Busca de Normativa
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Busca de Normativa
Hola buenas días compañeros, no encuentro donde está escrito lo del que el cabo más antiguo es el cabo de brigada, es por simple curiosidad ya que es algo que se dice que se hace desde siempre pero donde está escrito. Un saludo.
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- General de Brigada
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Re: Busca de Normativa
En las Reales Ordenanzas.
La antigüedad es un grado.
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Re: Busca de Normativa
Eso no lo vas a, encontrar en ningún sitio, de hecho, el artículo del cabo es todo lo contrario
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Re: Busca de Normativa
Te puedo echar una mano donde quieras, no me entiendas mal, pero nunca subestimes a un subordinado con ese artículo, es aplicable a todos los empleos pero siempre se le aplica a los mismos, a los probes dice mi suegra
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- Teniente
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Re: Busca de Normativa
Me has hecho pensar y mucho, he tenido la suerte de ser hijo de..... Mi padre hasta hoy siempre me ha enseñado respecto, siempre. Me ha estado esperando mientras acudía al curso de.... y delante de mi venir jefes de compañía a cobrar dietas, y mi padre delante de un soldado como era yo mandarlos a tomar por el culo, comento esto porque muchas veces no importan los empleos, importan las personas
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Re: Busca de Normativa
Y de verdad, el mero hecho de ver si esos superiores viendo mi cara con 'cara de vaca mirando al tren" ha merecido la pena de todo
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Re: Busca de Normativa
Muchas gracias por la respusta.Francisco I escribió: ↑Sab Ene 29, 2022 6:39 pmEn las Reales Ordenanzas.
La antigüedad es un grado.
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Re: Busca de Normativa
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- General de Brigada
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Re: Busca de Normativa
Y para que yo me entere. ¿ Qué es eso del "cabo de brigada"; un nuevo empleo, un servicio ? ¿ En qué Ejército se da eso ?
Gracias anticipadas al que me lo explique.
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Re: Busca de Normativa
En la Armada en los destinos de embarque, lo que son los barcos se reparte a la gente por servicios y a estos servicios los llaman brigadas, por ejemplo las especialidades de Maquinas y electricidad son el servicio de energía y propulsión y se les dice la brigada de Maquinas, los cabos de brigada " cabo 1º mas antiguo" son los encargados de dar la novedad al suboficial de brigada "sargento mas moderno" del personal de marinería de su servicio y este al oficial de brigada cuando se forma para dar novedades o a la hora de gestionar los asuntos del personal. Esto en barcos grandes, en los pequeños solo se forma una brigada de todo el personal de marinería.Francisco I escribió: ↑Lun Ene 31, 2022 9:24 amY para que yo me entere. ¿ Qué es eso del "cabo de brigada"; un nuevo empleo, un servicio ? ¿ En qué Ejército se da eso ?
Gracias anticipadas al que me lo explique.
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Re: Busca de Normativa
Esto es así porque si forma la brigada al completo, toda la marinería lo lógico es que el mas antiguo de la novedad de todos incluidos sus compañeros cabos 1º y no que sea el mas moderno el que lo haga, porque si te fijas de los suboficiales el que da la novedad es el mas antiguo y los oficiales también .
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- General de Brigada
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Re: Busca de Normativa
Pues en éste caso debe de estar perfectamente determinado y establecido en el Libro de Normas Régimen Interior de la Unidad; en éste caso, del Buque.
Ese L.N.R.I. debe de estar firmado por el Comandante en Jefe del Buque, con el Vº Bº del Jefe , Capitán de Navío, Vicealmirante, o quien corresponda; y a disposición de quien necesite consultarlo; al menos en aquellos apartados que le sean, o pudieran ser, de aplicación.
Y me reafirmo en que, salvo en los casos concretos de: servicio de centinela, transmisiones o puestos especificos de vigilancia, control, dirección de tiro, etc. en los que existe la obligación de obedecer al individuo que se encuentre prestando dicho servicio, con independencia de cual sea su empleo; la antigüedad es la que cuenta, mientras expresamente no esté escrita otra cosa para una Sección, Destino, o "Brigada" en concreto.
Por ejemplo: Un cabo 1º de Máquinas, manda mas en su "brigada" que un subteniente de Tiro, que estuviera presente en dicha "brigada " de máquinas.
Y si nos metemos en las Especialidades dentro de cada Escala y de cada Empleo, la cosa se complica aún mas.
Yo he visto a un subteniente, tener bajo su mando a tenientes y capitanes, porque por sucesión de Mando era el Jefe de la Unidad; y desde luego, que ello estaba perfectamente establecido en el L.N.R.I. ....y aún así saltaban chispas a frotación dura. Eso era en el E.T. entre Armas y Especialistas; me imagino que en la Armada la cosa será aún mas dura de tragar.
Ese L.N.R.I. debe de estar firmado por el Comandante en Jefe del Buque, con el Vº Bº del Jefe , Capitán de Navío, Vicealmirante, o quien corresponda; y a disposición de quien necesite consultarlo; al menos en aquellos apartados que le sean, o pudieran ser, de aplicación.
