AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Buenos dias, sí, eso lo tengo claro, pero he leido en el foro que si computan los años de la Seguridad Social con la de Clases Pasivas, solo cobras una pensión y no puedes trabajar en otra cosa aunque este no es mi caso, ya que no estoy para trabajar.
Mi duda ahora es si cuando marque en el impreso de solicitud de paga la casilla de que cobro una pensión del INSS me nieguen esa pensión, o la dejo sin marcar y que salga el solo por Antequera.
Mi duda ahora es si cuando marque en el impreso de solicitud de paga la casilla de que cobro una pensión del INSS me nieguen esa pensión, o la dejo sin marcar y que salga el solo por Antequera.
- trasgu123
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Se cobran las pensiones publicas a las que se tenga derecho y cobrar una de Clases pasivas no anula el derecho a cobrar otra reconocida por la S Social. Lo que es estado no hace es pagar por la suma de todas las pensiones, mas de el maximo que cada año marquen los Presupuestos.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Gracias, espero seguir cobrando esta pension de incapacidad total, tambien despues de los 65 años, ya que solo coticé 13 años en la seguridad social y no llego a los 15 años.
- trasgu123
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Eso ya es un asunto diferente. Deduzco que lo que cobras es una pension no contributiva por tener menos de 15 años cotizados y ese tipo me suena que tiene incompatibilidades con la percepcion de ingresos que superen XXX cuantia, en funcion de los miembros de la unidad familiar que dependan del perceptor.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Hola, es una pension contributiva de 499,50 euros en 14 pagas.
- trasgu123
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Porque no es pensión de jubilación, sino de incapacidad, seguramente laboral; para la cual no se exige tiempo de carencia.
Supongamos un trabajador de 35 años de edad, que lleva solo 10 años cotizados, cuando tiene un accidente, (del tipo que sea) que le incapacita para su profesión habitual de forma permanente; se le asigna una pensión, que es contributiva, y que no requiere de tiempos minimos cotizados. Dicha pensión no se extingue mas que por una revisión médica, que suponga el alta laboral, por fallecimiento del pensionista, o por pasar a percibir la pensión de jubilación por edad, caso de que el pensionista opte por ésta última.
Y es de suponer que el compañero JAHG, cuando le corresponda la pensión de jubilación, en su caso de retiro por Clases Pasivas, no será tan "magnánimo" de renunciar a la de Clases Pasivas para mantener la de incapacidad de la S:Social, ¿ o sí ?
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Gracias Trasgu123 y Francisco I, me he perdido un poco, perdonar mi torpeza. Estoy cobrando una pension por incapacidad total que me dieron tras 18 meses de baja laboral.
Mi expediente está para firmar por el subsecretario de defensa desde el 26 de septiembre, para un retiro (puedo trabajar en la vida civil), supongo que en un par de meses todo estará finalizado y publicado en el BOD.
¿Si me retiran en estos meses por Clases Pasivas, seguiré cobrando por la Incapacidad Total del INSS hasta los 65 años?
¿Después de los 65 años me pasaran a Pension de jubilacion procedente de Incapacidad Total, cobrando lo mismo?
En la SS el funcionario que me tocó, me lo dijo muy seguro, aunque le noté algunas dudas, me confirmó que si continuo hasta la jubilacion con la Incapacidad Total, al jubilarme pasará a ser Pensión de Jubilación, solo la dejaré de cobrar con el fallecimiento.
Gracias por anticipado por la gran labor que realizais, que no es poca, solucionando tantas dudas de otros muchos compañeros.
Mi expediente está para firmar por el subsecretario de defensa desde el 26 de septiembre, para un retiro (puedo trabajar en la vida civil), supongo que en un par de meses todo estará finalizado y publicado en el BOD.
¿Si me retiran en estos meses por Clases Pasivas, seguiré cobrando por la Incapacidad Total del INSS hasta los 65 años?
¿Después de los 65 años me pasaran a Pension de jubilacion procedente de Incapacidad Total, cobrando lo mismo?
En la SS el funcionario que me tocó, me lo dijo muy seguro, aunque le noté algunas dudas, me confirmó que si continuo hasta la jubilacion con la Incapacidad Total, al jubilarme pasará a ser Pensión de Jubilación, solo la dejaré de cobrar con el fallecimiento.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Ahora soy yo el que tiene las dudas:JAHG escribió: ↑Mar Oct 15, 2019 4:33 pm Gracias Trasgu123 y Francisco I, me he perdido un poco, perdonar mi torpeza. Estoy cobrando una pension por incapacidad total que me dieron tras 18 meses de baja laboral.
