Compatibilidad del la pensión de clases pasivas por incapacidad con el cobro del paro

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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psmito
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Re: COMPATIBILIDAD CLASES PASIVAS Y SEGURIDAD SOCIAL

Mensaje por psmito »

Jus escribió: Sab Abr 20, 2024 2:53 pm Cobro pensión clases pasivas
Tengo 68 años, 8 cotizados seguridad social
Tengo derecho a paro?
Gracias
Creo que no

Si no recuerdo mal el derecho a paro se extingue a la edad ordinaria de jubilación (ahora 66 años y unos meses)

Salvo que no se tenga derecho a una pensión contributiva, que no es tu caso ya que cobras una pensión de clases pasivas
Última edición por psmito el Dom Abr 21, 2024 1:03 pm, editado 1 vez en total.
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sargentodehierro
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Re: Compatibilidad del la pensión de clases pasivas por incapacidad con el cobro del paro

Mensaje por sargentodehierro »

Buenas, uno de los requisitos para percibir la prestación por desempleo es no haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.

Un saludo
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Zuriza
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Re: Compatibilidad del la pensión de clases pasivas por incapacidad con el cobro del paro

Mensaje por Zuriza »

Francisco I escribió: Mar Abr 09, 2024 11:43 am
danisog escribió: Mar Abr 09, 2024 9:09 am Las pensión no es compatible con la prestación de desempleo. Al parecer se están dando muchos casos porque no sé está procediendo bien y hay que devolver la prestación de desempleo en su totalidad. Conozco el caso que ha sido llevado a juicio por el mal proceder en la concesión del paro y acabar pagando los 20.000€ cobrados.
Estoy seguro de que aquí se está confundiendo "Prestación por desempleo" con "subsidio de paro"; y no es lo mismo.
Para cobrar el desempleo solo hay que cumplir las siguientes condiciones, y ni una mas:
a) Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.
b) Tener cubierto el período mínimo de cotización de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
c) Encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del acuerdo de actividad.
d) No haber cumplido la edad ordinaria para la jubilación, excepto cuando no tuvieras acreditado el período de cotización requerido para ello o se trate de supuestos de suspensión de contrato o reducción de jornada.
e) Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo competente.

Para el subsidio las condiciones son otras; y entre las cuales se encuentran las rentas del solicitante por cualquier tipo incluidas las pensiones.

BUenas tardes,

yo tambien lo veo como tú, si cumples esos 5 apartados, tienes derecho a cobrar la prestacion por desempleo (paro)

mi duda es, que cuando se acaba el contrato que tienes,
1.- lo comunicas en clases pasivas
2.- solicitas la prestacion por desempleo (paro)

pero la pension vuelve al 100%, o durante los meses del cobro de la prestacion por desempleo hasta encontrar otro trabajo, tambien se reduce al 55%

gracias de antemano por la aclaracion

saludos
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Re: Compatibilidad del la pensión de clases pasivas por incapacidad con el cobro del paro

Mensaje por psmito »

Zuriza escribió: Dom Abr 21, 2024 2:41 pm
Francisco I escribió: Mar Abr 09, 2024 11:43 am
danisog escribió: Mar Abr 09, 2024 9:09 am Las pensión no es compatible con la prestación de desempleo. Al parecer se están dando muchos casos porque no sé está procediendo bien y hay que devolver la prestación de desempleo en su totalidad. Conozco el caso que ha sido llevado a juicio por el mal proceder en la concesión del paro y acabar pagando los 20.000€ cobrados.
Estoy seguro de que aquí se está confundiendo "Prestación por desempleo" con "subsidio de paro"; y no es lo mismo.
Para cobrar el desempleo solo hay que cumplir las siguientes condiciones, y ni una mas:
a) Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.
b) Tener cubierto el período mínimo de cotización de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
c) Encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del acuerdo de actividad.
d) No haber cumplido la edad ordinaria para la jubilación, excepto cuando no tuvieras acreditado el período de cotización requerido para ello o se trate de supuestos de suspensión de contrato o reducción de jornada.
e) Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo competente.

Para el subsidio las condiciones son otras; y entre las cuales se encuentran las rentas del solicitante por cualquier tipo incluidas las pensiones.

BUenas tardes,

yo tambien lo veo como tú, si cumples esos 5 apartados, tienes derecho a cobrar la prestacion por desempleo (paro)

mi duda es, que cuando se acaba el contrato que tienes,
1.- lo comunicas en clases pasivas
2.- solicitas la prestacion por desempleo (paro)

pero la pension vuelve al 100%, o durante los meses del cobro de la prestacion por desempleo hasta encontrar otro trabajo, tambien se reduce al 55%

gracias de antemano por la aclaracion

saludos
Es algo que te debería contestar clases pasivas

El paro cotiza por tanto estás de alta en la SS.ss
Pero por otra parte no ejerces ninguna actividad

Así que es interpretable
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zarma42
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Re: Compatibilidad del la pensión de clases pasivas por incapacidad con el cobro del paro

Mensaje por zarma42 »

Buenas tardes,

yo también estoy interesado saber, si finalizas el contrato de trabajo y tienes derecho al subsidio de desempleo, tienes que comunicar la finalización de actividad o no. Es decir, tienes derecho a cobrar el 100 por 100 de clases pasivas o no cobrando el desempleo.

Gran duda.
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Re: Compatibilidad del la pensión de clases pasivas por incapacidad con el cobro del paro

Mensaje por Francisco I »

zarma42 escribió: Mar Abr 23, 2024 6:11 pm Buenas tardes,

yo también estoy interesado saber, si finalizas el contrato de trabajo y tienes derecho al subsidio de desempleo, tienes que comunicar la finalización de actividad o no. Es decir, tienes derecho a cobrar el 100 por 100 de clases pasivas o no cobrando el desempleo.

Gran duda.
Muy pequeña ha de ser esa pensión de Clases Pasivas como para tener derecho al subsidio de desempleo; pero que muy pequeña... inferior a los 850 euros/ mes.
Cuestión distinta es la Prestación contributiva por desempleo; QUE ES UN DERECHO y va en función de la Base de cotizacion y del tiempo cotizado desde la ultima prestación.
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Re: Compatibilidad del la pensión de clases pasivas por incapacidad con el cobro del paro

Mensaje por zarma42 »

Buenas tardes,

perdón yo me refería a la prestación de desempleo y no al subsidio claro, espero que algún compañero pueda compartir esta duda.

Un saludo y gracias.
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