Modelo solicitud de acenso a teniente

Comentarios y opiniones sobre los ascensos recogidos en la Ley 39/2007 de la Carrera militar

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mj
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Modelo solicitud de acenso a teniente

Mensaje por mj »

borrado
roberto
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Mensaje por roberto »

Imagino que este modelo de instancia sera solo para hacer ruido ,porque la constestacion yá me sé cual va ha ser " que el supuesto de los militares retirados por perdidas de condiciones psicofisicas no lo contempla la ley", espero equivocarme pero no nos lo van ha poner tan fácil,sigo pensando que teniamos que hacer incapié en el agravio comparativo que hay con los compañeros que al igual que nosotros están retirados por per.con.psico. pero a ellos si les han considerado acto de servicio y ellos si tienen derecho al ascenso y la pregunta sería ¿ cuaes la diferencia entre ellos y nosotros a efectos de un ascenso? un saludo y lo dicho, a hacer ruido que otra no nos queda.................................
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

Hay que ahondar ahi a ver que pasa. No obstante se echa de menos una organización de Retirados Cabreados, que no sea la estatal claro, cada vez que aparece alguna se la cargan. Silla de ruedas, muletas y pancarta en Cibeles y no para aplaudir al R. MAdrid, y se soluciona el agravio comparativo.

Mi opinión.
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roberto
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Mensaje por roberto »

¿Alguien ha cursado ya la instancia de mj?, por cierto mj,gracias por el interés mostrado.un saludo.............
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

Un servidor la estudiará a partir del sábado que quedo bastante libre. Pregunto a mj o a quien pueda contestar si puedo ir solo al Contencioso por mi (ya no soy funcionario)

Gracias.
AD VTRVMQUE PARATVS
erizo
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Ascenso a Tte. y otros

Mensaje por erizo »

La verdad es que la union hace la fuerza, y contra mas gente hagamos presion, del tipo que sea, mas posibilidades tendremos de conseguir que se haga justicia en el colectivo de militares retirados. Seria bueno saber cuantos retirados nos podiamos juntar en esta lucha. Tambien se podrian programar concentraciones en alguna Ciudad con vista a conocernos mejor y hacer mas efectivo y eficiente nuestro potencial. No obstante, el camino nunca será facil.
roberto
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Mensaje por roberto »

Estoy de acuerdo contigo,y seria buena idea lo de reunirnos y si hace falta como dice simbad asociarnos de seguro que podriamos conseguir mas cosas para nuestro colectivo.....un saludo
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exocet
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Mensaje por exocet »

No sé, quizá por ser retirado sea del MD. Pero los demás ejércitos, salvo en cuerpos comunes (que también es competencia del MD), se están dirigiendo a los J.E.M respectivos: Ejército(Tierra), Armada y Aire.
También tiene la ventaja del Recurso de Alzada.
Acordaros que hay ejércitos más restricitivos que otros (Tierra siempre fue muy generoso en los ascensos por la 17/99 y el aire más restricitvo; en la Armada incluso de ascendió a Tenientes asuboficiales que en su escala de origenno llegaban más que a brigadas)
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

En efecto, a los que no llegaban a Subtenientes se les ascendió a Tenientes y a los que debían llegar se les dejó mangados. Sabes que escala fué¿? la de complemento. En complemento una de dos o ascendieron sin previsión o sea les tocaba la lotería o los defenestraban y les hacían hacer curso de Sargento a sargentos con 5 años de tales ..............................................Que yo recuerde, justicia es dar a cada uno lo que le corresponde ........en fin

Amm se me olvidaba, la instancia mejor a los JEM, supongo por si cuela y nos libramos de recurso en Audiencia NAcional y entran los Tribunales Superiores respectivos, lo cual abarata. HAy que tener en cuenta que si se dirige al Jem y no es el competente por mor de ley tiene que redirigirla al órgano que lo sea.
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exocet
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Mensaje por exocet »

Simbad, no olvides que es un tema de ascenso:

Ley 29/1998, de 13 julio. JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

Artículo 11.[Competencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional]


1. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional conocerá en única instancia:

a) De los recursos que se deduzcan en relación con las disposiciones generales y los actos de los Ministros y de los Secretarios de Estado en general y en materia de personal cuando se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de funcionarios de carrera. Asimismo conocerá de los recursos contra los actos de cualesquiera órganos centrales del Ministerio de Defensa referidos a ascensos, orden y antigüedad en el escalafonamiento y destinos.
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

Ya, pero pueden ser funciones delegadas ........... yo no les facilitaría nada, Cuando se ignora algo mi lema es pedirlo, siempre que te lo niegan dan pistas.

