ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS DT 7ª

Comentarios y opiniones sobre los ascensos recogidos en la Ley 39/2007 de la Carrera militar

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ferdevi
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por ferdevi »

Buenas noches.

http://www.senado.es/legis9/publicacion ... 87_558.PDF

Al final del texto sale algo, puede que te interese. También sigue en vigor solicitar el reingreso en las FAS para el que esté sano de cuerpo y mente...

Un saludo
jrcl59
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por jrcl59 »

hola FERDEVI. gracias por enviar el texto.
por cierto no dice nada interesante, esperemos a la reforma de los 6 meses.

un saludo.
ferdevi
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por ferdevi »

jrcl59 escribió:hola FERDEVI. gracias por enviar el texto.
por cierto no dice nada interesante, esperemos a la reforma de los 6 meses.

un saludo.
Buenas tardes.

Quizás no sea todo lo que se esperaba. No obstante para los retirados por discapacidad, deja entrever la consideración de formular respuesta de "no" discriminación. A ver que redacción se eleva. Podemos empezar a exponer aquí lo que consideraríamos justo y proporcionado para que en su día se elevara fórmula conveniente por las Asociaciones Militares a la Comisión de Defensa...


Un saludo
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JuanJuan
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por JuanJuan »

ALGO ES ALGO DESPUES DEL SENADO HA SIDO DEVUELTO AL CONGRESO Y YA ESTA APROBADO EN EL CONGRESO AL MENOS NOS EMPIEZAN A TENER EN CUENTA

BOLETIN DEL 14 DE JULIO DEL 2011
Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos emitidos, 341; a favor, 341.
El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.
VOTACIÓN DE CONJUNTO.
El señor PRESIDENTE: Votación de conjunto por tener la iniciativa carácter orgánico.
Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos emitidos, 341; a favor, 341.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Y finalmente, pero no por ello menos importante, sino muy importante, hemos conseguido, porque somos un poquito tozudos y porque ponemos empeño, aquello que se nos negó inicialmente en la tramitación del Congreso, esto es, la disposición final duodécima referida a la reforma del régimen transitorio de la Ley de la Carrera Militar. Señorías, debemos empezar haciendo autocrítica de aquellos partidos que en la anterior legislatura —y uno de ellos es mi grupo parlamentario— votamos favorablemente la Ley de la Carrera Militar, dejando mal resuelto algunos extremos de los regímenes transitorios.

A pesar de alguna información confusa que se ha producido al respecto, el mandato de la disposición final duodécima es muy claro. A partir de la entrada en vigor de esta ley, en un plazo de seis meses, el Gobierno debe remitir a las Cortes un nuevo proyecto que se especifica claramente en la disposición final en qué extremos se debe mejorar, elementos del periodo transitorio de la ley, y en particular los referidos a la promoción y cambio de escala, régimen de ascenso, antigüedad y pase a la situación de reserva y reconocimientos académicos de las formaciones adquiridas, así como al retiro del personal
discapacitado, considerando en su caso los correspondientes efectos económicos. Señorías, si este proyecto se tiene que presentar en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, también se habla de que previamente la Comisión de Defensa deberá trabajar para dar audiencia a los distintos colectivos y para que esta reforma se plantee en estas Cortes Generales con el criterio formulado por parte de la Comisión de Defensa.

En consecuencia, a partir del 1 de septiembre la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados tiene mucho trabajo, tiene el trabajo de elaborar un informe dando audiencia a todos los colectivos que de forma reiterada, señorías, nos han expresado algunos aspectos no bien resueltos de la Ley de la Carrera Militar.
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trasgu123
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por trasgu123 »

Pues que alguien apunte una nota en su calendario para dentro de seis meses, entonces veremos que modificaciones se ha aprobado.
zenitram
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por zenitram »

Hola a todos,

En el BOD num. 152 del 4 de agosto, sale publicada la siguiente ley:

Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

En distintos puntos se habla de "no discriminación" hacia las personas con discapacidad y de "acción positiva". En lo que a este hilo se refiere, creo interesante lo que dice el punto dos del artículo 1 de la ley 26/2011, que modifica el apartado 2 del articulo 1 de la Ley 51/2003, sobre todo cuando en el segundo párrafo establece: "En todo caso, las Administraciones públicas velarán por evitar cualquier forma de discriminación que afecte o pueda afectar a las personas con discapacidad".

