ASCENSO A TENIENTE DE RETIRADOS DT 7ª

Comentarios y opiniones sobre los ascensos recogidos en la Ley 39/2007 de la Carrera militar

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

roberto
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Mensaje por roberto »

Amigo reactor ,siento decirte,y ante todo con respeto,(como estamos acostumbrados los viejos del lugar) que si existen muchos casos de compañeros retirados por perdidas de condiciones psicofisicas ,que se han rehabilitado y han vuelto al servicio activo(otra cosa es que vd. no conozca a ninguno) porque la misma ley contempla eses supuesto atr.15 del R.D.,y la misma dice textualmente una vez transcurrido 2 años desde la firma de la resolucion por la cual pasas a retirado,quiere decir ,que no es solamente es durante la instruccion del expte. ni durante la misma,.......haberlos....hailos...... aunque contra natura ,no es lo comun ...un saludo............
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Pele
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Mensaje por Pele »

Un saludo a todos los compañeros que participan en este foro. Soy Brigada retirado desde hace 8 años y como todos vosotros estoy muy interesado en el tema aqui planteado, hasta la fecha y al estar totalmente desconectado de todos los asuntos militares, no tenia conocimiento de nada referido al futuro ascenso al empleo de teniente, no se si al final a los retirados nos daran o no este ascenso, pero creo que si hacemos las peticiones de forma mayoritaria, quizas nos escuchen mejor, en el momento en que haya una demanda por hacer, seria muy conveniente dar pelos y señales en este foro para que todos los que queramos secundarla asi lo hagamos, yo seré uno de ellos.
Un saludo a todos.
CañonesCruzados
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Ascenso a teniente

Mensaje por CañonesCruzados »

Hola a todos, soy un brigada de tierra, retirado en el 2000 y que vive en Sevilla. Es la primera vez que entro en este foro y he leido con gran interés todos vuestros comentarios y me gustaría dar el mio también:
1) Estoy de acuerdo con Simbad y con todos aquellos que habeis comentado lo de constituir una asociación para este caso y otros que pudieran surgir que nos afecten. Podeis ver los requisitos de constitución de una asociación en la Ley 1/2002 Reguladora de Derecho de Asociación (acta fundacional de constitución, estatutos, inscripción en el registro, denominación, ...) es viable si, al menos, estamos 3 de acuerdo.
2) La palabra funcionario engloba a varios colectivos, algunos de los cuales, como el nuestro, son de carácter especial, (al igual que el de los jueces, magistrados y fiscales) por lo que los militares no pueden compararse a aquéllos ni a éstos ya que tienen sus normas específicas. Podeis verlo en el art. 4d) de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público. No obstante nosotros ya formamos parte del colectivo de clases pasivas del Estado regulado por RDL 670/1987.
3) En cuanto al tema del ascenso estoy de acuerdo con Kaesar cuando hace mención al agravio comparativo. Hay que partir de la base de que será un juez, magistrado o Tribunal quien estime si tenemos derecho o no a dicho ascenso. Son ellos quienes interpretan las leyes y por tanto son ellos los que deben aclarar qué quiso decir el legislador en la Disp. Trans. 7ª de la ley 39/2007 cuando dice "... que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de stte..."
4) Recordais la integración que nos hicieron en el año 91 con otras escalas?. Yo nací en el año 1962 y me dieron antigüedad de sargento de 01.06.1958, jajaja, nací siendo sargento con cuatro años de antigüedad. La Disp. Adic. 8ª 3. (que sigue en vigor según el punto 2 de la Disp. Derogatoria Única de ley 39/2007) habla del ascenso a teniente para aquellos que fueran sargentos antes del año 77... nosotros!!!, aunque matiza lo de la limitación legal para el ascenso a stte. y habla de la reserva y no del retiro. Sé del caso concreto de uno de complemento que habiendo pasado al retiro por perdida de condiciones psicofïsicas ha ascendido a teniente, ha cobrado atrasos y cobra mensualmente por clases pasivas en el nivel A (nosotros somos el B), la diferencia es de unas 45.000 pts/mes de media (yo aún hablo en pesetas), merece la pena intentarlo, no Simbad?. Un saludo a todos.
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

En principio si, pero hay que ver el enfoque para el contencioso, asi que sigo esperando ver si puedo ir yo por mi en mi representación o necesito asistencia. Si alguien lo sabe que lo diga y si no ya lo miraré ya, que estoy liado con otras cosas.

