Duda retiro por incapacidad

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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colles
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Duda retiro por incapacidad

Mensaje por colles »

Buenas a todos.

Actualmente estoy de baja por una incapacidad temporal, o eso se supone, por la rotura del radio a la altura de la muñeca de mi mano dominante. Llevo unas operaciones a mis espaldas y sesiones de rehabilitación que si bien hacen que avance no todo lo que yo quisiera y según me han comentado puede que no recupere toda la rotación de la muñeca.

Se que vosotros no sois médicos pero ¿Es posible que quedando con una mínima limitación, puede que no pueda poner la palma totalmente boca arriba o rotar la muñeca al 100%, me pueden jubilar o se acepta una pequeña limitación por parte de la DGP?

De momento no es algo que contemple como posible porque me voy a esforzar al máximo pero tengo claro que es una posibilidad que tengo ahí. ¿En caso de ser declarado no apto para el servicio que me espera, jubilación total o pase a segunda actividad?

¿En caso que me diera de alta y siguiese mi trabajo habitual el médico de la DGP me tiene que llamar obligatoriamente o así evitaría que se me valorase y esquivar la situación?

Decir que el accidente fue en mi tiempo libre y no está vinculado al servicio ni al trayecto in itinere.
pocoyo67
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por pocoyo67 »

Yo creo que ahora existe una ley que pone que siempre te podran poner en cualquier destino sin perder categoria profesional por supuesto con lo cual por eso dudo mucho que te jubilaran, un saludo y que vaya bien lo de la muñeca
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SOBAJET
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por SOBAJET »

Hola buenas colles yo creo que como esta la administración eso es NA así que guarda esos papeles, recupera te y más adelante echamos cuentas.
Un saludo -hi
El Mejor vehículo para conocer a tu Pelotón. TOA 113.
colles
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por colles »

Esperemos sea así porque la verdad que llegado el caso me dejarían hecho una mierda. Llevo poco tiempo en el CNP, dos trienios, me truncan la carrera profesional y encima no sabría hacer otra cosa.

¿En el caso de que quedará un poco limitado en cuanto a giro habría problema a la hora de los ascensos y las correspondientes pruebas físicas?

Por si alguno no lo sabe en el CNP no tenemos pruebas físicas para ascender pero si una vez apto y en la fase presencial de formación hay una asignatura de Educación Física. ¿Si no pudiera realizar algún ejercicio sería motivo de exclusión del proceso?
bugatti
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por bugatti »

colles escribió:Actualmente estoy de baja por una incapacidad temporal, o eso se supone,
No sé por qué lo tienes que suponer, si estás en baja laboral, pues estás en IT.
colles escribió:Se que vosotros no sois médicos pero ¿Es posible que quedando con una mínima limitación, puede que no pueda poner la palma totalmente boca arriba o rotar la muñeca al 100%, me pueden jubilar o se acepta una pequeña limitación por parte de la DGP?
No sabemos si por aquí hay algún médico, muchos de ellos también son funcionarios. Si te pueden jubilar? claro, siempre y cuando tu lesión sea crónica o irreversible y de suficiente gravedad que te incapacite para desarrollar las funciones propias de tu profesión. Todo esto lo determinará el tribunal médico, si antes no te recuperas. Si las secuelas de tu lesión es menos grave aunque crónica, pues es posible que te pasen a segunda actividad, pero si tus secuelas son leves pues te darán el alta y a currar. Lo que a día de hoy no existe, desde septiembre de 2011, y para los nuevos casos, es la segunda actividad con destino, aunque los que estuvieran en esa situación siguen en ella.
colles escribió: ¿En caso que me diera de alta y siguiese mi trabajo habitual el médico de la DGP me tiene que llamar obligatoriamente o así evitaría que se me valorase y esquivar la situación?
Qué preguntas más raras hacéis. Pero si tus partes de baja quincenales, una copia va para muface, otra para los servicios médicos de la DGP y otra para tí. Ellos están al corriente de la evolución de tu enfermedad. Además, la licencia por enfermendad mensual. Si te dan de alta por curación, pues al día siguiente a currar y ya está. Si sigues de baja, periódicamente te llamarán (cada 3 meses aprox.) te llamarán los médicos de muface y los de la DGP y emitirán los informes correspondientes que se adjuntan a tu expediente y si llegas al año de baja (más o menos) te llamarán al tribunal médico.
pocoyo67 escribió:Yo creo que ahora existe una ley que pone que siempre te podran poner en cualquier destino sin perder categoria profesional por supuesto con lo cual por eso dudo mucho que te jubilaran, un saludo y que vaya bien lo de la muñeca
Negativo pocoyo67, en la DGP no existe esa ley.
colles escribió:¿En el caso de que quedará un poco limitado en cuanto a giro habría problema a la hora de los ascensos y las correspondientes pruebas físicas? ¿Si no pudiera realizar algún ejercicio sería motivo de exclusión del proceso?