Y me reafirmo en que, salvo en los casos concretos de: servicio de centinela, transmisiones o puestos especificos de vigilancia, control, dirección de tiro, etc. en los que existe la obligación de obedecer al individuo que se encuentre prestando dicho servicio, con independencia de cual sea su empleo; la antigüedad es la que cuenta, mientras expresamente no esté escrita otra cosa para una Sección, Destino, o "Brigada" en concreto.
Por ejemplo: Un cabo 1º de Máquinas, manda mas en su "brigada" que un subteniente de Tiro, que estuviera presente en dicha "brigada " de máquinas.
Y si nos metemos en las Especialidades dentro de cada Escala y de cada Empleo, la cosa se complica aún mas.
Yo he visto a un subteniente, tener bajo su mando a tenientes y capitanes, porque por sucesión de Mando era el Jefe de la Unidad; y desde luego, que ello estaba perfectamente establecido en el L.N.R.I. ....y aún así saltaban chispas a frotación dura. Eso era en el E.T. entre Armas y Especialistas; me imagino que en la Armada la cosa será aún mas dura de tragar.
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Re: Busca de Normativa
Si normalmente esta escrito en los libros de organización de régimen interior de las unidades. lo que en la Armada llamamos L.O.R.I. , que efectivamente esta firmado y sancionado por todos los mandos o autoridades correspondientes.Francisco I escribió: ↑Mié Feb 02, 2022 10:24 am Pues en éste caso debe de estar perfectamente determinado y establecido en el Libro de Normas Régimen Interior de la Unidad; en éste caso, del Buque.
Ese L.N.R.I. debe de estar firmado por el Comandante en Jefe del Buque, con el Vº Bº del Jefe , Capitán de Navío, Vicealmirante, o quien corresponda; y a disposición de quien necesite consultarlo; al menos en aquellos apartados que le sean, o pudieran ser, de aplicación.
Y me reafirmo en que, salvo en los casos concretos de: servicio de centinela, transmisiones o puestos especificos de vigilancia, control, dirección de tiro, etc. en los que existe la obligación de obedecer al individuo que se encuentre prestando dicho servicio, con independencia de cual sea su empleo; la antigüedad es la que cuenta, mientras expresamente no esté escrita otra cosa para una Sección, Destino, o "Brigada" en concreto.
Por ejemplo: Un cabo 1º de Máquinas, manda mas en su "brigada" que un subteniente de Tiro, que estuviera presente en dicha "brigada " de máquinas.
Y si nos metemos en las Especialidades dentro de cada Escala y de cada Empleo, la cosa se complica aún mas.
Yo he visto a un subteniente, tener bajo su mando a tenientes y capitanes, porque por sucesión de Mando era el Jefe de la Unidad; y desde luego, que ello estaba perfectamente establecido en el L.N.R.I. ....y aún así saltaban chispas a frotación dura. Eso era en el E.T. entre Armas y Especialistas; me imagino que en la Armada la cosa será aún mas dura de tragar.
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Re: Busca de Normativa
No podía ser de otra forma.GODAY77 escribió: ↑Mié Feb 02, 2022 1:38 pmSi normalmente esta escrito en los libros de organización de régimen interior de las unidades. lo que en la Armada llamamos L.O.R.I. , que efectivamente esta firmado y sancionado por todos los mandos o autoridades correspondientes.Francisco I escribió: ↑Mié Feb 02, 2022 10:24 am Pues en éste caso debe de estar perfectamente determinado y establecido en el Libro de Normas Régimen Interior de la Unidad; en éste caso, del Buque.
Ese L.N.R.I. debe de estar firmado por el Comandante en Jefe del Buque, con el Vº Bº del Jefe , Capitán de Navío, Vicealmirante, o quien corresponda; y a disposición de quien necesite consultarlo; al menos en aquellos apartados que le sean, o pudieran ser, de aplicación.
Y me reafirmo en que, salvo en los casos concretos de: servicio de centinela, transmisiones o puestos especificos de vigilancia, control, dirección de tiro, etc. en los que existe la obligación de obedecer al individuo que se encuentre prestando dicho servicio, con independencia de cual sea su empleo; la antigüedad es la que cuenta, mientras expresamente no esté escrita otra cosa para una Sección, Destino, o "Brigada" en concreto.
Por ejemplo: Un cabo 1º de Máquinas, manda mas en su "brigada" que un subteniente de Tiro, que estuviera presente en dicha "brigada " de máquinas.
Y si nos metemos en las Especialidades dentro de cada Escala y de cada Empleo, la cosa se complica aún mas.
Yo he visto a un subteniente, tener bajo su mando a tenientes y capitanes, porque por sucesión de Mando era el Jefe de la Unidad; y desde luego, que ello estaba perfectamente establecido en el L.N.R.I. ....y aún así saltaban chispas a frotación dura. Eso era en el E.T. entre Armas y Especialistas; me imagino que en la Armada la cosa será aún mas dura de tragar.
Con las Reales Ordenanzas, el Régimen Disciplinario y el L.O.R.I. en la mano, ya se puede pasar media vida militar sin tener problemas... salvo que aparezca un "capullo" en dirección prohibida, o estemos hablando de faldas. ja. ja, ja.
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- Soldado
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Re: Busca de Normativa
Yo no lo hubiera explicado mejor, muchas gracias compañeros.