Veo que el tema del recurso está como era de preveer algo desinflado, tras las prieras acometidas me parece observar silencios, y los silencios hablan. O sea entiendo que ya ha habido solicitudes. MEjor, no entiendo, ES.

En lo referente a este tema del ascenso , para no perder la costumbre iré solo. Eso si, compartiré información, supongo. No se, veo pocas ganas o me lo parece. No se como colgaré la instancia de aquí y lo sucesivo. Tampoco soy muy partidario del sistema de colgar información, no por otra cosa sino por que la leen todos, ........ incluso la Administración propia y encima desmenuzado que es lo que me joe ..... Ya direis algo.
AD VTRVMQUE PARATVS
roberto
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Mensaje por roberto »

Bueno,pero de que estamos hablando ,pienso y por favor respetenme como yo lo hago, que parece que hay una carrera pero no para ver quien llega antes, sino para ver quien sale mas rapido , y luego ya veremos,señores el que lee y opina en este foro creo que entre otras cosas es para aportar algo positivo,que para que negativos ya tenemos a nuestro querido ministerio( M.D.para los que no pertenezcan a el ),de una vez por todos el que tenga o sepa algo si lo tiene a bien que lo comparta y el que no que haga la gerra por su cuenta ,pero que entendamos que la union y el compañerismo hace la fuerza.............perdonenme nos guste o no ,nos une algo en comúm ......un saludo......
delucas
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Re: Modelo solicitud de acenso a teniente

Mensaje por delucas »

ascenso a teniente
estimados compañeros:
en la Ley 39/2007 dice: Ascenso de suboficiales al empleo de teniente.
1. Todos los suboficiales que hubieran obtenido el empleo de sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 1 de enero de 1990, fecha de entrada en vigor de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, y que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de subteniente, podrán obtener el empleo de teniente de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, en el momento de su pase a la situación de reserva si lo solicitan previamente, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha de ascenso.
2. El personal del apartado anterior que se encuentre en la situación de reserva y que no hubiera podido acogerse a lo previsto en la disposición adicional octava.3 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, podrá obtener el empleo de teniente si lo solicita en el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos de 1 de enero de 2008.
para aclarar situaciones mas particulares les recomiento esta web, y les recomiendo hacerlo rapido porque se acaban los plazos para presentar las instancias "SUERTE"
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 7.html#dt7
delucas
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Re: Modelo solicitud de acenso a teniente

Mensaje por delucas »

modelo de instancia solicitud ascenso teniente

Don............................................,Empleo, Arma, Ejercito, en Reserva, adscrito a la Delegación de Defensa de........., con DNI..... y TMI......., con domicilio en..............a efectos de notificación.
EXPONE:
Que la ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, publicada en el BOE nº 278 de fecha 20 de Noviembre de 2007, en su Disposición Transitoria Séptima cita:

1.- Todos los suboficiales que hubieran obtenido el empleo de sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 1 de enero de 1990, fecha de entrada en vigor de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, y que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de subteniente, podrán obtener el empleo de teniente de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, en el momento de su pase a la situación de reserva si lo solicitan previamente, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha de ascenso.
2.- El personal del apartado anterior que se encuentre en la situación de reserva y que no hubiera podido acogerse a lo previsto en la disposición adicional octava.3 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, podrá obtener el empleo de teniente si lo solicita en el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos de 1 de enero de 2008.

Y que reuniendo las condiciones expuestas en su exposición segunda correspondiente a este articulo.

SOLICITA:

A V.E. sea promovido al empleo de Teniente.


En............a.......de.........de 2008


firma




EXCMA. SRA. MINISTRA DE DEFENSA MINISTERIO DE DEFENSA
delucas
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Re: Modelo solicitud de acenso a teniente

Mensaje por delucas »

yo me pregunto...
¿Cuántas mujeres son necesarias para emborrachar a un hombre?

¿Cuántas lágrimas para anularlo? ¿Vilezas para forjarlo?

¿Y personas crueles para instruirlo sobre la mezquindad humana?

¿Cuánto peso ha de sobrellevar para endurecer las vigas de su alma?

¿Cómo ha de de saber si dejarse llevar por la Rosa de los Vientos o rebelarse?

¿Cuántas veces ha de perder su corazón para aprender a retirarse de una batalla a tiempo?

¿Cuántos abnegados amigos son necesarios para que sanen las heridas?

¿Cómo recompensarlos?

¿Cuántos besos se necesitan para enamorarlo? ¿Y traiciones para desencantarlo?

¿Cuántas lisonjas necesita el hombre para endiosarse?

¿Cuántas mentiras debe descubrir para insensibilizarse?

¿Cuántos silencios son necesarios para vestir a un hombre?
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