La disposicon adicional decimo sexta dice:
Dos. Lo dispuesto en el apartado 2 del articulo 33 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, en la redacción dada por el apartado Uno de la presente disposición adicional, será de aplicación a las pensiones de jubilación o retiro que se causen a partir del 1 de enero de 2009, manteniendo las causadas con anterioridad a dicha fecha el régimen de incompatibilidades que les venía siendo de aplicación.
¿Cuando se produce la causa? a la publicacion en el BOD a la firma de la resolucion de la subscretaria o cuando pasas la JMP
Creo que esde vital importancia para los compañeros que estan en pleno proceso de retiro
Creo que es importante,¿cuando se causa el retiro?
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
Re: Creo que es importante,¿cuando se causa el retiro?
Las pensiones de jubiliación o retiro SE CAUSAN CUANDO UNO PASA A RETIRADO y pasas a retirado cuando lo dice la Orden que es publicada en el B.O.D., es decir, el día de su publicación, al dia siguiente (estos dos supuestos son los mayoritarariamente aplicados) o cuando se especifique en la citada Orden de Retiro.
Ni cuando pasas JMP, ni cuando finaliza tu expediente, ni cuando firma el/la Subsecretari@, ni cuando tu firmes la notificación, ni en ningún otro supuesto.
Un saludo.
Ni cuando pasas JMP, ni cuando finaliza tu expediente, ni cuando firma el/la Subsecretari@, ni cuando tu firmes la notificación, ni en ningún otro supuesto.
Un saludo.
Re: Creo que es importante,¿cuando se causa el retiro?
La aplicación de la nueva Ley será a las Pensiones que tengan como fecha de arranque 01/01/2009