Pigazo escribió:Hola estoy muy perdido en esto, si alguien me indica se lo agradezco:
Estoy retirado desde el 2006 y recientemente me han enviado un mensaje al teléfono para entrevista en el Paro con la finalidad de un contrato de conserje en el ayuntamiento por unos meses. No fui debido a que creo no podemos trabajar para organismos públicos, si me lo aclarais os lo agradezco, un saludo. Y si se pudiera trabajar ¿cuanto se descontaría de la pensión? Gracias
Hola compañero,
Si empiezas a trabajar como conserje en el ayuntamiento, dejarás de percibir tu pensión íntegra mientras estés trabajando, ya que son incompatibles.
Un saludo
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Hola perdona que te hable por aquí, pero quería preguntarte si quiero empezar a trabajar como enfermero pero aún no tengo ningún contrato puedo solicitar la compatibilidad, si la solicitó me restan dinero aunque no esté trabajando ? Muchas gracias
hola, quieres decir que tambien nos virlan la extra ??? en mi caso trabajaria para el SAS como enfermero, osea funcion publica me lo quitan todo sabeis si tb me afecta lo de la paga, aqui nadie informa nada lo que esta claro es que te quieren en tu casa jugando al mus yo pase a retiro a primero de 2010
Jesus1974 escribió:Hola perdona que te hable por aquí, pero quería preguntarte si quiero empezar a trabajar como enfermero pero aún no tengo ningún contrato puedo solicitar la compatibilidad, si la solicitó me restan dinero aunque no esté trabajando ? Muchas gracias
Puedes hacer la solicitud sin problemas, mientras no estés dado de alta no te descuentan nada de nada.
Es un jaleo enorme , yo de momento llevo dos meses currando pedí la compatibilidad finales de marzo a día de hoy se que la tengo concedida pero nada por escrito de momento cobro mis nominas de pensión normales sin ninguna penalización....más adelante ya te contaré.
Un saludo.
Jesus1974 escribió:Pero para solicitar la compatibilidad no te piden el contrato de trabajo ?
con un certificado de empresa que indique las funciones que vas a realizar y duración del contrato aproximada es suficiente, si es un contrato debe tener fecha de inicio de la actividad con tiempo suficiente a que entre en registro para que no pierdas el mes completo.
Hola,quería saber si trabajara con contratos temporales por ej del día 5al 25 de mes ,tengo que pedir la compatibilidad supongo pero me descuentan? Si fueran trabajos de este tipo siempre?
Mariana escribió: ↑Mié Dic 06, 2017 4:31 pm
Hola,quería saber si trabajara con contratos temporales por ej del día 5al 25 de mes ,tengo que pedir la compatibilidad supongo pero me descuentan? Si fueran trabajos de este tipo siempre?
Tendrías que solicitar la compatibilidad y habría descuento en tu pensión.
Un saludo
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Sobre esto he leído a compañeros que dicen que no es así.
Sería bueno que alguien que haya estado en la situación concreta nos lo aclarase con seguridad.
Un saludo.
Mariana escribió: ↑Mié Dic 06, 2017 4:31 pm
Hola,quería saber si trabajara con contratos temporales por ej del día 5al 25 de mes ,tengo que pedir la compatibilidad supongo pero me descuentan? Si fueran trabajos de este tipo siempre?
Tendrías que solicitar la compatibilidad y habría descuento en tu pensión.
Sobre esto he leído a compañeros que dicen que no es así.
Sería bueno que alguien que haya estado en la situación concreta nos lo aclarase con seguridad.
Un saludo.
Hola compañeros, creo que lo de la compatibilidad es para militares. En este caso, de la forera Mariana es PN y en nuestro caso es solo pedir una autorización solo los dos primeros años si la actividad a desarrollar es conexa a la realizada en la policía, sino no hay que pedir autorización. Ya lo detallaré mejor cuando ande con el pc. Saludos
Bugatti, lo de la compatibilidad es para todos los retirados de Clases Pasivas.
Lo que yo decía que era posible que no fuese conforme a lo que decía Sargento de Hierro, es que, si empiezas y terminas de trabajar dentro del mismo mes (5 y 25), no coincidiendo con día 1 de mes, no te descontarían nada. Lo digo porque así lo dijeron varios compañeros y porque la ley dice:
"La percepción de las pensiones afectadas por las incompatibilidades señaladas en los apartados anteriores quedará en suspenso por meses completos, desde el día primero del mes siguiente al inicio de la actividad que determina la incompatibilidad hasta el último día del mes en que se finalice, sin que ello afecte a los incrementos que deban experimentar tales pensiones, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de este texto."
Cierto Arquímedes, yo espeso hoy, he mezclado la segunda actividad con la jubilación del CNP, cuando la solicitud de compatibilidad, es como dices, es para todos los pensionistas de clases pasivas. Saludos
Buenas tardes compañeros. A ver si alguien me podría ayudar. Voy a trabajar como Arbitro de voleibol, en los recibos me retendrán IRPF, y lo ganado lo comunicaran a Hacienda. No hay contrato de por medio ni alta en la seguridad social, dicen que es una relación laboral simplemente y que no se da de alta a nadie.
Mi pregunta es, al no darse de alta en la seguridad social no sería necesario pedir la compatibilidad, verdad?. Os agradezco de antemano la ayuda. Un saludo y felices fiestas a todos.