Ya dije desde un principio que en todo caso sería afilar lanzas con el agravio comparativo. Creo que lo has razonado bien.
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CañonesCruzados
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Ascenso a teniente

Mensaje por CañonesCruzados »

Hola a todos de nuevo:
Todos estamos dando nuestra opinión personal de si, "legalmente", podríamos ascender o no al empleo de teniente con todo lo que ello conlleva, sobre todo (lo que más nos interesa), la parte económica. Nuestra opinión, al igual que la de los abogados a los que estais consultando es, llanamente, subjetiva, pues la última palabra (que es la que vale) la tienen los jueces y en su defecto los Tribunales. He vuelto a leer la ley (ya la cojo con papel de fumar) y quiero aportar más ideas que considero IMPORTANTES:
1) ¿No podríamos interpretar según el punto 3 de la Disp. Transitoria 4ª cuáles son las limitaciones legales para el ascenso? (a mi modesto entender creo que la propia ley aclara ahí cuáles son esos supuestos que limitarían un ascenso, osea, que nosotros no teníamos limitaciones para el ascenso.
2) Encuentro una CONTRADICCIÓN y a la vez un AGRAVIO COMPARATIVO con respecto a los suboficiales retirados por lo siguiente:
- En el art. 115 de la ley que nos ocupa dice que "...los militares retirados dejarán de estar sujetos al régimen de DERECHOS y... de los miembros de las FFAA,s" y que sólo disfrutaremos de los derechos pasivos y asistenciales......entonces...
- ¿por qué la Disp. Adic. 10ª.4 le concede el derecho a los OFICIALES RETIRADOS para que puedan solicitar "...el empleo y antigüedad asignados al que les siguiera en el curso de aptitud...", osea, les permite la reordenación PARA EL ASCENSO, Todo ello, lógicamente, con el reajuste económico que por el superior empleo les correspondería. ¿¿¿Y los suboficiales retirados qué???.
Considero que si cogieramos UN BUEN ABOGADO que sepa exponer y razonar en una demanda todas estas inquietudes y que sepa convencer al juez con fundamentos jurídicos no hay nada perdido.
No lo tengo muy claro pero me da la impresión de que la ley, (en el supuesto de que queramos hacer valer nuestros derechos) nos daría el plazo de 6 meses para solicitar el ascenso. Un abrazo a todos.
roberto
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Mensaje por roberto »

Estoy totalmente de acuerdo contigo,y creo que tus fundamentos están totalmente claros y para que el abogado pueda exponerlo bien, como dices, el primer paso es explicarselo bien ,deberiamos de ponernos de acuerdo los que nos interese el tema ( creo que merece la pena intentarlo) y ponernos manos a la obra ( no sea que luego digan que lo solicitamos fuera de plazo si transcurren los 6 meses desde el 1 de enero)..................un saludo ..
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

Digo lo mismo, pero insisto en lo dicho, o sea la forma procesal. Primero es la Instancia recurso y contencioso

En fase de instancia se pide, ... y a ver que dicen, pero ya es muy importante saber si se va contra ley (puede ser inconstitucional) o contra la fraudulenta aplicación de ley. O sea, la ley lo dice claro y estamos de acuerdo y, queremos que se cumpla y vemos que no se hace. Entiendo que es esta última la que se queire usar.

No se debe decir demasiado en fase de instancia.
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Salduiense
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Mensaje por Salduiense »

Ya me disculpareis si no me explico bien, soy Subteniente del E.T. en situación de retiro, ajeno a mi voluntad, que tras 30 años de servicio me han pegado una patada en el culo y me han echado, ahora me quieren humillar o menospreciar, (quizá porque la inmensa mayoría de este colectivo tengamos una discapacidad reconocida), y no nos quieren reconocer lo que por derecho creo nos corresponde. En primer lugar agradecer que gracias a estos foros, no dejemos en el olvido las PRESUNTAS INJUSTICIAS que se cometen o puedan cometerse, y una vez hecho esta aclaración expondré lo siguiente:
1º,- La Ley dice de forma bien clara en su articulo 113 apdo.7 que en situación de reserva no se producirán ascensos.
2º.- Y en su apdo. 9, que desde la situación de reserva se podrá pasar a las demás situaciones, con la excepción de servicio activo.
Que la propia ley puede ser presuntamente vulnerada por los propios legisladores, haciendo salvedades o creando disposiciones transitorias o adicionales con el fin y no se si a sabiendas perjudicar a unos y beneficiar a otros (agravio de comparación). En este caso es curioso, que compañeros que de forma voluntaria se fueron a la reserva transitoria, de brigada, ascendieron a subtenientes y posiblemente ahora al empleo de teniente.
En el segundo de los supuestos, puede ocurrir que desde la situación de retiro, pueda ser rehabilitado pasando a servicio activo, mientras que desde la situación de reserva no cabe esa posibilidad.
Ya se menciona en mensaje anterior, y esta contemplado en la propia ley, que un oficial en situación de retiro puede ascender, un suboficial no ¿Porqué?
Finalizaré diciendo que la ley por la cual tienen o tenemos, derecho al ascenso a Teniente, es anterior a la 17/89, creo que si no estoy equivocado en las leyes anteriores a esta, el pase por causa psicofísica era a la situación de reserva, situación a la que también se pasaba por notas desfavorables y solamente se pasaba a la situación de retiro por edad. Y ahí está el quiz de la cuestión, porqué, en este caso no nos contempla la ley la posibilidad de poder pasar a la reserva, y por consiguiente el ascenso a teniente.

