VIAJES IMSERSO

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psmito
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por psmito »

bobon19 escribió: Lun Jun 27, 2022 12:30 pm Buenos días,
Hoy he llamado para preguntar si podía apuntarme y me han contestado que los viajes son para mayores de 60.
¿Alguien me puede aclarar si es cierto? O ¿lo podemos pedir aunque no tengamos la edad?.
Gracias.
Si perteneces a clases pasivas y estás retirado, si puedes
Lo de 60 años es para los incapacitados de la SS.SS ya que no están jubilados hasta la edad legal
Nosotros estamos jubilados independientemente de la edad
Eso sí depende de con quién des prepárate para discutir
Pero si específicas que perteneces a clases pasivas y que estás jubilado, no deberías tener problema

Yo con 53 años solicite número y todos los años me llega por carta las novedades, aunque nunca he ido de viaje
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bobon19
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por bobon19 »

Gracias, esta tarde lo pediré.
Danaerys
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por Danaerys »

psmito escribió: Lun Jun 27, 2022 12:58 pm
bobon19 escribió: Lun Jun 27, 2022 12:30 pm Buenos días,
Hoy he llamado para preguntar si podía apuntarme y me han contestado que los viajes son para mayores de 60.
¿Alguien me puede aclarar si es cierto? O ¿lo podemos pedir aunque no tengamos la edad?.
Gracias.
Si perteneces a clases pasivas y estás retirado, si puedes
Lo de 60 años es para los incapacitados de la SS.SS ya que no están jubilados hasta la edad legal
Nosotros estamos jubilados independientemente de la edad
Eso sí depende de con quién des prepárate para discutir
Pero si específicas que perteneces a clases pasivas y que estás jubilado, no deberías tener problema

Yo con 53 años solicite número y todos los años me llega por carta las novedades, aunque nunca he ido de viaje
Pues yo he preguntado y me han dicho que NO.
Os copio el correo.

Buenas tardes, en atención a su correo le informamos que podrán participar en el programa de Turismo del Imserso, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
Ser pensionista de jubilación o de incapacidad permanente del sistema de Seguridad Social español, con sesenta o más años de edad.

Ser pensionista de viudedad del sistema de Seguridad Social español con cincuenta y cinco o más años de edad.

Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad.

Ser asegurado o beneficiario del sistema de Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.

Por lo tanto, le indicamos que no es suficiente con tener una pensión de la Seguridad Social, si no que también es necesario cumplir un requisito de edad relacionado con dicha pensión.


No obstante, usted podría participar en el programa de Termalismo, en el cual no hay requisito de edad en caso de incapacidad permanente.

Le remitimos información sobre el programa de Termalismo y cómo darse de alta. Toda la información solicitada la puede ver en esta dirección web.

https://www.imserso.es/imserso_01/envej ... /index.htm

El plazo de solicitud en el programa de termalismo para 2022 deberán ser presentadas conforme a los plazos establecidos.

Ahora está abierto el plazo para la lista de espera de los meses de septiembre a diciembre de 2022, ambos inclusive: hasta el día 30 de octubre de 2022.

Para la cumplimentación y presentación de las solicitudes se dispone de los siguientes medios:

Por su sencillez, rapidez y seguridad, recomendamos la presentación de nuevas solicitudes de forma telemática a través de la sede electrónica del Imserso.

https://www.imserso.es/sede_01/proc_sed ... x.htm?id=2

El acceso a la solicitud de este procedimiento no requiere autenticación electrónica (Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico) por parte de la persona interesada.

Descargando de la página web del Imserso el modelo de solicitud de participación en el programa de termalismo para la temporada 2022. Una vez cumplimentado deberá remitirlo por alguno de los siguientes medios:

A través de los registros electrónicos (os registros que hay, por ejemplo, en los ayuntamientos) y oficinas relacionados en el artículo 9 de la Orden SSI/1688/2015, de 30 de julio, por la que se regula el programa de termalismo del Imserso.

En sobre franqueado, no por correo certificado, a la dirección: Programa de Termalismo del Imserso, apartado de correos 61.285 28080 Madrid.

Deseando que la información facilitada le sea útil para solucionar su duda, le saluda atentamente,
Centro de Atención a Usuarios IMSERSO

Tels: 912 667 713
Web: www.imserso.es
Correo-e: buzon@imserso.es
Twitter: @Imserso
Le recordamos que estamos a su disposición para cualquier consulta en horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00.
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psmito
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por psmito »

Danaerys escribió: Lun Jun 27, 2022 2:45 pm
psmito escribió: Lun Jun 27, 2022 12:58 pm
bobon19 escribió: Lun Jun 27, 2022 12:30 pm Buenos días,
Hoy he llamado para preguntar si podía apuntarme y me han contestado que los viajes son para mayores de 60.
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Gracias.
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Yo con 53 años solicite número y todos los años me llega por carta las novedades, aunque nunca he ido de viaje
Pues yo he preguntado y me han dicho que NO.
Os copio el correo.

