¿INICIO DEL FIN DEL SISTEMA DE CLASES PASIVAS?

Comentarios y opiniones sobre las medidas para la reforma del sistema de pensiones

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duque1
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por duque1 »

Efectivamente, desde el 1º de enero de 2011, los nuevos funcionarios no están incluidos en el Régimen de Clases Pasivas, pero seguían disfrutando de varias de las normas de este colectivo, como por ejemplo poder pasar a retiro/jubilación con 30 años de servicio, poder elegir asistencia sanitario en Cias. privadas o Seguridad Social, pasar a retiro por enfermedad ó lesión/enfermedad en acto de servicio y otras. si la intención del Gobierno es que que todo siga igual por qué el cambio?.
Otra: ¿Una vez dentro de la Seguridad Social, pagarán todos la misma cantidad por los medicamentos, y los jubilados/retirados dejarán de pagar el 30%,?. Estas son las cosas por las que hay que pelear como se dice ahora.
Un saludo.
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por duque1 »

dmf escribió: Jue Abr 23, 2020 7:36 pm
ferroripolilla escribió: Jue Abr 23, 2020 7:27 pm Y como queda lo de la asistencia médica?
Hola, ¿y que tiene que ver la asistencia sanitaria (Mutualidades "ISFAS-MUFACE-MUGEJU"), con las pensiones (Clases Pasivas)?
No mezclemos.
Un saludo.
Tiene que ver y mucho, la Seguridad Social gestiona las pensiones y la asistencia sanitaria, una vez desaparecida clases pasivas, la seguridad social se encarga de todo como no puede ser de otra manera.
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por duque1 »

Lo complicado era integrar clases pasivas en la Seguridad S., el Isfas y Mufase pueden ser integrado en cualquier momento en la Seguridad Social sin mayores problemas, es más son entidades sin pérdidas que les vendría muy bien a una Seguridad S.
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psmito
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por psmito »

trasgu123 escribió: Jue Abr 23, 2020 5:30 pm El whatsapp famoso ese tambien me llego ami.

"" De otra cosa no sabré ...pero de clases pasivas y SS por circunstancias soy un experto de lo contrario no hablaria ....las clases pasivas no computa como gasto de pensiones si no como gasto no consolidado es decir como si se invirtiera en hacer una nueva autopista o escuela . Cuando se presentan los presupuestos a Bruselas nuestro déficit no engloba un gasto en pensiones que es el de las clases pasivas dado que este figura como gasto no consolidado ..si lo transfieres a la ss se convierte de inmediato en gasto consolidado aumentado el déficit. ..y tenemos un problema nosotros cotizamos solo por el salario base y los trienios ... "".

Ya hasta ahi lei. Cuando alguien empieza diciendo "de otra cosa no sabre" y a continuacion afirma que las cotizaciones en Clases Pasivas son por el sueldo base y trienios, lo mejor es pasar a otra cosa como por ejemplo rascarse lo que uno le guste mas rascarse.
-groupwave

Gran verdad, mucho experto pero poco que realmente entiende y si entiende mezcla cosas muchas veces de manera intencionada por interes
El comunicado de UGT de unas páginas atrás mezclando clases pasivas con MUFACE , etc parecido
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por radu »

trasgu123 escribió: Vie Abr 24, 2020 3:01 pm
Firefox escribió: Vie Abr 24, 2020 1:03 pm No creo que puedan revisar las pensiones de clases pasivas por IP a los jubilados hasta ahora. Yo no se lo que se hara con los que entren con la nueva normativa. Nosotros estamos jubilados, en la seguridad social solo tienen una incapacidad permanente.
De que nueva normativa hablas ??
Buenas tardes. Eso mismo me parece.
En esta tribuna se está especulando demasiado, rozando el troleo. Hay que dejar varios puntos meridianamente claros para acotar las divagaciones e infundios:

1. A un trabajador jubilado del régimen de Clases Pasivas, no es posible -ni lo será- quitarle esa condición de oficio. Solo existe la rehabilitación en su condición a petición del mismo y en los casos de Incapacidad Permanente en sus tres grado. De haber modificaciones en esa pretendida nueva normativa referente a la igualación en todos los términos, incluyendo el carácter revisable de la prestación, con los pensionistas de Incapacidad Permanente del régimen general, no va a afectar a los ya jubilados de Clases Pasivas.
2. De haber modificaciones respecto a cuestiones reguladoras de la cuantía de la pensión, jubilación forzosa o voluntaria y todo lo demás que al respecto se viene comentando en esta tribuna desde anteayer, afectará solo a los funcionarios de Clases Pasivas que en ese momento no estén todavía jubilados. A quienes estamos jubilados de Clases Pasivas, percibiendo una pensión por el motivo que sea, nos podrán bajar, con todos lo demás, la pensión si los gobernantes lo deciden en su momento.

