Incremento de pensión por agravamiento

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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Carolina78
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Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por Carolina78 »

Buenos días, soy Policía Nacional y en el 2018 me jubilaron por incapacidad permanente.
He solicitado la absoluta por agravamiento de enfermedad y me han dado la negativa por respuesta.
Estoy pensando en meterme en un contencioso, pero no sé si me merecerá la pena, por tiempo y dinero ( solo me falta un 5% para llegar al 100%)
Me gustaría que me aconsejarais y si conocéis algún abogado que lleve estos temas.
Muchas gracias
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trasgu123
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por trasgu123 »

Hay que tener en cuenta varias cosas:

- El Agravamiento ha de ser en la misma enfermedad o lesion que origina la jubilacion.
- Para una Absoluta la referencia, mas o menos, es un 66% de incapacidad.
- Antes de meterse en gastos judiciales, lo normal es pasar por los Servicios Sociales de la Comunidad Autonoma y tener asi una base legal que acredite ese %.
Carolina78
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por Carolina78 »

Muchas gracias por la aclaración.
Tengo informes médicos que acreditan ese agravamiento, pero si me dices que necesito un mínimo de un 66% de discapacidad, eso no lo tengo.
El año pasado los servicios sociales de mi Comunidad Autónoma me dieron un 57% de discapacidad, aunque lo he recurrido y estoy a la espera de que me contesten, qué tal últ cómo están la administración en Andalucía, creo que va para largo…
Aún así, muchas gracias por resolver mi duda.
Estoy echa un lío y como bien dices, gastar dinero para no conseguir nada…
De nuevo, gracias por todo.
Un saludo
remedios
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por remedios »

Carolina78 escribió: Dom May 14, 2023 1:00 pm Muchas gracias por la aclaración.
Tengo informes médicos que acreditan ese agravamiento, pero si me dices que necesito un mínimo de un 66% de discapacidad, eso no lo tengo.
El año pasado los servicios sociales de mi Comunidad Autónoma me dieron un 57% de discapacidad, aunque lo he recurrido y estoy a la espera de que me contesten, qué tal últ cómo están la administración en Andalucía, creo que va para largo…
Aún así, muchas gracias por resolver mi duda.
Estoy echa un lío y como bien dices, gastar dinero para no conseguir nada…
De nuevo, gracias por todo.
Un saludo
Para tener derecho a la pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez no es necesario un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, porcentaje que sí se exige en la modalidad de invalidez no contributiva, además de tener en consideración para esta última las circunstancias socio económicas del interesado.

No es lo mismo discapacidad que incapacidad laboral.
"Poco a poco hila la vieja el copo"
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Arano
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por Arano »

remedios escribió: Lun May 22, 2023 9:51 am
Carolina78 escribió: Dom May 14, 2023 1:00 pm Muchas gracias por la aclaración.
Tengo informes médicos que acreditan ese agravamiento, pero si me dices que necesito un mínimo de un 66% de discapacidad, eso no lo tengo.
El año pasado los servicios sociales de mi Comunidad Autónoma me dieron un 57% de discapacidad, aunque lo he recurrido y estoy a la espera de que me contesten, qué tal últ cómo están la administración en Andalucía, creo que va para largo…
Aún así, muchas gracias por resolver mi duda.
Estoy echa un lío y como bien dices, gastar dinero para no conseguir nada…
De nuevo, gracias por todo.
Un saludo
Para tener derecho a la pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez no es necesario un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, porcentaje que sí se exige en la modalidad de invalidez no contributiva, además de tener en consideración para esta última las circunstancias socio económicas del interesado.

No es lo mismo discapacidad que incapacidad laboral.

Cierto REMEDIOS y por consiguiente el compañero si es que tiene informes y así lo dice que acreditan el agravamiento de la enfermedad que le llevo a la jubilación, lo que tiene que hacer es solicitarla y a esperar; que otra cosa es como bien dices el grado de discapacidad=minusvalía que conceden las CC.AA. y la prueba es que hay INCAPACITADOS LABORALES y más de uno con discapacidades inferiores al 33%, concedidas por esas CC.AA.

Saludos.
remedios
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por remedios »

Así es, compañero Arano
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por trasgu123 »

Ya lo ha solicitado por agravamiento y le han dicho NO. "" He solicitado la absoluta por agravamiento de enfermedad y me han dado la negativa por respuesta "".

Que hay quien con menos de un 65% tiene una incapacidad laboral Absoluta, pues si "haberlos haylos", pero no es lo habitual.
Berlin
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por Berlin »

Buenas, yo solicité el año pasado a Clases Pasivas el reconocimiento por agravamiento de enfermedad (con un 68% de discapacidad reconocida por mi CCAA) y me contestaron esto:
(....)
5.- En el presente caso, las lesiones o enfermedad que causaron la jubilación del
interesado por incapacidad permanente no le inhabilitaban por completo para toda
profesión u oficio, por lo que la pensión reconocida está sujeta a retención a cuenta
del indicado impuesto, dado que dicha incapacidad queda referida a la fecha del hecho
causante (fecha de la jubilación), al no existir en el Régimen de Clases Pasivas
gradación de la incapacidad permanente para el cálculo de la pensión, ni revisión por
agravamiento o mejoría


Por todo ello, esta Dirección General
RESUELVE
Denegar la revisión de pensión solicitada por D. xxxxxxxxxxxxxxxxx, por los
motivos expuestos en los fundamentos de derecho de la presente resolución.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, con carácter previo,
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Ordenación de la
Seguridad Social en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su
notificación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo dejé correr así que dicha resolución es firme. Lo que ignoro es si podría volver a presentarlo a futuros o si por el contrario igual que como sucede en el complemento de maternidad que tengo recurrido en el TSJ de Madrid ya es firme para siempre jamás.