Buenas tardes, en atención a su correo le informamos que podrán participar en el programa de Turismo del Imserso, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
Ser pensionista de jubilación o de incapacidad permanente del sistema de Seguridad Social español, con sesenta o más años de edad.

Ser pensionista de viudedad del sistema de Seguridad Social español con cincuenta y cinco o más años de edad.

Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad.

Ser asegurado o beneficiario del sistema de Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.

Por lo tanto, le indicamos que no es suficiente con tener una pensión de la Seguridad Social, si no que también es necesario cumplir un requisito de edad relacionado con dicha pensión.


No obstante, usted podría participar en el programa de Termalismo, en el cual no hay requisito de edad en caso de incapacidad permanente.

Le remitimos información sobre el programa de Termalismo y cómo darse de alta. Toda la información solicitada la puede ver en esta dirección web.

https://www.imserso.es/imserso_01/envej ... /index.htm

El plazo de solicitud en el programa de termalismo para 2022 deberán ser presentadas conforme a los plazos establecidos.

Ahora está abierto el plazo para la lista de espera de los meses de septiembre a diciembre de 2022, ambos inclusive: hasta el día 30 de octubre de 2022.

Para la cumplimentación y presentación de las solicitudes se dispone de los siguientes medios:

Por su sencillez, rapidez y seguridad, recomendamos la presentación de nuevas solicitudes de forma telemática a través de la sede electrónica del Imserso.

https://www.imserso.es/sede_01/proc_sed ... x.htm?id=2

El acceso a la solicitud de este procedimiento no requiere autenticación electrónica (Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico) por parte de la persona interesada.

Descargando de la página web del Imserso el modelo de solicitud de participación en el programa de termalismo para la temporada 2022. Una vez cumplimentado deberá remitirlo por alguno de los siguientes medios:

A través de los registros electrónicos (os registros que hay, por ejemplo, en los ayuntamientos) y oficinas relacionados en el artículo 9 de la Orden SSI/1688/2015, de 30 de julio, por la que se regula el programa de termalismo del Imserso.

En sobre franqueado, no por correo certificado, a la dirección: Programa de Termalismo del Imserso, apartado de correos 61.285 28080 Madrid.

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No es lo que te han contestado
Programa de turismo del Imserso
Requisitos para acceder al programa de turismo del Imserso
Requisitos para acceder al programa de turismo del Imserso
De conformidad con la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembreAbre nueva ventana, por la que se regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Resolución de 7 de junio de 2022Abre nueva ventana, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para personas mayores que deseern participar en el Programa de Turismo del Imserso, podrán acceder al programa:

Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a). Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria
Llegado al punto uno el resto no importa
A ti te han contestado, cito
Ser pensionista de jubilación o de incapacidad permanente del sistema de Seguridad Social español, con sesenta o más años de edad
Y no es así
Es ser pensionista del sistema de seguridad social español (jubilación)
Y si es pensionista por incapacidad pero no está jubilado caso de los de la SS.SS tener 60 años

En nuestro caso es muy claro el articulo Artículo 28. Del texto refundido de Clases pasivas apartado c
Hecho causante de las pensiones.
1. El hecho causante de las pensiones que se regulan en el presente capítulo es la jubilación o retiro del personal correspondiente.

2. La referida jubilación o retiro puede ser:

a) De carácter forzoso, que se declarará automáticamente al cumplir dicho personal la edad legalmente señalada para cada caso como determinante de la jubilación o retiro.

No obstante, si el personal de que se trate, al cumplir la edad para su jubilación o retiro forzoso, tuviera reconocidos doce años de servicios efectivos al Estado y no hubiera completado los quince que, como mínimo, se exigen en el siguiente artículo 29 para causar derecho a pensión en su favor, podrá solicitar prorroga en el servicio activo del órgano competente para acordar su jubilación, prorroga que comprendera exclusivamente el periodo temporal que le falte para cubrir el de carencia antes mencionado, y que se concederá siempre que el interesado pueda considerarase apto para el servicio.

b) De carácter voluntario, que se declarará a instancia de parte, siempre que el interesado tenga cumplidos los sesenta años de edad y reconocidos treinta años de servicios efectivos al Estado. También podrá anticiparse la edad de jubilación o retiro con carácter voluntario cuando así lo disponga una Ley, y se cumplan por el solicitante las condiciones y requisitos que, a tal efecto, se determinen.

c) Por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, que se declarará de oficio o a instancia de parte, cuando el interesado venga afectado por una lesión o proceso patológico, somático o psíquico que esté estabilizado y sea irreversible o de remota o incierta reversibilidad, cuya lesión o proceso le imposibiliten totalmente para el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo, Escala, plaza o carrera, de acuerdo con el dictamen preceptivo y vinculante del órgano médico que en cada caso corresponda.

