INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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sargentodehierro
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por sargentodehierro »

SHYRLERO escribió: Lun Mar 25, 2019 11:17 am Respecto a este tema,ahora ya sí que sí espero a lo que me diga la resolución,porque al llamar al número de teléfono de pensiones me han dicho que me corresponde indemnización y que ya lo tienen en trámite...
Saludos
Pues eso sí que es una sorpresa, teniendo en cuenta que no te incluyen dentro del ámbito de aplicación del RD 1186/2001. Mejor para tus intereses.

Un saludo
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Aliena

Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por Aliena »

Pues que putada que por unos cuantos días solo te corresponda indemnización en vez de pensión.
¿No se puede alegar nada?
saga_009
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por saga_009 »

buenos dias , buscaba a ver si alguien me podria informar sobre el nuevo real decreto y sobre sus condiciones a la hora de acogerse a el, puesto que he salido publicado con una incapacidad del 30 por ciento psicofisicas , y por lo que me dicen puedo elegir entre los dos reales decretos cual mejor me convenga , pero no tengo mucha informacion sobre el 71/2019 del 15 de febrero , lo que me han explicado es que con el real decreto del 86 es compatible con el paro y el nuevo no , no se si es asi o alguien podria confirmarmelo y donde podria consultar las cuantias tanto de pension como de indemnizacion ya que tengo derecho a elegir entre las dos .

gracias y un saludo.
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por sargentodehierro »

saga_009 escribió: Lun Jun 17, 2019 12:21 pm buenos dias , buscaba a ver si alguien me podria informar sobre el nuevo real decreto y sobre sus condiciones a la hora de acogerse a el, puesto que he salido publicado con una incapacidad del 30 por ciento psicofisicas , y por lo que me dicen puedo elegir entre los dos reales decretos cual mejor me convenga , pero no tengo mucha informacion sobre el 71/2019 del 15 de febrero , lo que me han explicado es que con el real decreto del 86 es compatible con el paro y el nuevo no , no se si es asi o alguien podria confirmarmelo y donde podria consultar las cuantias tanto de pension como de indemnizacion ya que tengo derecho a elegir entre las dos .

gracias y un saludo.
Buenas compañero,

Con tu porcentaje de discapacidad, la pensión un poco mayor con el nuevo real decreto. En cuanto a la prestación por desempleo, una misma cotización de servicios no puede dar derecho a dos prestaciones económicas, en este caso la pensión y la prestación por desempleo.

Un saludo
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por Danaerys »

sargentodehierro escribió: Jue Jun 20, 2019 8:03 am
saga_009 escribió: Lun Jun 17, 2019 12:21 pm buenos dias , buscaba a ver si alguien me podria informar sobre el nuevo real decreto y sobre sus condiciones a la hora de acogerse a el, puesto que he salido publicado con una incapacidad del 30 por ciento psicofisicas , y por lo que me dicen puedo elegir entre los dos reales decretos cual mejor me convenga , pero no tengo mucha informacion sobre el 71/2019 del 15 de febrero , lo que me han explicado es que con el real decreto del 86 es compatible con el paro y el nuevo no , no se si es asi o alguien podria confirmarmelo y donde podria consultar las cuantias tanto de pension como de indemnizacion ya que tengo derecho a elegir entre las dos .

gracias y un saludo.
Buenas compañero,

Con tu porcentaje de discapacidad, la pensión un poco mayor con el nuevo real decreto. En cuanto a la prestación por desempleo, una misma cotización de servicios no puede dar derecho a dos prestaciones económicas, en este caso la pensión y la prestación por desempleo.

Un saludo
Perdona, sargentodehierro... leyendo tu respuesta me surge una duda.
Con el nuevo RD 71/2019... ¿a mayor grado de discapacidad, mayor es la pensión?
Pensaba que era el 55 % de los haberes, te dieran un 20 o un 40 de discapacidad.
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por sargentodehierro »

Danaerys escribió: Jue Jun 20, 2019 10:52 am Perdona, sargentodehierro... leyendo tu respuesta me surge una duda.
Con el nuevo RD 71/2019... ¿a mayor grado de discapacidad, mayor es la pensión?
Pensaba que era el 55 % de los haberes, te dieran un 20 o un 40 de discapacidad.
Con el nuevo real decreto, nada tiene que ver el grado de discapacidad. En este caso le corresponde el 55% del haber regulador del grupo C2.

Con el anterior real decreto, el importe de la pensión era en función del grado de discapacidad. En este caso, le correspondía el 50% del haber regulador del grupo C2.

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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por Danaerys »

Gracias. Ya lo entendí.
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por wiki »

Buenas,

Tengo una serie de dudas :

1. Pertenezco al régimen de la seguridad social el caso de que me resolvieran el expediente por perdida de actitud psicofísica ajena a acto de servicio al ser militar temporal podría solicitar el paro ?

2.En el caso de que el caso anterior fuera que sí, si me concedieran una incapacidad permanente total podría cobrar primero el paro y luego la posible pensión de la incapacidad permanente ?

