Duda tras sentencia judicial
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
-
- Cabo 1º
- Mensajes: 23
- Registrado: Jue Dic 07, 2017 8:47 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Duda tras sentencia judicial
Buenas noches , me gustaría saber si podríais solventarse una duda :
No hace mucho salio publicado en el BOD la resolución de mi compromiso por perdida de aptitudes psicofísicas . Esta situación fue decretada en cumplimiento de sentencia judicial del contencioso administrativo en el que se anulaba el dictamen médico que previamente me otorgaba un apl4 y se me reconocía el derecho a ser decretado el coeficiente 5 .
Dicha sentencia , pese a reflejar a lo largo de la misma que hubo varios errores de baremo en el cálculo de mis patologías, % y que la lesión fue fruto de un acto concreto y tangible posterior a mi ingreso en las ffaa ( aunque no laboral , hubo perito judicial que avaló mis lesiones ) , en su conclusión final no entraba a valorar mi %(25% mínimo según el perito) pues no les competía . Me reconocía el derecho a ser reconocido como coeficiente 5 y pase a retiro o resolución del compromiso . Mi duda es : en el informe de la junta médica anulado , si me reconocía el derecho a acogerme al artículo que regula la indemnización. Pero no he recibido aún ningún dictamen te médico nuevo por parte de la JMP que recoja correctamente mis patologías . Simplemente salío publicada la resolución del compromiso. Cuanto tardan en comunicarme dicho informe por parte de la JMP ( al ser accidente concreto me correspondería una indemnización en base la porcentaje de discapacidad tengo entendido .
Espero que se me entienda bien
Gracias de antemano y un saludo
No hace mucho salio publicado en el BOD la resolución de mi compromiso por perdida de aptitudes psicofísicas . Esta situación fue decretada en cumplimiento de sentencia judicial del contencioso administrativo en el que se anulaba el dictamen médico que previamente me otorgaba un apl4 y se me reconocía el derecho a ser decretado el coeficiente 5 .
Dicha sentencia , pese a reflejar a lo largo de la misma que hubo varios errores de baremo en el cálculo de mis patologías, % y que la lesión fue fruto de un acto concreto y tangible posterior a mi ingreso en las ffaa ( aunque no laboral , hubo perito judicial que avaló mis lesiones ) , en su conclusión final no entraba a valorar mi %(25% mínimo según el perito) pues no les competía . Me reconocía el derecho a ser reconocido como coeficiente 5 y pase a retiro o resolución del compromiso . Mi duda es : en el informe de la junta médica anulado , si me reconocía el derecho a acogerme al artículo que regula la indemnización. Pero no he recibido aún ningún dictamen te médico nuevo por parte de la JMP que recoja correctamente mis patologías . Simplemente salío publicada la resolución del compromiso. Cuanto tardan en comunicarme dicho informe por parte de la JMP ( al ser accidente concreto me correspondería una indemnización en base la porcentaje de discapacidad tengo entendido .
Espero que se me entienda bien
Gracias de antemano y un saludo
-
- Subteniente
- Mensajes: 83
- Registrado: Jue Oct 22, 2020 2:30 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: Duda tras sentencia judicial
Buenas noches según he podido interpretar yo la ley, si es pérdida de condición Psicofísica para realizar el trabajo habitual te correspondería una pensión ordinaria del 55% del haber regulador.
-
- Cabo 1º
- Mensajes: 23
- Registrado: Jue Dic 07, 2017 8:47 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: Duda tras sentencia judicial
Muchas gracias miguelcla, ese será el paso dos , por ahora me conformo con saber si es normal que salga publicado como pérdida de condiciones psicofísicas sin haber recibido un nuevo dictamen por parte de la JMPO ( Si el antiguo quedó anulado por la sentencia digo yo que tendrán que haber redactado un nuevo dictamen médico que sustente la resolución de la Ministra de Defensa no?)hay algún teléfono al que pudiese llamar a ver si me entero de algo ?Buenas noches según he podido interpretar yo la ley, si es pérdida de condición Psicofísica para realizar el trabajo habitual te correspondería una pensión ordinaria del 55% del haber regulador
-
- Cabo 1º
- Mensajes: 23
- Registrado: Jue Dic 07, 2017 8:47 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: Duda tras sentencia judicial
Alguien que pueda asesorarme un poco por favor ?