Así que ya estás discutiendo como me pasó a mi y les plantas delante el BOE, que me parece que son muy listos contestado con unas condiciones inexistentes en su propia orden

Te llevas la orden artículo 2
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... 2018-12399
Y el 28 de clases pasivas
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-12636
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Danaerys
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por Danaerys »

Pues eso voy a hacer.
Muchísimas gracias, psmito.
Mañana mismo le mando todo lo que me has puesto y que me dejen viajar.
A todo esto...
Mi marido podría aún no teniendo discapacidad?
Y mi hijo con discapacidad?
Porque en los termalismos sí que tienen derecho en mis mismas condiciones.
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Magister
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por Magister »

A ver, vayamos por partes: tenéis razón en todo lo expuesto y en la cobertura normativa con la que se defiende nuestra situación. Pero creo que, por experiencia, es más fácil: simplemente entras en la sede electrónica del IMSERSO y rellenas el formulario de solicitud de alta; adjuntas documentos o autorizas a que ellos los cotejen y a esperar la resolución.
Yo lo hice así el verano pasado y a los pocos meses me llegó la resolución aprobatoria con mi código correspondiente para hacer mis reservas (que, por cierto, aún no he utilizado). Ahora estoy a la espera de que me llegue la documentación para renovar esta temporada. El plazo para la temporada 22/23 comenzó el 27 de junio y termina el 19 de julio. Aquí tenéis el enlace:
https://sede.imserso.gob.es/

Soy pensionista de clases pasivas por incapacidad y no tengo 60 años todavía.
No le deis tantas vueltas. Es bastante más simple.
Saludos para todos y buen verano.
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psmito
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por psmito »

Danaerys escribió: Mar Jun 28, 2022 2:49 am Pues eso voy a hacer.
Muchísimas gracias, psmito.
Mañana mismo le mando todo lo que me has puesto y que me dejen viajar.
A todo esto...
Mi marido podría aún no teniendo discapacidad?
Y mi hijo con discapacidad?
Porque en los termalismos sí que tienen derecho en mis mismas condiciones.
El cónyuge siempre puede acompañarte tenga la edad que tenga, con o sin discapacidad
Y los menores también siempre que tengan creo que más de un 45% de discapacidad
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por bobon19 »

Buenas tardes
Ayer rellene al formulario y lo mande, ahora a esperar la contestación.
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por Danaerys »

Yo volví a preguntar, me contestaron lo mismo y les respondí lo que me ha dicho psmito.
Luego entré en el enlace que ha dejado Magister y eché la solicitud.
Puse a mi marido y a Sergio, que tiene un 81 % de discapacidad.

Listo.
Ahora a esperar.
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trasgu123
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por trasgu123 »

Yo me acredite con 56 años y desde entonces me llega carta todos los años.
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por Danaerys »

trasgu123 escribió: Mar Jun 28, 2022 10:26 pm Yo me acredite con 56 años y desde entonces me llega carta todos los años.
Pues no sé por qué está el tío emperrado en que sólo tengo derecho a los balnearios.
Por dos veces me ha dicho que no, que tengo que tener 60 años.
A ver si lee mi email con lo que me ha dicho psmito y me dice algo.
Aún así, ya me apunté.

Yo quiero ir a Benidorm, como todos los jubilados, leches, jajaja
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Re: VIAJES IMSERSO

Mensaje por trasgu123 »

Tu manda la solicitud, que te contestan que no pues el año siguiente la mandas otra vez y asi hasta el infinito y mas alla.
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vacaciones del INSERSO

Mensaje por Arcilla »

Buenas, me gustaria saber si los retirados por discapacidad, podemos pedir las vacaciones del inserso, ya que entiendo que es la Seguridad social la que nos paga a todos ahora, y pone que se disfrutan por jubilados de la Seguridad social. Un saludo
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Re: vacaciones del INSERSO

Mensaje por psmito »

Arcilla escribió: Mié Ago 31, 2022 6:26 pm Buenas, me gustaria saber si los retirados por discapacidad, podemos pedir las vacaciones del inserso, ya que entiendo que es la Seguridad social la que nos paga a todos ahora, y pone que se disfrutan por jubilados de la Seguridad social. Un saludo
Si
Ahora y antes que nos pagaba hacienda también
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isisset
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Re: vacaciones del INSERSO

Mensaje por isisset »

Lo que voy a decir, creo que me lo dijeron hace un par de años en una agencia de viaje, y era que aun estando jubilado si no tenias los 65 años no podias optar a los viajes del imserso, pero no lo se seguro, si hay alguien que lo sepa que arroje luz. Un saludo.
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