Ya sabes que yo me encuentro en una sitiación muy similar a la tuya, y el dictamen del SEPEC en la reanudación de plazos, fué lo mismo que el dictamen de la JMP, si quieres que esto te vaya rápido, lo mejor es no hacer alegaciones y terminar cuanto antes con los dichosos plazos.alba78 escribió: ↑Mar Mar 07, 2023 7:11 pm Muchas gracias por las aclaraciones Arano, ahora viene la pregunta del millón: ¿Qué me aconsejáis hacer?, como dije antes, no quiero cometer un error y echar a perder las posibilidades que tenga de retiro o alargar más el procedimiento. Ya sé que es una pregunta complicada y siento ser pesado.
Un saludo a todos.
Ahora bien esto es una decisión muy personal y el que tiene que decidir eres tú, lo que si tienes que tener muy claro como bien dicen Arano y Psmito, las alegaciones significan alargar los plazos y el tiempo de espera.
Cuando recibas primero la comunicación de apertura de expediente, puedes o no alegar, yo en mi caso no alegué, esperé a que me llegase la reannudación de plazos para ver el dictamen del SEPEC, cuando ví que era perdida de aptitudes pscofísicas en no acto de servicio, ya lo firme sín alegaciones, ya que tengo ganas que termine lo más pronto posible este tortuoso camino lleno de obstáculos.
Un saludo.