priscon escribió: ↑Jue Nov 23, 2017 10:14 am
Por eso consultaba por si alguien sabía algo nuevo aquí en Asturias sobre este tema.
Hola, “Reconocimiento del grado de discapacidad en el Principado de Asturias, necesitas:
4. En el supuesto de pensionistas de clases pasivas:
Resolución o certificado del organismo competente (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o Ministerio de Defensa) de la situación de reconocimiento de pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Te interesa saber:
1.Reconocimiento del 33% de grado de discapacidad y solicitud de un grado superior
Los pensionistas de la Seguridad Social que cuenten con resolución de reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y los pensionistas de clases pasivas que cuenten con resolución de reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, tienen reconocido por disposición legal un grado del 33%, conforme a lo establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por la que se aprueba el texto refundido de la ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
No obstante, pueden solicitar el reconocimiento de un grado
superior al 33%, siendo de aplicación en estos supuestos para realizar la correspondiente valoración y calificación del grado los baremos vigentes en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre (BOE Nº 22, de 26 de enero de 2000)”.
Ver:
https://sede.asturias.es/portal/site/As ... tp.lang=es
Visto lo cual creo que si pasas por el Centro Base y
solicitas la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad (NO reconocimiento), aportando copias de tu DNI, certificado de Clases Pasivas de reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, y resolución del BOD, parece que te la darán.
Un saludo.