permiso de conducir civil
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permiso de conducir civil
HJola a todos, ayer despues de ir a renovar mi permiso de conducir (civil), ya que estoy jubilado desde el 2012 febrero, me informan de que no puedo renovarlo. Despues de preguntar a un sinfin de funcionarios de trafico el ultimo llama a la subjefa de trafico de orense, y esta me recibe en su despacho, y ,me explica que tengo el carnet retirado desde el 6 de febrero del 2012, (fecha de jubilacion), y me pregunta que si la guardia civil no me habia comunicado por escrito estos hechos, mostrandome el escrito, el cual salio de madrid con fecha de marzo y el que la guardia civil le remite a la citada jefatura de trafico, con entrada en marzao del 2012, a lo que le respondo que no, que nadie me ha avisado y que no he firmado ningun enterado, y que es devido a la causa de mi jubilacion ya que uno de los motivos de ella es no conducir. Esta me indica que es el tercer caso en orense, y me dice que para poder renovarlo tendria que pasar un reconocimiento medico en la seguridad social. Esto es la ostia, casi tres años sin carnat y nadie me cominica nada Esto es la Guardia civil De OURENSE, saludos ysuerte a todos
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Re: confusion permiso de conducir civil
Buenas tardes.
Canje de los permisos de conducción expedidos por la autoridad Militar o Policial
DESCRIPCIÓN:
Los permisos de conducción expedidos por las Escuelas y Organismos militares, y de las Direcciones Generales de la Guardia Civil y de la Policía podrán ser canjeados por sus equivalentes ordinarios, sin realizar pruebas de aptitud.
REQUISITOS:
Edad: Tener la edad mínima requerida para la obtención del permiso de conducción de que se trate. (Ver expedición de permisos de conducción, en el epígrafe "Requisitos", EDAD).
Tener la residencia normal en España.
No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del que se posea.
Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase del permiso o licencia que se solicite.
Que el permiso haya sido expedido por una Escuela u Organismo militar o de las Direcciones General de la Guardia Civil y de la Policía legalmente facultadas para expedir permisos canjeables y que sea de alguna de las clases expresamente previstas en la autorización de aquéllas.
Que el permiso que se pretenda canjear se encuentre en vigor y no tenga una antigüedad superior a la que corresponda por aplicación de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento General de Conductores (Ver en "Prórroga de la vigencia de los permisos y licencias de conducción" el epígrafe VIGENCIA).
Que el titular del permiso se halle en situación de actividad en el Cuerpo u Organismo militar o policial o no hayan transcurrido más de seis meses desde que cesó en la misma.
https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-m ... idad.shtml
Un saludo
polillaou escribió:HJola a todos, ayer despues de ir a renovar mi permiso de conducir (civil), ya que estoy jubilado desde el 2012 febrero, me informan de que no puedo renovarlo.
Canje de los permisos de conducción expedidos por la autoridad Militar o Policial
DESCRIPCIÓN:
Los permisos de conducción expedidos por las Escuelas y Organismos militares, y de las Direcciones Generales de la Guardia Civil y de la Policía podrán ser canjeados por sus equivalentes ordinarios, sin realizar pruebas de aptitud.
REQUISITOS:
Edad: Tener la edad mínima requerida para la obtención del permiso de conducción de que se trate. (Ver expedición de permisos de conducción, en el epígrafe "Requisitos", EDAD).
Tener la residencia normal en España.
No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del que se posea.
Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase del permiso o licencia que se solicite.
Que el permiso haya sido expedido por una Escuela u Organismo militar o de las Direcciones General de la Guardia Civil y de la Policía legalmente facultadas para expedir permisos canjeables y que sea de alguna de las clases expresamente previstas en la autorización de aquéllas.
Que el permiso que se pretenda canjear se encuentre en vigor y no tenga una antigüedad superior a la que corresponda por aplicación de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento General de Conductores (Ver en "Prórroga de la vigencia de los permisos y licencias de conducción" el epígrafe VIGENCIA).
Que el titular del permiso se halle en situación de actividad en el Cuerpo u Organismo militar o policial o no hayan transcurrido más de seis meses desde que cesó en la misma.
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Un saludo
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
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Re: confusion permiso de conducir civil
Entiendo que el compañero estaba en posesión del permiso CIVIL para conducir, ademas del permiso militar.
Entiendo que su retiro ha sido por enfermedad o discapacidad, y que entre las causas/consecuencias de dicho retiro se incluye la no aptitud para conducir vehículos a motor.
Entiendo que no se le había privado del permiso CIVIL, y que dicho permiso ha estado en vigor hasta el día de su caducidad, día en el que se solicita su renovación.
Para solicitar dicha renovación es necesario presentar un Certificado Medico expedido por un Centro Médico Autorizado, en el que deben constar las limitaciones, si es que las hay y la Aptitud si se posee.
A la vista de todo ello, corresponde a la DGT el fundamentar en derecho y por escrito la negativa a tal renovación; acto administrativo que como todos es recurrible.
