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Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Lun Nov 19, 2018 11:05 pm
por CHINOOK
Para Cornamusa.

Te informo que he presentado demanda en la contencioso administrativo en lo referente a la TIM sin abogado ni procurador, igual que cuando estaba en activo, y pienso continuar en lo referente a la fecha de ascenso a Tte. honorifico que considero debe ser a los 58 años de edad y no los 61.
Tienes razón no te fíes de lo que te digan, hay que comprobarlo siempre.

Un saludo.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Mié Nov 21, 2018 12:03 am
por Cornamuza
Buenas noches, compañero CHINOOK.

En fin... por donde empezar...vamos a ver, hay un dicho que dice que no hay mas ciego que el que no quiere ver y ante eso no existe oculista que valga, dicho esto te diré lo siguiente, la Ley dice lo que dice y no lo que creamos que dice a nuestro entender, si mi respuesta te desconcierta, pues te puedes imaginar como me he quedado yo cuando has manifestado que "sin cumplir los 58" has solicitado el ascenso honorífico, lo has recurrido e incluso me adelantas que vas a interponer un recurso contencioso administrativo sin Abogado ni Procurador, ya me dirás, en base a que y si te lo admiten.

Con respecto a la T.I.N.,te diré que, como interponer podemos interponer o mandar lo que queramos, cosa bien distinta es que te lo admitan.

Y para finalizar y creo que es lo que no ves, pq cuesta entenderlo, a mi también me costó, es que estamos en situación de retiro, con sus cosas buenas y malas, pero lo que no podemos pretender es estar, y te repito, "en misa y repicando", como bien dices "si estuviésemos en activo"que no lo estamos, que no se te olvide, tendríamos la opción, de pasar a la reserva con 58 años, conforme con la Disposición transitoria, que como bien sabes finaliza en Junio de 2019, y precisamente ésta transitoriedad se hizo no para los RETIRADOS sino para los que están en ACTIVO no pasasen drásticamente y de la noche a la mañana a la reserva a los 61 años sino de una forma escalonada en el tiempo, esa es la finalidad de la disposición transitoria, pero te recuerdo que para el personal en activo y para acogernos a ella, pues eso hay que estar en activo.

Pero en fin aquí...hemos leído de todo....bueno no, me falta leer que nos reconociesen trienios y medallas pq sueldo ya lo leí.
Saludos.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Mié Nov 21, 2018 9:58 pm
por CHINOOK
Para Cornamusa y a quien pueda interesar.
Hola, parece ser que me he explicado mal:
  • Yo no pido ascender antes de cumplir los 58 años pero si cuando los cumpla.
  • Me baso en lo que, a mi entender, dice la Ley y que hice referencia en el mensaje anterior.
  • Creo que tengo muy claro que soy MILITAR RETIRADO (Art 114 y 115 de la Ley) y que ya no soy ni oficial ni suboficial, ni general circunstancia que "alguien " no tiene nada claro y te lo siguen aplicando en aquello a lo que puedes disponer siendo retirado, ejemplo residencias militares.

Por ese motivo solicité lo de Tte Honorifico.
En referencia a la TIM pendiente de sentencia, admitida demanda y a esperar.

Un saludo, a todos.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Jue Nov 22, 2018 12:26 am
por Cornamuza
En fin... CHINOOX, ha quedado clara tu argumentación, te deseo lo mejor en tu singladura, pero debes de pensar que otros ya la comenzaron antes que tú, aunque esperaron a cumplir los 58 años, al menos para tener algo en que fundamentarse, aunque sólo fuera por el solo hecho de decir que cumplían con las condiciones en el momento de tramitar su solicitud y "entendiendo" según la "literalidad" de la Ley, que a ellos es a los que les correspondía el decidir al llegar a la edad de 58 años,no antes, como hacen los compañeros en activo, el elegir pasar a la "reserva" y una vez cumplida esa edad, pq todas y cada una de las disposiciones que has mencionado y que todos conocemos "literalmente" así lo disponen.

Y resulta que ,incluso recurrieron en alzada y que les argumentaron lo que ya te he comentado, que tiene su fundamentación lógica, al igual que tb la tiene que para pasar a la situación de "Reserva", solo se puede hacer desde la situación de Actividad y que por supuesto desde la situación de retirado, no se pasa a ninguna otra situación, única y exclusivamente te pueden solicitar la baja de la T.I.N. que pretendes modificar.

