INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Real Decreto 107/2018, de 9 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, aprobado por el Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre.
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Enlace al mismo de forma que se puede ver la normativa ampliada, derogada, etc., sin necesidad de salir del documento:
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Un saludo
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- Arano
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
BOGC día 13/03/2018, varios compañeros de la GC., publicados con autorización Insignia.
Vuelvo a decir que la concesión de la misma conlleva beneficios. VER ESTE MISMO TEMA.
Saludos y felicitaciones a los mismos.
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- Arano
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Pues bien, viendo el Reglamento así como otras noticias que nos llegan, se podría decir que la Insignia de Víctimas será esta. Que fue diseñada por la Asociación Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Víctimas del Terrorismo. Para que no existan dudas en nuestras páginas amigas.
Saludos.
Saludos.
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- Arano
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Interior reformará la Ley de Víctimas.
En concreto, el departamento dirigido por Juan Ignacio Zoido pretende crear un nuevo registro de víctimas dentro de la Dirección General coordinada por Sonia Ramos, con el fin de tener una fotografía lo más fiel posible a la realidad sobre lo que recibe cada afectado en indemnización de las diferentes administraciones, qué condecoraciones se le han concedido o cómo están las causas judiciales sobre sus verdugos. "Queremos centralizar toda la información sobre las víctimas, para valorar adecuadamente sus necesidades y porque somos una ventanilla única a la que dirigirse", explican desde Interior.
Asimismo, la reforma de la ley quiere eliminar el requisito de que las víctimas tengan que ser consideradas como tales en una sentencia judicial contra quienes mataron a sus familiares. Actualmente, hay casos sin resolver con pocos visos de ver la luz al final del túnel y no parece justo que estas personas sigan sin recibir ayudas, reflexionan desde Interior. "Nos parece de justicia que reciban lo mismo que si hubiera sentencia judicial; ellas también deben ser reparadas", añaden las mismas fuentes del ministerio, que consideran que también es necesario "flexibilizar" los requisitos para ser considerado un amenazado.
Actualmente, señalan, es necesario que se demuestre que hubo reiteradas amenazas contra una persona que finalmente terminó abandonando el País Vasco para que esta sea reconocida como desplazada por esos motivos. Sin embargo, continúan, en no pocas ocasiones hay quien se fue simplemente por recibir una sola amenaza. Tenía familia y no quería ponerla en riesgo, agregan. "Queremos que baste con cartas de extorsión, la implantación de escoltas o informes de la Guardia Civil o de la policía para probar que estos desplazados lo fueron como consecuencia de la presión terrorista", explican.
El ministerio también pretende alargar los plazos para reclamar indemnizaciones e incluso, si fuera jurídicamente posible, eliminarlos. "Una víctima no se puede quedar sin ayudas porque haya pasado el tiempo y no se haya enterado", afirman desde Interior, que también baraja flexibilizar la concesión de las denominadas ayudas extraordinarias, concedidas para casos especiales que no encuadran en supuestos concretos. En la misma línea, el departamento dirigido por Zoido regulará en la reforma el apoyo psicológico, porque los daños de este tipo no siempre aparecen nada más sufrir un atentado, por ejemplo. "Hay gente que no lo necesita al principio, pero sí más adelante, cuando de repente su vida se desmorona y no saben por qué", explican las mismas fuentes.
La reforma legislativa permitirá por lo tanto que más víctimas reclamen ayudas económicas, con lo que requerirá de un presupuesto más amplio que el actual. "Esto es una prioridad para Zoido, ya veremos cómo cuadramos con Hacienda; además, hay muchas fórmulas para conseguir fondos", explican desde Interior, que ha mostrado el texto de propuesta de reforma a las asociaciones de víctimas con el fin de que estas hagan sus alegaciones o presenten nuevas propuestas de modificación de la norma o matización de las proposiciones. Las asociaciones tienen de plazo hasta el próximo 20 de abril para dar su opinión. En mayo, el ministerio organizará unas jornadas para debatir abiertamente la propuesta y de ellas saldrá el primer borrador de la reforma, explican las mismas fuentes.
Enlace:
https://www.elconfidencial.com/espana/2 ... s_1540204/
Saludos.
