Acto de servicio o enfermedad comun

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Nader
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Acto de servicio o enfermedad comun

Mensaje por Nader »

Hola compañeros! Hace muy poquito que coji la baja por una depresión grave por acoso laboral. Hoy he hablado con riesgos laborales de mi sindicato y me dice que tengo que hacer una instancia para solicitar que me la modifiquen a acto de servicio y no como enfermedad común que es lo que figura en el PF que he firmado, puesto que el origen de mi malestar es únicamente laboral.
Una vez que se hace esto, que pasa?
Te hacen un interrogatorio sobre que pasa? Basta con haberlo contado al servicio médico de la casa? Que es lo que pasa después de hacer esa instancia??
Quiero saberlo para ver si estoy preparado para poder enfrentar según que cosas o no, pero es muy triste tener que perder retribuciones a causa de que te machaquen.
Gracias de antemano por vuestras respuestas
rmj560
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Re: Acto de servicio o enfermedad comun

Mensaje por rmj560 »

No sé si puede ser aplicable a lo que preguntas, pero por si te sirve de orientación (entiendo que debes ser mutualista de Muface, si no me equivoco):

BOE núm. 275, de 17/11/2005
Legislación consolidada

Orden APU/3554/2005, de 7 de noviembre, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE.
https://www.boe.es/eli/es/o/2005/11/07/apu3554/con

Es lo que se conoce como "expediente de averiguación de causas", que puede iniciarse de oficio o a solicitud del funcionario.

A ver si te resulta útil.
elenaflecha
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Re: Acto de servicio o enfermedad comun

Mensaje por elenaflecha »

Lo que digan los sindicatos... no sé. El expediente de averiguación de causas es lo fundamental. Si se te conceden las lesiones "en acto de servicio o a consecuencia de él" ya está todo dicho, si no toca acudir a contencioso-administrativo... si uno lo considera oportuno, claro está.

Eso de firmar el PF... yo me olvidaba de esas cosas... lo que venga de Madrid en el sobrecito sellado es lo que vale.
Nader
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Re: Acto de servicio o enfermedad comun

Mensaje por Nader »

Muchas gracias por vuestras respuestas.
He leído la publicación del BOE y bueno…me surgen dudas…
Quien lo inicia de oficio? Los servicios médicos? Quien?
Llámame bueno o cobarde pero en la situación en la que me encuentro, no tengo fuerzas para que se investigue a mi jefe, tengo tal pavor, porque no está emocionalmente estable que hasta salgo con mi hijo a la calle mirando a todos lados por si se le fuera la pinza. Hasta ese punto he llegado… pero ya bastante tiene con lo que tiene como para que le cause problemas laborales a él. Se lo que me vais a decir…soy muy bueno…si, pero ya bastante mierda tiene, solo quiero reclamar el daño recibido por el, porque no es justo perder dinero por algo que me han producido otros. Un dinero que es para mi familia, para pagar los estudios de mi hijo. Gracias
elenaflecha
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Re: Acto de servicio o enfermedad comun

Mensaje por elenaflecha »

El expediente de averiguación de causas lo solicita el interesado. El pie (a quién va dirigido) no me preguntes cuál es que ya no lo sé... lo pregunté en su momento en secretaría. A mí me ayudó haber estado un par de años en la ODAC. Sabía lo que tenía que escribir, lo que era mejor no dejar por escrito... lo tramité y la resolución me llegó a los varios meses en sobre cerrado.
Nader
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Re: Acto de servicio o enfermedad comun

Mensaje por Nader »

Muchas gracias Elena.
Y tú nunca supiste cómo se averiguaron las causas? Tengo que acusar a una persona y probablemente la echen. O todo se tapa y te dicen que si? No se si me siento preparado para enfrentarme a juicios, y rememorar y rememorar una y otra vez gritos, mentiras, malas artes y de todo, que han hecho que llegue a estar tan sumamente mal.
Tu cuando lo hiciste esta petición? Según mi sindicato la he de hacer ya y no llevo ni un mes de baja.
Según un abogado externo, esperar.
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Re: Acto de servicio o enfermedad comun

Mensaje por elenaflecha »

Lo poco que sé, las causas las averiguaron preguntando por separado a los compañeros de turno, por si yo había incurrido en negligencias. Como no había nada que ocultar, en mi caso no hubo mayor problema.

Eso sí, yo estuve los 24 meses de baja y a los 12 fue cuando solicité por escrito las causas. Es decir, durante los 24 meses estuve cobrando como accidente laboral, sí y es oficial, pero todo eso no vale si luego a un@ le jubilan y quiere solicitar la jubilación extraordinaria. Para que te concedan la jubilación extraordinaria de poco vale que te hallan concedido en tu comisaría el accidente como en acto de servicio.

Por temas sicológicos no tengo ni idea, pero esta empresa en la que los de arriba se tapan todo... poca fe tengo yo en inspectores evaluando comportamientos de otros inspectores. Ya lo siento, pero eso de "compañeros" me queda lejos según escalas.
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