 10, 15 o 20 años, y no saben que tienen una oportunidad de oro, pero temporal (6 meses) para conseguir los empleos de Teniente-Capitán-Comandante con antigüedades retroactivas de 1985-1990-1995, como mínimo.

Saludos, Jesús, FAME.
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