En concreto, el departamento dirigido por Juan Ignacio Zoido pretende crear un nuevo registro de víctimas dentro de la Dirección General coordinada por Sonia Ramos, con el fin de tener una fotografía lo más fiel posible a la realidad sobre lo que recibe cada afectado en indemnización de las diferentes administraciones, qué condecoraciones se le han concedido o cómo están las causas judiciales sobre sus verdugos. "Queremos centralizar toda la información sobre las víctimas, para valorar adecuadamente sus necesidades y porque somos una ventanilla única a la que dirigirse", explican desde Interior.
Asimismo, la reforma de la ley quiere eliminar el requisito de que las víctimas tengan que ser consideradas como tales en una sentencia judicial contra quienes mataron a sus familiares. Actualmente, hay casos sin resolver con pocos visos de ver la luz al final del túnel y no parece justo que estas personas sigan sin recibir ayudas, reflexionan desde Interior. "Nos parece de justicia que reciban lo mismo que si hubiera sentencia judicial; ellas también deben ser reparadas", añaden las mismas fuentes del ministerio, que consideran que también es necesario "flexibilizar" los requisitos para ser considerado un amenazado.
Actualmente, señalan, es necesario que se demuestre que hubo reiteradas amenazas contra una persona que finalmente terminó abandonando el País Vasco para que esta sea reconocida como desplazada por esos motivos. Sin embargo, continúan, en no pocas ocasiones hay quien se fue simplemente por recibir una sola amenaza. Tenía familia y no quería ponerla en riesgo, agregan. "Queremos que baste con cartas de extorsión, la implantación de escoltas o informes de la Guardia Civil o de la policía para probar que estos desplazados lo fueron como consecuencia de la presión terrorista", explican.
El ministerio también pretende alargar los plazos para reclamar indemnizaciones e incluso, si fuera jurídicamente posible, eliminarlos. "Una víctima no se puede quedar sin ayudas porque haya pasado el tiempo y no se haya enterado", afirman desde Interior, que también baraja flexibilizar la concesión de las denominadas ayudas extraordinarias, concedidas para casos especiales que no encuadran en supuestos concretos. En la misma línea, el departamento dirigido por Zoido regulará en la reforma el apoyo psicológico, porque los daños de este tipo no siempre aparecen nada más sufrir un atentado, por ejemplo. "Hay gente que no lo necesita al principio, pero sí más adelante, cuando de repente su vida se desmorona y no saben por qué", explican las mismas fuentes.
La reforma legislativa permitirá por lo tanto que más víctimas reclamen ayudas económicas, con lo que requerirá de un presupuesto más amplio que el actual. "Esto es una prioridad para Zoido, ya veremos cómo cuadramos con Hacienda; además, hay muchas fórmulas para conseguir fondos", explican desde Interior, que ha mostrado el texto de propuesta de reforma a las asociaciones de víctimas con el fin de que estas hagan sus alegaciones o presenten nuevas propuestas de modificación de la norma o matización de las proposiciones. Las asociaciones tienen de plazo hasta el próximo 20 de abril para dar su opinión. En mayo, el ministerio organizará unas jornadas para debatir abiertamente la propuesta y de ellas saldrá el primer borrador de la reforma, explican las mismas fuentes.
Enlace:
https://www.elconfidencial.com/espana/2 ... s_1540204/
Saludos.
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- Alferez
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- Comentario: Retirado con causa efecto de atentado terrorista...Pero siguiendo dando guerra!
Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Nada sobre conceder condecoraciones pensionadas a TODAS las víctimas procedentes de las FF.AA o de SS?
Es triste ver como compañeros con un simple parte médico de urgencias sin estar un solo día de baja se han visto recompensados con este tipo de medallas y otros con con meses de baja, pérdidas de condiciones psicofísicas que han acarreado su retiro profesional no tengan derecho a ellas porque al jefe de turno se le haya olvidado proponerte o no haya estimado que te la "mereces"!!!!
Es triste ver como compañeros con un simple parte médico de urgencias sin estar un solo día de baja se han visto recompensados con este tipo de medallas y otros con con meses de baja, pérdidas de condiciones psicofísicas que han acarreado su retiro profesional no tengan derecho a ellas porque al jefe de turno se le haya olvidado proponerte o no haya estimado que te la "mereces"!!!!
