ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Comentarios y opiniones sobre los ascensos recogidos en la Ley 39/2007 de la Carrera militar

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juc
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por juc »

Hola, mi pregunta es si hay por aqui alguien que haya hecho los tramites o le hayan concedido el ascenso honorifico del que habla la ley 46/2015 .He leido mucho por aqui y leo los BOD pero no he visto ninguna concesion ni constancia de tramitacion del mismo.
Soy brigada de la armada, que paso a retiro por incapacidad permanente ajena a acto de servicio en el año 2000 y me correspondia pasar a la reserva en 2015 (58años)
He visto la instancia tipo que habeis publicado aqui y estoy pendiente de si tramitarla o no por lo que agradeceria cualquier informacion al respecto.
gracias
j.u.c.
Francisco I
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por Francisco I »

juc escribió:Hola, mi pregunta es si hay por aqui alguien que haya hecho los tramites o le hayan concedido el ascenso honorifico del que habla la ley 46/2015 .He leido mucho por aqui y leo los BOD pero no he visto ninguna concesion ni constancia de tramitacion del mismo.
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He visto la instancia tipo que habeis publicado aqui y estoy pendiente de si tramitarla o no por lo que agradeceria cualquier informacion al respecto.
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Si tienes cumplidos 20 años de servicios, debes y puedes pedir el ascenso honorífico desde ya. El plazo era de seis meses y ya va por la mitad.
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rykius
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por rykius »

Francisco I escribió:
juc escribió:Hola, mi pregunta es si hay por aqui alguien que haya hecho los tramites o le hayan concedido el ascenso honorifico del que habla la ley 46/2015 .He leido mucho por aqui y leo los BOD pero no he visto ninguna concesion ni constancia de tramitacion del mismo.
Soy brigada de la armada, que paso a retiro por incapacidad permanente ajena a acto de servicio en el año 2000 y me correspondia pasar a la reserva en 2015 (58años)
He visto la instancia tipo que habeis publicado aqui y estoy pendiente de si tramitarla o no por lo que agradeceria cualquier informacion al respecto.
gracias
j.u.c.
Si tienes cumplidos 20 años de servicios, debes y puedes pedir el ascenso honorífico desde ya. El plazo era de seis meses y ya va por la mitad.
Hola a tod@s,

En relación con el comentario de Francisco I agradecería que me despejaras una duda. Estoy incluído en la Disposición transitoria decimotercera, aparatado 3 en relación con el 1, ya que el próximo año cumpliría la condición de los 10 años en el empleo actual, por lo que ¿en mi caso tambien dispongo del plazo de seis meses al que aludes?, entiendo que si es así debería solicitar ya el ascenso honorífico.

Muchas gracias.

Un saludo.

Muchas gracias, un saludo.
paesej
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por paesej »

¿Qué destinos civiles son esos?. ¿Cuándo y dónde han sido convocados?. Supongo que soy el único que no se ha enterado de eso. GRacias anticipadas por la información.
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trasgu123
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por trasgu123 »

En el BOE salen publicadas vacantes. En el BOD de ayer sale un Sgt. 1º que cesa en su destino por haber obtenido un puesto de trabajo en la Administracion Civil, en este caso concreto a Trafico.
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por sargentodehierro »

paesej escribió:¿Qué destinos civiles son esos?. ¿Cuándo y dónde han sido convocados?. Supongo que soy el único que no se ha enterado de eso. GRacias anticipadas por la información.
viewtopic.php?f=54&t=20850
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elmedidas
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por elmedidas »

hola amigos: imagino que sobre este asunto de posibles ascensos, los moderadores, siempre atentos y
con su siempre servicio impagable e intachable nos informareis en estas paginas, si se produce alguna
noticia en el boletin, al que supongo que la gran mayoria ya no tiene aceso.
un saludo y gracias
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briguet
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por briguet »

Hola compañeros.. espero disculpeis la intromisión ..y la consulta..

alguien me puede decir ¿ a quien? va dirigida la petición para ascenso a Teniente honorifico por aplicación de los puntos 2 y 3 de la Transitoria Decimotercera de la Ley 46/2015..
( sobre Suboficiales en Retiro por incapacidad Ajena al Servicio y con mas de 20 años de servicio desde su ingreso hasta su Retiro efectivo en BOE.)