Si alguno de los compañeros de esta tribuna considera que estos dos puntos son rebatibles está equivocado.
Saludos.
Última edición por radu el Vie Abr 24, 2020 6:06 pm, editado 4 veces en total.
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por duncan 74 »

buenas a mi este tema me preocupa y yo preguntaría si seguirá respetando el haber regulador y los coeficientes determinados por sanidad militar para el pase a retiro y etcc, es decir los derechos pasivos consolidados de antes o si quedará criterio de la seguridad social





saludos
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por psmito »

duncan 74 escribió: Vie Abr 24, 2020 5:16 pm buenas a mi este tema me preocupa y yo preguntaría si seguirá respetando el haber regulador y los coeficientes determinados por sanidad militar para el pase a retiro y etcc, es decir los derechos pasivos consolidados de antes o si quedará criterio de la seguridad social





saludos
Pero que no ha cambiado nada

Que puede cambiar en el futuro, si, por poder puede
Lo mismo que nos puede invadir Andorra
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por pmuzca »

24 Abril 2020

ASFASPRO

Clases pasivas INSS LGSS jubilacion Pensiones
Comentarios a los cambios introducidos por el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo con referencia a las modificaciones del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado.
Como resumen general, las modificaciones introducidas por la Disposición Adicional Quinta, Sexta, Séptima y Disposición Final Primera, NO afectan a la edad de jubilación ni a la pensión que se cobra o que se cobrará, salvo que hubiera modificaciones futuras.
Las modificaciones realizadas ya estaban previstas con anterioridad, si bien han creado alarma y confusión al haber sido introducidas en un Real Decreto-ley con relación a medidas urgentes y necesarias de los temas graves que acucian al país, y ciertamente no era urgente introducir estas modificaciones ahora, si bien ya estaban previstas antes de la crisis del COVID-19, y lo que se ha cambiado -en general- es que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) asuma la gestión del Régimen de Clases Pasivas.
Tengamos en cuenta que el régimen de clases pasivas es un régimen especial de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) que se rige por su normativa especial el RD 670/1987 de Clases Pasivas del Estado. Recordemos que la LGSS ya fue modificada y en su Disposición adicional tercera se dispone la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los funcionarios públicos y de otro personal de nuevo ingreso para aquellos funcionarios / militares que ingresaran a partir del 1 de enero de 2011 estando incluidos obligatoriamente en el régimen de la seguridad social, y por lo tanto ya hubo una gran modificación a medio-largo plazo.
Lo que se ha realizado es una adaptación de la gestión, como lo es el reconocimiento de las pensiones, prestaciones, etc. donde antes lo realizaban la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda, y la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa en materia de Clases Pasivas, etc., ahora esos reconocimientos los hará el INSS, y será asesorado por sus servicios jurídicos.
En definitiva, se ha hecho un cambio de gestión, pero las pensiones, pensiones extraordinarias, pensión de viudedad, etc., continuaran calculándose de acuerdo a lo dispuesto en el régimen especial RD 670/1987, es decir NO afecta a la cuantía de las pensiones. No modifica la jubilación voluntaria ni el sistema de cálculo ni las características de las pensiones. Tampoco afecta a las competencias de la Sanidad Militar y a la resolución de los expedientes por perdidas de aptitud psicofísica, cuyos dictámenes son vinculantes para el INSS. Todo continua igual.
Con referencia al art. 47.2 y el concepto de “hecho causante” como consecuencia del servicio bien por accidente o enfermedad, éste NO varía, seguirá siendo competente el Ministerio de Defensa en la determinación de la naturaleza de acto de servicio, pero su decisión será vinculante para el INSS que será quien la conceda.
En conclusión, lo que pueda suceder en el futuro es imposible saberlo, pero al día de la fecha el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, ha modificado el órgano de gestión, por lo demás todo continua igual.
Gabinete Jurídico de ASFASPRO.
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por pmuzca »

AUME, bienes ha decir lo mismo.
ACIME igual
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por trasgu123 »

Unos cuantos post anteriores esta dicho lo mismo y de forma mas resumida.