- Arano
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Tu sabes perfectamente y lo digo para conocimiento general, que se solicitó al Ministerio del Interior allá por el 2010 una modificación de nuestra Ley de concesión de medallas, todo lo que se consiguió fue la modificación del """art. 8, b) En acto de servicio o con ocasión de él, resultar muerto o con lesiones que provoquen la inutilidad permanente para el servicio sin menoscabo del honor, al afrontar un peligro manifiesto contra la propia vida""", por Orden INT/2008/2012, de 21 de septiembre, por la que se regula la Orden del Mérito de la Guardia Civil. Este artículo decía "...MUTILADO...." y en base a ello denegaban todas las concesiones; pues bien, se consigue y se solicitan, tanto la Dirección General de la Guardia Civil, como el Ministerio del Interior en última instancia deniegan las mismas y tenemos que concurrir en vía judicial, dándose la paradoja que a algunos si se concede, pero no a otros, incluso del mismo atentado, pero...... ya la paradoja final es que hay sentencias que las deniegan basándose en la normativa derogada "MUTILADO".elinfanzon escribió: ↑Mar Mar 27, 2018 3:09 pm Nada sobre conceder condecoraciones pensionadas a TODAS las víctimas procedentes de las FF.AA o de SS?
Es triste ver como compañeros con un simple parte médico de urgencias sin estar un solo día de baja se han visto recompensados con este tipo de medallas y otros con con meses de baja, pérdidas de condiciones psicofísicas que han acarreado su retiro profesional no tengan derecho a ellas porque al jefe de turno se le haya olvidado proponerte o no haya estimado que te la "mereces"!!!!
También se nos prometió y tenemos resolución del Defensor del Pueblo en el sentido que a todos los asesinados les sería cambiada la Cruz don distintivo Rojo por la de ORO de ambos Cuerpos (Policía Nacional y GC), hasta la fecha. También que a todos los incapacitados les serían concedidas las Rojas de ambos Cuerpos. Hasta la fecha. Algunos ni siquiera tienen la de su propio Cuerpo. También a los heridos, se les daría la de su propio Cuerpo. Hasta la fecha.
Y así podría estar hasta el final de los tiempos.
Promesas, cambios de legislación que no se aplican.
Saludos.
P.D. Si hay que decir en honor a la verdad que al menos nuestra Asociación Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Víctimas del Terrorismo (ACFSEVT) ha conseguido que las pensiones sean iguales para todas las víctimas; el Reglamento de la Insignia, etc. y estamos muy pendientes de la equiparación de indemnizaciones, que sean todas iguales, tanto si se conocen a los autores como no, es decir, si hay o no sentencia.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Una pregunta estúpida , la insignia al igual que la gran cruz y la encomienda viene descrita con un tratamiento especial , en este caso si no me equivoco es el de Sr.Don o Sra.Doña ... he estado mirando y en las fuerzas armadas los tratamientos salvo altos mandos y hasta coroneles y capitanes de navio están muy limitados.
Debemos comunicarlo y hacer instancia a la ministra de defensa si nuestra condecoracion posee dicho tratamiento? O seria simplemente por cumplir con el reglamento tal como viene en las reales ordenanzas de las fas? Yo soy de tropa , un saludo.
Debemos comunicarlo y hacer instancia a la ministra de defensa si nuestra condecoracion posee dicho tratamiento? O seria simplemente por cumplir con el reglamento tal como viene en las reales ordenanzas de las fas? Yo soy de tropa , un saludo.
- Arano
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
No es estúpida ni mucho menos, ese tratamiento se te da desde el mismo momento en que salgas publicado en el BOD en caso de Militares y BOGC en caso de GCs, Boletín interno en caso de PNs, etc.. Para ello tienes que solicitar la publicación de la misma, con el modelo que ya se encuentra en este mismo Post.alexei79 escribió: ↑Lun Abr 09, 2018 7:49 pm Una pregunta estúpida , la insignia al igual que la gran cruz y la encomienda viene descrita con un tratamiento especial , en este caso si no me equivoco es el de Sr.Don o Sra.Doña ... he estado mirando y en las fuerzas armadas los tratamientos salvo altos mandos y hasta coroneles y capitanes de navio están muy limitados.
Debemos comunicarlo y hacer instancia a la ministra de defensa si nuestra condecoracion posee dicho tratamiento? O seria simplemente por cumplir con el reglamento tal como viene en las reales ordenanzas de las fas? Yo soy de tropa , un saludo.
Saludos.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Hola Arano , yo la insignia ya la tengo desde casi dos años , sali publicado en el BOD , me referia a lo del tratamiento si habia que hacer otra instancia comunicandolo ya que antes la insignia a no estar desarrollado su reglamento no se sabia sus caracteristicas y lo que le pertenecia.
