Ayuda resolución acta

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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petekosovo
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Ayuda resolución acta

Mensaje por petekosovo »

Buenas tardes.
Les escribo para pedirles opinión y ayuda ya que recientemente me ha llegado el acta de la Junta de Evaluación. Y no la entiendo del todo bien.
Viene en estos términos

Declararlo NO APTO para el servicio, con pase a retiro, NO guarda relación con el servicio
Lesión definitiva...SI
Grado de incapacidad o minusvalía 81%.
La incapacidad es para toda profesión u oficio. SI.
La incapacidad le imposibilita...SI.
Hay relación....NO
Atentado terrorista...NO.
Procede pase a retiro...SI

El instructor me ha dicho que en dos o tres meses me llamarán, que mi expediente va a la asesoría jurídica. Esta asesoría jurídica podría cambiar el informe de la Junta de Evaluación?

Otra cuestión es que en el Acta hay un informe y una observación en el que indica QUE NO PUEDE DESEMPEÑAR NINGUNA PROFESIÓN U OFICIO, NI LAS ACTIVIDADES DE LA VIDA DIARIA PRECISANDO ASISTENCIA DE TERCERA PERSONA.
Mi duda es a que se refiere con lo de ayuda de terceras personas, en que consiste y cómo se pide eso?

Otra duda es cuánto me podría quedar de pensión? O si tuviera que ir haciendo algo ya.

Muchas gracias de antemano. Un saludo
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psmito
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por psmito »

petekosovo escribió: Vie May 05, 2023 6:07 pm Buenas tardes.
Les escribo para pedirles opinión y ayuda ya que recientemente me ha llegado el acta de la Junta de Evaluación. Y no la entiendo del todo bien.
Viene en estos términos

Declararlo NO APTO para el servicio, con pase a retiro, NO guarda relación con el servicio
Lesión definitiva...SI
Grado de incapacidad o minusvalía 81%.
La incapacidad es para toda profesión u oficio. SI.
La incapacidad le imposibilita...SI.
Hay relación....NO
Atentado terrorista...NO.
Procede pase a retiro...SI

El instructor me ha dicho que en dos o tres meses me llamarán, que mi expediente va a la asesoría jurídica. Esta asesoría jurídica podría cambiar el informe de la Junta de Evaluación?
Vista el acta, casi al 100% seguro la asesoría no va a cambiar nada
Y caso de que fuese así, al ser temas médicos lo más que haría es mandarte a una nueva JMPS


Otra cuestión es que en el Acta hay un informe y una observación en el que indica QUE NO PUEDE DESEMPEÑAR NINGUNA PROFESIÓN U OFICIO, NI LAS ACTIVIDADES DE LA VIDA DIARIA PRECISANDO ASISTENCIA DE TERCERA PERSONA.
Mi duda es a que se refiere con lo de ayuda de terceras personas, en que consiste y cómo se pide eso?
Pues eso significa que no te dan una absoluta como pone el acta, si no que te dan una gran invalidez

Otra duda es cuánto me podría quedar de pensión? O si tuviera que ir haciendo algo ya.
La pensión creo que te la calcularon en su día en el foro
Creo que el 100% del grupo C1 2076€ x 14 pagas
En tu caso estarás exento de IRPF
Y aparte tendrás que solicitar la pensión complementaria del ISFAS

Hasta no tener la resolución de retiro, no puedes iniciar estos trámites


Muchas gracias de antemano. Un saludo
Un saludo y a intentar tener la mejor calidad de vida que se pueda
Que con un 81% de incapacidad y en otro post he visto un 68% de discapacidad
Para grandes fiestas imagino no estarás
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por petekosovo »

Muchas gracias por responder psmito.

Cual sería la diferencia entre la absoluta y la gran invalidez?

No entiendo a qué se refiere con lo de la pensión complementaria del ISFAS. Es algún tipo de ayuda que da el Isfas?

Hasta no tener la resolución de retiro, no puedes iniciar estos trámites. Sabe más o menos cuando estará eso? Quién lo comunica el instructor?

Muchas gracias por su interés, aunque no está la cosa para fíestas, no.
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por petekosovo »

Muchas gracias por responder psmito.

Cual sería la diferencia entre la absoluta y la gran invalidez?

No entiendo a qué se refiere con lo de la pensión complementaria del ISFAS. Es algún tipo de ayuda que da el Isfas?

Hasta no tener la resolución de retiro, no puedes iniciar estos trámites. Sabe más o menos cuando estará eso? Quién lo comunica el instructor?

Muchas gracias por su interés, aunque no está la cosa para fíestas, no.
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por psmito »

petekosovo escribió: Vie May 05, 2023 8:03 pm Muchas gracias por responder psmito.

