AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
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AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Hoy se ha publicado en el BOD Núm. 87 Viernes, 5 de mayo de 2017 Sec. V. Pág. 9877:
Resolución 430/06162/17 por la que se convocan ayudas comunes de acción social para el personal militar para el año 2017.
ENLACE
Se convocan las siguientes ayudas comunes:
a) Ayudas para el estudio de los hijos.
b) Ayudas para personas con discapacidad.
c) Ayudas para la promoción profesional del personal militar.
- La cantidad destinada para el conjunto de las ayudas comunes convocadas en la presente convocatoria es de 1.749.500€ (El año pasado fueron 1.720.000€)
Un saludo
Resolución 430/06162/17 por la que se convocan ayudas comunes de acción social para el personal militar para el año 2017.
ENLACE
Se convocan las siguientes ayudas comunes:
a) Ayudas para el estudio de los hijos.
b) Ayudas para personas con discapacidad.
c) Ayudas para la promoción profesional del personal militar.
- La cantidad destinada para el conjunto de las ayudas comunes convocadas en la presente convocatoria es de 1.749.500€ (El año pasado fueron 1.720.000€)
Un saludo
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Buenos días. Por lo que leo en la convocatoria entiendo que los retirados no podemos pedir las ayudas.. Es así? Gracias
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Un saludo a todos.-
Por favor, ¿pueden descargar o poner el enlace para ver la convocatoria?, pues no tengo acceso al BOD.-
Gracias.-
Por favor, ¿pueden descargar o poner el enlace para ver la convocatoria?, pues no tengo acceso al BOD.-
Gracias.-
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Así es.Rafalinho65 escribió:Buenos días. Por lo que leo en la convocatoria entiendo que los retirados no podemos pedir las ayudas.. Es así? Gracias
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- sargentodehierro
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Enlace de descarga añadidosadiam escribió:Un saludo a todos.-
Por favor, ¿pueden descargar o poner el enlace para ver la convocatoria?, pues no tengo acceso al BOD.-
Gracias.-
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
No pueden pedirla los retirados antes del 28 de mayo de 2016.Rafalinho65 escribió:Buenos días. Por lo que leo en la convocatoria entiendo que los retirados no podemos pedir las ayudas.. Es así? Gracias
O por lo menos eso es lo que entiendo al leer la Resolución.
Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
entonces ya no somos militares profesionales? estamos en situacion administrativa de retirados, no nos han suspendido la condicion de militar
nno tengo tan claro, que no podamos pedir la ayuda
nno tengo tan claro, que no podamos pedir la ayuda
- sargentodehierro
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
El personal retirado no puede ser beneficiario de estas ayudas, al igual que en el año pasado. ya se habló de esto mismo: viewtopic.php?f=5&t=21311
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Un saludo a todos.-
Tengo dudas:
1.-Las ayudas de Defensa ¿no se pueden solicitar por el personal de la Guardia Civil?
-Tengo dudas sobre este punto pues al leer en las bases cuando dice "que se pueden pedir estas ayudas siempre que no se haya solicitado otro tipo de ayudas entre las que cita las del plan acción social Guardia Civil".- ¿...?
2.-Por otra parte el personal retirado (y también el personal viudo del personal retirado) con anterioridad al 28.05.2016 ¿no puede solicitar estas ayudas de Defensa?.-
Yo entiendo que el personal de la Guardia Civil no puede pedir este tipo de ayudas y que el personal retirado con anteriroridad a la fecha indicada tampoco, pero no sé.
Gracias por la respuestas.-
Tengo dudas:
1.-Las ayudas de Defensa ¿no se pueden solicitar por el personal de la Guardia Civil?
-Tengo dudas sobre este punto pues al leer en las bases cuando dice "que se pueden pedir estas ayudas siempre que no se haya solicitado otro tipo de ayudas entre las que cita las del plan acción social Guardia Civil".- ¿...?
2.-Por otra parte el personal retirado (y también el personal viudo del personal retirado) con anterioridad al 28.05.2016 ¿no puede solicitar estas ayudas de Defensa?.-
Yo entiendo que el personal de la Guardia Civil no puede pedir este tipo de ayudas y que el personal retirado con anteriroridad a la fecha indicada tampoco, pero no sé.