¿ la solicitud va dirigida al Minsitro de Defensa..?

Gracias..
"La verdad no es propiedad de nadie...solo nos acercamos, o no, a ella".
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por Francisco I »

Se puede dirigir al Ministro; su Gabinete ya la deriva hacia la Autoridad que tenga la delegación para resolver. Creo que esa Autoridad es el Jefe de Estado Mayor del Ejército al que hubiera pertenecido el solicitante; y la Instancia debe de ir dirigida a él.
elmedidas
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por elmedidas »

yo personalmente y otros compañeros de la localidad, la dirigimos al excmo sr. de personal ministerio de defensa Castellana 109 ---28071 MADRID
SALUDOS
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briguet
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por briguet »

Ante todo reitero mi agradecimiento por vuestras rápidas respuestas.

soy Brigada - Retirado, ( VIª promoción AGBS ), y nuevo en este foro. Espero disculpeis los errores o fallos que pudiera cometer por desconocimiento y/o mal uso del mismo..( nunca por mala intención o falta de respeto, faltaria masss..) jeje
---
Si me permitís nuevamente..??
sobre las dos respuestas que he recibido, me suscitan nuevas dudas-consultas.

sobre lo que me contesta tanto "Francisco I" , como "elmedidas":

La pregunta en definitiva era mas en los términos de: " ¿a quien se debe ?" dirigir la solicitud para la concesión del empleo honorífico; ( más que, !a quien se le ha dirigido. !).
Toda vez, ¿ creo..??, que era potestad del Ministro de Defensa ( y consejo de ministros, en su caso), quien/es tiene/n potestad de concesión para los empleos militares. Con independencia, claro está, de poder delegar esta capacidad a otras autoridades subordinadas.

¿ alguien tiene información de que, .. se le deba enviar estas solicitudes al Sr. General Director de Personal..?
¿ se hace através de la Delegación de Defensa en su negociado de Personal..??

¿ alguien tiene algún formato-solicitud, que sirva de modelo y que no le importe compartir ..?? --> Se agradecería un enlace o envio .

--
Dudas sobre este asunto para "Francisco I":

leyendo los comentarios y consultas sobre este tema en este foro, me he encontrado que:
ante la consulta que te realizaba "felix102" para solicitar el ascenso honorífico..
tu contestación fue:

Buenos días, felix102:
¡¡ Buena Promoción la VIII !! yo soy de la I, la que se comió casi todos los "marrones" y con la que experimentaron a discreción.

En cuanto a tu pregunta; yo esperaría a estar próximo a cumplir los 58 años, mas que nada porque no te lo van a conceder hasta entonces y porque las leyes pueden cambiar algo en ese periodo de tres años. Yo lo solicitaría con unos tres o cuatro meses de antelación, no mas.

Un saludo; y felices fiestas.


Pero sin embargo en la consulta que te hace "JUC"
tu contestación fue:

"Si tienes cumplidos 20 años de servicios, debes y puedes pedir el ascenso honorífico desde ya. El plazo era de seis meses y ya va por la mitad."

---

ante estas dos respuesta, que, en principio pueden parecer contradictorias... y dar lugar a confusión..??

Mi consulta es:

previo cumplimiento de las condiciones:
¿ Se tiene que solicitar el ascenso honorífico en los 6 meses desde la publicación, tal como se establece en la modificación de la Ley 46/2015..??
¿ Se puede solicitar tambien, una vez que se hayan cumplido estos 6 meses que se establece en la Ley ?
¿ como lo tienen que hacer entonces los "Retirables" futuros..???
o ....es que esta ley y sus disposiciones "transitorias" ??? --> solo es para los que lo soliciten ahora..???