En cuento a la instancia de solicitar el ascenso, creo que es condición indispensable para poder luego ir al Contencioso-Administrativo (relevante), creo que la denegaran por sistema, y posiblemente ni la lean, así que este primer paso es como la gaseosa, en mi caso creo que me limitaré a decir que lo solicito porque entiendo que ha habido un olvido de los que estamos en esta situación al no estar reflejados en la disposición transitoria cumpliendo todos los requisitos.

Estaría interesado en formar parte del grupo que se está formando para el posterior recurso. Con quien he de contactar Gracias.
ramiro lopez
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Mensaje por ramiro lopez »

Soy subteniente de la Armada retirado por enfermedad estoy de acuerdo con los compañeros que quieren tirar para adelante con el ascenso.Pero lo que me pregunto como nos ponemos de acuerdo para hacerlo todos juntos y desde el mismo abogado¿como nos organizamos?
un saludo a todos-
Manuel
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

Repito lo ya varias veces repetido. Es bueno coger un abogado entre varios, pero no entre todos, pues si los recursos abte la Sala van escalonados, se aprende de pequeños detalles y no se bloquea el resultado final que no es el lucimiento, sino el ascenso.

Y en vista de como esta esto, que veo que no varía, un servidor lo mas probable es qeu vaya solo, como siempre. Pero compartiré informacion
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roberto
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Mensaje por roberto »

Vamos a intentar ponernos de acuerdo , aunque sea através de este foro, y vemos como iniciamos el tema ,de la manera que entendamos que va a dar mejor resultado, ya que como estamos viendo somos muchos los que estamos por la labor ,pienso que si alguien sabe como podriamos dar el primer paso por favor que nos lo indique un saludo............
norber
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Mensaje por norber »

En primer lugar presentarme, soy Brigada del E.T. en situación de Retirado por causas psicofïsicas con residencia en Zaragoza. Totalmente de acuerdo con lo expresado con el resto de compañeros, especialmente con Salduiense. Para ponernos en marcha, lo que me parece mas lógico es contactar con todos los compañeros en nuestra misma situación que conozcamos (ya que muchos de ellos desconocen la actual Ley, y lo que en ella nos puede afectar) y organizarnos por localidades de residencia, intercambiando información con el resto y a medida que vaya madurando el asunto valorar la conveniencia de llevarlo a través de un único abogado o no. El primer paso, como ya se ha mencionado, debe ser la confección de la instancia antes del cumplimiento de los plazos.
ramiro lopez
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Mensaje por ramiro lopez »

Pero si enviamos instancias lo mas logico es que venga denegado y uno tiene un plazo para dar contestación y seguir los pasos adecuados y para eso ya se tiene que tener todo el tema de abogado, yo resido en Naron LA CORUÑA,si algun compañero vive por la zona podriamos cambiar impresiones sobre el tema.
un saludo
Manuel
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|^Simbad^|
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Que tengas pleitos y los ganes

Mensaje por |^Simbad^| »

A ver que esto lo veo disperso, aun a riesgo de que alguien me mande a efectuar catarsis a Segangan o a Bethelem con los sefardíes. Es requisito imprescindible para que la Sala de lo Contencioso tenga por presentada demanda, que la petición se haya efectuado con anterioridad a la Administración, lo cual por lo demás es lógico.

En este estado de cosas, hay que mandar instancia, que será desestimada, no obstante alguna melonada suculenta pondrán, de eso no me cabe duda que tengo una buena colección de contestaciones a instancia a cual con mayor grado de idioticia.

Eso son 3 meses, y en el caso probable de que no contesten, son 20 días más para la previa petición de certificación por los efectos que conlleva el silencio. Todo ello si uno no se aburre antes en alguno de estos trámites

Luego se recurre en alzada o reposición, no me acuerdo de memoria que se varió, da igual, creo que reposición al mismo, yo le mando todo al Exmo. Sr Ministro de turno y en virtud del art, no se cuantos si no es el Organo competente que lo mande al que lo sea y no me complico.

El recurso también vendrá denegado, y a este sí contestarán por la cuenta qie les trae y ojo, hay que hilar fino en el pues no se pueden pedr otras pretensiones en demanda que las habidas en recurso ante la Administración, es pura lógica además.

Así que , unos 6 meses desde la instancia a entrar en la Sala, y en esta los que estén vivos y quieran seguir, unos 3 años más.......... por todo ello ,,, sin prisa pero sin pausa...

Todo ello con toda mi buena fe, no vaya nadie a sacarle punta y tal....
AD VTRVMQUE PARATVS
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Mensaje por roberto »

De acuerdo contigo simbad,así que no sé como pero " manos a la obra" ,que si algo tenemos los de nuestra situación por lo general es tiempo para esperar.un saludo........
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