ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Comentarios y opiniones sobre los ascensos recogidos en la Ley 39/2007 de la Carrera militar

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dmf
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por dmf »

Hola, pues es cierto, lo siento, no conecta ese enlace que viene en la IT, de todas formas en la Delegación de Defensa, supongo que la pueden facilitar. Por cierto el enlace del ET es http://www.ejercito.mde.es/ y no el al que hacen referencia en dicha Instrucción, y en él yo no veo colgada la IT en el apartado de Personal - Legislación.
Viene el modelo de instancia y demás escritos a cumplimentar en el expediente.
Un saludo.
Última edición por dmf el Jue Dic 22, 2016 5:43 pm, editado 1 vez en total.
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Pele
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por Pele »

A ver si alguien tiene acceso a la IT y la cuelga aqui, mucho no estamos en disposicion de ir a Defensa. Saludos
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dmf
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por dmf »

Hola, no creo que se pueda colgar, pone "USO OFICIAL"
Por cierto Pele, el avatar es coincidente.
Un saludo.
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Pele
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por Pele »

dmf escribió:Hola, no creo que se pueda colgar, pone "USO OFICIAL"
Un saludo.
Entiendo que no se pueda colgar, pero un corta pega si se podra hacer.
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mj
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por mj »

Yo he encontrado este enlace:

http://adf.ly/5373007/ascenso-honorifico-18-16

Pienso que se puede publicar, solo son instrucciones para su solicitud... nada de datos personales ni secreto.
Azor
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por Azor »

Buenas tardes. Según puedo entender, esta disposición es solamente para los actos de servicio y para el ascenso inmediatamente superior, no?. Para el ascenso honorífico a Teniente en el momento que se hubiera pasado a la reserva, no hace referencia alguna. Es lo que he podido entender al leer. Con aterioridad a la ley, solo podrán ascender al empleo inmediatamente superior los actos de servicio, cosa que ya sabiamos... Si alguien puede aclarar algo estaría bien, un saludo para todos y Felices Fiestas..
Modesto el forastero
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por Modesto el forastero »

Buenas noches a mi entender esta instrucciòn tècnica y publicada del E.T. aunque a mi entender no priva a nadie del.E.T.
al ascenso a Teniente que reuna las condiciones incluidos los que se retiraron antes 2008. Pero parece que va haber algùn palo en las ruedas , segùn los requisitos al final de la instncciòn.
Veo que esto no arregla el asunto de los 6 1 años para la Armada. Y tambièn como nos afectara a los de la Armada que nos contestaron que reuniamos todos los requisitos excepto los 61 años y que teniamos que solicitarlo.de nuevo 3 meses antes.
Querìa que alguno entendido en la materia lo explicase . Gracias y felices fiestas.
Perdonar que escribo en el mòvil.
un saludo
roy
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por roy »

Buenas tardes: En mi opinión la Instrucción Técnica deja clara la intención del Cuartel General de querer restingir el mandato legislativo. No hay más que ver que dicen que nuestros ascensos son facultad del Mando, cuando eso es falso. Efectivamente en el caso de los Oficiales la disposición transitoria décimotercera dice que "a los tenientes coroneles, comandantes y capitanes ...., se les podrá conceder ....", y ello les puede les puede dar cierto grado de discrecionalidad (cuyo uso seguramente declarará abusivo cualquier tribunal).
Pero les guste o no, en el caso de los Suboficiales la ley es clara y taxativa. Dice la misma disposición transitoria que: "Lo indicado en la disposición transitoria séptima será de aplicación en los mismos términos y condiciones a aquellos suboficiales que, estando incluidos en dicha disposición...." Aquí la ley dice "será", no dice "podrá ser". Así que a nosotros se nos tiene que aplicar y punto. Ni el GEME ni el MAPER pueden dejar de aplicarnos la transitoria séptima o de lo contrario estarán prevaricando.
Y como tal disposición dice: "Los suboficiales mencionados en el apartado 1 ............ podrán obtener, previa solicitud, el empleo de teniente de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, cuando cumplan los requisitos necesarios...", no cabe duda que ellos no pueden exigirnos otros requisitos distintos de los que se exigen a nuestros compañeros de activo. Y si los cumplimos nos tienen que ascender sí o sí.
Que no nos metan en el saco de los Oficiales ni nos diga que es facultad suya ascendernos o no. Será su competencia, pero nunca su facultad. Todo lo demás sobra. Y, por supuesto, sin distinguir entre los anteriores y posteriores al 1 de enero de 2008. Donde la ley no distingue el funcionario no tiene porqué hacerlo ¡Ojo con las prevaricaciones que vamos a estar atentos!
En todo caso, que nos quede bien claro. Están demorando los ascensos intencionadamente, pero les va a dar igual porque los van a tener que firmar. Peor desde luego son ellos los que no quieren ascendernos y los que están poniendo trabas. Y ellos son los jefes-- y los que les calientan la cabeza claro, que de eso hay mucho y a lo mejor convendría indentificarlos y sacarles los colores.
Dicho esto. Es verdad que debe haber un atasco impresionante, porque deben tener montones de instancias por resolver. Pues que se pongan a ello, que si desestimaron muchas fue por auténtica mala fe, así que ahora que se ponga a trabajar.
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por Rafalinho65 »

Hola acabo de recibir oficio del MAPER, seccion de ascensos, diciendome que desetiman mi ascenso a tte. Soy brigada et retirado por insuficiencia condiciones psicofisicas. Tengo 51 años a dia hoy. El oficio dice que cumplo todos los requisitos menos la edad, que es 58 años. Me dice que cuando vaya a cumplir los 58 la solicite de nuevo. Hice la solicitud en noviembre de 2015. Un mes despues recibí un escrito diciendome esto mismo pero ahora un año despues recibo carta certificada mas extensa con antecedentes de hecho, bases legales, etc... Lo pongo aqui para si alguno le ha ocurrido lo mismo. Felices fiestas
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por GELOSA »

Entiendo que tu pase a retirado fue posterior al 01/01/2008 ya que te han contestado lo mismo.
Podías decirnos también si hacen referencia a la IT que se firmó en noviembre.
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por Rafalinho65 »

Hola. NO hace referencia a la IT de este año. Me habla de los apartados 2 y 3vde la disposición 13 de la ley 39/2007 de 19 de noviembre, de la carrera militar, en la redacción dada por la ley 46/2015 de 14 de octubre. Escribo textualmente.
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por GELOSA »

Gracias,esperaremos a los primeros ascensos a los que ya se le aplique la IT.
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por Rafalinho65 »

Gelosa y que dice esa IT. Nos afecta en algo?
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por GELOSA »

La ha colgado Mj en la página anterior de este mismo tema.
Hace referencia únicamente al Ejército de Tierra, hay un modelo de Instancia para solicitar el ascenso honorífico tanto al empleo inmediato superior como a Teniente y a mi entender también afecta a los retirados antes del 01/01/2008 ,por insuficiencia de condiciones psicofísicas, los cuales si tienen 20 años de Militar profesional también pueden solicitar el ascenso a Teniente.
Hasta ahora a estos últimos se les estaba denegando el ascenso por no pasar a retirados después del 01/01/2008 fecha de entrada en vigor de la ley 39/2007.
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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Mensaje por Rafalinho65 »

Gracias por responder. Pero supongo que la edad habra que cumplirla igualmente no? Esos 58 años que me dicen a mi... O con esa it ya se puede pedir.
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