Un saludo.
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por sargentodehierro »

wiki escribió: Jue Jul 18, 2019 10:03 pm Buenas,

Tengo una serie de dudas :

1. Pertenezco al régimen de la seguridad social el caso de que me resolvieran el expediente por perdida de actitud psicofísica ajena a acto de servicio al ser militar temporal podría solicitar el paro ?

2.En el caso de que el caso anterior fuera que sí, si me concedieran una incapacidad permanente total podría cobrar primero el paro y luego la posible pensión de la incapacidad permanente ?

Un saludo.
Buenas, una misma cotización no puede generar dos prestaciones, en este caso una pensión y la prestación por desempleo.

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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por Sarqsan2 »

Buenos días SAGA_009. En relación a tus dudas con el RD/71/2019 te recomiendo, si no lo has hecho aún que lo busques en "SAN GOOGLE" y te lo descargues (no se adjuntar archivos si no lo adjuntaría). Así podrás leer y releer y salir de dudas.

En cuanto a la pensión de que te correspondería en el caso de que te apliquen este RD la cuantía sería de 785€ en 14 pagas, está cuantía se obtiene de una forma sencilla: haber regulador del grupo C2 del año en curso 19.995€ lo divides entre 100 y multiplicas por 55, el resultado lo divides entre 14 (total de pagas)

19.995 : 100 = 199. 199x55= 10.997'25:14=785€.

Ya nos contarás en qué se resuelve tu tema, y por supuesto estoy de acuerdo con SARGENTODEHIERRO. O una cosa o lo otra, sin lugar a dudas, yo en tu lugar, esperaría ya que de aplicarte este RD te compensaría notablemente. Aunque ahora estés sin prestación alguna.

Un saludo
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por wiki »

Gracias.

Buenas,

Pero por una rescisión de compromiso se puede solicitar el paro ?


Entiendo que las dos cosas a la vez no se pueden cobrar , pero podría solicitar primero cobrar el paro y una vez terminado cobrar la pensión de incapacidad ? ( Pertenezco al régimen de la seguridad social ).


Un saludo.
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por Sarqsan2 »

Hola WIKI.

No sé exactamente el tiempo máximo que tienes para solicitar a pensión correspondiente, pero según tengo entendido no haría falta ni que la solicitase, ya que te la tramitaría de oficio o al menos así lo pone en el artículo 5 del RD 71/2019:

Artículo 5. Expediente de Clases Pasivas. Emitida la resolución del Ministro de Defensa que determine la insuficiencia de condiciones psicofísicas, el Director General de Personal iniciará, de oficio, la tramitación del expediente de Clases Pasivas para determinar el derecho a pensión o indemnización que, en su caso, pudiera corresponder.

Si lo que tú solicitas es la rescisión del compromiso si puedes solicitar el paro, pero estando inmerso en un expediente por perdida de actitud psicofísica no puedes, hasta finalizar el expediente no podrías rescindir el compromiso. Y si de ese expediente resultas inútil para el servicio se te tramitaría de oficio la pensión que te corresponda.

Me he explicado bien??

Un saludo
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por sargentodehierro »

Sarqsan2 escribió: Vie Jul 19, 2019 9:07 am Buenos días SAGA_009. En relación a tus dudas con el RD/71/2019 te recomiendo, si no lo has hecho aún que lo busques en "SAN GOOGLE" y te lo descargues (no se adjuntar archivos si no lo adjuntaría). Así podrás leer y releer y salir de dudas.

En cuanto a la pensión de que te correspondería en el caso de que te apliquen este RD la cuantía sería de 785€ en 14 pagas, está cuantía se obtiene de una forma sencilla: haber regulador del grupo C2 del año en curso 19.995€ lo divides entre 100 y multiplicas por 55, el resultado lo divides entre 14 (total de pagas)

19.995 : 100 = 199. 199x55= 10.997'25:14=785€.

Ya nos contarás en qué se resuelve tu tema, y por supuesto estoy de acuerdo con SARGENTODEHIERRO. O una cosa o lo otra, sin lugar a dudas, yo en tu lugar, esperaría ya que de aplicarte este RD te compensaría notablemente. Aunque ahora estés sin prestación alguna.

Un saludo
El compañero no pertenece al régimen de clases Pasivas, por lo tanto, ese real decreto no le es de aplicación.

Un saludo
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por sargentodehierro »

Sarqsan2 escribió: Vie Jul 19, 2019 3:05 pm Si lo que tú solicitas es la rescisión del compromiso si puedes solicitar el paro


Si resuelves el compromiso a petición propia, no tienes derecho a la prestación por desempleo.

Un saludo
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Re: INSUFICIENCIA DE CONDICIONES PSICOFISICAS AJENA A ACTO DE SERVICIO

Mensaje por Sarqsan2 »

Buenas tardes SARGENTODEHIERRO.

No lo entiendo, SAGA_009 no pertenece a clases pasivas?? Es militar temporal, no?? Me he perdido en algo..... Jejejejeje

Con respecto a que si solicitas la rescisión de compromiso y puedes solicitar el paro, tiene razón el SARGENTODEHIERRO. Tendrías que estar dado de alta en otra empresa durante un tiempo, creo que era un mes ( lo digo por un compañero que tuvo que hacer esa jugada para tener derecho a la prestación por desempleo).

Un saludo
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