Puestos a invadir yo prefiero que nos invada Monaco. Mucho mas glamour.
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por radu »

koalakoala escribió: Vie Abr 24, 2020 12:08 pm A mi lo que me preocupa es ....
Pueden entonces
REVISAR LAS PENSIONES DE LOS DE CLASES PASIVAS?
O si has sido jubilado por incapacidad permanente no lo pueden hacer?
Buenas tardes.

1.Señora, usted resulta cargante.
0. Me preocupa lo mío y lo de los demás compañeros de esta tribuna.
2.Usted no lleva mucho tiempo jubilada por Incapacidad Permanente Total.
3.Es de dudar que esté recuperada de sus enfermedad en este tiempo. De serlo, me alegro mucho.
4. De estar curada, ¿qué miedo tiene a la revisión, sea apta, reintegrándose en su puesto de trabajo?
5. De no estar curada ¿qué miedo tiene a la revisión y que siga cobrando la pensión?
6. Mientras que un miembro, que demuestre conocimientos mayores a los míos en esta tribuna, no me desmienta - estando, por mi parte, agradecido a su intervención-, toda norma que pueda salir de nuestros legisladores de equipar/asimilar/ integrar a los funcionarios de las Clases Pasivas del Estado en el Régimen General de la Seguridad Social en lo que concierne al reconocimiento, revisión y consecuencias de las Incapacidades Permanentes no puede ser aplicada con retroactividad en todo Estado de Derecho donde existan las consabidas garantías jurídicas, dada la naturaleza de nuestros derechos.Las novedades futuribles, en eso serán de aplicación a los funcionario que sigan en su desempeño laboral en el momento de la promulgación. De ser que, en un tiempo futuro, España adoptara una Constitución política de tipo bolivariano, no sé decir si podría ocurrir lo que plantea, por puro desconocimiento.

Saludos
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por peluman »

radu escribió: Vie Abr 24, 2020 6:31 pm
koalakoala escribió: Vie Abr 24, 2020 12:08 pm A mi lo que me preocupa es ....
Pueden entonces
REVISAR LAS PENSIONES DE LOS DE CLASES PASIVAS?
O si has sido jubilado por incapacidad permanente no lo pueden hacer?
Buenas tardes.

1.Señora, usted resulta cargante.
0. Me preocupa lo mío y lo de los demás compañeros de esta tribuna.
2.Usted no lleva mucho tiempo jubilada por Incapacidad Permanente Total.
3.Es de dudar que esté recuperada de sus enfermedad en este tiempo. De serlo, me alegro mucho.
4. De estar curada, ¿qué miedo tiene a la revisión, sea apta, reintegrándose en su puesto de trabajo?
5. De no estar curada ¿qué miedo tiene a la revisión y que siga cobrando la pensión?
6. Mientras que un miembro, que demuestre conocimientos mayores a los míos en esta tribuna, no me desmienta - estando, por mi parte, agradecido a su intervención-, toda norma que pueda salir de nuestros legisladores de equipar/asimilar/ integrar a los funcionarios de las Clases Pasivas del Estado en el Régimen General de la Seguridad Social en lo que concierne al reconocimiento, revisión y consecuencias de las Incapacidades Permanentes no puede ser aplicada con retroactividad en todo Estado de Derecho donde existan las consabidas garantías jurídicas, dada la naturaleza de nuestros derechos.Las novedades futuribles, en eso serán de aplicación a los funcionario que sigan en su desempeño laboral en el momento de la promulgación. De ser que, en un tiempo futuro, España adoptara una Constitución política de tipo bolivariano, no sé decir si podría ocurrir lo que plantea, por puro desconocimiento.

Saludos
No quito ni una coma........... Creo que es hora de dejar de hacer especulaciones que no conducen a nada y solo perjudican a todos, empiezo por aplicarme el cuento. El que esté en condiciones de aportar algo por conocimiento de causa, está bien que lo exponga, pero creo que debemos dejar la bola de cristal para otros asuntos. De momento lo que hay es lo que hay y eso es fácil de entender leyéndose el Decreto Ley. El que quiera flagelarse que lo haga por su cuenta pero creo que no es necesario ni oportuno que lo haga aquí. Me parece lo justo que en el hilo intervengan aquellos que estén en disposición de aportar algo relevante sobre el tema para evitar el desconcierto que se está generando. Como siempre, es una opinión personal sin ánimo de ofender a nadie.
Gracias y un saludo a todos.
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por radu »

peluman escribió: Vie Abr 24, 2020 7:23 pm
radu escribió: Vie Abr 24, 2020 6:31 pm
koalakoala escribió: Vie Abr 24, 2020 12:08 pm A mi lo que me preocupa es ....
Pueden entonces
REVISAR LAS PENSIONES DE LOS DE CLASES PASIVAS?
O si has sido jubilado por incapacidad permanente no lo pueden hacer?
Buenas tardes.