Mi expediente está para firmar por el subsecretario de defensa desde el 26 de septiembre, para un retiro (puedo trabajar en la vida civil), supongo que en un par de meses todo estará finalizado y publicado en el BOD.
¿Si me retiran en estos meses por Clases Pasivas, seguiré cobrando por la Incapacidad Total del INSS hasta los 65 años?
¿Después de los 65 años me pasaran a Pension de jubilacion procedente de Incapacidad Total, cobrando lo mismo?
En la SS el funcionario que me tocó, me lo dijo muy seguro, aunque le noté algunas dudas, me confirmó que si continuo hasta la jubilacion con la Incapacidad Total, al jubilarme pasará a ser Pensión de Jubilación, solo la dejaré de cobrar con el fallecimiento.
Gracias por anticipado por la gran labor que realizais, que no es poca, solucionando tantas dudas de otros muchos compañeros.
1º.- Esa baja laboral fue en la S. Social o en las FAS ?
2º.- Si fue en ls S. Social, por ejemplo porque estuvieras en excedencia o por estar en Reserva, porque se te ha abierto un expediente en Defensa para pase al retiro ?
Y paso a despejar las tuyas:
Si te retiran, pierdes la de incapacidad en ese mismo momento, y solo cobrarás la pensión de Clases Pasivas.
Después de los 65 años, seguirás únicamente con la pensión de Clases Pasivas, salvo que hayas acumulado un mínimo de 15 años de cotización en la S. Social, en cuyo caso cobrarías el % de pensión que te corresponada según años cotizados; pensión que sería compatible con la de retiro, hasta alcanzar la máxima establecida por ley.
Seguramente, no le explicaste bien a ese funcionario de la S.S. que pertenecias a dos Regímenes distintos y simultáneos.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Hola Francisco I, me acabas de dar un golpe de aupa si es como dices, la baja laboral fué en la Seguridad Social, y a raiz de estar mal de las manos, solicité a peticion propia abrir un expediente por perdida de aptitud psicofisica, ya que previamente me habia informado por compañeros y en asesorias que me interesaba economicamente.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Cuando trabajabas cotizando en la S. Social ¿ estabas en excedencia o en reserva ? De la respuesta dependen muchas cosas.JAHG escribió: ↑Mar Oct 15, 2019 5:13 pm Hola Francisco I, me acabas de dar un golpe de aupa si es como dices, la baja laboral fué en la Seguridad Social, y a raiz de estar mal de las manos, solicité a peticion propia abrir un expediente por perdida de aptitud psicofisica, ya que previamente me habia informado por compañeros y en asesorias que me interesaba economicamente.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Hola, estaba en la Reserva y creo que esa es la peor respuesta.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Estaba y estoy en la reserva, Francisco I, te he enviado un privado.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
Buenos dias compañero JAHG:
Ya te he contestado al privado, antes de ver éste comentario tuyo.
No entiendo en que se han basado para aconsejarte el que solicites la apertura de expediente por perdida de condiciones psicofísicas, estando en situación de Reserva. Espero que no te concedan el pase al retiro, porque perderías dinero.
Aun desconociendo desde cuando estás en Reserva, (puede que provengas de la extinta R.T.) y cual es tu empleo y edad; es verdad que en retiro se suele cobrar mas que en Reserva, y además no hay descuentos fuera del IRPF; pero en tu caso esa ganancia se evapora al perder la pensión de invalidez en S. S, que es incompatible con la de retiro en C.P. Si serian compatibles dos pensiones de incapacidad, o dos de retiro, en distintos regímenes; pero en Clases Pasivas no te van a conceder la de incapacidad, sino la de retiro; y en S. S. no puedes acogerte a la de retiro porque no tienes el minimo cotizado, 15 años.
Yo no habría solicitado la apertura de ese expediente en Defensa, con lo cual hubiera seguido cobrando la de incapacidad, junto a la nómina de Defensa, hasta los 65 años. Ahora, si te pasaran al retiro, ya sabes lo que ocurrirá.
Saludos; y espero que sirva de aviso a "navegantes".
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN
gracias, tengo propuesta de retiro.