UNA VEZ PASADA LA JMP
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano
-
- Suboficial Mayor
- Mensajes: 130
- Registrado: Mié Ago 01, 2018 10:08 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Activo
UNA VEZ PASADA LA JMP
Buenas noches, una vez que se conoce el resultado de de la JMP, caso de no presentar alegaciones a JEVAL O SEPEC, realmente no se cual me corresponde, pertenezco a la armada. Suele variar mucho el informe final, con respecto al acta que emitió la JMP, gracias.
-
- Sargento 1º
- Mensajes: 56
- Registrado: Mié Jul 24, 2019 7:29 pm
- Cuerpo: Guardia Civil
- Situacion: Activo
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
Soy un novato en esto y si me equivoco que alguien me corrija. Al pertenecer al ejército te corresponde JEVAL, no suele variar el informe final respecto del acta y en caso de no estar conforme con la decisión de JEVAL esa resolución la puedes recurrir.
Edito: Acabo de darme cuenta que dices de no presentar alegaciones a JEVAL, en ese caso se resolverá según la decisión del JEVAL, que puede variar respecto del acta
Edito: Acabo de darme cuenta que dices de no presentar alegaciones a JEVAL, en ese caso se resolverá según la decisión del JEVAL, que puede variar respecto del acta
-
- Coronel
- Mensajes: 2461
- Registrado: Mar May 07, 2019 2:11 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Prohibido rendirse.
Respira hondo y continúa. - Ubicación: Sevilla
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
¿En qué quedamos?Gringopel escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 9:19 am Soy un novato en esto y si me equivoco que alguien me corrija. Al pertenecer al ejército te corresponde JEVAL, no suele variar el informe final respecto del acta y en caso de no estar conforme con la decisión de JEVAL esa resolución la puedes recurrir.
Edito: Acabo de darme cuenta que dices de no presentar alegaciones a JEVAL, en ese caso se resolverá según la decisión del JEVAL, que puede variar respecto del acta
¿Varía o no varía?
En cada párrafo dices una cosa
Última edición por Danaerys el Mié Sep 11, 2019 12:27 am, editado 1 vez en total.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
-
- Coronel
- Mensajes: 2461
- Registrado: Mar May 07, 2019 2:11 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Prohibido rendirse.
Respira hondo y continúa. - Ubicación: Sevilla
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
Lo normal es que no varíe.kikito escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 12:22 am Buenas noches, una vez que se conoce el resultado de de la JMP, caso de no presentar alegaciones a JEVAL O SEPEC, realmente no se cual me corresponde, pertenezco a la armada. Suele variar mucho el informe final, con respecto al acta que emitió la JMP, gracias.
Si lo hace, siempre será a peor. Bajar el grado de discapacidad o quitar el acto de servicio.
No es lo habitual de todas formas.
Y en cualquier caso, te darán 10 días para hacer alegaciones.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
-
- Alferez
- Mensajes: 219
- Registrado: Mié Jun 13, 2018 10:40 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
- Comentario: hola,un saludo.
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
No estoy de acuerdo con que siempre tenga que ser peor, esto no es un juego, entiendo que si las alegaciones están bien fundamentadas valdrán para algo, me parece muy atrevido decir que solo sirve para empeorar.
Un saludo.
Un saludo.
-
- Coronel
- Mensajes: 2461
- Registrado: Mar May 07, 2019 2:11 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Prohibido rendirse.
Respira hondo y continúa. - Ubicación: Sevilla
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
No has entendido...
Primero pasas la JMP y emiten un acta.
Estés de acuerdo o no, NO puedes alegar.
Ese acta va a la JEVAL, que emite la resolución y que puede o no coincidir con lo dicho por la JMP.
Esa resolución vuelve al instructor y ahí es cuando puedes alegar.
Desgraciadamente la JEVAL si puede opinar diferente a lo que pone en el acta.
Y lo normal, cuando el acta llega a ellos es que no cambien nada. Y si lo cambian, es a peor.
Otra cosa es que alegues y lo consigas si esas alegaciones están bien fundamentadas.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
-
- Alferez
- Mensajes: 214
- Registrado: Mié Jul 10, 2019 10:55 am
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
Como dice la compañera, lo "normal" (si hay algo normal en todo este proceso) es que el informe del JEVAL sea fiel reflejo al acta de la JMP. En mi caso lo fue, excepto en lo que al acto de servicio se refiere, con lo que alegue ya que el órgano que tiene potestad para dictaminar si guarda relación con el servicio las lesiones/patología/enfermedad es el órgano médico pericial del ministerio de defensa (JMP) .
Un saludo
Un saludo
A ESPAÑA SERVIR HASTA MORIR!!!!
- sargentodehierro
- Teniente General
- Mensajes: 15237
- Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: XXXIII AGBS
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
La única autoridad para resolver si es en acto de servicio o no es la Ministra de Defensa.Sarqsan2 escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 8:31 pm Como dice la compañera, lo "normal" (si hay algo normal en todo este proceso) es que el informe del JEVAL sea fiel reflejo al acta de la JMP. En mi caso lo fue, excepto en lo que al acto de servicio se refiere, con lo que alegue ya que el órgano que tiene potestad para dictaminar si guarda relación con el servicio las lesiones/patología/enfermedad es el órgano médico pericial del ministerio de defensa (JMP) .