Esta ley, modifica lo siguiente:

"Artículo 17. Modificación de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
Se modifica el primer párrafo del apartado 1 de la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, que queda redactado como sigue:

«Disposición adicional décima. Reordenamiento de los escalafones de las escalas auxiliares y del cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra.
1. Esta disposición es de aplicación a los oficiales de las escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad,
farmacia y veterinaria y del cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, que se encontraban en servicio activo en cualquier empleo el día 21 de abril
de 1974, fecha de entrada en vigor de la Ley 13/1974, de 30 de marzo, de organización de las escalas básicas de suboficiales y especial de jefes y oficiales del Ejército de Tierra, que declaró a extinguir a aquéllas. Quedan excluidos los que no realizaron o no superaron el curso de aptitud para el acceso a las escalas auxiliares y al cuerpo auxiliar de especialistas, excepto aquéllos que por la legislación vigente estaban exentos de realizarlos.

"Disposición adicional tercera. Solicitud de asignación de empleo.
El personal incluido y afectado por la modificación formulada en la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, que figura en el artículo 16, podrá en el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, solicitar el empleo y antigüedad asignados al que le siguiera en sus escalafones de origen en las escalas auxiliares y cuerpo de especialistas del Ejército de Tierra y que figuren en la reordenación definitiva a la que hace referencia la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre."


¿No es acaso una discriminación flagrante de los poderes gubernativo y legislativo el que por perder la aptitud psicofísica en contra de nuestra voluntad, no podamos tener los mismos beneficios, que los compañeros que han pasado a la reserva?

Al igual que se ha aprovechado esta ley para modificar la ley 39/2007, se podria haber aprovechado la misma, para modificar la ley en lo que nosotros reclamamos (creo recordar que es la disposición adicional séptima) y que según la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, dan un plazo de 6 meses para que la Comisión de Defensa del Congreso efectue las propuestas correspondientes.

Por cierto entre la aprobación de una y otra ley, hay escasos dias de diferencia.

Es mi reflexión, no se que pensareis vosotros.
ferdevi
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por ferdevi »

Buenas noches.

Todos los Suboficiales retirados por discapacidad, que se pudieran acoger a la Disposición Transitoria Séptima de la ley 39/2007, en su primera redacción. Ascenderán al empleo de Teniente, si lo solicitan en un plazo de 6 meses, con antiguedad del 1 de enero de 2008, y con los efectos económicos, que en su caso, le correspondan.


RAZONES,

PRIMERO: Dar criterio de igualdad respecto a los Suboficiales discapacitados y otros ascendidos a Teniente por el punto 2 de la D.T.7º de la ley 39/2007, con antiguedad del 1 de enero de 2008.

SEGUNDO: Los ascendidos a Teniente por la nueva redacción de la Norma y con 58 años, en situación de reserva, obtendrán la misma antiguedad que los nombrados en el párrafo anterior, en aras de lo que establece la disposición final duodécima de la Ley Orgánica 9/2011

Por todo lo expuesto se entiende que es de justicia la misma antiguedad para todos...

Un saludo
Última edición por ferdevi el Vie Oct 14, 2011 4:32 pm, editado 1 vez en total.
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trasgu123
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por trasgu123 »

ferdevi escribió:Buenas noches.

Todos los Suboficiales retirados por discapacidad, que se pudieran acoger a la Disposición Transitoria Séptima de la ley 39/2007, ascenderán al empleo de Teniente, si han perfeccionado al menos 20 años de servicio activo como militar de carrera y a la edad de 56 años, si lo solicitan en un plazo de 6 meses, con antiguedad del 1 de enero de 2008, y con los efectos económicos, que en su caso, le correspondan.