En última instancia siempre queda la solución de acudir a una Autoescuela y volver a obtenerlo de nuevo, puesto que no ha sido retirado por falta o delito en la conducción.
Entiendo que su retiro ha sido por enfermedad o discapacidad, y que entre las causas/consecuencias de dicho retiro se incluye la no aptitud para conducir vehículos a motor.
Entiendo que no se le había privado del permiso CIVIL, y que dicho permiso ha estado en vigor hasta el día de su caducidad, día en el que se solicita su renovación.
Para solicitar dicha renovación es necesario presentar un Certificado Medico expedido por un Centro Médico Autorizado, en el que deben constar las limitaciones, si es que las hay y la Aptitud si se posee.
A la vista de todo ello, corresponde a la DGT el fundamentar en derecho y por escrito la negativa a tal renovación; acto administrativo que como todos es recurrible.
En última instancia siempre queda la solución de acudir a una Autoescuela y volver a obtenerlo de nuevo, puesto que no ha sido retirado por falta o delito en la conducción.
- ALEAJACTAEST1
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Re: confusion permiso de conducir civil
Buenas noches.
Gracias Francisco I..así debe ser, lo entendí exactamente como tú has leído y has respondido antes de responder con mi post, pero tenía mis serias dudas ya que el compañero está retirado fecha 2012. En fín..son cosas de la nocturnidad ; mis disculpas al Foro y al compañero que ha iniciado la pregunta y le deseo suerte en su pretensión. De nuevo gracias Francisco I.
Haber si el compañero afirma la respuesta dada por tí. Un saludo
Gracias Francisco I..así debe ser, lo entendí exactamente como tú has leído y has respondido antes de responder con mi post, pero tenía mis serias dudas ya que el compañero está retirado fecha 2012. En fín..son cosas de la nocturnidad ; mis disculpas al Foro y al compañero que ha iniciado la pregunta y le deseo suerte en su pretensión. De nuevo gracias Francisco I.
Haber si el compañero afirma la respuesta dada por tí. Un saludo
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Re: confusion permiso de conducir civil
gracias a todos, y en aclaracion la subjefa de trafico me dijo que tendria que pasar un examen medico para poder realizar la renovacion del carnet. graciasd y ya os contare
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- Sargento 1º
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Re: confusion permiso de conducir civil
Esta claro que tienes que pasar un examen o psicotecnico medico como cualquier ciudadano que le ha caducado el Permiso de conducir, y si estas apto para conducir nadie te lo podrá impedir.
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- Cabo 1º
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Re: confusion permiso de conducir civil
hola de nuevo a todos, despues de pasar el examen medico ante una inspectora de sanidad de la Xunta de Galicia, la cual me pregunto como es que estaba jubilado ya que ella no veia motivos para estarlo, esta dicto un informe faborable por dos años. En consecuencia, que es como decia yo, que la guardia civil no es nadie para retirarme el carnet civil, ahhh, y encima me ahorro el pago del sicotecnico, 60 ejajajaja.
Una aclaracion segun me enseño la subjefa de trafico que se porto muy bien, en el escrito de la G.C. de fecha 2 de febero deñ 2012 y que le fue enviado a esa jefatura y a la guardia civil de orense,tengo retirado el carnet cicvillll. acojonante, tres años y nadie me comunica nada. Bueno al final todo salio bien, bueno muy bien, saludosssss
Una aclaracion segun me enseño la subjefa de trafico que se porto muy bien, en el escrito de la G.C. de fecha 2 de febero deñ 2012 y que le fue enviado a esa jefatura y a la guardia civil de orense,tengo retirado el carnet cicvillll. acojonante, tres años y nadie me comunica nada. Bueno al final todo salio bien, bueno muy bien, saludosssss
- ALEAJACTAEST1
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Re: confusion permiso de conducir civil
Buenos días.
felicidades polillaou!!!!
A conducir ahora!!! Cuidado con la carretera que llevas un tiempo sin gastar asfalto
felicidades polillaou!!!!
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Re: confusion permiso de conducir civil
Bueno me entraron serias dudas; quien controla a quien, tú tienes una Sentencia expedida por un Tribunal en la que parece ser prohive conducir, la Guardia Civil como conocedora en primer lugar lo comunica a Jefatura de Tráfico y esta retira tu permiso de conducir; no te lo comunican porque ya por la Sentencia eres sabedor, pero sigues conduciendo como nadie te ha parado si has estado conduciendo y ha mirado si poseías Permiso de Conducción en vigor, la has estado pegando a todos y una vez mas la has pegado a la administración Jefatura de Tráfico, esta por no pedir copia de la sentencia en la que te dice que estas privado de conducir y te ha librado un documento, alegal; que de no hacer previos trámites de idoneidad actuales, dado que cualquier enfermedad puede ser reversible, te veas de nuevo capacitado para volver a poseer el Permiso de Conducir, pero siempre a través de un tribunal autorizado que anule la anterior Sentencia, esta no se anula con un simple trámite burocrático, del cual si el psicotécnico esta enterado del caso no es la persona competente para anular una Sentencia. Los problemas vendrán si por desgracia tienes un accidente grave y la compañía de Seguros mira y remira todos tus documentos con personal especializado que algunas compañías ya tienen, luego haber quien paga. El documento es o no es legal, por lo que observo ha habido engaño, no se yo, no soy quien.