Dicho esto y partiendo de que cada uno es libre de tomar el rumbo que desee, no está de más el pensar, que no va ha estar equivocado todo el mundo y yo ser el único que tengo la razón, lo que tu piensas otros ya lo pensaron antes y NINGUNO hasta la fecha ha ascendido en su fecha, cuando cumplieron los 58 años, y te repito, de que te nos sirve el ascender con sesenta y muchos y con una antigüedad de 58.?

Por supuesto, ni que decir tiene, que no trato de convencer a nadie, te contesto pq me aludes y significarte que esta será la última sobre éste "asunto", creo que ha quedado claro, para ambos y para quien nos lea nuestra visión sobre el particular y la forma de proceder de cada cual, te deseo lo mejor y que lo consigas, pero te aseguro que yo no recurriré en agravio reclamando mi antigüedad.
Saludos.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Dom Nov 25, 2018 11:06 pm
por CHINOOK
Para Cornamusa y a quien pueda interesar.
Yo no reclamo antigüedad ni nada parecido, soy militar retirado, solo pido aquello a lo que creo tengo derecho conforme, en mi opinión, con la Ley.
Si el espíritu de la Ley fuese ascender a Tte Honorifico a los retirados, que cumplan unas determinadas circunstancias, cuando cumplan la edad de pase a reserva, actualmente a los 61 años, para que complicarse la vida con disposiciones o artículos que permita ese ascenso antes de dicha edad.

El personal en activo tienen que pedir el pase a reserva antes de alcanzar la edad de pase a la misma, los que tengan derecho de pasar a los 58 años, y si no lo hacen pasan a los 61 años.

No entiendo que quieres decirme con esto
"Y resulta que ,incluso recurrieron en alzada y que les argumentaron lo que ya te he comentado, que tiene su fundamentación lógica, al igual que tb la tiene que para pasar a la situación de "Reserva", solo se puede hacer desde la situación de Actividad y que por supuesto desde la situación de retirado, no se pasa a ninguna otra situación, única y exclusivamente te pueden solicitar la baja de la T.I.N. que pretendes modificar."

Solo he solicitado el ascenso a Tte Honorifico cuando me corresponde, al cumplir la edad de pase a reserva en el caso de estar en activo, que en mi caso hubiera sido al cumplir 58 años.
En referencia a la TIM solicito que no figure en ninguno de los diferentes apartados la categoría ni el empleo alcanzado en activo simplemente ser identificado como MILITAR RETIRADO (art 115 de la Ley). Creo que tengo muy claro lo que soy militarmente hablando.
"Dicho esto y partiendo de que cada uno es libre de tomar el rumbo que desee, no está de más el pensar, que no va ha estar equivocado todo el mundo y yo ser el único que tengo la razón, lo que tu piensas otros ya lo pensaron antes y NINGUNO hasta la fecha ha ascendido en su fecha, cuando cumplieron los 58 años, y te repito, de que te nos sirve el ascender con sesenta y muchos y con una antigüedad de 58.?"
¿Sabes de alguien que halla recurrido en contencioso administrativo este tema? me encantaría ponerme en contacto con él y si alguien lo ha hecho, por favor, informarme.
Creo que he leído todos los mensajes del asunto y no he encontrado a nadie que lo halla hecho, al contrario, algunos preguntaron sobre ir al contencioso y les dijeron que debían pagar abogado y procurador y no es así.

"de que te nos sirve el ascender con sesenta y muchos y con una antigüedad de 58.?"
Motivo de mi recurso.

Un saludo. Informare de los acontecimientos.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Dom Nov 25, 2018 11:19 pm
por CHINOOK
por Cornamuza » Sab Ago 25, 2018 9:03 pm
Para modesto forastero y chinook.
Modesto, por supuesto estas en tu derecho de recurrir lo de "honorífico" en la T.I.N., pero la respuesta, te la adelanto ya, tal como te la han mandado es como tiene que estar, eso te contestaran.
Y al compañero ChinooK, decirle que se lea los escritos anteriores publicados aquí y obtendrá la respuesta a el porqué se asciende honoríficamente a los 61 y que no es otra que, Defensa entiende que lo de los 58 años es solo para los que se encuentran en activo, esa es la respuesta a tu recurso de alzada y lógicamente te dan la opción de ir al Contencioso, que deberäs de presentar con Abogado y Procurador y en la Audiencia Nacional,y con dos años y medio o tres para que se resuelva.Saludos a ambos.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Dom Nov 25, 2018 11:38 pm
por CHINOOK
Hola, por favor si alguien tiene información de publicaciones en el BOD. de ascensos a Tte. Honorifico remitirme las fechas y resoluciones.
Si puedo comprobar que se asciende al personal cuando ha cumplido 61 años con antigüedad de la edad de 56 o 58 años, será asunto a aportar en la demanda del contencioso administrativo.

