Ando perdido propuesta.

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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JPANJIM
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Ando perdido propuesta.

Mensaje por JPANJIM »

Adjunto te remito la resolución de la Ministra y el informe de la Asesoría Jurídica. Necesito que me lo envíes firmado y fechado como lo hemos hecho las veces anteriores. Un saludo.

Y en la propuesta dice, en la ultima pagina.

IV.
Finalmente, cabe significar, a efectos de la posible pensión que pudiera corresponder al
interesado, que la citada Junta Médico Pericial ha dictaminado que el interesado se encuentra incluido en el ámbito de cobertura del Real Decreto 71/2019, de 15 de febrero.
PROPUESTA
Por lo expuesto, esta Asesoría Jurídica General estima que procede resolver en el sentido de declarar la insuficiencia de condiciones psicofísicas, ajena a acto de servicio, a efectos de la resolución de compromiso.
Si así se acuerda, la resolución que se dicte deberá notificarse al interesado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciéndole saber los medios de impugnación que puede utilizar contra ella.
Se devuelven los antecedentes.
EL ASESOR JURÍDICO GENERAL DE LA DEFENSA P.D.
EL GENERAL AUDITOR, JEFE ADJUNTO
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Re: Ando perdido propuesta.

Mensaje por JPANJIM »

CONFORME con el informe de la Asesoría Jurídica General de este
Ministerio, de fecha 04 de mayo de 2023, que se une y por sus propios
antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que se dan por reproducidos a
efectos de la motivación exigida por el artículo 35 de la Ley 3912015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
ACUERDO declarar la insuficiencia de condiciones psicofísicas, AJENA
ACTO DE SERVICIO, del CABO del EJERCITO DEL AIRE Y DEL .
La presente resolución deberá ser notificada a la parte interesada MEDIANTE
ENTREGA DE LA MISMA Y DEL INFORME DE LA ASESORÍA JURíDICA
GENERAL, para el debido conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con indicación de que ha
quedado agotada la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de dicha índole y en el
plazo de dos meses, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 9 y 46 de la Ley
29198, de 13 de julio de 1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa, o, en su caso, y con carácter potestativo, recurso de reposición
previo al contencioso administrativo, ante la Ministra de Defensa y en el plazo de
un mes, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la referida Ley 39/2015.
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Adoracion Mateos Tejada
FECHA DE LA FIRMA: 1810512023
Madrid,
LA MINISTRA DE DEFENSA
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Re: Ando perdido propuesta.

Mensaje por Arano »

Bien, pues es una notificación en toda regla que serás retirado por pérdida de condiciones psicofísicas en no acto de servicio.

El Real Decreto 71/2019, de 15 de febrero y que se te aplica, se regulan las pensiones e indemnizaciones del régimen de Clases Pasivas del Estado de los militares de complemento y de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal.

Te dejo enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2019/02/16/ ... 9-2147.pdf

E igualmente y para que puedas conocer más en detalle todo tu proceso, te dejo el siguiente enlace:

https://www.clasespasivas.net/foro/viewtopic.php?t=22973

Saludos.
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Re: Ando perdido propuesta.

Mensaje por Danaerys »

Arano escribió: Jue May 25, 2023 5:00 pm Bien, pues es una notificación en toda regla que serás retirado por pérdida de condiciones psicofísicas en no acto de servicio.

El Real Decreto 71/2019, de 15 de febrero y que se te aplica, se regulan las pensiones e indemnizaciones del régimen de Clases Pasivas del Estado de los militares de complemento y de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal.

Te dejo enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2019/02/16/ ... 9-2147.pdf

E igualmente y para que puedas conocer más en detalle todo tu proceso, te dejo el siguiente enlace:

https://www.clasespasivas.net/foro/viewtopic.php?t=22973

Saludos.
No es un pase a retiro. Es una resolución de compromiso porque es temporal y le han dado una incapacidad permanente total.
Es que a efectos económicos hay mucha diferencia.
Para no confundir al chaval.

Besos, caballero Arano.
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Re: Ando perdido propuesta.

Mensaje por JPANJIM »

Entonces? Que significa? Que no paso a retiro, me dejan con una mano atras y otra adelante? No me queda pension?
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Re: Ando perdido propuesta.

Mensaje por JPANJIM »

Esta coletilla no significa nada?

IV.
Finalmente, cabe significar, a efectos de la posible pensión que
pudiera corresponder al
interesado, que la citada Junta Médico Pericial ha dictaminado que el interesado se encuentra incluido en el ámbito de cobertura del
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Re: Ando perdido propuesta.

Mensaje por trasgu123 »

Es tan fácil como leer ese ese Real Decreto.
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Re: Ando perdido propuesta.

Mensaje por Luciano »

Finalmente, cabe significar, a efectos de la posible pensión que pudiera corresponder al
interesado, que la citada Junta Médico Pericial ha dictaminado que el interesado se encuentra incluido en el ámbito de cobertura del Real Decreto 71/2019
Última edición por Luciano el Sab Jul 08, 2023 9:29 am, editado 1 vez en total.
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Re: Ando perdido propuesta.

Mensaje por Danaerys »

JPANJIM escribió: Dom May 28, 2023 4:36 pm Entonces? Que significa? Que no paso a retiro, me dejan con una mano atras y otra adelante? No me queda pension?
Los temporales sólo pasamos a retiro con una incapacidad permanente absoluta.
Con una incapacidad permanente total te resuelven el compromiso y te dan una pensión de 900 euros.
Además puedes trabajar en otra cosa.
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