ducckke escribió: ↑Vie Sep 06, 2019 3:40 pm
Y seguimos. Es viernes y otra semana que se cierra si que mi documentaciom de retiro haya llegado a madrid...
Hoy hace 1 mes que la solicite, espero al menos que el/la encargad@ de rellenarla y luego irse 14 dias este cobrando bien... No sea que no pueda ni ir al cine...
Presenta de una vez por todas el escrito que te dije por privado. Ten en cuenta que ya no eres Guardia Civil a efectos de Régimen disciplinario, así que adelante y a por ellos......... Hay que quitarse de encima la "sumisión de a la orden". He dicho.
Saludos.
esta presentado desde el viernes amigo XD
Biennnn...... por esa y no otra razón se están moviendo y de forma rápida,
Presenta de una vez por todas el escrito que te dije por privado. Ten en cuenta que ya no eres Guardia Civil a efectos de Régimen disciplinario, así que adelante y a por ellos......... Hay que quitarse de encima la "sumisión de a la orden". He dicho.
Saludos.
esta presentado desde el viernes amigo XD
Biennnn...... por esa y no otra razón se están moviendo y de forma rápida,
Abrazos.
Me lo imaginaba. De todas maneras si este lunez no llega a madrid el martes voy a defensa y la curso de nuevo. Mas que nada por que si se ha perdido en correos nunca va a llegar.
Otra cosa. ¿Hay algun tipo de responsabilidad el habrr perdido una documentacion tan delicada?
Biennnn...... por esa y no otra razón se están moviendo y de forma rápida,
Abrazos.
Me lo imaginaba. De todas maneras si este lunez no llega a madrid el martes voy a defensa y la curso de nuevo. Mas que nada por que si se ha perdido en correos nunca va a llegar.
Otra cosa. ¿Hay algun tipo de responsabilidad el habrr perdido una documentacion tan delicada?
Puede existir ese tipo de responsabilidad, pero quien debe pronunciarse es un Juez. La pregunta es: ¿Merece la pena?......
Buenos días a todos. Para que tengais referencia de plazos. Respuesta de SEPEC a alegaciones de primeros de mayo.
"El evaluado presenta una pérdida de condiciones psicofísicas que le imposibilita totalmente el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo, Escala, plaza o carrera." Limitación superior al 65 %.
¿Según vuestros casos, entendeis esto como una ABSOLUTA o TOTAL, o todavía es temprano para saberlo?
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
cansadoydesesperado escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 12:31 pm
Buenos días a todos. Para que tengais referencia de plazos. Respuesta de SEPEC a alegaciones de primeros de mayo.
"El evaluado presenta una pérdida de condiciones psicofísicas que le imposibilita totalmente el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo, Escala, plaza o carrera." Limitación superior al 65 %.
¿Según vuestros casos, entendeis esto como una ABSOLUTA o TOTAL, o todavía es temprano para saberlo?
Si el retiro es para toda profesión o no viene recogido en el acta de la JMP que es la compete para darlo
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓ Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
cansadoydesesperado escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 12:31 pm
Buenos días a todos. Para que tengais referencia de plazos. Respuesta de SEPEC a alegaciones de primeros de mayo.
"El evaluado presenta una pérdida de condiciones psicofísicas que le imposibilita totalmente el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo, Escala, plaza o carrera." Limitación superior al 65 %.
¿Según vuestros casos, entendeis esto como una ABSOLUTA o TOTAL, o todavía es temprano para saberlo?
yo creo que dependerá de lo que diga el acta, en el apartado referente a ello
Correcto te tiene que venir recogido en el acta, pues yo recurrí en su dia, por tener más del 50%, y nasti de plasti me contestaron que si no venía recogido en el acta, que nada.
Yo tb creo eso. No obstante me interesaba vuestra experiencia, por si no era coincidente con mi creencia.
No, no viene nada en acta. De hecho son varias patologías y cada una de ellas de forma individual no afecta a toda profesión y oficio.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
cansadoydesesperado escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 12:31 pm
Buenos días a todos. Para que tengais referencia de plazos. Respuesta de SEPEC a alegaciones de primeros de mayo.
"El evaluado presenta una pérdida de condiciones psicofísicas que le imposibilita totalmente el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo, Escala, plaza o carrera." Limitación superior al 65 %.
¿Según vuestros casos, entendeis esto como una ABSOLUTA o TOTAL, o todavía es temprano para saberlo?
Aunque el grado de discapacidad no tiene nada que ver con la Incapacidad en sus diversos grados, en tu caso haría alegaciones para que el retiro fuera considerado como "incapacidad para toda profesión y oficio" (lo que se suele llamar absoluta).
cansadoydesesperado escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 12:31 pm
Buenos días a todos. Para que tengais referencia de plazos. Respuesta de SEPEC a alegaciones de primeros de mayo.
"El evaluado presenta una pérdida de condiciones psicofísicas que le imposibilita totalmente el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo, Escala, plaza o carrera." Limitación superior al 65 %.
¿Según vuestros casos, entendeis esto como una ABSOLUTA o TOTAL, o todavía es temprano para saberlo?
Aunque el grado de discapacidad no tiene nada que ver con la Incapacidad en sus diversos grados, en tu caso haría alegaciones para que el retiro fuera considerado como "incapacidad para toda profesión y oficio" (lo que se suele llamar absoluta).
Estoy de acuerdo con Arano, por hacer y entregar las alegaciones no pierdes nada y te quedas mas tranquilo, yo como te he dicho lo hice y no me ralentizó para nada los plazos, me comunicaron que no, pero bueno me quedé más tranquilo.
Suerte.
FRANKGC escribió: ↑Mar Sep 10, 2019 11:05 am
Estoy de acuerdo con Arano, por hacer y entregar las alegaciones no pierdes nada y te quedas mas tranquilo, yo como te he dicho lo hice y no me ralentizó para nada los plazos, me comunicaron que no, pero bueno me quedé más tranquilo.
Suerte.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
07-11-2017 Operación y Baja.
07-09-2018 Se solicita Tribunal.
20-11-2018 Paso Tribunal.
10-01-2019 Llega resolución Tribunal.
14-01-2019 Firmo resolución Tribunal.
30-01-2019 Fdo. incoación expediente.
07-02-2019 Suspensión plazo.
15-04-2019 Notificación reanudación plazo y trámite de audiencia.
28-05-2019 Entró expediente Asesoría Jurídica.
18-06-2019 Firma subsecretario Defensa.
01-07-2019 Salió de DGGC.
11-07-2019 Llegó resolución de Defensa a mi unidad. Fecha efectiva pase a retiro 18-06-2019.
29-07-2019 Publicado BOD Retiro.
30-07-2019 Arreglo documentos en Acción Social.
06-08-2019 Publicado BOGC.
08-08-2019 Recibo tarjeta de jubilado.
29-08-2019 Recojo tarjeta retirado y recibo notificación de continuar colegio huérfanos.
10-09-2019 Recibo la notificación de Retribuciones para devolver la nómina de Julio, descóntandome la parte proporcional de la extra de Diciembre.
18-09-2019 Pasaré por Clases Pasivas Hacienda Estatal para regular IRPF.