SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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elcalvario
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por elcalvario »

zuku escribió: Sab Mar 06, 2021 1:44 am Tienes toda la razón, pero recurre fuera de plazo que marca la Ley y verás por donde se pasan esa sentencia :lol: :lol: :lol:

Tendrás razón si hay sentencias de que el derecho te asiste, ¿ y por qué no modifican la Ley, conforme a las sentencias ?

Tienes el claro ejemplo en lo que hace Clases Pasivas cuando solicitas la exención del IRPF, te deniegan las peticiones con unas leyes que ya no están en vigor, con sentencias que no cumplen y ya para mear y no echar gota añaden párrafos a los artículos de las Leyes actuales.

Te pongo un ejemplo.

Rentas exentas Ley 35/2006

Art. 7(g) Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiera sido causa de aquéllas inhabilitara por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio (BOE)

Clases Pasivas dice: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.g) de la Ley 35/2006 citada anteriormente, para declarar la pensión exenta del IRPF es necesario que la lesión o enfermedad que inhabilita a su perceptor para toda profesión u oficio
debe concurrir al tiempo de jubilación o retiro

Como verás se inventan ellos la Ley :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Con todo esto digo que si te pasas de los plazos aunque haya otras sentencias que te lo permitan, tendrás que defender tus derechos en un juzgado y no siempre merece la pena

Hola GRAN ZUKU. Efectivamente es como bien tu dices eso mismo me contesto Clases Pasivas pero Gracias a tu ayuda conseguí la EXENCION DEL IRFP. Saludos -hi
elcalvario
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por elcalvario »

vicent3221 escribió: Sab Mar 06, 2021 3:50 pm hola buenas tardes,muchas gracias a Zuku y Remedios por vuestra ayuda. he entrado en el enlace de agravamiento en isfas y me salen 4 folios a rellenar, creo que mejor ire a isfas y a ver ellos que dicen. os dire algo la semana que viene cuando vaya.
gracias y un abrazo
Hola te informo que a mi me lo rellenaron todo el proceso en el ISFAS y ellos mismo lo remiten a la Junta Medico Pericial y en el plazo de UN MES A DOS MESES te citaran para que vallas a la JMP. Saludos -hi
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por vicent3221 »

hola el calvario, gracias por tu informacion, imagino que eso debera de ser dependiente del funcionario de turno.el lunes llamo a isfas antes de ir y lo dejo aclarado, me refiero a si me lo hacen o tengo que ir ya con todo rellenado de casa.tened en cuenta que para mi todo esto es nuevo, llevo mas de 20 años retirado y me cuesta un poco ponerme al dia. muchas gracias por vuestra colaboracion. un saludo cordial
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por remedios »

Lo más rápido es solicitar la revisión del grado de incapacidad por el ISFAS. Si no quieres llevar la solicitud rellena, te ayudarán allí, no creo que haya problemas.

Si has descargado la solicitud de la web puedes ver que solo son tus datos habituales, todo muy simple de rellenar.
La solicitud consta de dos páginas principalmente, las otras tres que te aparecen en la web son autorizaciones por la Ley de protección de datos.

Que no se te olvide de tildar (marcar) la opción "Solicitud de revisión del grado de incapacidad" y la opción " Pensión por inutilidad para el servicio".
La segunda opción es para cobrar la pensión de inutilidad que da el ISFAS si finalmente te dan la absoluta.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por vicent3221 »

muchas gracias remedios por tu contestacion. varias cositas queria comentarte. viendo la solicitud observo que hay 5 paginas. en alguna de ellas me piden un monton de datos sobre fechas y criterios medicos. todo eso debo llevarlo tambien?me refiero a fecha de retiro, orden de retiro, fechas de dictamen pericial, etc etc.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por vicent3221 »

perdon remedios , se me olvidaba, la opcion de tildar la pension por incapacidad del isfas ,aun teniendo la absoluta, en el caso de tener pension extraordinaria y llegar al tope de pension creo que ya no tienes derecho a ella. cierto?
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por ayudantedesantaclaus »

