Asistencia sanitaria isfas y ss

Dudas y consultas sobre las prestaciones de ISFAS, MUFACE y MUGEJU

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josegallardo
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Asistencia sanitaria isfas y ss

Mensaje por josegallardo »

Pase a la situación de retiro por edad en julio de 2016. Al haber cotizado a clases pasivas y seguridad social a la vez opté por la pensión de clases pasivas y además tengo reconocida la pensión de la seguridad social pero no abonable por exceso. Hasta la fecha de hoy podía optar por asistencia sanitaria de isfas o seguridad social a la vez. Pero en fecha de hoy recibo notificación del inss que no tengo asistencia. Creo que debe ser un error pues he cotizado más de 30 años a la ss. Antes de reclamar alguien me puede informar?
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trasgu123
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Re: Asistencia sanitaria isfas y ss

Mensaje por trasgu123 »

Pues no parece un error. Ayer hablaba de este tema con un compañero de promocion en la misma situacion, ISFAS y S Social, al que le han mandado un atento escrito dandole baja de la S Social por tener ISFAS y ser en este sistema sus ultimas cotizaciones.

Ademas al ser de complemento te aplican el art. 3.2.b) del RDL 1/2000.
aportodas
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Re: Asistencia sanitaria isfas y ss

Mensaje por aportodas »

Buenas tardes trasgu;

Sin ánimo de rectificarte ni de que el compañero tenga en cuenta lo que expongo pues no estoy seguro.

No llego a comprender por qué se le aplicaría a este compañero para el tema de ISFAS el art 3.2.b que mencionas. Entiendo que se le aplique ese artículo pues es de aplicación para el personal que se habla en el art.52.bis de la Ley de Clases Pasivas (militares de complemento y temporales) pero..... se refiere a los que causan pensiones de inutilidad y él habla que pasó a retiro por edad. Me pierdo.....

Sácame de dudas si puedes.

Un saludo!
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trasgu123
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Re: Asistencia sanitaria isfas y ss

Mensaje por trasgu123 »

Pues si error mio por leer rapido. Nada de art. 52 bis, directamente el RDL1/2000 art. 3.2.a)
aportodas
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Re: Asistencia sanitaria isfas y ss

Mensaje por aportodas »

Ok trasgu, gracias como siempre.

Una par de dudas que me surgen:

-Me pierdo con los de complemento. ¿como pasa a retirado por edad un militar de complemento? entiendo que si dice que pasó a retiro por edad tendría que ser en ese momento permanente o de carrera ¿no?.

-En ese caso, si es así, sería retirado con derecho a ISFAS (que no se discute), pero entiendo que si también tiene reconocida pensión en Seg. Social también tendría derecho a tener asistencia sanitaria por Seg.Social (aunque no se la abonen por superar límite de pensión). Lo digo porque los militares permanentes o de carrera podéis tener ISFAS en vuestra condicion de retirados por inutilidad y a la vez si volveis a trabajar en Seg. Social también tenéis asistencia sanitaria de Seg. Social.

-¿¿¿ Al llegar a edad de jubilación sí os hacen elegir por un sistema u otro, aunque tengáis reconocidas pensiones en los dos sistemas ???

Me estoy haciendo un lío??? :?: :?:
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trasgu123
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Re: Asistencia sanitaria isfas y ss

Mensaje por trasgu123 »

Antes de la "integracion" de escalas de hace unos años, habia oficiales de la escala Activa, Especial Auxiliar y Complemento y de estos ultimos habia quienes eran permanentes y creo que llegaban a Comandante, en suboficiales tambien habia de Complemento permanentes que creo llegaban a Brigada.

Que ocurre con el derecho simultaneo a ISFAS y S Social ? Pues a lo que parece que cuando te jubilas y has trabajado en la empresa privada pero no generas derecho a pension en la S Social, esta aplica restrictivamente el RDL 1/2000 y dice que lo tuyo es ISFAS. Asi lo entiendo yo de lo que me comento hace unos dias un compañero.

Artículo 3. Campo de aplicación.

1. Quedan obligatoriamente incluidos en el campo de aplicación de este régimen especial:

a) Los militares de carrera de las Fuerzas Armadas.

b) Los militares de complemento, mientras mantengan su relación de servicios con las Fuerzas Armadas.

c) Los militares profesionales de tropa y marinería, mientras mantengan su relación de servicios con las Fuerzas Armadas.

d) Los alumnos de la enseñanza militar de formación.

e) Los militares de carrera de la Guardia Civil y los alumnos de los centros docentes de formación de dicho Cuerpo.

f) Los funcionarios civiles de Cuerpos adscritos al Ministerio de Defensa que no hayan ejercido la opción de incorporarse al Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, así como, en su caso, los funcionarios en prácticas para el ingreso en dichos Cuerpos.

g) El personal regido por el Estatuto de personal del Centro Nacional de Inteligencia.

La citada obligatoriedad se mantendrá cualquiera que sea la situación administrativa en que se encuentre el personal enumerado, salvo en los casos de excedencia en que el tiempo de permanencia no sea computable a efectos de derechos pasivos, excepto el personal que pase a esa situación por prestar servicios en el sector público que mantendrá su afiliación obligatoria a este Régimen Especial, salvo que les corresponda estar afiliados a otro Régimen de Seguridad Social.

2. También queda obligatoriamente incluido en el campo de aplicación de este régimen especial de seguridad social:

a) El personal comprendido en alguno de los apartados del número anterior que pase a retiro o jubilación.
aportodas
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Re: Asistencia sanitaria isfas y ss

Mensaje por aportodas »

trasgu123 escribió: Vie Jun 22, 2018 4:14 pm
...........

Que ocurre con el derecho simultaneo a ISFAS y S Social ? Pues a lo que parece que cuando te jubilas y has trabajado en la empresa privada pero no generas derecho a pension en la S Social, esta aplica restrictivamente el RDL 1/2000 y dice que lo tuyo es ISFAS. Asi lo entiendo yo de lo que me comento hace unos dias un compañero.

......

Pero en este caso el compañero SÍ es retirado y SÍ se le ha reconocido pensión compatible de Seg. Social también ¿no? , bien distinto es que no se la ingresen porque supera el tope de pensiones. Pensaba que si os dejan estar en ISFAS y en Seg.Social a la vez a los retirados por inutilidad cuando cotizais a Seg. Social...deberían de dejaros estar también cuando generáis la pensión de Seg. Social, auque tengáis la de clases pasivas.

Gracias por la explicación. Un saludo trasgu!! -drinks
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