RAZONES,

PRIMERO: Dar criterio de igualdad respecto a los Suboficiales discapacitados y otros ascendidos a Teniente por el punto 2 de la D.T.7º de la ley 39/2007, con antiguedad del 1 de enero de 2008.
SEGUNDO: Los ascendidos a Teniente por la nueva redacción de la Norma y con 58 años, en situación de reserva, obtendrán la misma antiguedad que los nombrados en el párrafo anterior, en aras de lo que establece la disposición final duodécima de la Ley Orgánica 9/2011

Por todo lo expuesto se entiende que es de justicia la misma antiguedad para todos...

Un saludo
Eso es la modificacion que va a proponer el PP ??? En caso afirmativo ¿para cuando?.
pmuzca
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por pmuzca »

En agosto de 2010 recibi una carta del Ministerio el cual me decia:que mi expediente de ascenso honorifico se envia a Maper para su resolucion, ascenso que solicite en agosto de 2008. Hasta dia de hoy no he recibido nada de nada y por motivos ajenos a mi voluntad he pasado de este tema por olvido mas que nada.
Ahora leo en este foro que se ascendera y que habra que solicitarlo en un plazo de seis meses que no se si es un proyecto, propuesta o realidad, lo cual me gustaria aclaraseis.
Yo ahora voy retomar este tema consultandoselo a ACIME de deonde soy socio y ya os contare
Alftati
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por Alftati »

Lo que dice Ferdevi es simplemente algo que a él le gustaria y que afortunadamente no es así. Seria tanto como que yo diga que he oido que solo se ascenderá a aquellos que estén retirados como consecuencia de lesión o enfermedad en acto de servicio. Esto claro está, no es verdad. Afortunadamente hay compañeros muy serios que están trabajando para que todos los afectados consigan el ascenso, llevaran o no 20 años de servicio y fuera en acto de servicio o ajeno a acto de servicio su pase a la situación de retirado. Hay un pequeño grupo que ya está peleando en el Constitucional con alguna esperanza pues en la negativa del tribunal no les dieron la razón argumentando que ley no los ampara, pero que esta ley es anticonstitucional a entender del Juez y por eso hay esperanzas. Hay tambien más de una asociación que ha elevado una propuesta al gobierno o están trabajando para enviarla en el sentido de incluir a todos los retirados afectados sin excluir a ninguno.
Lo que pasa es que alguno tiene mucha prisa y no parece importarle que compañeros ascendidos a Sargento incluso antes que él, y que están paraplégicos, tetraplégicos o con enfermedades y lesiones tremendas, también asciendan. Quiero recordar a alguno que las enfermedades y lesiones no preguntaron cuanto tiempo se llevaba de servicio.
Última edición por Alftati el Mié Oct 05, 2011 11:46 pm, editado 1 vez en total.
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por Francisco I »

Alftati:

Creo que eres tremendamente injusto con "Ferdevi". Yo, que conozco personalmente a "Ferdevi" y que me honrro en ser su amigo, puedo asegurarte que éste hombre es un excelente compañero, que personalmente no necesita el ascenso para nada, que es un tio realizado y con altura de miras; que es un socio muy activo de una de esas Asociaciones que tú citas; y por último es uno de los m´´as constantes luchadores porque no haya discriminaciones de ningún tipo entre las distintas situaciones en las que puedan encontrarse los Suboficiales de cualqueira de nuestros ejercitos.

Puede que alguna vez no esté muy acertado o "fino" en sus comentarios, pero eso no desvirtua nada de lo que he afirmado.

Saludos.
Alftati
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por Alftati »

No entro a valorar lo que haya podido decir o hacer en otras ocasiones sino lo que dice en este hilo. Y lo que dice no es cierto y crea además incertidumbre y pesar a compañeros que lo lean y puedan creerlo. Si es un buen compañero porque le conoces, retiro lo dicho sobre eso pero me parece a mi que una aclaración o mejor una rectificación por su parte no estaría de más. Y otra cosa, ya que opinas sobre lo que digo, me gustaría saber cual es tu opinión sobre lo realmente importante que expongo y ayudes a aclarar este asunto.
ferdevi
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por ferdevi »

Buenas noches, ALFATI.