Hombre, si con las secuelas que te han quedado han sido leves y te han dado el alta laboral, pues que seguro que no tendrás problemas para realizar las pruebas físicas. Si no pudieras realizarlas es porque tus secuelas no son leves, y entonces te tendrían que haber pasado, como mínimo a segunda actividad. Saludos.
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por bugatti »

Además, colles, en base al título del tema que has abierto, nosotros no nos retiramos, o pasamos a segunda actividad o nos jubilamos, por pérdida de aptitudes psicofísicas o por edad. Saludos.
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por trasgu123 »

bugatti escribió:Además, colles, en base al título del tema que has abierto, nosotros no nos retiramos, o pasamos a segunda actividad o nos jubilamos, por pérdida de aptitudes psicofísicas o por edad. Saludos.
NO?. Pues debeis de ser los unicos empleados publicos que les pasa eso. A nos ser que el "NO" entre "nosotros" y "nos" sea un lapsus, jejeje.
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por bugatti »

trasgu123 escribió:
bugatti escribió:Además, colles, en base al título del tema que has abierto, nosotros no nos retiramos, o pasamos a segunda actividad o nos jubilamos, por pérdida de aptitudes psicofísicas o por edad. Saludos.
NO?. Pues debeis de ser los unicos empleados publicos que les pasa eso. A nos ser que el "NO" entre "nosotros" y "nos" sea un lapsus, jejeje.
trasgu123, yo creo que la situación administrativa de "RETIRO" solo afecta a los miembros de las FFAA y de la GC, osea, a los de naturaleza militar, pero los funcionarios civiles y creo que todos, no se retiran, o se jubilan por edad o por incapacidad. Ahí, el CNP tiene una peculiaridad más, que no tienen los funcionarios civiles, que es la segunda actividad. Pero vamos, que podían unificar gran parte de esas situaciones y eliminar dobles interpretaciones.
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por trasgu123 »

Te entendi mal. En todo caso, que yo sepa la norma legal de Clases Pasivas no hace distincion alguna entre retiro y jubilacion. La misma cosa con diferente nombre.
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por bugatti »

trasgu123 escribió:Te entendi mal. En todo caso, que yo sepa la norma legal de Clases Pasivas no hace distincion alguna entre retiro y jubilacion. La misma cosa con diferente nombre.
Efectivamente, es la misma cosa. Jubilación para los funcionarios civiles y retiro para los militares.
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por colles »

bugatti escribió: No sé por qué lo tienes que suponer, si estás en baja laboral, pues estás en IT.
Lo del "se supone" iba por que se supone que es temporal. Era una licencia humorística mía.
bugatti escribió:No sabemos si por aquí hay algún médico, muchos de ellos también son funcionarios. Si te pueden jubilar? claro, siempre y cuando tu lesión sea crónica o irreversible y de suficiente gravedad que te incapacite para desarrollar las funciones propias de tu profesión. Todo esto lo determinará el tribunal médico, si antes no te recuperas. Si las secuelas de tu lesión es menos grave aunque crónica, pues es posible que te pasen a segunda actividad, pero si tus secuelas son leves pues te darán el alta y a currar. Lo que a día de hoy no existe, desde septiembre de 2011, y para los nuevos casos, es la segunda actividad con destino, aunque los que estuvieran en esa situación siguen en ella.
Entiendo que si un médico privado me certifica estar apto pero es el tribunal el que no entiende esto yo podría ir al ¿contencioso? para que se estimase que estoy apto para el servicio. Como veis mi intención prioritaria es recuperarme y no pasar a jubilación.
bugatti escribió:Qué preguntas más raras hacéis. Pero si tus partes de baja quincenales, una copia va para muface, otra para los servicios médicos de la DGP y otra para tí. Ellos están al corriente de la evolución de tu enfermedad. Además, la licencia por enfermendad mensual. Si te dan de alta por curación, pues al día siguiente a currar y ya está. Si sigues de baja, periódicamente te llamarán (cada 3 meses aprox.) te llamarán los médicos de muface y los de la DGP y emitirán los informes correspondientes que se adjuntan a tu expediente y si llegas al año de baja (más o menos) te llamarán al tribunal médico.
Si pero yo me puedo dar de alta diciendo que estoy bien pero luego llamarme le médico del cuerpo y al verme entender que no estoy apto para el servicio.