Un saludo y muchas gracias.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Lun Nov 26, 2018 5:33 pm
por Cornamuza
En fin.......... como bien dices ya nos iras contando. Saludos y suerte.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Mar Ene 29, 2019 10:21 pm
por CHINOOK
Hola, recibida resolución, desestimando, del recurso de alzado he iniciado recurso contencioso -administrativo.

Un saludo.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Mié Ene 30, 2019 2:53 pm
por CHINOOK
Buenas, admitido a tramite el contencioso-administrativo.
Saludos.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Jue Ene 31, 2019 5:51 pm
por Pele
Suerte compañero. Un abrazo

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Jue Ene 31, 2019 11:23 pm
por Cornamuza
Buenas noches. CHINOOK

No estaría demás, si lo crees conveniente, claro está, que informaras de los fundamentos de la denegación de tu Recurso de Alzada , por si fuesen estos distintos a los argumentados en los Recursos interpuestos con anterioridad al tuyo.

Por otra parte, me sorprende la celeridad en tu procedimiento, dado que no mencionas fechas, en cuanto a la realización ,interposición y admisión a trámite de tu Contencioso, y ya puesto, pues también podrías informar, si la interposición la has realizado como cuando eras Funcionario, directamente tu mismo y sin necesidad de Abogado y Procurador, o con la intervención de estos al ser Personal de Clases Pasivas.

Y para finalizar ya sea de una u otra manera que lo hayas interpuesto te deseo que tengas suerte y como te dije en su día y te reitero ahora, que nos sigas informando.

Saludos.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Mié Feb 06, 2019 3:10 pm
por CHINOOK
Hola, Cornamusa procedo a contestarte:
La respuesta del recurso de alzada ha sido "que la dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, en oficio de fecha 20 de junio de 2017, se ha pronunciado en el sentido de que, salvo que exista una previa solicitud del interesado antes de su pase a retiro, la antigüedad de su ascenso a teniente honorifico ha de ser la fecha en la que, de ordinario, hubiera pasado a la situación de reserva, esto es, los sesenta y un años de edad,"
Para nada habla de la disposición transitoria octava y desconozco el texto del escrito anteriormente citado. Me encantaría tenerlo
lo pediré al tribunal.
Resolución al recurso de alzada recibido el 15-01-19. con dos meses de retraso practicamente.
Interpuesto recurso Contencioso-Administrativo 18-01-19.
Admitido a tramite recibido el 30-01-19.
Estoy actuando por mi cuenta, sin procurador ni abogado, el asunto de la TIM esta pendiente de sentencia y como es de suponer metiendo la pata, al no tener ni idea de esto, pero tirando para adelante.
Admito toda clase de ideas (fundamentadas) e información que me pueda ser útil.

Un saludo, para todos.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Mié Feb 06, 2019 3:56 pm
por zenitram
La respuesta del recurso de alzada de CHINOOK, ha sido:
"que la dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, en oficio de fecha 20 de junio de 2017, se ha pronunciado en el sentido de que, salvo que exista una previa solicitud del interesado antes de su pase a retiro, la antigüedad de su ascenso a teniente honorifico ha de ser la fecha en la que, de ordinario, hubiera pasado a la situación de reserva, esto es, los sesenta y un años de edad,"
Ante lo que sólo puedo decir: ¡CON DOS COJ....! Y tomando el pelo una vez más. Ahora resulta que los que se retiraron por falta de aptitud psicofisica -sin pasar por la reserva al cumplimentarse lo establecido en la Ley- y sobre todo antes de la modificación de la ley con la inclusiòn de la decimotercera, teniamos que ser adivinos y prever lo que iba a ocurrir en el futuro más o menos lejano, el mio es 12 años antes de la aprobación de la modificación.
¡Mira que soy tonto! o ¿son tontos el realizó el dictamen de 20 de junio 2017 y quién lo firmó?
A los compañeros que estén inmersos en el expediente y cumplan los requisitos, ya saben lo que deben de hacer, solicitar el ascenso antes de que le den el pase al retiro o no, todo por si las moscas, claro.
Gracias CHINOOK, por tu información.

Re: ASCENSO HONORIFICO RETIRADOS POR INCAPACIDAD

Publicado: Jue Feb 07, 2019 11:20 pm
por Cornamuza
Buenas noches CHINOOX, muchas gracias por tu respuesta, ya nos informaras del resultado. Saludos.