Absoluta y pase a retiro

Personal de las FAS, GC, CNP y funcionarios acceso desde 1 de enero de 2011

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Responder
wiki
Alferez
Alferez
Mensajes: 221
Registrado: Mié Jun 13, 2018 10:40 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo
Comentario: hola,un saludo.

Absoluta y pase a retiro

Mensaje por wiki »

Buenas,

Si un juez dice que procede una incapacidad absoluta en acto de servicio, defensa cambia mi situación a la de retiro con publicación en el BOE?

Y en el caso de permanente total en acto de servicio?

La cuestión es si la situación de retiro se puede dar en el personal que pertenece al régimen de la seguridad social en estas circunstancias, así como el TIM de retiro?

Un saludo.
Avatar de Usuario
psmito
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 4278
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por psmito »

wiki escribió: Vie Feb 16, 2024 10:12 pm Buenas,

Si un juez dice que procede una incapacidad absoluta en acto de servicio, defensa cambia mi situación a la de retiro con publicación en el BOE?

Y en el caso de permanente total en acto de servicio?

La cuestión es si la situación de retiro se puede dar en el personal que pertenece al régimen de la seguridad social en estas circunstancias, así como el TIM de retiro?

Un saludo.
En la SS.ss serás pensionista por incapacidad ya sea total o absoluta
Pero no se está jubilado hasta la edad legal
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
wiki
Alferez
Alferez
Mensajes: 221
Registrado: Mié Jun 13, 2018 10:40 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo
Comentario: hola,un saludo.

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por wiki »

Buenas,

Entiendo que se es pensionista en la seguridad social.

La pregunta es, la situación en el marco militar si se dan esas circunstancias, no me refiero a temas económicos tampoco. Me refiero a una posible situación que pase de resolución de compromiso o ex militar a una actualización de datos que otorgue la situación oficial de retirado con la debida publicación.
Si se dieran las circunstancias que comenté en el mensaje anterior.
Un saludo.

Gracias.
Avatar de Usuario
psmito
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 4278
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por psmito »

wiki escribió: Sab Feb 17, 2024 8:27 am Buenas,

Entiendo que se es pensionista en la seguridad social.

La pregunta es, la situación en el marco militar si se dan esas circunstancias, no me refiero a temas económicos tampoco. Me refiero a una posible situación que pase de resolución de compromiso o ex militar a una actualización de datos que otorgue la situación oficial de retirado con la debida publicación.
Si se dieran las circunstancias que comenté en el mensaje anterior.
Un saludo.

Gracias.
Si se pertenece a la SS.ss, las incapacidades, jubilación etc, son conforme a la normativa de la SS.ss y en ella el retiro, jubilación para un pensionista por incapacidad con una cuantía determinada pasa a ser de jubilación a la edad legal

En clases pasivas es diferente

Un juez puede determinar que procede una incapacidad absoluta en acto de servicio, por supuesto
Y con las normas de tu régimen de la SS.ss te corresponde lo que sea y en las condiciones que sean

Lo que no puede hacer es que habiendo cotizado a la SS.ss te aplique que te jubiles , pongamos a los 50 años, en base a que artículo de la ley de la SS.ss????
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
wiki
Alferez
Alferez
Mensajes: 221
Registrado: Mié Jun 13, 2018 10:40 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo
Comentario: hola,un saludo.

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por wiki »

Buenas,

No me refiero a la seguridad social, ni a su pensión, ni a temas económicos ni su legislación.

Me refiero a como queda la vinculación con defensa, si se pasa de resolución de compromiso por incapacidad a la situación de retirado por incapacidad.

Es decir, que si voy a defensa y pregunto, como figuro ; si saldrá retirado o resolución de compromiso.

Si se dan las circunstancias de absoluta en acto de servicio.

De no ser esto así, solo podrían ser retirados los militares de carrera o guardias civiles?

La tropa temporal después de 2011 me imagino que también podrá pasar a retiro con esta nomenclatura bajo algún requisito.

Saludos.
Avatar de Usuario
psmito
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 4278
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por psmito »

wiki escribió: Sab Feb 17, 2024 1:29 pm Buenas,

No me refiero a la seguridad social, ni a su pensión, ni a temas económicos ni su legislación.

Me refiero a como queda la vinculación con defensa, si se pasa de resolución de compromiso por incapacidad a la situación de retirado por incapacidad.

Es decir, que si voy a defensa y pregunto, como figuro ; si saldrá retirado o resolución de compromiso.

Si se dan las circunstancias de absoluta en acto de servicio.

De no ser esto así, solo podrían ser retirados los militares de carrera o guardias civiles?

La tropa temporal después de 2011 me imagino que también podrá pasar a retiro con esta nomenclatura bajo algún requisito.

Saludos.
Ingresados después del 2011 ni militares de carrera ni guardia civil pasan a retiro hasta edad de jubilación ya que están bajo normativa SS.SS

No se a que viene tantas vueltas
O se está en la SS.ss con sus normas o en clases pasivas con las suyas
Rectifico, si pasan a retiro pero todo lo demás sigue con las normas de la SS.ss

Tanto interés en figurar como retirado, perdona, quizá me equivoque pero
La única explicación que encuentro es el tema de revisiones de incapacidad y que tengas miedo te la reduzcan o te la quiten

Si es esto, lo siento pero son las cartas con las que te ha tocado jugar
Última edición por psmito el Sab Feb 17, 2024 4:48 pm, editado 1 vez en total.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
wiki
Alferez
Alferez
Mensajes: 221
Registrado: Mié Jun 13, 2018 10:40 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo
Comentario: hola,un saludo.

