regalo años de teniente
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regalo años de teniente
Hola buenas tardes una duda que tengo en este caso no es para mi es para un familiar, paso a la reserva de subteniente y en la reserva ascendió a teniente, se acaba de venir retirado por enfermedad con 2 años de teniente es cierto que para la hora de la pensión dicen que le regalan 15 años de teniente.
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Re: regalo años de teniente
Si cumple lo estipulado en la transitoria primerarajadiez escribió: ↑Jue May 05, 2022 9:36 pm Hola buenas tardes una duda que tengo en este caso no es para mi es para un familiar, paso a la reserva de subteniente y en la reserva ascendió a teniente, se acaba de venir retirado por enfermedad con 2 años de teniente es cierto que para la hora de la pensión dicen que le regalan 15 años de teniente.
Le corresponderían un máximo de 10 años
En ningún caso 15
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Re: regalo años de teniente
En que transitoria primera
- psmito
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Re: regalo años de teniente
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA RDL 670/1987
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Re: regalo años de teniente
No hay ningun regalo. Hay que cumplir las condiciones estipuladas en esa Disposicion Transitoria.
Re: regalo años de teniente
mi cuñado entro 08/11/1984, pero al hacerle el calculo de la pension en defensa le quitan 9 meses de mili por lo que le consta desde 08/08/1985
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Re: regalo años de teniente
Pues entonces no le corresponde ningún año de esos que dice "regalados"
No es cuestión de haber ingresado antes del 85
Es haber cambiado de digamos grupo retributivo antes del 85, imagino que como poco tendría q haber entrado en el 81 para ascender antes del 85
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Re: regalo años de teniente
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera
1. En los términos que se determinen reglamentariamente, el personal funcionario, civil y militar, de la Administración del Estado, ingresado con anterioridad a 1 de enero de 1985, y que antes de dicha fecha hubiera pasado de un cuerpo, escala, plaza o empleo, que tuviera asignado determinado índice de proporcionalidad, a prestar servicios en otro de índice de proporcionalidad superior, tendrá derecho a que se le computen, a los efectos del artículo 31 de este texto, hasta un máximo de diez años de los que efectivamente haya servido en el cuerpo, escala, plaza o empleo del menor de los índices de proporcionalidad, como si hubieran sido prestados en el mayor.
Resumiendo, las condiciones son haber ingresado antes de 1985 y haber cambiado de grupo retributivo tambien antes de 1985.
Primera
1. En los términos que se determinen reglamentariamente, el personal funcionario, civil y militar, de la Administración del Estado, ingresado con anterioridad a 1 de enero de 1985, y que antes de dicha fecha hubiera pasado de un cuerpo, escala, plaza o empleo, que tuviera asignado determinado índice de proporcionalidad, a prestar servicios en otro de índice de proporcionalidad superior, tendrá derecho a que se le computen, a los efectos del artículo 31 de este texto, hasta un máximo de diez años de los que efectivamente haya servido en el cuerpo, escala, plaza o empleo del menor de los índices de proporcionalidad, como si hubieran sido prestados en el mayor.
Resumiendo, las condiciones son haber ingresado antes de 1985 y haber cambiado de grupo retributivo tambien antes de 1985.
Re: regalo años de teniente
Muchas gracias por la aclaracion