Excendencia Agrupación Familiar

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Responder
Jaguar
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 19
Registrado: Sab Feb 23, 2019 10:35 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Activo

Excendencia Agrupación Familiar

Mensaje por Jaguar »

Buenos días,

Soy oficial (militar de carrera) sin haber cumplido los tiempo mínimos para solicitar excedencia voluntaria por interés particular.

Según Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, podría acogerme a la excedencia por agrupación ya que mi mujer es también militar de carrera pero está destinada en otra provincia y además ambos estamos destinados forzosos aunque nos casamos una vez ya nos encontrábamos en nuestros destinos forzosos.

Mi pregunta, si me acojo a esta excedencia, cuánto tiempo podría estar en esta situación? Virtualmente, se podría alargar indefinidamente, no?

Gracias
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6998
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Excendencia Agrupación Familiar

Mensaje por Francisco I »

Creo que te es de aplicación lo establecido en el artículo 110 de la L.C.M. en su Apartado 4. No requiere tiempos mínimos de servicios; la duración mínima de esa excedencia voluntaria por agrupación familiar es de dos años, y no se establecen tiempos máximos, salvo que seas de Complemento. Ya sabes como va lo del Escalafón, y como funciona el destino a la reincorporación.
Este tipo de excedencia, sin tener cumplidos los tiempos mínimos, no es un derecho; hay que solicitarlo y se te "podrá " conceder o no. Si eres de una Especialidad de las consideradas como críticas, o estas en lista para posibles misiones en el extranjero, ya puedes ahorrarte la instancia; salvo buenos contactos/agarraderas.
Jaguar
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 19
Registrado: Sab Feb 23, 2019 10:35 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Activo

Re: Excendencia Agrupación Familiar

Mensaje por Jaguar »

Por qué no iban a concedérmela si cumplo requisitos?

Es como la excedencia de cuidado de un familiar o por hijos a mi entender. Del mismo modo entiendo que si las condiciones que motivaron la excedencia no cambian, debe ser el interesado el que solicite su reincorporación sino es inposible hacer planes/conciliar la vida familiar cuando te pueden destinar cada dos por tres de manera forzosa a un sitio y a otro por 3 años. (Vacante de dos años forzosos que te amplían a 3 por que luego no te sacan ninguna plaza que puedas pedir).

Saludos
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6998
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Excendencia Agrupación Familiar

Mensaje por Francisco I »

Jaguar escribió: Mar Nov 05, 2019 6:23 pm Por qué no iban a concedérmela si cumplo requisitos?

Es como la excedencia de cuidado de un familiar o por hijos a mi entender. Del mismo modo entiendo que si las condiciones que motivaron la excedencia no cambian, debe ser el interesado el que solicite su reincorporación sino es inposible hacer planes/conciliar la vida familiar cuando te pueden destinar cada dos por tres de manera forzosa a un sitio y a otro por 3 años. (Vacante de dos años forzosos que te amplían a 3 por que luego no te sacan ninguna plaza que puedas pedir).

Saludos
Pues supongo que porque en la ley dice: " Se les podrá conceder " Así, en condicional.
Para que la reincorporación se convierta en obligatoria, tendría que pasar algo gordo; pero posible claro que es.
Hay que ver el destrozo que hicieron al cargarse los Patronatos de Viviendas, los colegios y los economatos. Han conseguido que nadie quiera moverse de donde se empieza asentar; y que uno trabaje para la hipoteca y el otro para comer. Se veían venir, las consecuencias de tanto "progresismo"
¿ Ahora son dos años el tiempo mínimo en vacante forzosa ? En mis tiempos era un año; aunque a veces, según a donde quisieras volver, te podía costar lustros, si es que lo conseguías.
Saludos.
Jaguar
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 19
Registrado: Sab Feb 23, 2019 10:35 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Activo

Re: Excendencia Agrupación Familiar

Mensaje por Jaguar »

2 años sólo para algunos afortunados....
Gracias por las respuestas Francisco!
Responder

Volver a “Personal Militar Fuerzas Armadas”