Un saludo
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
En ese caso amigo ALEXEI, ya tienes el tratamiento de DON. Recuerda igualmente las otras ventajas que tienes por la Insignia.alexei79 escribió: ↑Mar Abr 10, 2018 12:06 pm Hola Arano , yo la insignia ya la tengo desde casi dos años , sali publicado en el BOD , me referia a lo del tratamiento si habia que hacer otra instancia comunicandolo ya que antes la insignia a no estar desarrollado su reglamento no se sabia sus caracteristicas y lo que le pertenecia.
Un saludo
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Ley 4/2018 de 10 de abril, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE LA RIOJA
Publicado en BOLR núm. 43 de 13 de Abril de 2018
Vigencia desde 13 de Abril de 2018.
Enlace:
https://mega.nz/#!BrYkVKaZ!dZ7a8g9VlMLP ... fgca2iufKc
Saludos.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
El informe anual recoge la gestión de las actividades y actuaciones del Defensor del Pueblo llevadas a cabo a lo largo del año 2017. Fue entregado por el Defensor del Pueblo, a la presidenta del Congreso de los Diputados y al presidente del Senado el 19 de marzo de 2018.
REFERENCIAS Y RECOMENDACIONES EN RELACIÓN A V.T.
3.1 VÍCTIMAS DEL TERRORISMO
El balance del año 2017 de las actuaciones realizadas en relación con las víctimas del terrorismo se puede llevar a cabo a través del grado de aceptación de las Recomendaciones contenidas en el estudio monográfico sobre la afectación de los derechos humanos de las víctimas del terrorismo de ETA y su situación actual, que fue presentado en las Cortes Generales en diciembre de 2016 y debatido en febrero de 2017.
Las Recomendaciones en las que se recogían las conclusiones del estudio fueron remitidas a las administraciones públicas competentes a finales de 2016.
Así, de las Recomendaciones formuladas al Ministerio del Interior se continúa la actuación respecto de dos aspectos importantes. Por un lado, la aprobación de un nuevo protocolo de cooperación entre los ministerios del Interior y de Justicia, en el que se unifiquen en un único archivo todas las causas judiciales por delitos de terrorismo, y la posible reforma normativa de la vigente Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, tanto respecto a la equiparación de indemnizaciones como en lo relativo a la actualización de los plazos para el ejercicio de los derechos. Por otro lado, en lo que afecta a la creación de un Registro Oficial de Víctimas.
Las Recomendaciones formuladas al Ministerio de Justicia son igualmente objeto de seguimiento, pues las medidas de fortalecimiento de la Oficina de Atención a las Víctimas van a ser adoptadas de una manera gradual, mediante la dotación a dicha oficina de una aplicación informática específica y mejorando la formación de su personal.
Asimismo, se ha valorado la posibilidad de aprobar una relación de puestos de trabajo en el marco del proceso de constitución de la futura Oficina Judicial de la Audiencia Nacional.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación ha integrado en su acción internacional el contenido de las dos Recomendaciones formuladas, tanto a través de la actuación de España dentro del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, como en el marco del Consejo de Europa, contribuyendo a revisar las líneas maestras sobre víctimas del terrorismo aprobadas por el Consejo de Ministros de esta organización.
Asimismo, en el ámbito de la Unión Europea, España ha tenido un papel muy activo en la aprobación, en marzo de 2017, de la directiva contra el terrorismo, la cual contempla un refuerzo del papel de los derechos de las víctimas. La segunda de las Recomendaciones formuladas se recoge en la búsqueda de la mejora de la cooperación judicial internacional para el procesamiento de los terroristas de ETA prófugos de los tribunales españoles.
En el aspecto educativo, respecto del mantenimiento en el currículum educativo de la educación secundaria y el bachillerato, se trata de fomentar el respeto y consideración a las víctimas, teniendo en cuenta que en la actualidad se está negociando un Pacto de Estado de Educación en el seno de la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado. Se mantiene abierta la actuación ante el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el fin de conocer las propuestas concretas que se vayan a realizar sobre las Recomendaciones formuladas.
Por su parte, la Fiscalía General del Estado ha aceptado las dos primeras Recomendaciones formuladas de cara a intentar la depuración de responsabilidades penales en los atentados terroristas no resueltos, así como evitar su prescripción, pero no la segunda de ellas, consistente en profundizar en la aplicación del concepto de «crimen de lesa humanidad» al terrorismo de ETA, dado que el contenido de esta Recomendación según la fiscalía «reviste una enorme dificultad jurídica» (16012598, 16012600, 16012602, 16012604 y 16012605).