Cual sería la diferencia entre la absoluta y la gran invalidez?
A efectos de cuantía de pensión de clases pasivas, ninguna
A efectos de pensión complementaria del ISFAS, si

No entiendo a qué se refiere con lo de la pensión complementaria del ISFAS. Es algún tipo de ayuda que da el Isfas?
No es ayuda, es otra pensión que paga el ISFAS, aparte de una serie de tratamientos y terapias específicas para gran invalidez
La pensión por incapacidad absoluta es el 7% de tu pensión reconocida
Y tiene una serie de particularidades
No se revaloriza, salvo que expresamente se recoja en los PGE
Se paga en 12 mensualidades no en 14
Tiene consideración de pensión pública, por tanto está sujeta a limitaciones, ejemplo si cobras la pensión máxima, te la reconocen pero no la cobras

La de gran invalidez puede que esté equivocado ya que hablo de memoria, creo recordar que es el 55% de la anterior
Como la otra no se revaloriza está tampoco
Esta no tiene consideración de pensión pública, por tanto no está sujeta a las limitaciones


Hasta no tener la resolución de retiro, no puedes iniciar estos trámites. Sabe más o menos cuando estará eso? Quién lo comunica el instructor?
Cuando la asesoría jurídica emita el informe, tiene que firmar el subsecretario, en cuanto firme estás retirado
Pero tardará alguna semana en llegar y que firmes el recibido de la resolución y algo más en salir en el BOD
Cuanto tiempo, no me atrevo a aventurarme, yo no contaría con ello hasta después de agosto


Muchas gracias por su interés, aunque no está la cosa para fíestas, no.
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por petekosovo »

De nuevo muchas gracias por su respuesta Psmito.
Me cuesta entender las cosas, pero entiendo que las dos pensiones son complementarias. Y la del ISFAS se puede cobrar al mismo tiempo para utilizarlas en los diferentes tratamientos.
La pensión por incapacidad absoluta es del 7% de la incapacidad absoluta reconocida. Entonces que se cobraría la pensión más ese 7%? O el 55%? Perdone pero me he liado.
Un saludo
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por psmito »

petekosovo escribió: Vie May 05, 2023 9:13 pm De nuevo muchas gracias por su respuesta Psmito.
Me cuesta entender las cosas, pero entiendo que las dos pensiones son complementarias. Y la del ISFAS se puede cobrar al mismo tiempo para utilizarlas en los diferentes tratamientos.
La pensión por incapacidad absoluta es del 7% de la incapacidad absoluta reconocida. Entonces que se cobraría la pensión más ese 7%? O el 55%? Perdone pero me he liado.
Un saludo
Por partes
Cobraras mensualmente
Tu pensión de 2076€ sin retenciones
Otra del ISFAS que será de 169,5€ de la absoluta

Edito que estoy metiendo la pata
Es como máximo el 50% de la pensión inicial reconocida (las posteriores revalorizaciones, no cuentan) en cómputo anual, para pagar a la o las personas que te atiendan
pero no estoy seguro es algo que si no te confirman por el foro, deberías consultar por teléfono en el ISFAS el lunes
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por petekosovo »

De nuevo muchas gracias Psmito. Un saludo
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por juanracart »

petekosovo escribió: Vie May 05, 2023 9:13 pm De nuevo muchas gracias por su respuesta Psmito.
Me cuesta entender las cosas, pero entiendo que las dos pensiones son complementarias. Y la del ISFAS se puede cobrar al mismo tiempo para utilizarlas en los diferentes tratamientos.
La pensión por incapacidad absoluta es del 7% de la incapacidad absoluta reconocida. Entonces que se cobraría la pensión más ese 7%? O el 55%? Perdone pero me he liado.
Un saludo
Buenas,
A ver, la Asesoría Jurídica, con los informes de la JMP va a ser dificil que cambie un ápice de la misma, ya que es contundente con una gran invalidez.
Tienes reconocido un retiro con incapacidad Absoluta y gran invalidez, en terminos económicos, si eres de la categoría C1, es una pensión de 2076 €, sin irpf en 14 pagas.
Ademas, tienes una PRESTACIÓN del Isfas NO CONTRIBUTIVA por dicha incapacidad Absoluta de 156 € en 12 pagas que NO se revaloriza anualmente ( excepto si viene expresado en los PGE), y otra PRESTACIÓN del Isfas NO CONTRIBUTIVA por la Gran Invalidez del 50% de tu HABER REGULADOR dividido en 12 meses, es decir, con la pensión citada anteriormente, por lo que esta SI se rebaloriza dependiendo del haber regulador antes descrito, serian 1211 € en 12 pagas, éstas dos prestaciones serían para toda la vida, y NO CONTRIBUTIVAS.
A parte, tienes derecho de solicitar el rescate del seguro colectivo (50.000 €).
AD UTRUMQUE PARATUS
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por petekosovo »

Buenos días.
Muchas gracias juanracart.
Esperaré a tener toda la documentación oficial y salir publicado para solicitar las diferentes ayudas que me dices. Y que se me vayan aclarando las cosas.
Si tengo alguna duda, si no os importa, os escribo.
Buen día a todos.
juanracart
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por juanracart »

Aquí estamos, lo que haga falta, yo tengo también gran invalidez.
Hasta que no salgas por BOD, tienes que esperar.
Un saludo!
AD UTRUMQUE PARATUS
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por Loser »

Si necesitas ayuda de terceras personas ve a los servicios sociales de la ciudad donde vivas y solicita la ayuda a domicilio para tareas domesticas.Ellos determinaran el grado de dependencia.
como ejemplo, mi comunidad grado I 20 horas/mes , grado III hasta 70 horas /mes.
petekosovo
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Re: Ayuda resolución acta

Mensaje por petekosovo »

Muchas gracias Loser. Un saludo
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