sobre pensión de viudedad
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sobre pensión de viudedad
alguno de uds, podría informarme de cual es porcentaje del haber regulador para una viuda, pues algunos me dicen el 50%, otros el 52% y lo ultimo el 54%, quien tiene la razón?. gracias
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Re: sobre pensión de viudedad
Todos y ninguno. Depende de varias circunstancias. A dia de hoy ésto es lo que hay:
La cuantía de la pensión de viudedad es el 50 por 100 de la base reguladora, o el 25 por 100 en el supuesto de que el causante de los derechos hubiera fallecido tras haber sido declarado inutilizado en acto de servicio o como consecuencia del mismo y de haberse señalado en su favor la correspondiente pensión extraordinaria
No obstante, desde 1 de agosto de 2018 el porcentaje será del 54 por 100 o el 27 por 100, cuando en la persona beneficiaria concurran simultáneamente y en todo momento, los siguientes requisitos:
Haber cumplido una edad igual o superior a 65 años.
No tener derecho a otra pensión pública española o extranjera. El citado incremento será compatible con aquellas pensiones públicas, ya sean españolas o extranjeras, cuya cuantía no exceda del importe del mismo. En estos supuestos, el incremento de la pensión de viudedad se abonará exclusivamente por la diferencia entre la cuantía de éste y la de la pensión percibida por el beneficiario.
No percibir ingresos por la realización de un trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
No percibir rendimientos del capital, de actividades económicas o ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que en cómputo anual superen el límite de ingresos establecido en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad.
A partir de 1 de enero de 2019 el porcentaje aplicable a la base reguladora será del el 58 por 100 y el 29 por 100, si se cumplen y se mantienen las condiciones anteriores.
- sargentodehierro
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Re: sobre pensión de viudedad
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