Otra actuación significativa en esta materia ha sido la queja formulada por un guardia civil que fue objeto del atentado cometido por la organización terrorista ETA, en la plaza de la República Dominicana de Madrid, el 14 de julio de 1986.
En el caso concreto del compareciente, se trataba de la liquidación de las cantidades a percibir inherentes a la concesión de la medalla de sufrimientos por la patria, teniendo en cuenta los días de baja derivada del atentado que figuraban en su hoja de servicios. A estos efectos, la cuantía de la pensión se calcula en virtud de los días de curación y de la gravedad de las heridas, para lo cual se requiere acta del Tribunal Médico Militar. Este tribunal había dictaminado en su momento que habían sido necesarios 77 días de curación de sus heridas. La Audiencia Nacional, ante la inicial desestimación de la concesión de la medalla, en enero de 1992 —cinco años y medio después del atentado— consideró que subsistían heridas, al menos en grado suficiente para estar en situación de baja como consecuencia del atentado del 14 de julio de 1986, lo que no se compadecía con los 77 días de curación (los determinados por el Tribunal Médico Militar en 1989), que habían sido tenidos en cuenta para la determinación de la
cuantía de la pensión (poco más de dos meses).
Esta queja ha dado lugar a la formulación de una Sugerencia tendente a revisar de oficio la liquidación de las cantidades a percibir inherentes a la concesión de la medalla de sufrimientos por la patria del interesado, teniendo en cuenta el anterior pronunciamiento judicial de fecha 1999, y demás circunstancias que acreditan un tiempo de curación muy superior al tenido en cuenta en su momento (17005198).
Exención de precios a estudiantes que tienen reconocida la condición de víctima de violencia de género
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, establecen que los precios públicos por servicios académicos para la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán fijados por la comunidad autónoma, dentro de los límites que establezca la Conferencia General de Política Universitaria.
En virtud de lo anterior, las comunidades autónomas, y en el caso de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) la Administración General del Estado, establecen anualmente los precios públicos por servicios académicos en las universidades de su territorio. Las normas que regulan los citados precios recogen también las exenciones y bonificaciones correspondientes.
La mayor parte de las universidades coincide en los términos en los que se prevén estas exenciones y a quién van dirigidas (becarios, miembros de familia numerosa, alumnado con discapacidad, víctimas de actos de terrorismo o violencia de género, etc.).
En concreto, la condición de víctima de violencia de género ha sido recogida como causa de exención del pago de precios públicos académicos en al menos diez distritos españoles (Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Comunidad Valenciana, Cataluña, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, Navarra, etc.), pero no así en las universidades de la Comunidad Autónoma de Madrid, pues ninguna de ellas recoge en sus normas propias la exención o bonificación aplicable a las matrículas de los estudiantes víctimas de violencia de género.
En el Decreto 83/2016, de 9 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen los precios públicos por servicios universitarios de esa comunidad, entre las exenciones que contempla se encuentran las aplicables a los alumnos en función de su pertenencia a diversos colectivos, como ser miembro de familia numerosa, las víctimas del terrorismo y los estudiantes con discapacidad, pero sin mención alguna a las exenciones aplicables a las víctimas de violencia de género...................
Enlace:
https://www.defensordelpueblo.es/wp-con ... estion.pdf
Saludos.
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3.1 VÍCTIMAS DEL TERRORISMO
El balance del año 2017 de las actuaciones realizadas en relación con las víctimas del terrorismo se puede llevar a cabo a través del grado de aceptación de las Recomendaciones contenidas en el estudio monográfico sobre la afectación de los derechos humanos de las víctimas del terrorismo de ETA y su situación actual, que fue presentado en las Cortes Generales en diciembre de 2016 y debatido en febrero de 2017.
Las Recomendaciones en las que se recogían las conclusiones del estudio fueron remitidas a las administraciones públicas competentes a finales de 2016.
Así, de las Recomendaciones formuladas al Ministerio del Interior se continúa la actuación respecto de dos aspectos importantes. Por un lado, la aprobación de un nuevo protocolo de cooperación entre los ministerios del Interior y de Justicia, en el que se unifiquen en un único archivo todas las causas judiciales por delitos de terrorismo, y la posible reforma normativa de la vigente Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, tanto respecto a la equiparación de indemnizaciones como en lo relativo a la actualización de los plazos para el ejercicio de los derechos. Por otro lado, en lo que afecta a la creación de un Registro Oficial de Víctimas.