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Re: confusion permiso de conducir civil
¡¡ Ya !! Y el informe favorable, por dos años, de la inspectora de Sanidad resulta que no tiene valor alguno; y el acto administrativo de la Jefatura de Tráfico concediendole el Permiso para conducir, también es un documento alegal. Aquí me parece a mí que hay demasiadas varas de medir.Xosepetal escribió:Bueno me entraron serias dudas; quien controla a quien, tú tienes una Sentencia expedida por un Tribunal en la que parece ser prohive conducir, la Guardia Civil como conocedora en primer lugar lo comunica a Jefatura de Tráfico y esta retira tu permiso de conducir; no te lo comunican porque ya por la Sentencia eres sabedor, pero sigues conduciendo como nadie te ha parado si has estado conduciendo y ha mirado si poseías Permiso de Conducción en vigor, la has estado pegando a todos y una vez mas la has pegado a la administración Jefatura de Tráfico, esta por no pedir copia de la sentencia en la que te dice que estas privado de conducir y te ha librado un documento, alegal; que de no hacer previos trámites de idoneidad actuales, dado que cualquier enfermedad puede ser reversible, te veas de nuevo capacitado para volver a poseer el Permiso de Conducir, pero siempre a través de un tribunal autorizado que anule la anterior Sentencia, esta no se anula con un simple trámite burocrático, del cual si el psicotécnico esta enterado del caso no es la persona competente para anular una Sentencia. Los problemas vendrán si por desgracia tienes un accidente grave y la compañía de Seguros mira y remira todos tus documentos con personal especializado que algunas compañías ya tienen, luego haber quien paga. El documento es o no es legal, por lo que observo ha habido engaño, no se yo, no soy quien.
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Sobre renovación permiso de conducir civil estando retirado
Supongo que se habrá tratado ya este tema, pero al no dar con el hilo correcto os quería preguntar si tras un retiro por psicología,puede haber algún impedimento para obtener la renovación del permiso de conducir
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Re: Sobre renovación permiso de conducir civil estando retir
Si un Centro Médico de Conductores expide el pertinente Certificado sin impedimentos para poder conducir, y si no existe resolución judicial en contra, nada impide poder renovar el permiso de conducir.
De ese tema se habló aquí: viewtopic.php?f=39&t=19615&hilit=Permiso+de+conducir
De ese tema se habló aquí: viewtopic.php?f=39&t=19615&hilit=Permiso+de+conducir
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Re: Sobre renovación permiso de conducir civil estando retir
Buenas tardes.-
Si el Médico te pregunta si tomas medicamentos relacionados con tu enfermedad, contéstale que no.to-ex escribió:Supongo que se habrá tratado ya este tema, pero al no dar con el hilo correcto os quería preguntar si tras un retiro por psicología,puede haber algún impedimento para obtener la renovación del permiso de conducir
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Re: Sobre renovación permiso de conducir civil estando retir
Hola Aleajacttaest1,lo cierto es que no tomo, lo que ocurre que si me entrevista sobre si he estado en tratamiento psicológico, o me refiere a si tengo grado de discapacidad por ello ahí se puede complicar pues parece ser que sólo te dan el carnet por un año...y ahí esta mi duda sobre que hacerALEAJACTAEST1 escribió:Buenas tardes.-
Si el Médico te pregunta si tomas medicamentos relacionados con tu enfermedad, contéstale que no.to-ex escribió:Supongo que se habrá tratado ya este tema, pero al no dar con el hilo correcto os quería preguntar si tras un retiro por psicología,puede haber algún impedimento para obtener la renovación del permiso de conducir
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Re: permiso de conducir civil
Buenos días.
Qué grado de discapacidad tienes? Haber...yo con un 33% me renovaron el carnet de conducir. Mi médico (mismo Centro, ya nos conocemos de anteriores revisiones, él cuenta con mi expediente de paciente, etc.) dio cuenta a Tráfico de mi enfermedad ( ojo...la primera visita que tuve con él)... y me restaron un año del BTP, de los 5 que tenía..el año pasado mi carné volvió a la "normalidad", ya nos conocíamos de otras visitas como digo al principio.-
Pero claro..yo tengo un 33%.
Un saludo
Qué grado de discapacidad tienes? Haber...yo con un 33% me renovaron el carnet de conducir. Mi médico (mismo Centro, ya nos conocemos de anteriores revisiones, él cuenta con mi expediente de paciente, etc.) dio cuenta a Tráfico de mi enfermedad ( ojo...la primera visita que tuve con él)... y me restaron un año del BTP, de los 5 que tenía..el año pasado mi carné volvió a la "normalidad", ya nos conocíamos de otras visitas como digo al principio.-
Pero claro..yo tengo un 33%.
Un saludo
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