- Danaerys
- Coronel
- Mensajes: 2505
- Registrado: Mar May 07, 2019 2:11 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Prohibido rendirse.
Respira hondo y continúa. - Ubicación: Sevilla
Re: Duda tras sentencia judicial
Lo de la pensión depende de si cuando salió la resolución de APL 4 había entrado en vigor el RD 71/2019.
Si se rigen por el anterior, es indemnización y resolución de compromiso, no pensión.
Para la pensión creo que tenían que darte el 25 % de discapacidad, pero dices que el perito no se ha metido en eso, algo que a mi parecer, si lo que pretendes es una pensión, era lo más importante.
A ver si los veteranos te ayudan más.
Si se rigen por el anterior, es indemnización y resolución de compromiso, no pensión.
Para la pensión creo que tenían que darte el 25 % de discapacidad, pero dices que el perito no se ha metido en eso, algo que a mi parecer, si lo que pretendes es una pensión, era lo más importante.
A ver si los veteranos te ayudan más.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Re: Duda tras sentencia judicial
Hola. Como bien dices, el juez no habló de tu %. En la explicación que te da el juez para no entrar en tu % está el camino que debes seguir. Nadie te va a dar un Acta nueva. Se publica la sentencia en el BOD y punto final. Tú debes dar el siguiente paso.Saludo
-
- Cabo 1º
- Mensajes: 23
- Registrado: Jue Dic 07, 2017 8:47 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: Duda tras sentencia judicial
Buenos días y gracias por contestar. Indagaré a ver qué pasos tengo que dar ahora , hoy me paso por la subdelegación .ya pondré que me dicen ellos al respectosucusu escribió: ↑Mar Oct 27, 2020 6:25 pm Hola. Como bien dices, el juez no habló de tu %. En la explicación que te da el juez para no entrar en tu % está el camino que debes seguir. Nadie te va a dar un Acta nueva. Se publica la sentencia en el BOD y punto final. Tú debes dar el siguiente paso.Saludo
Muchas gracias!
-
- Cabo 1º
- Mensajes: 23
- Registrado: Jue Dic 07, 2017 8:47 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: Duda tras sentencia judicial
Gracias por atenderme . Eso que comentas me genera también duda . Lo primero decir que , siento si no fui claro en mi post inicial, el perito judicial si que dijo en su informe que mínimo , según las tablas de baremo ( que hay un apartado que describe mi patología al dedillo) me correspondería un 25%. De lo que me comentas de que fuera previo al RD 71/2019 ... El acta a " corregir" fue efectivamente previa , del 2018. Pero me genera duda si me podría acoger o no al RD porque esa acta quedó anulada por la sentencia al ser disconforme a derecho . Así que entendí que la nueva barmenaciónbque debiesen hacerme es a fecha actual no ? O corrigen con carácter retroactivo la del 2018?Danaerys escribió: ↑Mar Oct 27, 2020 3:31 pm Lo de la pensión depende de si cuando salió la resolución de APL 4 había entrado en vigor el RD 71/2019.
Si se rigen por el anterior, es indemnización y resolución de compromiso, no pensión.
Para la pensión creo que tenían que darte el 25 % de discapacidad, pero dices que el perito no se ha metido en eso, algo que a mi parecer, si lo que pretendes es una pensión, era lo más importante.
A ver si los veteranos te ayudan más.
Muchas gracias y un saludo
-
- Alferez
- Mensajes: 280
- Registrado: Lun Jul 15, 2019 12:25 am
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: Duda tras sentencia judicial
Yo pienso que podrás acogerte al más favorable ya que así lo marca la ley.
- Arano
- INMEMORIAM
- Mensajes: 7236
- Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:29 am
- Cuerpo: Guardia Civil
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Retirado Acto de Servicio, causa efecto con Atentado Terrorista.
- Ubicación: Pamplona
Re: Duda tras sentencia judicial
La Sentencia marcará a lo que tienes o no derecho y en todo caso, si que puedes solicitar una "aclaración de Sentencia" por parte de tu abogado.
Saludos.
Saludos.
