Accidente de circulacion en ACTO DE SERVICIO.

Dudas y preguntas entre militares retirados en Acto de Servicio y retiros poer edad

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elcalvario
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Accidente de circulacion en ACTO DE SERVICIO.

Mensaje por elcalvario »

Muy buenas, sufri accidente de circulacion de trafico,en el mes de Agosto y en el mes de Noviembre empiezo a tratamiento psiquiatria y con psicologo,mi baja es por las lesiones corporales de una extremidad superior,ya que al quedarme una limitacion importante de movilidad,estoy con tratamiento psicologico,mi pregunta es me pueden relacionar la psicologica con el retiro en ACTO DE SERVICIO,a un que en mi parte de baja que yo presente es por fractura de huesos.o igual me abren expediente por condiciones psicofisica por los dos casos,en fin no se como resolveran en la JMP,espero que algun forero me aconseje lo mejor que pueda ya que son casos un poco complicadillos.Saludos. :roll:
ROBOTULL
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Re: Accidente de circulacion en ACTO DE SERVICIO.

Mensaje por ROBOTULL »

Hola, siento lo del accidente y espero que te recuperes lo mejor y antes posible. De momento, por lo que comentas y mi experiencia personal, lo mas seguro es que si te pidiesen Unidad de Valoración de Bajas Temporales (URMO, que se se pasa en Gómez-Ulla (u otro Hospital Militar dependiendo de donde seas), en el mismo sitio y por los mismos que luego pasan/firman/valoran.... el acta del tribunal médico) te la pidan en base a la patología por la que estás de baja, osea que lo pedirán por traumatología o rehabilitación (que son los que suelen valorar las secuelas). El, por decirlo de alguna manera, problema o pega con la psiquiatría/psicología, no solo que vea yo, sino que en su día me aconsejó un buen amigo (y médico militar), es mejor, si se puede, dejarla como "bala en la recámara". El motivo principal de eso es que por lo visto los facultativos de ciertas especialidades (como algunos de las nombradas, obviamente no todos) una vez que has nombrado la psicología/psiquiatria se piensan que tus dolores, etc... son de origen psicosomatico o están influidos por una patología psiquiatrica y pasan a ser tenidos en cuenta como en segundo plano, aunque no tengas patología psiquiatrica (algunos, y ahí me incluyo yo, hemos ido al psiquiatra precisamente para evitar desarrollar la patología, por ejemplo depresion, que se suele crear a raiz de nuestra sitación física, y funciona). Además, por lo que se me comentó en su día, la baja por psiquiatria en cuanto al tribunal médico (luego se puede ganar bien alegando o en el casi normalmente obligatorio contencioso posterior) suele desvirtuar y dificultar mucho, no se el por qué, que consideren la causa-efecto. Aunque cada caso es un mundo. Yo personalmente no la incluí ni la mencioné (salvo una vez que me preguntaron si iba al psiquiatra/psicologo, para decir que no tenía ninguna patología psiquiatrica, pero que se me hacía un seguimiento para evitar su aparición) y el acto de servicio se me ha dado por la asesoría juridica tras dos alegaciones y 3 actas de tribunal médico ya que por el tribunal no se me daba (tampoco se pringan mucho porque luego les dejan tambien con el culo al aire, eso dicho por un comandante en Gómez-Ulla). Lo que si te acosenjo es que recopiles todo lo que puedas que acredite el acto de servicio, además de cualquier papel relacionado con tu enfermedad (desde los volantes de las consultas hasta los informes) ya que cualquier papelillo por insignificante que te pueda parecer ahora igual es crucial para despues reconocerte el acto de servicio.

Un saludo.
.
zuku
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Re: Accidente de circulacion en ACTO DE SERVICIO.

Mensaje por zuku »

Vamos a ir por partes.

En caso de que te den un coeficiente 5 y pases a retiro será en Acto de Servicio.

Tema psicólogico :

Para todos los efectos, incluidas futuras indemnizaciones que pudieran corresponderte, el psiquiatra y no el psicólogo (que por no ser médico no le suelen hacer p.... caso) te tendrá que hacer un informe en el que haga constar que el problema psicólogico que padeces es consecuencia del accidente ................. , dicho informe además de valerte para el tema militar, también te vale a efectos de valoración cuando solicites la minusvalía en tu comunidad.

Un ejemplo de informe que tendría que hacerte el psiquiatra podría ser así (para que hagas una idea).



D............. que en fecha ........ sufrió un accidente ..................................... presenta la siguiente patología como secuela del hecho causante ........

Transtorno mixto ansioso-depresivo (F.41.2 CIE-10)
Transtorno de estrés post-traumático (F.43 CIE-10)

Precisa tratamiento de forma continuada con ..................................................

En fin para que te hagas una idea

Un saludo

PD. Recuerda las secualas tanto fisicas como psiquicas suman
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osclope
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Re: Accidente de circulacion en ACTO DE SERVICIO.