1.Señora, usted resulta cargante.
0. Me preocupa lo mío y lo de los demás compañeros de esta tribuna.
2.Usted no lleva mucho tiempo jubilada por Incapacidad Permanente Total.
3.Es de dudar que esté recuperada de sus enfermedad en este tiempo. De serlo, me alegro mucho.
4. De estar curada, ¿qué miedo tiene a la revisión, sea apta, reintegrándose en su puesto de trabajo?
5. De no estar curada ¿qué miedo tiene a la revisión y que siga cobrando la pensión?
6. Mientras que un miembro, que demuestre conocimientos mayores a los míos en esta tribuna, no me desmienta - estando, por mi parte, agradecido a su intervención-, toda norma que pueda salir de nuestros legisladores de equipar/asimilar/ integrar a los funcionarios de las Clases Pasivas del Estado en el Régimen General de la Seguridad Social en lo que concierne al reconocimiento, revisión y consecuencias de las Incapacidades Permanentes no puede ser aplicada con retroactividad en todo Estado de Derecho donde existan las consabidas garantías jurídicas, dada la naturaleza de nuestros derechos.Las novedades futuribles, en eso serán de aplicación a los funcionario que sigan en su desempeño laboral en el momento de la promulgación. De ser que, en un tiempo futuro, España adoptara una Constitución política de tipo bolivariano, no sé decir si podría ocurrir lo que plantea, por puro desconocimiento.

Saludos
No quito ni una coma........... Creo que es hora de dejar de hacer especulaciones que no conducen a nada y solo perjudican a todos, empiezo por aplicarme el cuento. El que esté en condiciones de aportar algo por conocimiento de causa, está bien que lo exponga, pero creo que debemos dejar la bola de cristal para otros asuntos. De momento lo que hay es lo que hay y eso es fácil de entender leyéndose el Decreto Ley. El que quiera flagelarse que lo haga por su cuenta pero creo que no es necesario ni oportuno que lo haga aquí. Me parece lo justo que en el hilo intervengan aquellos que estén en disposición de aportar algo relevante sobre el tema para evitar el desconcierto que se está generando. Como siempre, es una opinión personal sin ánimo de ofender a nadie.
trasgu123 escribió: Vie Abr 24, 2020 3:01 pm
Firefox escribió: Vie Abr 24, 2020 1:03 pm No creo que puedan revisar las pensiones de clases pasivas por IP a los jubilados hasta ahora. Yo no se lo que se hara con los que entren con la nueva normativa. Nosotros estamos jubilados, en la seguridad social solo tienen una incapacidad permanente.
De que nueva normativa hablas ??
Buenas tardes. Eso mismo me parece.
En esta tribuna se está especulando demasiado, rozando el troleo. Hay que dejar varios puntos meridianamente claros para acotar las divagaciones e infundios:

1. A un trabajador jubilado del régimen de Clases Pasivas, no es posible -ni lo será- quitarle esa condición de oficio. Solo existe la rehabilitación en su condición a petición del mismo y en los casos de Incapacidad Permanente en sus tres grado. De haber modificaciones en esa pretendida nueva normativa referente a la igualación en todos los términos, incluyendo el carácter revisable de la prestación, con los pensionistas de Incapacidad Permanente del régimen general, no va a afectar a los ya jubilados de Clases Pasivas.
2. De haber modificaciones respecto a cuestiones reguladoras de la cuantía de la pensión, jubilación forzosa o voluntaria y todo lo demás que al respecto se viene comentando en esta tribuna desde anteayer, afectará solo a los funcionarios de Clases Pasivas que en ese momento no estén todavía jubilados. A quienes estamos jubilados de Clases Pasivas, percibiendo una pensión por el motivo que sea, nos podrán bajar, con todos lo demás, la pensión si los gobernantes lo deciden en su momento.

Si alguno de los compañeros de esta tribuna considera que estos dos puntos son rebatibles está equivocado.
Saludos.
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por josarg1 »

radu escribió: Vie Abr 24, 2020 7:46 pm
peluman escribió: Vie Abr 24, 2020 7:23 pm
radu escribió: Vie Abr 24, 2020 6:31 pm

Buenas tardes.

