Pensión a los 15 años de servicios.

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trilla86
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Pensión a los 15 años de servicios.

Mensaje por trilla86 »

Buenos días, hablando con un compañero APL, le dijo su abogado que una vez cumplido los 15 años de servicios podremos tener derecho a pensión.

Observando el RD 1186/2001, en la Disposición adicional primera. Conservación de derechos pasivos, dice que concluida la relación profesional con las Fuerzas Armadas, será de aplicación los derechos de la Disposición adicional décima del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.

Tengo dos dudas como APL con 16 años de servicios incluido en artículo 7.2 del RD 1186/2001.

¿Podré cobrar pensión si finalizo voluntariamente la relación de servicios con la FAS, teniendo 35 años de edad?

Si la pregunta anterior es positiva. ¿Podré cobrar también la indemnización que me corresponde del RD 1186/2001?

Un saludo y gracias por ayudar compañer@s.
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trasgu123
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Re: Pensión a los 15 años de servicios.

Mensaje por trasgu123 »

Los derechos pasivos son PERSONALES, no se pierden pase lo que pase y se acumulan a los cotizados en otros Regimenes de la S Social si al interesado le conviene, y se ejecutan en el momento de pase a retiro o jubilacion, bien sea por edad o por incapacidad.

Si se pasa por edad, el minimo exigido para generar derecho a pension son 15 años. Ley de Clases Pasivas, art. 29.

Eso es lo que le tenia que haber dicho el abogado.
trilla86
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Re: Pensión a los 15 años de servicios.

Mensaje por trilla86 »

Gracias por la aclaración, un saludo.
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