Mensaje por osclope »

wenas el calvario
siento lo del accidente
e estado leyendo y por mi experiencia k fue muy parecida
solo te puedo decir k te informes del informe de tu jefe de unidad si lo puedes hacer claro (yo en mi caso si pude) y si tu hicistes un informe por escrito explicando lo ocurrido,(yo lo hice y me fue muy util, ya k mis jefes lo corroboraron tambien)
yo en mi caso sali de un servicio y solicite copia del servicio nombrado, reglamento del servicio donde ponia hora de salida y copia de la orden del dia donde ponia el horario de trabajo para esa fecha (siendo horario de verano).
al final no lo e necesitado pero lo tenia por si acaso.
en mi JMP, me hicieron evaluacion psquiatrica dicertamente y sin haber entregado los informes psquiatricos y pscologicos y me lo pusieron como causa-efecto.
y cuando estaba el de cartagena tambien lo hacian.
ya no te puedo responder de otras JMP un saludo
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osclope
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Re: Accidente de circulacion en ACTO DE SERVICIO.

Mensaje por osclope »

wenas zuku
siento discrepar contigo pero por lo que entiendo en tu respuesta lo del coeficiente 5 no tiene nada que ver con si es acto de servicio o no
los coeficientes son como las JMP catalogan los grados de lesiones, del 1 al 4 son aptos con limitaciones.
el famoso coeficiente 5 es el no apto para el servicio, con lo cual no puedes seguir desempeñando en tu trabajo.
sieres militar de carrera pasas a clases pasivas directamente.
si por lo contrario eres de caracter temporal, la cosa se complica, ya que aparte de tener que conseguir el 5, tienes que conseguir como minimo un 25% de minusvalia y aki si depende la pension de el grado que te den en la JMP.
si ves que estoy equivocado te agradezco que me lo indiques pero yo ya voy camino del contencioso tengo conseguido el acto de servicio desde el 1º momento y tengo un compañero que el fue por enfermedad.
un saludo
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zuku
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Re: Accidente de circulacion en ACTO DE SERVICIO.

Mensaje por zuku »

osclope escribió:wenas zuku
siento discrepar contigo pero por lo que entiendo en tu respuesta lo del coeficiente 5 no tiene nada que ver con si es acto de servicio o no
los coeficientes son como las JMP catalogan los grados de lesiones, del 1 al 4 son aptos con limitaciones.
el famoso coeficiente 5 es el no apto para el servicio, con lo cual no puedes seguir desempeñando en tu trabajo.
sieres militar de carrera pasas a clases pasivas directamente.
si por lo contrario eres de caracter temporal, la cosa se complica, ya que aparte de tener que conseguir el 5, tienes que conseguir como minimo un 25% de minusvalia y aki si depende la pension de el grado que te den en la JMP.
si ves que estoy equivocado te agradezco que me lo indiques pero yo ya voy camino del contencioso tengo conseguido el acto de servicio desde el 1º momento y tengo un compañero que el fue por enfermedad.
un saludo

Discrepa pero no lo sientas, que discrepar es bueno.

De acuerdo en todo lo que dices, después de leerlo puede dar lugar a confusión . Lo que quería decir que en caso de que le retirasen con un 5 por las circunstancias tendría que ser Acto de Servicio. Del resto creo que estas en lo cierto en todo lo que dices

Un saludo
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lpn
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Re: APTO CON LIMITACIONES ES UNA SITUACIÓN REVERSIBLE?

Mensaje por lpn »

Hola, debio a un accidente de circulación en acto de servicio tuve una lesión cervical hace un año. Actualmente las consecuencias de esta lesión persisten y los dolores son mas fuertes.
Debido a que llevo un mes y medio de baja hace un par de semanas me mandaron al tribunal médico, medieron tres meses mas de baja y me dijeron que si los sintomas continuaban me darian apto con limitaciones.
Mi duda es si el apoto con limitaciones es una situación reversible si en un futuro mi lesión mejora.
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Re: Accidente de circulacion en ACTO DE SERVICIO.

Mensaje por GALLETO »

Hola lpn. En primer lugar desearte que te pongas bien lo antes posible. En relación con tu pregunta, el artículo 15 del RD 944/2001, publicado en BOE núm. 186 de 04AGO01, dice lo siguiente:

Artículo 15. Rehabilitación.
1. Los militares profesionales que, como consecuencia
de un expediente de insuficiencia de condiciones
psicofísicas, tengan limitación para ocupar algún tipo
de destino o hayan pasado a retiro, podrán ser rehabilitados
en el supuesto de que desaparezca la incapacidad
que motivó la insuficiencia.
2. En las resoluciones que hayan tenido como consecuencia
la limitación para ocupar algún tipo de destino
la revisión se iniciará por orden del Director general de
Personal, en el caso de los miembros de los Cuerpos
Comunes de las Fuerzas Armadas, y, en los demás casos,
por el Jefe del Mando o Jefatura de Personal del Ejército
correspondiente al interesado, cuando se tenga conocimiento
fehaciente de que se han modificado las causas
que originaron la limitación para ocupar determinados
destinos y haya transcurrido, comomínimo, el plazo reseñado
en la resolución dictada por el Ministro de Defensa.
3. En las resoluciones que hayan tenido como consecuencia
el pase a retiro la revisión se iniciará mediante
instancia del interesado dirigida al Subsecretario de
Defensa. No se podrá instar la revisión hasta que, al
menos, haya transcurrido un plazo mínimo de dos años
desde la fecha que se dictó resolución, excepto en los
casos que se acredite suficientemente error de diagnóstico
o se hayan producido cambios sustanciales que dieron
lugar al reconocimiento, en que no será preciso agotar
el plazo mínimo.
4. El procedimiento de revisión de la insuficiencia
de condiciones psicofísicas será el mismo que el empleado
para dictar la evaluación extraordinaria para determinar
la insuficiencia de las mismas.

Un saludo.
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