Las Recomendaciones formuladas al Ministerio de Justicia son igualmente objeto de seguimiento, pues las medidas de fortalecimiento de la Oficina de Atención a las Víctimas van a ser adoptadas de una manera gradual, mediante la dotación a dicha oficina de una aplicación informática específica y mejorando la formación de su personal.
Asimismo, se ha valorado la posibilidad de aprobar una relación de puestos de trabajo en el marco del proceso de constitución de la futura Oficina Judicial de la Audiencia Nacional.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación ha integrado en su acción internacional el contenido de las dos Recomendaciones formuladas, tanto a través de la actuación de España dentro del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, como en el marco del Consejo de Europa, contribuyendo a revisar las líneas maestras sobre víctimas del terrorismo aprobadas por el Consejo de Ministros de esta organización.
Asimismo, en el ámbito de la Unión Europea, España ha tenido un papel muy activo en la aprobación, en marzo de 2017, de la directiva contra el terrorismo, la cual contempla un refuerzo del papel de los derechos de las víctimas. La segunda de las Recomendaciones formuladas se recoge en la búsqueda de la mejora de la cooperación judicial internacional para el procesamiento de los terroristas de ETA prófugos de los tribunales españoles.
En el aspecto educativo, respecto del mantenimiento en el currículum educativo de la educación secundaria y el bachillerato, se trata de fomentar el respeto y consideración a las víctimas, teniendo en cuenta que en la actualidad se está negociando un Pacto de Estado de Educación en el seno de la Comisión General de las Comunidades Autónomas del Senado. Se mantiene abierta la actuación ante el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el fin de conocer las propuestas concretas que se vayan a realizar sobre las Recomendaciones formuladas.
Por su parte, la Fiscalía General del Estado ha aceptado las dos primeras Recomendaciones formuladas de cara a intentar la depuración de responsabilidades penales en los atentados terroristas no resueltos, así como evitar su prescripción, pero no la segunda de ellas, consistente en profundizar en la aplicación del concepto de «crimen de lesa humanidad» al terrorismo de ETA, dado que el contenido de esta Recomendación según la fiscalía «reviste una enorme dificultad jurídica» (16012598, 16012600, 16012602, 16012604 y 16012605).
Otra actuación significativa en esta materia ha sido la queja formulada por un guardia civil que fue objeto del atentado cometido por la organización terrorista ETA, en la plaza de la República Dominicana de Madrid, el 14 de julio de 1986.
En el caso concreto del compareciente, se trataba de la liquidación de las cantidades a percibir inherentes a la concesión de la medalla de sufrimientos por la patria, teniendo en cuenta los días de baja derivada del atentado que figuraban en su hoja de servicios. A estos efectos, la cuantía de la pensión se calcula en virtud de los días de curación y de la gravedad de las heridas, para lo cual se requiere acta del Tribunal Médico Militar. Este tribunal había dictaminado en su momento que habían sido necesarios 77 días de curación de sus heridas. La Audiencia Nacional, ante la inicial desestimación de la concesión de la medalla, en enero de 1992 —cinco años y medio después del atentado— consideró que subsistían heridas, al menos en grado suficiente para estar en situación de baja como consecuencia del atentado del 14 de julio de 1986, lo que no se compadecía con los 77 días de curación (los determinados por el Tribunal Médico Militar en 1989), que habían sido tenidos en cuenta para la determinación de la
cuantía de la pensión (poco más de dos meses).
Esta queja ha dado lugar a la formulación de una Sugerencia tendente a revisar de oficio la liquidación de las cantidades a percibir inherentes a la concesión de la medalla de sufrimientos por la patria del interesado, teniendo en cuenta el anterior pronunciamiento judicial de fecha 1999, y demás circunstancias que acreditan un tiempo de curación muy superior al tenido en cuenta en su momento (17005198).
Exención de precios a estudiantes que tienen reconocida la condición de víctima de violencia de género
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, establecen que los precios públicos por servicios académicos para la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán fijados por la comunidad autónoma, dentro de los límites que establezca la Conferencia General de Política Universitaria.