Un saludo
Un saludo
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
-
- Alferez
- Mensajes: 214
- Registrado: Mié Jul 10, 2019 10:55 am
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
Correcto SARGENTODEHIERRO, resolver resuelve la ministra de defensa en la resolución del expediente, pero dictamina por medio de acta la JMP que es el órgano médico pericial del ministerio de defensa.sargentodehierro escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 8:56 pmLa única autoridad para resolver si es en acto de servicio o no es la Ministra de Defensa.Sarqsan2 escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 8:31 pm Como dice la compañera, lo "normal" (si hay algo normal en todo este proceso) es que el informe del JEVAL sea fiel reflejo al acta de la JMP. En mi caso lo fue, excepto en lo que al acto de servicio se refiere, con lo que alegue ya que el órgano que tiene potestad para dictaminar si guarda relación con el servicio las lesiones/patología/enfermedad es el órgano médico pericial del ministerio de defensa (JMP) .
Un saludo
Un saludo
Un saludo compañeros!!
A ESPAÑA SERVIR HASTA MORIR!!!!
- sargentodehierro
- Teniente General
- Mensajes: 15237
- Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: XXXIII AGBS
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
El dictamen de la JMPO y el informe de la JEVAL no vinculan a la Ministra a la hora de resolver. (Artículo 14.2 del RD 944/2001)
Un saludo
Un saludo
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
-
- Sargento 1º
- Mensajes: 56
- Registrado: Mié Jul 24, 2019 7:29 pm
- Cuerpo: Guardia Civil
- Situacion: Activo
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
Tienes razón lo he vuelto a leer y no me he explicado bien. Cuando me refería al informe final que no varía quería decir la resolución que se firma (secretario de defensa, ¿No?) con el dictamen que manda JEVAL. El que si puede variar respecto del acta de la JMP es el que emite JEVAL.Danaerys escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 11:48 am¿En qué quedamos?Gringopel escribió: ↑Lun Sep 09, 2019 9:19 am Soy un novato en esto y si me equivoco que alguien me corrija. Al pertenecer al ejército te corresponde JEVAL, no suele variar el informe final respecto del acta y en caso de no estar conforme con la decisión de JEVAL esa resolución la puedes recurrir.
Edito: Acabo de darme cuenta que dices de no presentar alegaciones a JEVAL, en ese caso se resolverá según la decisión del JEVAL, que puede variar respecto del acta
¿Varía o no varía?
En casa párrafo dices una cosa
¿Estoy en lo cierto? A ver si llego a oficial y voy aclarando conceptos
-
- Alferez
- Mensajes: 219
- Registrado: Mié Jun 13, 2018 10:40 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
- Comentario: hola,un saludo.
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
Buenas,
Si me salto al instructor y envío a la asesoría jurídica mis informes médicos , pasaría algo ?
El instructor no me los coge.
Y quiero enviarlos antes de poner un recurso ya que creo que se desestiman el 90%.
Alguna sugerencia?
Un saludo.
Si me salto al instructor y envío a la asesoría jurídica mis informes médicos , pasaría algo ?
El instructor no me los coge.
Y quiero enviarlos antes de poner un recurso ya que creo que se desestiman el 90%.
Alguna sugerencia?
Un saludo.
-
- Coronel
- Mensajes: 2461
- Registrado: Mar May 07, 2019 2:11 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Prohibido rendirse.
Respira hondo y continúa. - Ubicación: Sevilla
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
Tienes que hacerlo todo a través de tu instructor y no saltarte los conductos reglamentarios.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
- dmf
- Coronel
- Mensajes: 2324
- Registrado: Mié Mar 24, 2010 7:42 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
Hola, ¿que no te coge lo que le presentas?, envíalo a tu Instructor a través de tu Delegación de Defensa y quédate con una copia sellada.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BO ... 81206&tn=2
Un saludo.
-
- Alferez
- Mensajes: 219
- Registrado: Mié Jun 13, 2018 10:40 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
- Comentario: hola,un saludo.
Re: UNA VEZ PASADA LA JMP
Buenas,
No es saltarme el conducto reglamentario lo que busco , pero necesito aportar una documentación para que la reciba la asesoría jurídica. Entonces me gustaría saber si hay alguna vía legal ,reglamentaría .etc... para poder hacerlo antes de llegar al recurso de reposición.
En el caso de que el instructor no me acepte los informes médicos y me los devuelva , puedo yo enviarlos legalmente a la asesoría jurídica ?
Mi objetivo es que la asesoría pueda estudiar todos los informes médicos que poseo para que puedan decidir que hacer con la mayor objetividad posible .
Un saludo.
No es saltarme el conducto reglamentario lo que busco , pero necesito aportar una documentación para que la reciba la asesoría jurídica. Entonces me gustaría saber si hay alguna vía legal ,reglamentaría .etc... para poder hacerlo antes de llegar al recurso de reposición.
En el caso de que el instructor no me acepte los informes médicos y me los devuelva , puedo yo enviarlos legalmente a la asesoría jurídica ?
Mi objetivo es que la asesoría pueda estudiar todos los informes médicos que poseo para que puedan decidir que hacer con la mayor objetividad posible .
Un saludo.