Hola!! Muy buenas!!!
Perdonad el retraso en contestar y en explicar como fue mi caso. Paso a resumir:
Jubilado por incapacidad Permanente Total en el 2012 y al tener menos de 20 años de servicio se me redujo la pensión en el máximo, es decir un 25%. En el 2016, ante en empeoramiento de mi situación física, solicite la revisión por agravamiento, determinando, en mayo del 2016, el EVI que estaba incapacitado para todo profesión u oficio. Transcurridos unos meses y gracias a Zuku y su información y ayuda,empezó el periplo, con una primera solicitud ante Clases Pasivas realizada en octubre del 2016, la cual fue denegada por los motivos que ya todos conocemos "“Dado que el reconocimiento del Grado de Invalidez Absoluta por agravamiento de la enfermedad o lesión que motivó su pase a jubilado, es posterior a la fecha de efectos de su pensión de Jubilación por incapacidad de Clases Pasivas, esta pensión de Jubilación seguirá sujeta a I.R.P.F.”.
Una vez denegada, realicé el correspondiente recurso de reposición en noviembre del 2016, que también es desestimado en mayo de 2017 con el mismo motivo. Ese mismo mayo interpongo la Reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Central.
Y desde junio de 2017 que se me notifica la entrada de la reclamación en el TEAC, hasta noviembre de 2020 no se nada de dicha reclamación. Sabía que eran lentos, pero reconozco que según pasaban los años, la paciencia iba restando y luego cuando vi aquí que reclamaciones presentadas en fechas posteriores se resolvían y la mía no, pues ya me puse a ver que podía hacer. Así que en junio del 2020 presente una queja en el defensor del pueblo, que me admitieron y creo que gracias a ello el TEAC resolvió en noviembre de 2020 con esta escueta frase: "ESTIMANDO la presente reclamación, anulando el acto impugnado". Por supuesto los fundamentos de derecho son mas extensos. Si os parece bien, le paso la resolución a Zuku por privado para que la comparta en el foro.
Posteriormente, en diciembre de 2020 se me notifica dicha resolución del TEAC. En ese momento procedo a comunicárselo vía registro electrónico a Clases Pasivas y a Hacienda. Así mismo realizo una rectificación de la declaración del IRPF del año 2019. En enero de 2020 la Agencia Tributaria realiza tres "ACUERDO DE RESOLUCIÓN RECTIFICACION DE AUTOLIQUIDACIÓN" por los años 2016, 2017 y 2018. De esos tres años, el 2016 y el 2017 me los realizan incorrectamente, y por ello presento ambos recursos de reposición que me resolvieron a mi favor en menos de 10 días. La declaración del 2019 aún sigue en tramite.
Perdón si he soltado un rollo muy grande, pero no me resulta fácil resumir tantos años. Si os surge cualquier duda sobre lo que he contado, pues no dudéis en preguntarme.
Gracias por todo vuestro apoyo y en especial a Zuku, sin él esto no hubiera ni siquiera empezado.
Saludos
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por zuku »

remedios escribió: Sab Mar 06, 2021 2:33 pm Y lo de Clases Pasivas es de juzgado de guardia, los oficiales de servicio que son los que firman las resoluciones solo se dedican a copiar, pegar y dar siempre la misma respuesta (y por eso cobran, jeje). Lo que ya no sé que pasaría si ellos pasaran por la misma situación de incapacidad..., posiblemente ya no aplicarían el mismo criterio. En enfoque sería distinto, no me cabe la menor duda.

La burrocracia que conocemos es muy lenta e ineficaz. De principio, siempre te quitan la razón y después de muchos años de lucha y gastándote el dinero puedes conseguir algo, si tienes suerte y no te mueres antes!!!, porque en otros con casos idénticos no lo consiguen.
Si buscas en san Jujel, lo que hace Clases Pasivas cuando contesta puede ser un delito de Prevaricación de funcionario público, habría que denunciar en el juzgado al que firma el escrito y se inventa la Ley a su antojo
SI HACEMOS CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB, AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por zuku »

vicent3221 escribió: Sab Mar 06, 2021 8:43 pm perdon remedios , se me olvidaba, la opcion de tildar la pension por incapacidad del isfas ,aun teniendo la absoluta, en el caso de tener pension extraordinaria y llegar al tope de pension creo que ya no tienes derecho a ella. cierto?
Efectivamente, esa prestación es complementaria para alcanzar el 100% de la pensión que te correspondería en tu grupo, con un minimo del 7%, si tienes reconocida la pensión por acto de servicio o una extraordinaria por terrorismo, no te darán nada
SI HACEMOS CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB, AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por remedios »

zuku escribió: Sab Mar 06, 2021 10:37 pm
remedios escribió: Sab Mar 06, 2021 2:33 pm Y lo de Clases Pasivas es de juzgado de guardia, los oficiales de servicio que son los que firman las resoluciones solo se dedican a copiar, pegar y dar siempre la misma respuesta (y por eso cobran, jeje). Lo que ya no sé que pasaría si ellos pasaran por la misma situación de incapacidad..., posiblemente ya no aplicarían el mismo criterio. En enfoque sería distinto, no me cabe la menor duda.