Gracias por la respuestas.-
Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
entonces por que en el apartado donde se calcula el RES, nombra a los retiradossargentodehierro escribió:El personal retirado no puede ser beneficiario de estas ayudas, al igual que en el año pasado. ya se habló de esto mismo: viewtopic.php?f=5&t=21311
"4. Las unidades familiares donde alguno de sus miembros hubiere resultado retirado o fallecido en acto
de servicio, computarán aumentando en dos (2) unidades el número de sus miembros (incluyendo al militar
fallecido en la unidad familiar)."
hago consulta a la diapaer, si contestan os pongo la respuesta
- sargentodehierro
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Puede ser por dos causas:cesar escribió: "4.Las unidades familiares donde alguno de sus miembros hubiere resultado retirado o fallecido en acto
de servicio, computarán aumentando en dos (2) unidades el número de sus miembros (incluyendo al militar
fallecido en la unidad familiar)."
hago consulta a la diapaer, si contestan os pongo la respuesta
Por ejemplo puede haber en la unidad familiar un cónyuge o hijo del beneficiario que haya pasado a retiro, pero el beneficiario esté en activo o porque el beneficiario ha pasado a retiro después del 28 de mayo de 2016.
Un saludo
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- sargentodehierro
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Estas ayudas son para el personal militar profesional, no para el personal de la GC, que tiene su propio plan de acción social. La incompatibilidad que citas viene dada porque dentro del plan de acción social de la GC, sí que incluyen como titulares de derecho de las ayudas a los miembros de las Fuerzas Armadas en situación administrativa de activo o reserva, que perciben sus haberes a través del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil, y por lo tanto no podrían compatibilizar las dos ayudas.sadiam escribió:Un saludo a todos.-
Tengo dudas:
1.-Las ayudas de Defensa ¿no se pueden solicitar por el personal de la Guardia Civil?
-Tengo dudas sobre este punto pues al leer en las bases cuando dice "que se pueden pedir estas ayudas siempre que no se haya solicitado otro tipo de ayudas entre las que cita las del plan acción social Guardia Civil".- ¿...?
2.-Por otra parte el personal retirado (y también el personal viudo del personal retirado) con anterioridad al 28.05.2016 ¿no puede solicitar estas ayudas de Defensa?.-
Yo entiendo que el personal de la Guardia Civil no puede pedir este tipo de ayudas y que el personal retirado con anteriroridad a la fecha indicada tampoco, pero no sé.
Gracias por la respuestas.-
En cuanto a dicho del personal retirado es como tú dices.
Un saludo
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
es solo `para retirados con posterioridad al 28 de mayo del 2016, me han contestado desde DIGENPER
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Gracias a todos por vuestra ayuda y en especial a Sargento de Hierro por su dedicación.-
Un saludo.-
Un saludo.-
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Re: AYUDAS ACCIÓN SOCIAL MINISDEF 2017
Hoy se ha publicado en el BOD Núm. 177 Lunes, 11 de septiembre de 2017 Sec. V. Pág. 21852:
Resolución 430/12940/17 por la que se publica en la intranet del Órgano Central del Ministerio de Defensa la relación de solicitudes pendientes de subsanación de deficiencias.
intra.mdef.es/portal/intradef/Ministerio de Defensa/Órgano Central/APOYO AL PERSONAL/Acción social del personal militar/Convocatorias de ayudas/AYUDAS COMUNES MINISDEF/2017
- Se concede un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente a esta publicación para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida. Si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, publicándose posteriormente como DENEGADAS.
Un saludo
Resolución 430/12940/17 por la que se publica en la intranet del Órgano Central del Ministerio de Defensa la relación de solicitudes pendientes de subsanación de deficiencias.
intra.mdef.es/portal/intradef/Ministerio de Defensa/Órgano Central/APOYO AL PERSONAL/Acción social del personal militar/Convocatorias de ayudas/AYUDAS COMUNES MINISDEF/2017
- Se concede un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente a esta publicación para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida. Si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, publicándose posteriormente como DENEGADAS.
Un saludo
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