1.Señora, usted resulta cargante.
0. Me preocupa lo mío y lo de los demás compañeros de esta tribuna.
2.Usted no lleva mucho tiempo jubilada por Incapacidad Permanente Total.
3.Es de dudar que esté recuperada de sus enfermedad en este tiempo. De serlo, me alegro mucho.
4. De estar curada, ¿qué miedo tiene a la revisión, sea apta, reintegrándose en su puesto de trabajo?
5. De no estar curada ¿qué miedo tiene a la revisión y que siga cobrando la pensión?
6. Mientras que un miembro, que demuestre conocimientos mayores a los míos en esta tribuna, no me desmienta - estando, por mi parte, agradecido a su intervención-, toda norma que pueda salir de nuestros legisladores de equipar/asimilar/ integrar a los funcionarios de las Clases Pasivas del Estado en el Régimen General de la Seguridad Social en lo que concierne al reconocimiento, revisión y consecuencias de las Incapacidades Permanentes no puede ser aplicada con retroactividad en todo Estado de Derecho donde existan las consabidas garantías jurídicas, dada la naturaleza de nuestros derechos.Las novedades futuribles, en eso serán de aplicación a los funcionario que sigan en su desempeño laboral en el momento de la promulgación. De ser que, en un tiempo futuro, España adoptara una Constitución política de tipo bolivariano, no sé decir si podría ocurrir lo que plantea, por puro desconocimiento.

Saludos
No quito ni una coma........... Creo que es hora de dejar de hacer especulaciones que no conducen a nada y solo perjudican a todos, empiezo por aplicarme el cuento. El que esté en condiciones de aportar algo por conocimiento de causa, está bien que lo exponga, pero creo que debemos dejar la bola de cristal para otros asuntos. De momento lo que hay es lo que hay y eso es fácil de entender leyéndose el Decreto Ley. El que quiera flagelarse que lo haga por su cuenta pero creo que no es necesario ni oportuno que lo haga aquí. Me parece lo justo que en el hilo intervengan aquellos que estén en disposición de aportar algo relevante sobre el tema para evitar el desconcierto que se está generando. Como siempre, es una opinión personal sin ánimo de ofender a nadie.
trasgu123 escribió: Vie Abr 24, 2020 3:01 pm
Firefox escribió: Vie Abr 24, 2020 1:03 pm No creo que puedan revisar las pensiones de clases pasivas por IP a los jubilados hasta ahora. Yo no se lo que se hara con los que entren con la nueva normativa. Nosotros estamos jubilados, en la seguridad social solo tienen una incapacidad permanente.
De que nueva normativa hablas ??
Buenas tardes. Eso mismo me parece.
En esta tribuna se está especulando demasiado, rozando el troleo. Hay que dejar varios puntos meridianamente claros para acotar las divagaciones e infundios:

1. A un trabajador jubilado del régimen de Clases Pasivas, no es posible -ni lo será- quitarle esa condición de oficio. Solo existe la rehabilitación en su condición a petición del mismo y en los casos de Incapacidad Permanente en sus tres grado. De haber modificaciones en esa pretendida nueva normativa referente a la igualación en todos los términos, incluyendo el carácter revisable de la prestación, con los pensionistas de Incapacidad Permanente del régimen general, no va a afectar a los ya jubilados de Clases Pasivas.
2. De haber modificaciones respecto a cuestiones reguladoras de la cuantía de la pensión, jubilación forzosa o voluntaria y todo lo demás que al respecto se viene comentando en esta tribuna desde anteayer, afectará solo a los funcionarios de Clases Pasivas que en ese momento no estén todavía jubilados. A quienes estamos jubilados de Clases Pasivas, percibiendo una pensión por el motivo que sea, nos podrán bajar, con todos lo demás, la pensión si los gobernantes lo deciden en su momento.

Si alguno de los compañeros de esta tribuna considera que estos dos puntos son rebatibles está equivocado.
Saludos.
Incluso me atrevería a decir que quien pertenezca a Clases Pasivas... si llegado ese momento está en activo... se le seguiría aplicando lo vigente ahora mismo. Creo que (vuelvo a repetir) llegados a esa situación... quién pudiera tener más papepeltas para salir mal son aquellos que ingresaron a partir de 2011. (Hablo en modo cuñado)
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Re: ¿Será el inicio del fin del sistema de Clases Pasivas del Estado?

Mensaje por Redfenix »

Buenas, viendo el revuelo de estos dias, y esta noticia

https://www.20minutos.es/noticia/423755 ... cionarios/

¿Significa que las jubilaciones por causas médicas seguiran igual? o sea que si llevas 20 años de servicio te dejant el 100%?
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