La burrocracia que conocemos es muy lenta e ineficaz. De principio, siempre te quitan la razón y después de muchos años de lucha y gastándote el dinero puedes conseguir algo, si tienes suerte y no te mueres antes!!!, porque en otros con casos idénticos no lo consiguen.
Si buscas en san Jujel, lo que hace Clases Pasivas cuando contesta puede ser un delito de Prevaricación de funcionario público, habría que denunciar en el juzgado al que firma el escrito y se inventa la Ley a su antojo
Pues lo miraré Zuku..., está claro que algún tipo de responsabilidad deben tener esos funcionarios ante la Ley, pues actúan de mala fé sabiendo de antemano de la interpretación que finalmente adopta el TEAC en sus resoluciones; sin olvidar las sentencias de algunos tribunales superiores y el criterio adoptado también por el TC. En fin, la pena es que el ciudadano de a pié sea el que tenga que demostrar todo esto a base de perder su Salud, tiempo y dinero. De vergüenza!!! -angry2
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por remedios »

zuku escribió: Sab Mar 06, 2021 10:47 pm
vicent3221 escribió: Sab Mar 06, 2021 8:43 pm perdon remedios , se me olvidaba, la opcion de tildar la pension por incapacidad del isfas ,aun teniendo la absoluta, en el caso de tener pension extraordinaria y llegar al tope de pension creo que ya no tienes derecho a ella. cierto?
Efectivamente, esa prestación es complementaria para alcanzar el 100% de la pensión que te correspondería en tu grupo, con un minimo del 7%, si tienes reconocida la pensión por acto de servicio o una extraordinaria por terrorismo, no te darán nada
Te la minoran a cero euros ya que llegas al límite de la pensión máxima aprobada por los presupuestos generales del Estado. La cosa cambiaría si algún día eliminaran esa limitación impuesta desde tiempos de Felipe González y de dudosa legalidad.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por elcalvario »

vicent3221 escribió: Sab Mar 06, 2021 8:43 pm perdon remedios , se me olvidaba, la opcion de tildar la pension por incapacidad del isfas ,aun teniendo la absoluta, en el caso de tener pension extraordinaria y llegar al tope de pension creo que ya no tienes derecho a ella. cierto?


Hola te comento mi caso, me reconocen la pensión del ISFAS, con 135e todos los meses y me la reducen a O porque estoy retirado en Acto de Servicio y cobro la pensión máxima, por ese motivo no me la pagan. Saludos -hi
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por elcalvario »

remedios escribió: Sab Mar 06, 2021 8:29 pm Lo más rápido es solicitar la revisión del grado de incapacidad por el ISFAS. Si no quieres llevar la solicitud rellena, te ayudarán allí, no creo que haya problemas.

Si has descargado la solicitud de la web puedes ver que solo son tus datos habituales, todo muy simple de rellenar.
La solicitud consta de dos páginas principalmente, las otras tres que te aparecen en la web son autorizaciones por la Ley de protección de datos.

Que no se te olvide de tildar (marcar) la opción "Solicitud de revisión del grado de incapacidad" y la opción " Pensión por inutilidad para el servicio".
La segunda opción es para cobrar la pensión de inutilidad que da el ISFAS si finalmente te dan la absoluta.
Hola el ISFAS te la reconoce y después te la reduce a O lo se por experiencia vivida, me la conceden con 135e para todos los meses y como mi retiro es en Acto de Servicio me la reducen a 0 porque estoy cobrando la paga máxima. Saludos -hi
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por remedios »

elcalvario escribió: Dom Mar 07, 2021 12:40 am
remedios escribió: Sab Mar 06, 2021 8:29 pm Lo más rápido es solicitar la revisión del grado de incapacidad por el ISFAS. Si no quieres llevar la solicitud rellena, te ayudarán allí, no creo que haya problemas.

Si has descargado la solicitud de la web puedes ver que solo son tus datos habituales, todo muy simple de rellenar.
La solicitud consta de dos páginas principalmente, las otras tres que te aparecen en la web son autorizaciones por la Ley de protección de datos.

Que no se te olvide de tildar (marcar) la opción "Solicitud de revisión del grado de incapacidad" y la opción " Pensión por inutilidad para el servicio".
La segunda opción es para cobrar la pensión de inutilidad que da el ISFAS si finalmente te dan la absoluta.
Hola el ISFAS te la reconoce y después te la reduce a O lo se por experiencia vivida, me la conceden con 135e para todos los meses y como mi retiro es en Acto de Servicio me la reducen a 0 porque estoy cobrando la paga máxima. Saludos -hi
Así es el calvario, al cobrar la pensión máxima te la minoran a cero mientras la tengas limitada.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

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vicent3221 escribió: Sab Mar 06, 2021 8:40 pm muchas gracias remedios por tu contestacion. varias cositas queria comentarte. viendo la solicitud observo que hay 5 paginas. en alguna de ellas me piden un monton de datos sobre fechas y criterios medicos. todo eso debo llevarlo tambien?me refiero a fecha de retiro, orden de retiro, fechas de dictamen pericial, etc etc.
Lleva una fotocopia del acta de la JMP donde te resolvieron la incapacidad permanente total y te llevó a la situación de retiro. Ahí te viene el número, fecha del dictamen médico y la JMP correspondiente.
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