Gracias..
"La verdad no es propiedad de nadie...solo nos acercamos, o no, a ella".
Francisco I
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por Francisco I »

El plazo de los seis meses cuenta solo para aquellos que ya estuvieran retirados y hayan superado los 58 años de edad así como el requisito de los 20 años de servicios.
El ascenso solo se producirá cuando se cumplan ambas condiciones; por lo tanto una persona retirada con sus 20 años de servicios y con 45 años de edad, no ascenderá hasta cumplir los 58 años, ¿ Puede solicitarlo ya ? Sí, puede hacerlo; pero le contestarán diciendole que conservan su solicitud en su expediente hasta que cumpla la edad. Un retirado ajeno al acto de servicio, que cumpla el requisito de los 20 años de servicios y tenga una edad próxima a los 58 años, puede y debe solicitarlo ya; puesto que si lo hace con posterioridad, no es que pierda el derecho, pero su ascenso será con la fecha de solicitud.
Esto funciona mas o menos como el Reglamento de la Orden de San Hermenegildo; si llegas tarde, te pierdes el inicio de la película.

En cuanto al ascenso, lo concede el Jefe de Estado Mayor del Ejercito o el AJEMA en el caso de la Armada; aunque tengan delegada la firma en el BOD en el Director General de Personal.
La Instancia, en el caso que nos ocupa, (retirados) se puede remitir por correo ordinario directamente al Ministerio, o también se puede hacer a través de cualquier Delegación de Defensa; no tiene porqué ser la que por domicilio nos corresponda.
Desconozco si hay algún modelo de Instancia; pero vale cualquier modelo que nos inventemos, siempre que nos identifiquemos correctamente, solicitemos de acuerdo a Derecho y la remitamos a la Autoridad competente. No tiene mayor complicación.
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por trasgu123 »

Puede: Si. Debe: Depende de cada uno.
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por briguet »

Francisco I escribió:El plazo de los seis meses cuenta solo para aquellos que ya estuvieran retirados y hayan superado los 58 años de edad así como el requisito de los 20 años de servicios.
El ascenso solo se producirá cuando se cumplan ambas condiciones; por lo tanto una persona retirada con sus 20 años de servicios y con 45 años de edad, no ascenderá hasta cumplir los 58 años, ¿ Puede solicitarlo ya ? Sí, puede hacerlo; pero le contestarán diciendole que conservan su solicitud en su expediente hasta que cumpla la edad. Un retirado ajeno al acto de servicio, que cumpla el requisito de los 20 años de servicios y tenga una edad próxima a los 58 años, puede y debe solicitarlo ya; puesto que si lo hace con posterioridad, no es que pierda el derecho, pero su ascenso será con la fecha de solicitud.
Esto funciona mas o menos como el Reglamento de la Orden de San Hermenegildo; si llegas tarde, te pierdes el inicio de la película.

En cuanto al ascenso, lo concede el Jefe de Estado Mayor del Ejercito o el AJEMA en el caso de la Armada; aunque tengan delegada la firma en el BOD en el Director General de Personal.
La Instancia, en el caso que nos ocupa, (retirados) se puede remitir por correo ordinario directamente al Ministerio, o también se puede hacer a través de cualquier Delegación de Defensa; no tiene porqué ser la que por domicilio nos corresponda.
Desconozco si hay algún modelo de Instancia; pero vale cualquier modelo que nos inventemos, siempre que nos identifiquemos correctamente, solicitemos de acuerdo a Derecho y la remitamos a la Autoridad competente. No tiene mayor complicación.
---
Aunque no ha sido publicado todo el texto completo de mi mensaje (No sabía yo que la censura también actuaba por estos lugares..), agradezco vuestras respuestas.

Gracias por tu respuesta Francisco I .. pero sobre todo por tu amable atención.

Un cordial saludo.
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Re: Empleos con carácter honorífico por incapacidad permanen

Mensaje por briguet »

trasgu123 escribió:Puede: Si. Debe: Depende de cada uno.
o se

--
Aunque se agradece tu intención..?...No se entiende tu mensaje, o respuesta. o comentario,o lo que sea... no se sabe a que se refiere.

Saludos
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