No se donde tu estarás destinado pero en mi ciudad el médico te llama a los meses de estar dado de alta y es cuando te valora pero hasta ese tiempo has estado trabajando sin que nadie mas que el médico de cabecera te haya visto.

La duda que yo tengo es si al verme el médico de los servicio médicos nuestros puede entender que estoy limitado y mandarme al tribunal médico para que valore o si esto solo pasa cuando llevas un año de baja.
bugatti escribió:Hombre, si con las secuelas que te han quedado han sido leves y te han dado el alta laboral, pues que seguro que no tendrás problemas para realizar las pruebas físicas. Si no pudieras realizarlas es porque tus secuelas no son leves, y entonces te tendrían que haber pasado, como mínimo a segunda actividad. Saludos.
Se de casos de compañeros que alegan que no se presentan a ascensos porque serían incapaces de pasar las pruebas físicas por problemas físicos que se lo imposibilitan pero a día de hoy están trabajando en puestos de oficina. Lógicamente no lo van a ir contando al primero que pase ya que su lesión puede acabar en jubilación.

Estoy seguro que si yo decido ir a un médico a que me de el alta laboral el no va a caer en la cuenta de lo que yo debo hacer en mi trabajo y que el alta me la va a dar. Otra cosa son los servicios médicos nuestros.

A mi ya me han contado de un caso que fue así. Alta por el médico del seguro y después acabó jubilado.
bugatti
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por bugatti »

colles escribió:Entiendo que si un médico privado me certifica estar apto pero es el tribunal el que no entiende esto yo podría ir al ¿contencioso? para que se estimase que estoy apto para el servicio. Como veis mi intención prioritaria es recuperarme y no pasar a jubilación.
La verdad es que los casos habituales suelen ser al revés de lo que preguntas. Normalmente suele ser que el médico de la empresa nos ha dado de alta y el privado no. Puede que haya casos así, pero no es lo habitual, es raro. Si el privado te da el alta y tú estás conforme es porque te sientes bien y apto para el trabajo. Tiene que tratarse de una patología muy rara para que los servicios médicos del CNP lleven la contraria en este caso. Es más, si te dan el alta, se debe acompañar con un informe por curación y cuando pase un tiempo después de estar trabajando y con el informe de alta, si los servicios médicos del CNP te llaman es para cerrar el expediente, no cabe que con esa información y trabajando plenamente te envíen ellos a pasar el tribunal a Madrid, lo veo absurdo e improcedente. Lo del contencioso, siempre que no estés conforme con la resolución administrativa podrás ir al contencioso-administrativo en vía judicial.
colles escribió:La duda que yo tengo es si al verme el médico de los servicio médicos nuestros puede entender que estoy limitado y mandarme al tribunal médico para que valore o si esto solo pasa cuando llevas un año de baja.
Es como te dicho antes, el médico estará obligado a cerrar el expediente, pero recalco que si aportas un informe de otro médico en el que certifique que estás apto para el servicio tras un tratamiento, el que haya sido (quirúrgico, rehabilitador o farmacológico) y tú ya estás trabajando con normalidad, pues muy tonto tiene que ser el médico nuestro para que con esos datos llevar la contraria y complicarse la vida. Otra cosa es que ya lleves un año de baja, más o menos, y tu lesión no se recupera, entonces si emitirá el informe correspondiente y te llamarán del tribunal médico.
colles escribió:A mi ya me han contado de un caso que fue así. Alta por el médico del seguro y después acabó jubilado.
No dudo de lo que dices, porque la casuística puede ser muy grande con tantos como somos, pero raro es.
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Re: Duda retiro por incapacidad

Mensaje por SCAEVOLA »

Al tratarse de un tema de suma importancia les aconsejaría ponerse en contacto con personal especializado en el tema, yo en su momento para un asunto similar contacte con xxxxxxxxxxxxxxx que aparece en google y me solucionarón el problema, se ve que son especialistas en función publica y derecho militar y saben de lo que hablan.

Yo os lo aconsejo, por preguntar no perdeis nada.

Un saludo SCAEVOLA.
Última edición por sargentodehierro el Sab Ene 10, 2015 9:17 pm, editado 1 vez en total.
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