En virtud de lo anterior, las comunidades autónomas, y en el caso de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) la Administración General del Estado, establecen anualmente los precios públicos por servicios académicos en las universidades de su territorio. Las normas que regulan los citados precios recogen también las exenciones y bonificaciones correspondientes.
La mayor parte de las universidades coincide en los términos en los que se prevén estas exenciones y a quién van dirigidas (becarios, miembros de familia numerosa, alumnado con discapacidad, víctimas de actos de terrorismo o violencia de género, etc.).
En concreto, la condición de víctima de violencia de género ha sido recogida como causa de exención del pago de precios públicos académicos en al menos diez distritos españoles (Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Comunidad Valenciana, Cataluña, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, Navarra, etc.), pero no así en las universidades de la Comunidad Autónoma de Madrid, pues ninguna de ellas recoge en sus normas propias la exención o bonificación aplicable a las matrículas de los estudiantes víctimas de violencia de género.
En el Decreto 83/2016, de 9 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen los precios públicos por servicios universitarios de esa comunidad, entre las exenciones que contempla se encuentran las aplicables a los alumnos en función de su pertenencia a diversos colectivos, como ser miembro de familia numerosa, las víctimas del terrorismo y los estudiantes con discapacidad, pero sin mención alguna a las exenciones aplicables a las víctimas de violencia de género...................
Enlace:
https://www.defensordelpueblo.es/wp-con ... estion.pdf
Saludos.
- sargentodehierro
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 114 de 10 de mayo de 2018:
Ley 4/2018, de 10 de abril, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
ENLACE BOE
Un saludo
Ley 4/2018, de 10 de abril, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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- Sargento 1º
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Según el articulo 64 de la ley 29/2011 la Insignia de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Victimas del Terrorismo contará como mérito especial para miembros de las fuerzas armadas , fcse y empleados públicos.
Yo soy militar y en mi hoja de servicios sale reflejada pero mi duda es la siguiente , me examino de permanente y la puntuan en la nota de concurso? En los cursos de ascenso ? He mirado en todas las bases de como han de regirse dichas convocatorias y en ninguna viene especificada en la parte de méritos como vienen el resto de condecoraciones(incluso extranjeras) para que te ayude en la fase de concurso.
Entonces aqui mi pregunta? De que vale redactar un articulo si nunca lo van tener en cuenta?
Alguien es militar y le ha pasado lo mismo?
Yo soy militar y en mi hoja de servicios sale reflejada pero mi duda es la siguiente , me examino de permanente y la puntuan en la nota de concurso? En los cursos de ascenso ? He mirado en todas las bases de como han de regirse dichas convocatorias y en ninguna viene especificada en la parte de méritos como vienen el resto de condecoraciones(incluso extranjeras) para que te ayude en la fase de concurso.
Entonces aqui mi pregunta? De que vale redactar un articulo si nunca lo van tener en cuenta?
Alguien es militar y le ha pasado lo mismo?
- Arano
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Mira este enlace y veras que si se debe tener en cuenta, otra cosa es como se publican, que nadie se acuerda de las Víctimas cuando esta legislado que incluso estamos exentos de tasas de exámenes y pocas, muy pocas veces lo recogen las publicaciones.alexei79 escribió: ↑Lun May 21, 2018 6:11 pm Según el articulo 64 de la ley 29/2011 la Insignia de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Victimas del Terrorismo contará como mérito especial para miembros de las fuerzas armadas , fcse y empleados públicos.
Yo soy militar y en mi hoja de servicios sale reflejada pero mi duda es la siguiente , me examino de permanente y la puntuan en la nota de concurso? En los cursos de ascenso ? He mirado en todas las bases de como han de regirse dichas convocatorias y en ninguna viene especificada en la parte de méritos como vienen el resto de condecoraciones(incluso extranjeras) para que te ayude en la fase de concurso.
Entonces aqui mi pregunta? De que vale redactar un articulo si nunca lo van tener en cuenta?
Alguien es militar y le ha pasado lo mismo?
https://mega.nz/#!A7wwVQQS!4AjF6vF2gzyw ... -Vidx2pYu0
"""La anotación de la Insginia desplegará todos los efectos como mérito en:
- Provisión de destinos.
- Evaluaciones y Clasificación.
- Procesos selectivos"""
Estos son y además en el supuesto que no te hagan caso, en el enlace tienes documentos y firmados por los máximos "jefazos", ¡¡¡ ya vale .......!!,
Es que enfado, perdón.
Saludos.