-
- Cabo 1º
- Mensajes: 23
- Registrado: Jue Dic 07, 2017 8:47 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: Duda tras sentencia judicial
Gracias Arano, entiendo que si tengo derecho a que se me reconozcan bien mis patologías y a que se me valoren en su medida. Así que a por ello iré .
Un saludo !
-
- Cabo 1º
- Mensajes: 23
- Registrado: Jue Dic 07, 2017 8:47 pm
- Cuerpo: Militar Temporal
- Situacion: Activo
Re: Duda tras sentencia judicial
Una cosa más , Arano. Hoy he estado en la subdelegación y me han dado un formulario para la solicitud de indemnización por perdida de condiciones psicofísicas...
He estado mirando el hilo que tenéis al respecto y veo que no es la misma que la de la solicitud de pensión .
La he liado mucho al tramitarlo ?
- Arano
- INMEMORIAM
- Mensajes: 7236
- Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:29 am
- Cuerpo: Guardia Civil
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Retirado Acto de Servicio, causa efecto con Atentado Terrorista.
- Ubicación: Pamplona
Re: Duda tras sentencia judicial
EURIPIDES, tal y como te comente anteriormente tienes que ver la Sentencia en su totalidad, no solo el fallo de la misma, también sus argumentos jurídicos y fundamentos, lo que allí te ponga es lo que te corresponde. Decirte que a veces las Administraciones tardan en hacer efectiva las Sentencias, es por ello que tu abogado deberá instar el cumplimiento de la misma en todas sus partes, pasado un tiempo prudencial (UN MES) desde la firmeza de la misma.
En relación al formulario que has rellenado, no te puedo decir nada, supongo que será el correcto y hayan cambiado.
Saludos.
En relación al formulario que has rellenado, no te puedo decir nada, supongo que será el correcto y hayan cambiado.
Saludos.
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15699
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: Duda tras sentencia judicial
Lo que NO se pide en la demanda, NO sale en la sentencia.
Si lo que se pide en la demanda es que es un 5 y no un 4, asi a palo seco, y se gana, pues es lo que se obtiene. NI mas, ni menos.
Si lo que se pide en la demanda es una nueva valoracion por la JMPO, en la pueden entrar nuevas patologias que incrementan el % de incapacidad que da lugar a pasar a Retiro, y se gana, pues lo que se obtiene es volver a pasar por la JMPO y que se haga nueva valoracion.
Sin ver EXACTAMENTE lo que se pidio en la demanda, poco mas hay que comentar.
Si lo que se pide en la demanda es que es un 5 y no un 4, asi a palo seco, y se gana, pues es lo que se obtiene. NI mas, ni menos.
Si lo que se pide en la demanda es una nueva valoracion por la JMPO, en la pueden entrar nuevas patologias que incrementan el % de incapacidad que da lugar a pasar a Retiro, y se gana, pues lo que se obtiene es volver a pasar por la JMPO y que se haga nueva valoracion.
Sin ver EXACTAMENTE lo que se pidio en la demanda, poco mas hay que comentar.
- Arano
- INMEMORIAM
- Mensajes: 7236
- Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:29 am
- Cuerpo: Guardia Civil
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Retirado Acto de Servicio, causa efecto con Atentado Terrorista.
- Ubicación: Pamplona
Re: Duda tras sentencia judicial
Cierto, los jueces no dan mas de lo que se pide y siempre que sea razonado y abalado por informes. Y a veces aún estando razonado y abalado, ni siquiera eso. Las Sentencias hay que leer en su totalidad.trasgu123 escribió: ↑Jue Oct 29, 2020 7:39 pm Lo que NO se pide en la demanda, NO sale en la sentencia.
Si lo que se pide en la demanda es que es un 5 y no un 4, asi a palo seco, y se gana, pues es lo que se obtiene. NI mas, ni menos.
Si lo que se pide en la demanda es una nueva valoracion por la JMPO, en la pueden entrar nuevas patologias que incrementan el % de incapacidad que da lugar a pasar a Retiro, y se gana, pues lo que se obtiene es volver a pasar por la JMPO y que se haga nueva valoracion.
Sin ver EXACTAMENTE lo que se pidio en la demanda, poco mas hay que comentar.
Creo que este tema ya esta aclarado.
Saludos.