Sobre los 20 años de servicios efectivos

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Bobek
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Sobre los 20 años de servicios efectivos

Mensaje por Bobek »

Buenas tardes, una duda que me surge referente a la jubilación por incapacidad y a los 20 años de servicios efectivos para optar a cobrar el 100%, primeramente según leí en este foro no tienen que ser 20 años, sino que con 19 años y un día llega, me podéis confirmar esto?

Por otro lado quería saber si en esos 20 años computa el tiempo que se ha estado en "excedencia por cuidado de hijos", si vas a la ley dice que se entenderán por servicios efectivos lo que viene en el articulo 31 de un real decreto de 1987 y claro en esa época no existían este tipo de excedencias ni nada por el estilo, y mientras que estas en excedencia no estas en servicio activo.

Se que la excedencia por cuidado de hijos menores de tres años computa para tema de antigüedad, trienios, y derechos en régimen de la seguridad social ( no habla de derechos de clases pasivas)
Pues eso quería saber si el tiempo que se entra en esa excedencia computa en los 20 años que se necesitan para optar a cobrar el 100% de la jubilación por incapacidad.

Muchas gracias y un saludo
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sargentodehierro
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Re: Sobre los 20 años de servicios efectivos

Mensaje por sargentodehierro »

Buenas,

Te descuentan un 5% hasta un máximo de un 25% por cada año completo que te falte hasta llegar a los 20 de servicio. Con 19 años y un día, ya no te falta ningún año completo, y por lo tanto ya no hay descuento y te queda el 100%.

La Ley de personal de la Policía Nacional dice en su artículo 60 que el tiempo de permanencia en la situación de excedencia por cuidado de familiares es computable a efectos de derechos en el Régimen de Seguridad Social que le sea de aplicación, en tu caso el Régimen Especial de Clases Pasivas. Por lo tanto es tiempo computable.

Un saludo
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