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por wiki »

Buenas, gracias.

No es eso no. Pues por ejemplo el retirado tiene derecho a TIM, tiene derecho a apartamentos vacacionales y la consideración.

No me termina de quedar muy claro que a nivel interno se pierda esa consideración.

Gracias de nuevo.

Saludos.
wiki
Alferez
Alferez
Mensajes: 221
Registrado: Mié Jun 13, 2018 10:40 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo
Comentario: hola,un saludo.

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por wiki »

RD 1087/2015.

Artículo 4. 3D.

Retiro o rescisión del contrato según el caso.

No me lo invento yo.

Existe diferencia entre una situación y otra.
zuku
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 3837
Registrado: Lun Oct 19, 2009 2:16 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Marina de Guerra

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por zuku »

¿ Y si cuentas directamente el caso, no será mejor?

en vez de tantas preguntas engorrosas a cuentagotas, que no se entienden bien
SI HACEMOS CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB, AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS
Avatar de Usuario
psmito
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 4278
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por psmito »

wiki escribió: Sab Feb 17, 2024 3:23 pm RD 1087/2015.

Artículo 4. 3D.

Retiro o rescisión del contrato según el caso.

No me lo invento yo.

Existe diferencia entre una situación y otra.
Si pero estás mezclando churras con merinas
Lo que dice es

d) Emitir por el órgano competente resolución en la que se declare, según los casos, el cese de la relación de servicios profesionales en virtud de retiro o la rescisión del compromiso por insuficiencia de condiciones psicofísicas.

Veamos el cese de la relación de servicios profesionales en virtud de retiro
Es que el retiro puede ser por distintas causas no solo incapacidad para los de clases pasivas
Para militares de carrera

La relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas cesa en virtud de retiro.

2. El retiro del militar de carrera se declarará de oficio o, en su caso, a instancia de parte, en los siguientes supuestos:

a) Al cumplir la edad de sesenta y cinco años.

b) Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 113.6.

c) Con carácter voluntario, en las condiciones establecidas para la jubilación voluntaria en la legislación de Clases Pasivas del Estado.

d) Por insuficiencia de condiciones psicofísicas que implique inutilidad permanente para el servicio.

E) Por insuficiencia de facultades profesionales

Rectifico, los militares de carrera si pasan a retiro aunque sean de la SS.ss en caso de incapacidad
Pero casos de incapacidad todo bajo normativa de la ss.ss
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
wiki
Alferez
Alferez
Mensajes: 221
Registrado: Mié Jun 13, 2018 10:40 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo
Comentario: hola,un saludo.

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por wiki »

De acuerdo, no insistiré más en este tema.

Desde mi punto de vista, se generan muchas dudas con esto. Pues el RD incluye a los militares temporales también. Entiendo que si miramos la normativa de clases pasivas de militares de carrera o entiendo que Guardia Civil también, debe de haber normativa equivalente para que los militares temporales reuniendo ciertos criterios pasen a retiro. Al hilo de este comentario me suena que cuando a un militar temporal se le declara incapacidad para todo oficio pasaba o pasa a retiro, por lo tanto, y por ende, si se aplica a militares de carrera o Guardia Civil algo que no figura redactado en el RD 1087/2015, pero si entendemos que el retiro se aplica en esos casos, la misma suerte debe de correr para la tropa temporal que reúna dichos requisitos específicos de tropa temporal que genere retiro. Pues entiendo que tener derecho a la consideración de retirado no debe de caer en un y que masda. Es un derecho.

Sin tener nada que ver con esto aquí el presente estuvo un año sin ISFAS, por desinformación, y me costó pelear mucho y hacer escritos para hacer valer este derecho. Moraleja, los militares temporales debemos de gozar de los mismos derechos que los demás siempre y cuando estén dentro de la ley.

Muy agradecido por ser oído y orientado.

Un saludo.
Avatar de Usuario
psmito
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 4278
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: Absoluta y pase a retiro

Mensaje por psmito »

wiki escribió: Sab Feb 17, 2024 5:20 pm De acuerdo, no insistiré más en este tema.

Desde mi punto de vista, se generan muchas dudas con esto. Pues el RD incluye a los militares temporales también. Entiendo que si miramos la normativa de clases pasivas de militares de carrera o entiendo que Guardia Civil también, debe de haber normativa equivalente para que los militares temporales reuniendo ciertos criterios pasen a retiro. Al hilo de este comentario me suena que cuando a un militar temporal se le declara incapacidad para todo oficio pasaba o pasa a retiro, por lo tanto, y por ende, si se aplica a militares de carrera o Guardia Civil algo que no figura redactado en el RD 1087/2015, pero si entendemos que el retiro se aplica en esos casos, la misma suerte debe de correr para la tropa temporal que reúna dichos requisitos específicos de tropa temporal que genere retiro. Pues entiendo que tener derecho a la consideración de retirado no debe de caer en un y que masda. Es un derecho.

Sin tener nada que ver con esto aquí el presente estuvo un año sin ISFAS, por desinformación, y me costó pelear mucho y hacer escritos para hacer valer este derecho. Moraleja, los militares temporales debemos de gozar de los mismos derechos que los demás siempre y cuando estén dentro de la ley.

Muy agradecido por ser oído y orientado.

Un saludo.
Si , los temporales también pueden pasar a retiro, siempre y cuando su incapacidad sea absoluta
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Responder

Volver a “Régimen General Seguridad Social”