Todo el mundo es libre de exponer lo que considere oportuno...Te invito a que propongas tu fórmula de ascenso a Teniente de los Suboficiales discapacitados, luego analizamos con coherencia las dos...No hay problema en mejorar todo aquello que se estime oportuno, siempre y cuando no pidamos el cielo antes de morir...

PS: Francisco I, no tengo palabras para tanta HONRADEZ...

Un saludo
Alftati
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por Alftati »

Sabes perfectamente que hay una propuesta que Asfas ha mandado al Gobierno. Yo defiendo exactamente lo que se dice en ella. Solicitar el ascenso de todos los afectados y no hacer discriminaciones de si sólo a los que pasaron a retiro en acto de servicio como dicen algunos o los que llevaran más de 20 años de servicio como dices tú. Entonces tendríamos que volver a leer con atención lo que dice la ley sobre no discriminación a los discapacitados.
Es importante analizar el asunto de los ascendidos desde la reserva. Según tus argumentos ellos ascendieron porque llevaban más de 20 años entre servicio activo y reserva. Vamos que se premia a compañeros que habiendo trabajado 4 años en algunos casos y creo que incluso menos y han estado despues en su casa por voluntad propia en muchos casos, y han podido además de cobrar un sueldo del Estado sin hacer nada, trabajar en otra actividad y así tener dos fuentes de ingreso, con una más que envidiable salud de hierro.
A ti te parece que esa situación es más meritoria para obtener el ascenso que por ejemplo un compañero que contra su voluntad a los 19 años y 11 meses de trabajo real en una Unidad, pasó a retirado por una grave enfermedad o lesión y hasta el día de hoy y en el futuro, estará sufriendo la consecuencia de la falta de salud. Según tus argumentos el primero si merece el ascenso pero el segundo no.
Reitero que todos los discapacitados sin discriminación asciendan,claro está que sean los que reunen las condiciones expuestas en la propuesta ya enviada al Gobierno por la asociación que cito.
ferdevi
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Re: ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS

Mensaje por ferdevi »

Alftati escribió:Sabes perfectamente que hay una propuesta que Asfas ha mandado al Gobierno. Yo defiendo exactamente lo que se dice en ella. Solicitar el ascenso de todos los afectados y no hacer discriminaciones de si sólo a los que pasaron a retiro en acto de servicio como dicen algunos o los que llevaran más de 20 años de servicio como dices tú. Entonces tendríamos que volver a leer con atención lo que dice la ley sobre no discriminación a los discapacitados.
Es importante analizar el asunto de los ascendidos desde la reserva. Según tus argumentos ellos ascendieron porque llevaban más de 20 años entre servicio activo y reserva. Vamos que se premia a compañeros que habiendo trabajado 4 años en algunos casos y creo que incluso menos y han estado despues en su casa por voluntad propia en muchos casos, y han podido además de cobrar un sueldo del Estado sin hacer nada, trabajar en otra actividad y así tener dos fuentes de ingreso, con una más que envidiable salud de hierro.
A ti te parece que esa situación es más meritoria para obtener el ascenso que por ejemplo un compañero que contra su voluntad a los 19 años y 11 meses de trabajo real en una Unidad, pasó a retirado por una grave enfermedad o lesión y hasta el día de hoy y en el futuro, estará sufriendo la consecuencia de la falta de salud. Según tus argumentos el primero si merece el ascenso pero el segundo no.
Reitero que todos los discapacitados sin discriminación asciendan,claro está que sean los que reunen las condiciones expuestas en la propuesta ya enviada al Gobierno por la asociación que cito.
Compañero, si de mi dependiera puedes estar seguro que nadie quedaría fuera, nadie enferma por decisión propia.No obstante el asunto no es tan fácil para establecer discriminación por discapacidad respecto de los que no lo fueran...

Te escribo en AS-FAS...

Un abrazo
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