Un saludo.
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por psmito »

Berlin escribió: Mar May 23, 2023 2:46 pm Buenas, yo solicité el año pasado a Clases Pasivas el reconocimiento por agravamiento de enfermedad (con un 68% de discapacidad reconocida por mi CCAA) y me contestaron esto:
(....)
5.- En el presente caso, las lesiones o enfermedad que causaron la jubilación del
interesado por incapacidad permanente no le inhabilitaban por completo para toda
profesión u oficio, por lo que la pensión reconocida está sujeta a retención a cuenta
del indicado impuesto, dado que dicha incapacidad queda referida a la fecha del hecho
causante (fecha de la jubilación), al no existir en el Régimen de Clases Pasivas
gradación de la incapacidad permanente para el cálculo de la pensión, ni revisión por
agravamiento o mejoría


Por todo ello, esta Dirección General
RESUELVE
Denegar la revisión de pensión solicitada por D. xxxxxxxxxxxxxxxxx, por los
motivos expuestos en los fundamentos de derecho de la presente resolución.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, con carácter previo,
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Ordenación de la
Seguridad Social en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su
notificación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo dejé correr así que dicha resolución es firme. Lo que ignoro es si podría volver a presentarlo a futuros o si por el contrario igual que como sucede en el complemento de maternidad que tengo recurrido en el TSJ de Madrid ya es firme para siempre jamás.

Un saludo.
Un 68% de discapacidad no da derecho a exención de IRPF
Lo que tienes que solicitar es una revisión por parte del EVI de tu incapacidad aportando cuántos informes tengas, incluida la valoración de discapacidad

Y si te dan la absoluta , entrar en otra batalla para conseguir la exención
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por Arano »

trasgu123 escribió: Mar May 23, 2023 11:06 am Ya lo ha solicitado por agravamiento y le han dicho NO. "" He solicitado la absoluta por agravamiento de enfermedad y me han dado la negativa por respuesta "".

Que hay quien con menos de un 65% tiene una incapacidad laboral Absoluta, pues si "haberlos haylos", pero no es lo habitual.
¡¡ Coña !! y mira que me dijo un buen jefe ya hace años "al papel y a la mujer el culo le has de ver" y no me he fijado que le habían denegado.

Así que todo lo dicho en este caso en concreto no vale para nada.........

Abrazos.
Berlin
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por Berlin »

[/quote]

Un 68% de discapacidad no da derecho a exención de IRPF
Lo que tienes que solicitar es una revisión por parte del EVI de tu incapacidad aportando cuántos informes tengas, incluida la valoración de discapacidad

Y si te dan la absoluta , entrar en otra batalla para conseguir la exención
[/quote]

Gracias psmito, lo tendré en cuenta por si en un momento dado lo veo procedente.
remedios
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por remedios »

psmito escribió: Mar May 23, 2023 3:10 pm
Berlin escribió: Mar May 23, 2023 2:46 pm Buenas, yo solicité el año pasado a Clases Pasivas el reconocimiento por agravamiento de enfermedad (con un 68% de discapacidad reconocida por mi CCAA) y me contestaron esto:
(....)
5.- En el presente caso, las lesiones o enfermedad que causaron la jubilación del
interesado por incapacidad permanente no le inhabilitaban por completo para toda
profesión u oficio, por lo que la pensión reconocida está sujeta a retención a cuenta
del indicado impuesto, dado que dicha incapacidad queda referida a la fecha del hecho
causante (fecha de la jubilación), al no existir en el Régimen de Clases Pasivas
gradación de la incapacidad permanente para el cálculo de la pensión, ni revisión por
agravamiento o mejoría


Por todo ello, esta Dirección General
RESUELVE
Denegar la revisión de pensión solicitada por D. xxxxxxxxxxxxxxxxx, por los
motivos expuestos en los fundamentos de derecho de la presente resolución.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
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recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Ordenación de la
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notificación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo dejé correr así que dicha resolución es firme. Lo que ignoro es si podría volver a presentarlo a futuros o si por el contrario igual que como sucede en el complemento de maternidad que tengo recurrido en el TSJ de Madrid ya es firme para siempre jamás.

Un saludo.
Un 68% de discapacidad no da derecho a exención de IRPF
Lo que tienes que solicitar es una revisión por parte del EVI de tu incapacidad aportando cuántos informes tengas, incluida la valoración de discapacidad

Y si te dan la absoluta , entrar en otra batalla para conseguir la exención
Totalmente de acuerdo con psmito. -good
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Re: Incremento de pensión por agravamiento

Mensaje por ecerveg »

Gracias por las respuesta, cómo puse q había sido profesora se entendía q se entendía q era civil. Y No me refería a 20 años jubilada, lo q escribí son más de 20 de servicio. Lo aclaro por qué me lo pidieron. Pero, aunque pasiva te haya contestado q no, podemos solicitarlo al EVI de manera individual???La verdad es q según lo q he leído en el foro diría q si, pero me queda la duda.cualquier aclaración la agradezco 🧐🧐
Me reitero, gracias por contestar
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