Francisco I escribió:No se cuando os nos vamos a enterar de que las retenciones por IRPF solo son retenciones A CUENTA de dicho impuesto; que la cuenta se ajusta en el momento de presentar la Declaración anual; que el impuesto es el mismo, con independencia de lo que hayamos pagado a cuenta o no; y que lo único que cambia es el resultado de: a devolver por haber pagado de mas, o a ingresar por haber pagado de menos. Es así de simple. Yo voto porque no retengan nada, y pagar lo que corresponda en los 30 primeros días del mes de enero siguiente; pero eso sería cabrear aún mas al personal; aunque tendría un buen efecto educativo.
Saludos, si lo que dices lo entiendo, pero pregunto desde mi ignorancia ¿Y no podría ser que independientemente de lo que dices, no se dieran cuenta? Pregunta seria no lo digo en broma, dicho desde mi posición de no tener ni idea de los tejemanejes de Hacienda. Digo yo que pudiera darse el caso que digo(conozco un único caso y hablo de casi 33 años cobrando de "picoletandia", conocer muchísima gente y saber que al menos por la circunstancia que fuese, Hacienda....falló )
Un saludo.