Pérdida de aptitud psico-física una vez retirado

Dudas y preguntas entre militares retirados en Acto de Servicio y retiros poer edad

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Cenit78
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Pérdida de aptitud psico-física una vez retirado

Mensaje por Cenit78 »

Os explico el asunto:

El titular pasó a retiro por edad y al cabo de unos años se le diagnosticó una enfermedad degenerativa. Tras iniciar los trámites para acogerse a la situación de Dependencia, el IMSERSO le ha expedido un certificado reconociéndole el derecho a Grado II, Nivel I.

Mis preguntas son:

1) Dado que lo catalogan como Grado II, Nivel I atendiendo a la Ley de Dependencia, ¿a qué porcentaje equivale esta graduación en la Ley de Declaración y Calificación del Grado de Minusvalía? ¿Cómo se puede averiguar? ¿Habría que solicitar un procedimiento para que le reconocieran el grado de minusvalía?

2) ¿Es suficiente el certificado de Dependencia para acreditar ante Hacienda que puede acogerse a la deducción por discapacidad?

3) ¿Dónde hay que presentar el certificado para que le reduzcan el tanto por ciento de retención mensual de su pensión? ¿En el negociado de clases pasivas de Hacienda? ¿En la Delegación de Defensa en la que está adscrito? ¿En las dos?

Os agradezco vuestras respuestas. Un saludo a todos.
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trasgu123
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Re: Pérdida de aptitud psico-física una vez retirado

Mensaje por trasgu123 »

Grado 2, discapacidad leve. Existe dificultad para realizar algunas actividades de la vida diaria, pero el porcentaje de minusvalía está entre el 1% y el 24%. Para tener beneficios fiscales se necesitan al menos un 33%, con grado II no se llega.
Cenit78
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Re: Pérdida de aptitud psico-física una vez retirado

Mensaje por Cenit78 »

Hola Trasgu. La Ley de Dependencia establece que el Grado II corresponde a una dependencia severa y en ella la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día...

¿Podrías decirme, por favor, dónde buscar el equivalente del grado II de la ley de dependencia con los porcentajes de la ley de minusvalía?

Gracias mil.
acasmel
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Re: Pérdida de aptitud psico-física una vez retirado

Mensaje por acasmel »

Buenos días.

Por lo que sé, el hecho de estar jubilado por edad, como es tú caso, ya supone una discapacidad y es por eso por lo que uno se jubila. Pero para poder justificarlo tenemos que acudir a un órgano de baremación tal como los tribunales médicos de cada CCAA para que determine el tanto por ciento de discapacidad, aportando para ello toda la documentación clínica que se posea.

Por lo tanto, mi consejo es que acuda a dicho tribunal de la Comunidad a la que pertenezca con todos los documentos clínicos sobre su enfermedad, rellenar la solicitud de revisión y a esperar a que le llamen para su baremación. Incluya tambien el documento de dependencia que con todo seguridad lo aplicarán. Si como apunta, el Grado II es severo, al menos le baremaran con un 75%, pero ya le digo, el hecho de estar jubilado por edad ya supone una discapacidad.

Un saludo y ánimo.
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trasgu123
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Re: Pérdida de aptitud psico-física una vez retirado

Mensaje por trasgu123 »

Mea culpa. Aun tenia como vigentes los grados del RD de 1999. Como bien dice acasmel hay ke acudir al organo de valoracion de la Comunidad Autonoma correspondiente, una vez que certifique una minusvalia de al menos el 33% hay ke ir a Clases Pasivas y no olvidarse de la casilla correspondiente en el declaracion de la renta de cada año.
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